DE LA PREADJUDICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

DE LA PREADJUDICACIÓN. ARTÍCULO 46º- La Comisión de Preadjudicación estará integrada por un representante y, como mínimo, un suplente, pudiéndose ampliar hasta tres, de las Direcciones Adjuntas del Hospital, a propuesta de cada uno de sus Directores, quienes actuarán supletoriamente, como así también por un profesional del derecho representante del Área de Asuntos legales. El Director Ejecutivo designará por Disposición a los integrantes de la Comisión de acuerdo a las propuestas elevadas, la que actuará en todos los procedimientos de compras y contrataciones que efectúe el Hospital, debiendo funcionar como mínimo con un integrante (titular o suplente) de la Dirección de Administración y Operaciones, de la Dirección que efectuó el pedido de contratación y/o suministro, y del área de Asuntos legales. En la misma se detallará el procedimiento para su convocatoria, la periodicidad de reunión y toda otra cuestión que se crea necesaria y oportuna para asegurar su funcionamiento. Copia de la Disposición de designación de los miembros se incorporará a las actuaciones por donde tramita la contratación. La Comisión de Preadjudicación procederá al estudio de las propuestas presentadas, emitiendo, una vez evaluadas las mismas, el dictamen correspondiente con la indicación de la/s que hubiere/n resultado más conveniente/s, dentro de los tres (3) días hábiles de recibidas las actuaciones. En caso de necesidad debidamente fundada, podrá solicitar ampliación del plazo de preadjudicación al Director ejecutivo, el que evaluará el pedido y determinará el nuevo plazo. El Consejo de Administración del Hospital o el Director Ejecutivo, podrán apartarse del dictamen de preadjudicación, cuando así lo resolvieran en forma expresa y fundada, atendiendo a las particularidades de la contratación.
DE LA PREADJUDICACIÓN. La preadjudicación del Renglón recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al PBCG, PBCP, Anexo I y PET, resulte la propuesta más conveniente a los fines de la Administración, teniendo en cuenta los requisitos administrativos, económico-financieros, y técnicos de la oferta, la idoneidad del oferente, el precio cotizado y demás condiciones de la oferta. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. Por el contrario, podrán ser rechazadas aquellas ofertas que, por falta de presentación o presentación insuficiente de la documentación solicitada en los pliegos, no sean pasibles de ser evaluadas en los términos del primer párrafo del presente Artículo. El anuncio de la preadjudicación será conforme a lo estipulado en el Artículo 19 del PBCG. El Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día. Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC. Es condición que al momento de la preadjudicación el oferente se encuentre inscripto en el RIUPP, en los rubros y clases licitados y con la documentación respaldatoria actualizada.
DE LA PREADJUDICACIÓN. LOTBA S.E. pre adjudicará agrupando por un lado los Renglones del N° 1 al 4, y por el otro, los del N° 5 al 12. Se podrá adjudicar a un mismo oferente, uno de los grupos de renglones o ambos. En primer lugar se verificará que las ofertas presentadas cumplan con los requisitos formales xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones. En segundo lugar, se realizará una evaluación acorde a los requisitos contemplados en el Pliego de Especificaciones Técnicas (P.E.T.) Una vez resueltas las mencionadas instancias, se evaluará el precio ofertado y se procederá a preadjudicar a la oferta más conveniente, que cotice el menor precio. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas, ni impidan su comparación con las demás ofertas. El anuncio de la pre adjudicación será conforme lo estipulado en el Artículo 19° xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales. La pre adjudicación será notificada a todos los oferentes en la dirección de correo electrónico constituida en la Oferta, o por el medio fehaciente que en cada caso se considere oportuno.
DE LA PREADJUDICACIÓN. ARTICULO 21°: Las propuestas que se presenten serán estudiadas por una Comisión de Evaluación, la que podrá requerir las aclaraciones que considere necesarias para cumplir su cometido. Se compararán todas las ofertas que reúnan las condiciones para calificar y fueran admisibles. Se establecerá para cada uno de los oferentes cuyas ofertas no resultaren desestimadas, un orden de prelación. La adjudicación se efectuará al oferente que obtenga la mayor puntuación de acuerdo a los factores de ponderación que seguidamente se enuncian. La existencia de una única oferta económica, no será impedimento para la adjudicación del presente concurso.
DE LA PREADJUDICACIÓN. La preadjudicación recaerá en el oferente cuya cotización para ambos renglones, ajustada al Pliego de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más conveniente en los términos del Art. 32 del presente Xxxxxx, teniendo en cuenta la calidad, la idoneidad, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de las preadjudicaciones será conforme lo estipulado en el artículo 16 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Generales.

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  • PREADJUDICACIÓN La Comisión de Evaluación expedirá un dictamen fundado y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta Contratación. Sólo será pre adjudicado el oferente cuya oferta resulte la más conveniente para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica del oferente y condiciones ofertadas. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Art. 19 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales.

  • ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 22.1.- El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación presentada por la propuesta adjudicataria.

  • NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 24.1.- La adjudicación deberá ser motivada, se notificará por vía electrónica ( fax) a los candidatos o licitadores y, simultáneamente se publicará en el perfil del contratante en los términos establecidos en el artículo 151.4 del TRLCSP.

  • ANULACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al Contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectado por la nulidad quedará automáticamente sin efecto, de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la D.N.C.P., debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato. EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de mes y año República del Paraguay al día . Firmado por: [indicar firma] en nombre de la Contratante. Firmado por: [indicar la(s) firma(s)] en nombre del Proveedor.

  • CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.

  • Notificación de Adjudicación La adjudicación se dará a conocerpor nota, dentro de los 5 días calendarios de emitida la resolución de adjudicación.

  • Procedimiento de Selección y Adjudicación La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. La adjudicación del contrato se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio de conformidad con lo que se establece en la cláusula duodécima.

  • Adjudicación y notificación La máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, con base en el resultado de la evaluación de las ofertas, reflejado en el informe elaborado por los integrantes de la Comisión Técnica o el responsable de evaluar las propuestas, adjudicará el contrato a la propuesta más conveniente para los intereses institucionales, conforme a los términos establecidos en el numeral 18 del artículo 6 de la LOSNCP, mediante resolución motivada, y con sujeción al contenido de la Resolución emitida por el SERCOP para el efecto. La notificación de la adjudicación realizada en los términos antes referidos, se la publicará en el Portal de la Entidad Contratante.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN Abierto y adjudicación en base a varios criterios.

  • PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:  Justificante de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.  Disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.  Haber constituido la garantía definitiva que sea procedente. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. En caso de renuncia o desistimiento, se compensará a cada uno de los licitadores por los gastos en que hubiese incurrido. Ello, no obstante, esta indemnización no superará el límite de los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. En el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas, como las más ventajosas, tendrán preferencia de adjudicación, siempre que hayan presentado la documentación acreditativa, cualesquiera de las empresas que reúnan los requisitos de la disposición adicional cuarta del TRLCSP. Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquélla que obtenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación, en todo caso, habrá de efectuarse con arreglo a los criterios de valoración contenidos en el presente Pliego. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego. La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores, y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.