Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesiones, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.
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Samples: www.boe.es, www.carm.es, www.cyl.ugt-fica.org
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesionalgrupo profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá pudiendo incluir distintas tareas, funciones, en cada grupo diversas especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajadorcon distintas funciones.
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Samples: www.boe.es, www.ugt-fica.org
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo aten- diendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia exis- tencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesprofesio- nes, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.
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Samples: doe.gobex.es
Criterios generales. 1. 1.- El presente capítulo Capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir en cada grupo diversas categorías profesionales con distintas funciones y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajadorprofesionales.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente fun- damentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesiones, titulaciones titulacio- nes y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.
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Samples: www.sindicatounitariodecantabria.org
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente funda- mentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto estatuto de los Trabajadores trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesionalgrupo profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá pudiendo incluir distintas tareas, funciones, en cada grupo diversas especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajadorcon distintas funciones.
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Samples: Convenio Estatal De Fabricantes De Yesos, Escayolas, Cales Y Sus Prefabricados
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo ProfesionalProfesio- nal, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir en cada grupo diversas categorías profesionales con distintas funciones y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajadorprofesionales.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De “Derivados Del Cemento
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece ha establecido fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.
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Samples: www.boe.es
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente ha establecido fun- damentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador.
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Samples: www.ugt-fica.org
Criterios generales. 1. El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir en cada grupo diversas categorías profesionales con distintas funciones y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajadorprofesionales.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Derivados Del Cemento De Palencia
Criterios generales. 1. - El presente capítulo sobre clasificación profesional se establece fundamentalmente atendiendo a los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del Grupo Profesional, es decir, el que agrupe unitariamente las aptitudes, profesionesaptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, pudiendo incluir en cada grupo diversas categorías profesionales con distintas funciones y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajadorprofesionales.
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Samples: www.convenioscolectivos.net