CONTRATOS PARA ATENDER CIRCUNSTANCIAS XX XXXXXXX, ACUMULACIÓN DE TAREAS O EXCESO DE PEDIDOS. a) De acuerdo con lo que dispone el Art. 15.1 b) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, la duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de doce meses dentro de un período máximo de dieciocho meses.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Derivados Del Cemento De Palencia, www.cyl.ugt-fica.org, Convenio Colectivo De Trabajo
CONTRATOS PARA ATENDER CIRCUNSTANCIAS XX XXXXXXX, ACUMULACIÓN DE TAREAS O EXCESO DE PEDIDOS. a) De acuerdo con lo que dispone el Art. 15.1 b) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, la duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de doce meses dentro de un período máximo de dieciocho meses. Se expresará en los mismos, con la precisión y claridad necesarias la causa sustentadora y generadora de la contratación.
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Samples: Convenio Colectivo Provincial
CONTRATOS PARA ATENDER CIRCUNSTANCIAS XX XXXXXXX, ACUMULACIÓN DE TAREAS O EXCESO DE PEDIDOS. a) De acuerdo con lo que dispone el Artart. 15.1 b) del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, la duración máxima de los contratos eventuales por circunstancias de la producción, acumulación de tareas o exceso de pedidos, podrá ser de doce meses dentro de un período máximo de dieciocho meses.
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Samples: www.convenioscolectivos.net