Controles. El Coordinador Administrativo y Social o quien ejerza sus funciones, debe realizar una última gestión de cobranza, con el objeto de determinar si el deudor está en condiciones de normalizar la(s) obligación(es), o llegar a algún arreglo o negociación de pago oportuno con el deudor, o de lo contrario deberá remitirlo a cobro jurídico. El acuerdo de pago convenido si llegase a realizarse producto de la gestión realizada en el ítem anterior con los deudores, debe ir enmarcado con las políticas de Juriscoop. El Jefe de Cartera debe verificar las obligaciones que cumplen 80 xxxx xx xxxx para iniciar la fase de alistamiento, solicitando la documentación necesaria para el envío a cobro jurídico. La documentación que debe preparar y entregar el analista de cartera al jefe jurídico es la siguiente: ⮚ Xxxxxx y carta de instrucciones en blanco. ⮚ Fotocopia de la solicitud de crédito tanto del (os) deudor (es) como de los codeudores. ⮚ Estado de cuenta y demás anexos que permitan la identificación del (os) deudor (es) principal (es) y codeudores. ⮚ Documentos de garantías reales (prenda e hipoteca) en caso de contar con ellas. ⮚ La respectiva cadena de endoso para obligaciones compradas. ⮚ Relación de observaciones realizadas en las gestiones anteriores a tener en cuenta al momento de realizar la gestión de cobranza. El Analista de Xxxxxxx deberá recibir la documentación de parte del Coordinador Administrativo y Social de la seccional o quien ejerza sus funciones, el mismo deberá alistarla y hacerle entrega al Jefe Jurídico de Xxxxxxxxx quien será el encargado de entregar a la respectiva casa de cobro para proceder con el inicio del proceso jurídico. La casa de cobranza deberá informar periódicamente el estado procesal de las obligaciones y actuación jurídica. El Jefe de Xxxxxxx, los Analistas de Xxxxxxx y Jurídicos deben revisar la información contenida en los informes remitidos por los abogados y casas de cobranza, relacionadas con la labor de cobro adelantada con los deudores en esta gestión, los acuerdos de pagos convenidos y su lineamiento de acuerdo con las políticas para negociaciones, así mismo hacer control permanente de la gestión de los abogados y casas de cobranza a cargo de los procesos. La casa de cobranza deberá enviar a la Jefatura de Xxxxxxx de Juriscoop y Jefatura Jurídica, el documento que soporte cada una de las etapas y seguimientos procesales en caso de ser necesario. El abogado o casa de cobranza una vez reciba de la documentación.
Controles. 1. Las entradas de café, sean estas de café fruta, en bellota o natural, de su propiedad o de terceros, deberán estar debidamente respaldadas con recibos de café prenumerados en forma consecutiva. Estos formularios deberán contener al menos la siguiente información: cosecha a la que corresponde, fecha y cantidad de café en dobles hectolitros.
Controles. La DGDRIFA, con la colaboración de SAECA, llevará a cabo controles a Unicaja con el fin de asegurar que este convenio se implementa de forma correcta y efectiva. Estos controles se recogerán en un plan que se elaborará anualmente y podrán versar sobre cualquiera de las obligaciones establecidas en este convenio, afectando tanto al contenido de las pólizas suscritas como a su aplicación. Del resultado de estos controles se dejará constancia mediante la elaboración de un Informe de control individualizado cuyo modelo recogerá el Manual Operativo señalado en el apartado 1 de la cláusula sexta, del que se dará cuenta a las EE. FF. que hayan sido objeto de control para que procedan a tomar las medidas oportunas para subsanar las posibles deficiencias detectadas, en su caso. Además de lo anterior, se trasladará a todas la EE. FF. un informe general del resultado de los controles en el que se recogerán los principales aspectos detectados y las medidas correctoras a aplicar. Unicaja podrá ser auditada por la autoridad de gestión, el Organismo Pagador, y el Organismo de certificación de cuentas del Organismo Pagador del PDR correspondiente, las instituciones de control nacionales y regionales, la Comisión y el Tribunal de Cuentas Europeo, respecto a su actividad relacionada con la gestión de los préstamos acogidos al presente Convenio, prestando su colaboración con el órgano de control que corresponda.
Controles. Actividad general que busca la comprobación y corrección de las labores propias del CONTRATISTA para garantizar a PLAN el cumplimiento del objeto del presente contrato de obra. PARÁGRAFO SEXTO:
Controles. Quedan comprendidos todos aquellos trabajadores que controlan la entrada del público en el lugar donde se desempeñe, los boleteros y controles deberán cumplir alternativamente dichas tareas cuando las necesidades del trabajo así lo requieran.
Controles. La DGDRIFA, con la colaboración de SAECA, llevará a cabo controles a Caja Rural xx Xxxxxxxxx con el fin de asegurar que este convenio se implementa de forma correcta y efectiva. Estos controles se recogerán en un plan que se elaborará anualmente y podrán versar sobre cualquiera de las obligaciones establecidas en este convenio, afectando tanto al contenido de las pólizas suscritas como a su aplicación. Del resultado de estos controles se dejará constancia mediante la elaboración de un Informe de control individualizado cuyo modelo recogerá el Manual Operativo señalado en el apartado 1 de la cláusula sexta, del que se dará cuenta a las EE. FF. que hayan sido objeto de control para que procedan a tomar las medidas oportunas para subsanar las posibles deficiencias detectadas, en su caso. Además de lo anterior, se trasladará a todas la EE. FF. un informe general del resultado de los controles en el que se recogerán los principales aspectos detectados y las medidas correctoras a aplicar. cve: BOE-A-2022-13459 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Caja Rural xx Xxxxxxxxx podrá ser auditada por la autoridad de gestión, el Organismo Pagador, y el Organismo de certificación de cuentas del Organismo Pagador del PDR correspondiente, las instituciones de control nacionales y regionales, la Comisión y el Tribunal de Cuentas Europeo, respecto a su actividad relacionada con la gestión de los préstamos acogidos al presente convenio, prestando su colaboración con el órgano de control que corresponda.
Controles. Para efectos de la fiscalización y determinación del impuesto de Espectáculos Públicos, la Gerencia Financiera o quien haga sus veces podrá aplicar controles de caja, establecer presunciones mensuales de ingresos y realizar la determinación estimativa de que este Estatuto Tributario Municipal.
Controles. La SPE llevará los adecuados controles financieros, así como de gastos y costes de la actividad para que ADIF o persona designada por éste pueda conocer el estado financiero de la SPE en cualquier momento del periodo de las obras o mantenimiento de las Instalaciones objeto de contrato, incluyendo un registro informático de todo su inmovilizado, perfectamente individualizado y valorado. La SPE está obligadaa reflejar separada y detalladamente en sus cuentas el importe no amortizado de todos los conceptos que conforme a este Xxxxxx pudieran resultar de abono por ADIF en caso de resolución anticipada del contrato. La SPE estará obligada a informar a ADIF o persona designada éste en el plazo máximo de 7 días hábiles sobre cualquier aspecto que le sea requerido en relación con sus estados financieros. En general, será competencia de ADIF o persona designada por éste el control del cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero contempladas en el contrato.
Controles. Para efectos de la fiscalización y determinación del impuesto de espectáculos públicos, la administración municipal podrá aplicar controles de caja, establecer presunciones de ingresos y realizar la determinación estimativa de que trata el presente estatuto.