CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES Cláusulas de Ejemplo

CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 32-D primero, segundo, tercero y cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación, y de conformidad a la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal correspondiente al año en curso, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015, el proveedor con quienes se celebre contrato cuyo monto exceda de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberá entregar a la firma del contrato la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” vigente y en sentido positivo expedido por el SAT Para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento: Ingresarán al Portal del SAT, con su clave en el RFC y Contraseña o FIEL. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico de INFOSAT, o bien, por correo electrónico a la Unidad Centralizada de Compras xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano desconcentrado para efectos de la FIEL. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente haya autorizado, para lo cual ingresarán al Portal del SAT, en el que autorizará al tercero para que este último utilizando su FIEL, consulte la opinión del cumplimiento del contribuyente quien lo autorizó.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 32-D DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EL PARTICIPANTE DEBERÁ PRESENTAR LA COPIA DE “Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales” en sentido positivo que genere el Sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de estar al corriente de sus obligaciones fiscales, con una antigüedad no mayor a 30 días naturales a la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO, EL PARTICIPANTE DEBERÁ PRESENTAR EL ORIGINAL DE LA “OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES” EN SENTIDO POSITIVO PARA LA FIRMA DEL CONTRATO. IV.1.10
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. Artículo 12º: Los interesados en formular oferta de venta deberán haber cumplido con las exigencias del Artículo 37 de la Ley Nº 11904, o aquel que pudiera sustituirlo, presentando el Formulario R-404 aprobado por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04, de la Dirección Provincial xx Xxxxxx del Ministerio de Economía.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. Con la finalidad de dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el o los licitantes que resulten adjudicados en el presente procedimiento, sean personas físicas x xxxxxxx, y el monto de la adjudicación sea mayor a $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 MN) antes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), o el que en su caso establezca el SAT, deberá presentar previamente a la firma del contrato respectivo, ante la Subdirección de Administración y Finanzas, el “acuse de recepción” con el que compruebe haber realizado la solicitud de consulta de opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales prevista en la regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2012, o aquella que en el futuro la sustituya, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), preferentemente dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo, indicando en dicha solicitud el siguiente correo electrónico: xxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx así como el número del presente procedimiento de contratación y el importe adjudicado, con el fin de que el SAT envié a esta área contratante el “acuse de respuesta” que emitirá en atención a su solicitud de opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. Lo anterior se solicita de conformidad con los términos de las disposiciones I.2.1.16 de la resolución miscelánea fiscal para publicada el 28 de diciembre de 2011 en el Diario Oficial de la Federación. El licitante deberá entregar comprobante de pago del Impuesto Sobre Nómina (2%) del último mes previo a la fecha de la suscripción del contrato, debidamente sellada.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. De conformidad con el Decreto que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación vigente, las Reglas 2.1.31 y 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2016 y el Oficio Circular UNAOPSFP/309/0743/2008 emitido por la Secretaría de la Función Pública y publicado en el DOF el 19 de septiembre de 2008, por el que se establece el procedimiento que deberán observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y las Entidades Federativas, que realicen contrataciones con recursos federales, los licitantes deberán acompañar a su proposición técnica el “Acuse de Respuesta” en sentido positivo, con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria. Adicionalmente en su proposición deberán presentar ante “LA SEDESOL” original o copia certificada y copia simple legible para cotejo, del Registro Patronal del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) así como constancia de no adeudo de cuotas obrero patronales. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 15 fracciones I Y III, y 287 de la Ley del Seguro Social. Constancia de Situación Fiscal sin adeudos, expedida por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de conformidad con la resolución RCA-5789-01/17 por la que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos; publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2017.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. Quincuagésima Sexta.- Cada una de las Partes será responsable por el pago de los impuestos y demás contribuciones fiscales que resulten a su cargo, en relación con las operaciones que lleven a cabo al amparo del Contrato.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. Para dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, en los procedimientos de contratación regulados en la LAASSP y la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOPSRM), cuyo monto sea superior a $300,000.00 sin incluir el IVA, o el que en su caso establezca el SAT, la persona física o moral que en su caso resulte adjudicada con un contrato o pedido, deberá presentar ante la API por escrito la "Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Positiva" con el que compruebe que: “se encuentra al corriente con las obligaciones relacionadas con la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones y no se registran créditos fiscales firmes a su cargo” obteniendo invariablemente el sentido de la opinión de forma positiva. Dicha opinión del Cumplimiento esta prevista en el Art. 32 D del Código Fiscal de la Federación (CFF), la regla I.2.1.15 y II.2.1.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010 o aquella que en el futuro la sustituya. La API requiere que la persona física o moral que resulte adjudicada, realice la consulta de opinión ante el SAT, dentro de los tres (3) días hábiles previos a la fecha de entrega de las proposiciones. La "Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Positiva " que emite el SAT al momento de solicitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sólo será exigible a las personas que resulten adjudicadas. No se requerirá la solicitud de opinión al SAT en el caso de ampliación de contratos o pedidos. Si la dependencia o entidad contratante, previo a la formalización del contrato o pedido, recibe del SAT la "Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales Negativa" de la persona física o moral que resultó adjudicada, deberá de abstenerse de formalizar y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción, por la falta de formalización del contrato o pedido, por causas imputables al adjudicado.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 32-D primero, segundo, tercero y cuarto párrafo del Código Fiscal de la Federación, y de conformidad a la regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal correspondiente al año en curso, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015, el proveedor con quienes se celebre contrato cuyo monto exceda de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberá entregar a la firma del contrato la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” vigente y en sentido positivo expedido por el SAT Para obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. El licitante que resulte adjudicado, deberá considerar que previo a la firma del mismo la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C., solicitará presentar el formato correspondiente al artículo 32-D, como se indica en el numeral 4.4 de la Convocatoria. La omisión en la presentación de dicho documento en el que se manifieste que se encuentra al corriente en el pago de sus contribuciones fiscales será impedimento para la firma del contrato correspondiente.
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES. El Licitante ganador tendrá la obligación de dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, respecto a las consideraciones contenidas en la Resolución Fiscal para el ejercicio de que se trate, el cual es publicado en el Diario Oficial de la Federación por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y en específico al procedimiento que se deberá observar, previo a la formalización de los Contratos que sean celebrados al amparo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.