CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:
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Sources: Docente Contract Agreement
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS I.-Hechos probados: Para el dictado de fecha 04 de enero de 2023la presente resolución, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS tienen como demostrados los siguientes hechos de fecha 04 interés: 1) Consta en la oferta presentada por el consorcio integrado por empresas ▇▇▇▇▇▇▇▇ EBI de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros Costa Rica S.A. e Inversiones ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato S.A., Acuerdo de Docentes 2023 para plaza orgánicaConstitución de Consorcio, Departamento Académico el cual en la cláusula tercera indica: "OBJETO DEL CONSORCIO: El consorcio se constituye con la finalidad de Ciencias participar como oferente y como eventual adjudicatarios en Conservación el procedimiento de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros licitación promovido por la Municipalidad ▇▇ ▇▇▇▇, concretamente en el cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS ORDINARIOS, DE MANERA AMIGABLE CON EL AMBIENTE PARA EL ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato ▇▇ ▇▇▇▇." Asimismo la cláusula sexta de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias dicho acuerdo indica: "ASPECTOS OPERATIVOS DEL CONSORCIO. Las partes aportarán al Consorcio su patrimonio, experiencia y conocimiento en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través los aspectos propios de la plataforma virtual Contratación y se establece que la EMPRESA ▇▇▇▇▇▇▇▇ EBI DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, aportará toda la experiencia y operación en el transporte, recolección de los desechos sólidos así como la flotilla de camiones para la oferta principal y la oferta alternativa. INVERSIONES ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ SOCIEDAD ANONIMA, aportará la experiencia y logística en la operación de recolección de desechos sólidos, además de la Universidad Nacional Agraria flotilla de recolectores para que sean ofrecidos como flotilla complementaria para la recolección y transporte de desechos y será la encargada de la Selva - Microsoft Teamsrecolección y transporte de los desechos sólidos; todo ello en caso de resultar adjudicada la oferta que en este caso presenta el consorcio." (ver folio 302 y 303 del expediente de contratación). 2) Consta en la oferta presentada por Consorcio EBI Inversiones ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ la siguiente oferta económica: "Oferta Económica para la Contratación del Servicio de Recolección, en Sesión Extraordinaria Transporte, Tratamiento y Disposición Final de fecha 18 Residuos Sólidos Ordinarios, de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo manera amigables con el siguiente acuerdo:ambiente para el ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇. ------------
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. Que1.-Que, con mediante Decreto Supremo N°53 de fecha 04.02.2023, se Declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en la Región de La Araucanía y mediante Decreto N°54 de fecha 04.02.2023, se Declara como Zona Afectada por Catástrofe a la Región de La Araucanía y Dispone Medidas que Indica. 2.-Que, mediante Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS ° 352, de fecha 04 06 de enero febrero de 2023 de la Subsecretaría del Interior, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se aprueba transferencia de fondos para gastos de emergencias correspondientes a la contratación de maquinarias y servicios para el control de incendios, remoción de escombros y limpieza de terrenos, compra de insumos necesarios para dichas labores y de elementos para ir en ayuda de la población damnificada, por los incendios que afectan a la Región de la Araucanía. 3.-Que, mediante Alfa N°2, el Departamento Social de la Delegación Presidencial Provincial de Malleco, solicita la adquisición de plansas y estanques para las comunas de Lumaco, Traiguén, Purén y Ercilla de la Provincia de Malleco. 4.-Que, mediante Resolución Exenta N°159, se regulariza adquisición mediante trato directo de estanque y plansas para la Provincia de Malleco por Incendios Forestales en la Región de La Araucanía, adjudicando la contratación directa al proveedor Polietilenos Bioplastic Chile Spa. 5.-Con fecha 22 de febrero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA suscribe contrato de suministros entre la Delegación Presidencial Regional de la Araucanía y Polietilenos Bioplastic Chile Spa. 6.-Que, en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el contrato; En Temuco, a 22 de febrero del año 2023, entre la DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE LA SELVA 2023. QueARAUCANÍA, mediante Resolución Nº002Rol Único Tributario N°▇▇.▇▇▇.▇▇▇-2023-CU-R-UNAS ▇, representada por ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, cédula de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023identidad N° , plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros calidad de Delegado Presidencial Regional de La Araucanía, ambos domiciliados para estos efectos en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato ▇▇▇▇▇▇ N°590, tercer piso de Docentes 2023 para plaza orgánicala comuna de Temuco, Departamento Académico Región de Ciencias La Araucanía, en Conservación de Suelos adelante “DELEGACIÓN”; y Agua. Quepor la otra POLIETILENOS BIOPLASTIC CHILE SPA, mediante documento del vistorol único tributario N°▇▇.▇▇▇.▇▇▇-▇, los Miembros representada por ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público MAC-▇▇▇, cédula de identidad N y por ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, cédula de identidad N , todos domiciliados para Contrato estos efectos en Camino Lonquén s/n, Parcela 1 Paradero 6 ½, Comuna Calera de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y AguaTango, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft TeamsRegión Metropolitana, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023adelante el “PROVEEDOR”, en uso de sus atribuciones, tomo quienes han convenido celebrar el siguiente acuerdocontrato de suministro de plansas y estanques:
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Sources: Contrato De Suministro
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023I.-Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Quetienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la oferta de la empresa Heliconio Griego S.A, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias proceso en Conservación de Suelos y Agua de cuestión, aportó la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas siguiente información: A) “…EQUIPO OFRECIDO-------------------- El equipo descrito en el anexo, cuadro anterior se pone a disposición para ejecutar el proyecto una vez que forma parte se dé la orden de dicha resolucióninicio. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, En presentación de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ S.A, me comprometo a disponer del Concurso Público equipo necesario para llevar a cabo esta obra…”. (ver folio 95 del expediente de apelación). B) “…Formulario No. 11 Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánicaarrendamiento de maquinaria. ▇▇▇▇▇▇▇▇, Departamento Académico ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, mayor, casado, […]. Representante de Ciencias en Conservación TRACTORES ▇▇▇▇▇▇▇ Y ▇▇▇▇▇▇ LTDA, cédula jurídica ▇-▇▇▇-▇▇▇▇▇▇, […] y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ […], representante de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ S.A, […] convenimos celebrar el contrato de arrendamiento de maquinaria que se regirá por las siguientes cláusulas: El primero, en su condición de dueño da en arrendamiento al segundo quien acepta los vehículos que se describen a continuación: Cargador ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, estilo WA380-6, año 2008 serie KMTWA095PO1065623. El arrendamiento es a título oneroso y el precio será estipulado a la hora de realizar los trabajos y por el tiempo de ejecución que tarda el presente proyecto. El arrendamiento queda autorizado a utilizar la maquinaria para la Licitación Abreviada No. 2015LA-000003-01…”. (subrayado no es del Concurso Público para original). (ver folio 92 del expediente administrativo). C) “…Formulario No. 11 Contrato de Docentes 2023 arrendamiento de maquinaria. ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, mayor, casado, […]. Representante de CONSTRUCTORA ALBOSA S.A, cédula jurídica ▇-▇▇▇-▇▇▇▇▇▇, […] y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ […], representante de Heliconia Griego S.A, […] convenimos celebrar el contrato de arrendamiento de maquinaria que se regirá por las siguientes cláusulas: El primero, en su condición de dueño da en arrendamiento al segundo quien acepta los vehículos que se describen a continuación: Vagoneta marca Caterpillar, estilo 725, año 2006 número de serie CAT00725AFX01570 con una capacidad de 16m3. Vagoneta marca Caterpillar, estilo 725, año 2008, número de serie CAT00725PBILO1428, con una capacidad de 16m3. Vagoneta marca Caterpillar, estilo 725, año 2008 número de serie CAT00725CB1LO1630 con una capacidad de 16m3. El arrendamiento es a título oneroso y el precio será estipulado a la hora de realizar los trabajos y por el tiempo de ejecución que tarda el presente proyecto. El arrendamiento queda autorizado a utilizar la maquinaria para la Licitación Abreviada No. 2015LA-000003-01…”. (subrayado no es del Departamento Académico original). (ver folio 91 del expediente administrativo). 2) Que la empresa Heliconio Griego S.A, adjuntó con el escrito de Ciencias recurso de apelación, la siguiente información: A) “…Derecho de circulación del vehículo placa número C-135107, vagoneta ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ 1995, a nombre de Heliconio Griego S.A.”. (subrayado no es del original). (ver folio 25 del expediente de apelación). B) “…Tarjeta de Revisión Técnica del vehículo placa número C-135107, vagoneta ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, Modelo 1995…”. (ver folio 27 del expediente de apelación). C) “…Derecho de circulación del vehículo placa número C-147570, vagoneta marca Kenworth, Modelo 1996, a nombre de ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ S.A.”. (subrayado no es del original). (ver folio 28 del expediente de apelación). D) “…Tarjeta de Revisión Técnica de la vagoneta placa número C-147570, marca Kenworth, Modelo 1996…”. (ver folio 30 del expediente de apelación). E) Documento denominado Comprobante de Mercancía Nacionalizada que señala “…Imp./Export Maquinaria y Tractores Limitada, Fecha Ingr:07/05/2008, EXCAVADORA CON ORUGAS SERIE ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Caterpillar Motor ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇…”. (subrayado no es del original) (ver folio 33 del expediente de apelación). 3). Que mediante estudio técnico No. UTGVM-657-122015, del 15 de diciembre del 2015, la Unidad Técnica de Gestión Vial señala: “…Asunto: Licitación Abreviada No. CD-000003-01. […] Según el análisis correspondiente se informa lo siguiente: a) La empresa Heliconio Griego S.A, presenta la oferta de menor precio sin embargo presentó dos números de placas que corresponden a dos vagonetas, no entregó los documentos de Revisión Técnica Vehicular, ni los derechos de circulación y los títulos de propiedad de la maquinaria, por lo anterior no cumple con todos los requisitos de admisibilidad. Además la maquinaria se encuentra subcontratada un 57.14% y no indica el monto a cancelar por dicho arrendamiento y según el artículo 69 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa el cual dice textualmente “El oferente podrá subcontratar hasta en Conservación un 50% del monto adjudicado, salvo que la Administración autorice un monto mayor”, por lo que se desconoce el costo del arrendamiento de Suelos la maquinaria. La empresa Heliconio Griego S.A, queda excluida de la Licitación Abreviada No. CD-000003-01, por los motivos expuestos anteriormente. b) La empresa Constructora Caramo S.A, por ser la única empresa participante obtiene los 50 puntos del precio, también obtiene un 37.75 puntos por Modelo y AguaCapacidad del Equipo y por último en el puntaje Tiempo de Entrega, declaran desierta no lo indica sin embargo obtiene la plaza totalidad de los 10 puntos ya que se apega al tiempo estipulado en el cartel en el punto 1.3 Plazo de Entrega, inciso a) el cual dice: El plazo de entrega no podrá ser mayor a 55 días hábiles después de la entregada de la orden de compra, como lo indica la Ley de Contratación III.-Sobre el fondo del recurso presentado: a). Sobre la exclusión de la Empresa Heliconio Griego S.A. i) Sobre la documentación de los equipos ofrecidos. La apelante manifiesta que su representada conoce lo expuesto por la Unidad Técnica de Gestión Vial en su oficio UTGVM-657-122015, del día 15 de diciembre de 2015 y que corre a folios 148 y 149 del expediente administrativo, documento en donde el Municipio reconoce expresamente que la plica de su representada es la de menor precio, no obstante, es ese mismo oficio erróneamente se dispuso que su oferta no es elegible y queda excluida de la contratación por cuanto supuestamente no cumpliría con los requisitos del cartel. Ante ello señala que en relación a su oferta se indicó “...no cumple con todos los requisitos de Admisibilidad”, indicando que ello es completamente falso y así se acredita a continuación. Añade que el apartado 1.20 del cartel de la Licitación, visible a folio 20 de expediente administrativo, estableció los requisitos de admisibilidad que regirían esta contratación. Ante ello afirma, que su plica fue realizada observando el cumplimiento técnico de los requisitos de admisibilidad definidos en el citado aparte 1.20 del Cartel; así a folio 95 del expediente administrativo consta los equipos ofrecidos por su oferta. Es así como acredita que la oferta de su representada y según consta en el expediente administrativo, ha cumplido con todos los requisitos de admisibilidad dispuestos en el cartel, reiterando que los precios ofertados incluyen al operador de todos los equipos requeridos y están en buen estado de funcionamiento. Afirma que en el cartel de la Licitación Abreviada N°12015LA- 000003-01, no se estableció la obligación para los oferentes de aportar la documentación técnica de los equipos, por lo que no resulta jurídicamente posible que a su representada se le excluya del concurso, por un supuesto incumplimiento de requisitos que no fueron previamente dispuestos en el pliego de condiciones elaborado y publicitado por el citado Municipio. AsimismoSeñala que dichos requisitos extrañamente salen a relucir en el análisis de las ofertas, solicitan realizar poniendo en clara desventaja a su representada, cuando lo único que según el cartel debían de cumplir, era con una nueva convocatoria para cubrir cantidad determinada de equipos que a su vez cumplieran con ciertas características de capacidad y potencia, que contaran con sus respectivos operadores y en buenas condiciones mecánicas, aspectos los cuales cumple a cabalidad según se observa en su oferta. La adjudicataria no da respuesta a la plaza faltante estando cerca audiencia inicial. La Administración manifiesta que no presenta cambio en relación a lo externado en el informe técnico realizado por la Unidad Técnica Vial, y que se encuentra en los folios 148 y 149 del expediente. Deja manifestado que con respecto a la maquinaria solicitada, si bien es cierto, en el cartel no se indica expresamente que la maquinaria debe contar con todos los permisos al inicio del semestre 2022-IIdía (RTV y derecho de circulación), esos son requisitos que no se pueden obviar en virtud que son exigidos por ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, que es un requisito indispensable que las maquinas cuenten con dichos permisos, de lo contrario no es posible que operen ni que circulen por las vías nacionales. El Consejo Afirma que la empresa Heliconio Griego S.A, no presenta, ni el número de Facultad placa de Recursos Naturales Renovablesvarias de las unidades que oferta, lo que dificulta a través la Administración verificar si verdaderamente los datos proporcionados son verdaderos. Criterio de la plataforma virtual División: En virtud de la Universidad Nacional Agraria lo anterior, como punto de la Selva - Microsoft Teamsinicio para el presente cuestionamiento, conviene verificar cuáles son los aspectos contenidos en el pliego cartelario como requisitos de admisibilidad, ante ello se tiene que el cartel reguló en el punto 1.20, un apartado titulado “Requisitos de Admisibilidad”, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:cual se contempló lo siguiente: “REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. -------------
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. QueI.-Hechos probados: Para el dictado de la presente resolución, se tienen como demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Con vista en la oferta de Consorcio Gestionadora Internacional - IT Servicios Infocomunicación, respecto al punto D. Condiciones Especiales, 1. Experiencia mínima de la empresa oferente, se indica: "Nos damos por enterados, aceptamos y cumplimos a cabalidad con lo descrito en este punto. Ver Anexo Número Cuatro (N°4) Información Técnica: Norma ISO 9001." Conforme a lo indicado, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023vista en el Anexo 4, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023tiene Certificación ISO 9001:2008 que indica: "Certificación otorgada a ITS INFOCOMUNICACIÓN S.A.S - ITS S.A.S. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇° ▇▇▇- ▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇.▇. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS Este es un certificado multi- sitio- Detalles Adicionales de fecha 04 cada Sucursal están relacionados en el anexo de enero este certificado. BVQI Colombia Ltda. certifica que el Sistema de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico Gestión de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua Calidad de la Facultad de Recursos Naturales Renovables organización mencionada ha sido evaluado y se muestra acorde con los requerimientos de la Universidad Nacional Agraria norma detallada a continuación. NORMA ISO 9001:2008 Alcance del Sistema. Comercialización, Gerencia de Proyectos, entrega y soporte de servicios integrados de Infocomunicación... certificado N° CO16.00597", el cual aporta como Anexo una referencia que indica: "Sitio 1. Sede Medellín ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇° ▇ ▇▇▇-▇▇ ▇▇▇▇▇ 9 y 13, Torre Norte, El Poblado/ Centro de Negocios Las Villas. Comercialización, Gerencia de Proyectos, Entrega y Soporte de Servicios Integrados de Infocomunicación... certificado N° CO16.00597" (ver folios 1624 y 1511 y 1510 del expediente de contratación). 2) Consta en la Selvaoferta presentada por el Consorcio Gestionadora Servicredito- IT Servicios de Infocomunicación que respecto al punto 2.7.5. relativo a adjuntar con su oferta la política de control de las comunicaciones no autorizadas, conforme la siguiente indicación: "Nos damos por enterados, aceptamos y cumplimos a las plazascabalidad con lo descrito en este punto. Ver Anexo Numero Uno (N° 1) Documentos legales: Contratos de Confidencialidad", funciones, requisitos y condiciones señaladas siendo que con vista en el anexo, que forma parte Anexo 1 se adjunta la siguiente documentación: * Convenio de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, Consorcio suscrito entre IT Servicios de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇Infocomunicación S.A. y Gestionadora Internacional Servicrédito S.A. del 21 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para 2017. * Borrador sin firmas de Contrato de Docentes 2023 confidencialidad entre empleador y colaborador. * Borrador de Acuerdo de Confidencialidad y Secreto de los empleados de IT Servicios de Infocomunicación S.A. * Borrador de Acuerdo de Confidencialidad para plaza orgánica, Departamento Académico protección de Ciencias en Conservación Información de Suelos IT Servicios de Infocuminicación S.A (ver folio 1627 y Agua155 al 154 del expediente de contratación). Que3) Consta oficio N° L-03819-2017 del 05 de setiembre del 2017, mediante documento el cual se plantea la solicitud de subsanación del vistoBanco Nacional dirigido a Consorcio ITS - GISSA, los Miembros a efectos de aportar las Políticas de control de comunicaciones no autorizadas, establecidas en el punto C. 2.7.5 y Subsanar certificación de normas de gestión para operar centros de contacto, que acredite a alguna de las partes que conforman el consorcio, en cualquiera de las formas que establece el apartado D. 1. (ver folio 1712 del expediente de contratación). 4) Consta oficio del 5 de setiembre del 2017, suscrito por ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ de Consorcio ITS- GISSA por medio del Concurso Público cual se atiende la nota L-3819-2017 del BNCR indicando: "ii. Subsane 2: La política de control de comunicaciones no autorizadas se encuentra visible a folios 117 al 127 de nuestra oferta. iii. Subsane 3: Se adjunta Certificación ISO 9001 de ITS, visible a folios 155 y 156 de nuestra oferta." (ver folio 1729 A del expediente de contratación). 5) Consta que en atención a la audiencia especial concedida por parte de este Despacho, la empresa apelante mediante oficio del 05 de febrero del 2018, aporta con el anexo 1 la impresión de un pliego denominado NORMA DE GESTION BUSINESS CONTACT CENTER, que indica CAL- MAN-07 Versión 4 Revisado por Coordinador de Calidad, Aprobado por Gerente General, Fecha de aprobación enero 20 de 2017, Lugar Medellín, Colombia, que señala que es desarrollado en ITS InfoCom con sede en Medellín para Contrato establecer los lineamientos gestión de Docentes 2023 calidad y que al pie de página indica: "Toda copia impresa de este documento no autorizada por el Coordinador de Calidad será una Copia No Controlada", documento del Departamento Académico cual no se desprende sello o firma alguna, ni referencia o vínculo alguno con certificación de Ciencias en Conservación normas de Suelos y Aguagestión para operar centros de contacto (ver folios 180 al 198 del expediente de apelación). 6) Que respecto a la presentación de las políticas de control de las comunicaciones no autorizadas, declaran desierta la plaza N°1. Asimismopunto 2.7.5 del cartel, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo fue cumplido por: Consorcio CBP- Centricom (Políticas de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través Seguridad de la plataforma virtual Información), Consorcio Netcom (Políticas de Seguridad de la Universidad Nacional Agraria Información) Cuentame (llamadas Políticas de la Selva - Microsoft Teamsuso no aceptable); en tanto que no fueron presentadas por Consorcio ITS- GISSA (presenta borradores de acuerdos de confidencialidad) y GECAM Tecnología S.A. (que del todo no lo presentó y por varios incumplimientos adicionales no le fue requerida subsanación) (ver folios 1055, en Sesión Extraordinaria 969, 1274, 1550, 1432 del expediente de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:contratación).
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. QueQue el contratista UT ENGATIVÁ CULTURAL abrió convocatoria pública para JURADOS y ARTISTAS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 el día 31 de enero de 20232024, en las redes de la Alcaldía y de forma presencial en los puntos de información e inscripción ubicados en el primer piso de la Alcaldía Local ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, Humedal Santa ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇, Casa de cultura, Casa de la Juventud, Salón Comunal ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Pueblo y Salón Comunal de Bachué. Inicialmente la convocatoria de artistas cerraba el día veintinueve (29) de febrero, teniendo una duración de veintinueve (29) días. Que el día 27 de febrero de 2024, en Comité Técnico de Seguimiento se hizo revisión y verificación de cada uno de los artistas inscritos para cada festival, sin embargo, no se llegó al objetivo de los artistas requeridos para cada festival, por lo cual se amplía la convocatoria de artistas hasta el quince (15) ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2024. Que el día 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2024, en Comité Técnico de Seguimiento se hizo una nueva revisión y verificación de cada uno de los artistas inscritos para cada festival, sin embargo, aún no se cumplía con el objetivo de los artistas requeridos para cada festival, por lo cual, se aprueba amplía nuevamente la convocatoria de artistas hasta el treinta y uno (31) ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2024. La convocatoria tuvo una duración de sesenta (60) días en total. Que los días 25, 26 y 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2024, por medio de correo electrónico se envió un informe preliminar a los artistas inscritos que fueron habilitados, inhabilitados y por subsanar en cada uno de los festivales. Que hasta el día 02 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2024, según el cronograma establecido, se recibieron subsanaciones correspondientes a los festivales de Góspel, Música Electrónica, comparsas, rock, artes plásticas y teatro de la localidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Que hasta el día 04 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2024, según el cronograma establecido, se recibieron subsanaciones correspondientes a los festivales de Danzas y Música Multicultural de la localidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Según lo establecido en las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA condiciones específicas de la convocatoria, los artistas habilitados para el Festival de Góspel, fueron evaluados teniendo en cuenta las siguientes categorías y cantidad de estímulos: No. Categoría Número de Participantes por Categoría Monto del Estímulo Total 1 Categoría A - Emergente o corta trayectoria. 2 $ 1.500.000 C/U $ 3.000.000 2 Categoría B - Mediana y larga trayectoria 3 $ 2.000.000 C/U $ 6.000.000 TOTAL 5 $ 9.000.000 Que durante el proceso de convocatoria se recibieron se recibieron quince (15) propuestas donde se realizó la selección de los artistas de acuerdo con los perfiles y criterios requeridos, a continuación, se relaciona cada una de las propuestas inscritas y el informe de habilitación. Categoría A – Emergente o Corta Trayectoria NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros PROPUESTA ESTADO OBSERVACIONES 1 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 2 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ FAT CLAPS INHABILITADO QUEDA INHABILITADO POR HABER PARTICIPADO EN EL FESTIVAL DE HIP HOP ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ EN EL MARCO DEL CPS 484 DEL 2022 3 CATEGORÍA A: EMERGENTE O ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA ESTADO OBSERVACIONES CORTA TRAYECTORIA 4 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇.▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 5 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 6 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ INHABILITADA QUEDA INHABILITADA POR HABER PARTICIPADO EN EL FESTIVAL LITERARIO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ EN EL MARCO DEL CPS 484 DEL 2022 7 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ U. C. A. D HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 8 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ BANDA YOSOY HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 9 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 10 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ GRANADA Y FUSIÓN JOROPO HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA ESTADO OBSERVACIONES 11 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ PRAISE ▇▇▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO AUDICIONES PARA 12 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ T RAPHA INHABILITADO EL ARTISTA ES DE LA LOCALIDAD ▇▇ ▇▇▇▇ 13 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ SALMISTA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO AUDICIONES PARA 14 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ RENDICIÓN MUSIC HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO AUDICIONES PARA 15 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO AUDICIONES PARA Que de acuerdo con las respectiva Acta de recomendación de Preseleccionados, suscrita el día 06 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2024 por parte de los jurados designados para evaluar las propuestas habilitadas en la convocatoria se recomienda cinco (5) agrupaciones para la categoría A y siete (7) agrupaciones de la categoría B, para ser evaluadas en ▇▇▇▇ de audiciones: Categoría A Emergente o Corta Trayectoria NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA PUNTAJE 1 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 85,3 NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA PUNTAJE 2 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 83,3 3 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇.▇▇▇▇▇ 66 4 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ NO SE PRSENTO EL DÍA DE LAS AUDICIONES 5 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ U. C. A. D NO SE PRSENTO EL DÍA DE LAS AUDICIONES NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA PUNTAJE 1 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ BANDA YOSOY 95 2 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ 81 3 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Y FUSIÓN JOROPO NO SE PRESENTO EL DÍA DE LAS AUDICIONES 4 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ PRAISE ▇▇▇▇▇▇▇▇ 86,3 NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA PUNTAJE 5 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ SALMISTA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ 71 6 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ RENDICIÓN MUSIC 85,3 7 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ 63 Que, según lo establecido en las condiciones específicas de la convocatoria, las propuestas habilitadas fueron evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios: Técnica de interpretación (afinación, sentido rítmico, fraseo, acoplamiento) 40 Creatividad, coherencia y pertinencia en la utilización de recursos técnicos, tímbricos, armónicos, expresivos, entre otros. 40 Desempeño escénico 20 Según lo establecido en el Acta de Recomendación de Ganadores del Concurso Público Festival de Góspel de la localidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, fechada el 11 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2024, después de haber realizado el proceso de audiciones, analizado los resultados de la evaluación y llevado a cabo las deliberaciones, el jurado recomienda otorgar los estímulos a las siguientes propuestas para Contrato el FESTIVAL DE GÓSPEL EN LA CATEGORÍA A - EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA a: NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA PUNTAJE 1 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 85,3 2 CATEGORÍA A: EMERGENTE O CORTA TRAYECTORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 83,2 Según lo establecido en el Acta de Docentes 2023 Recomendación de Ganadores del Departamento Académico Festival de Ciencias Góspel de la localidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, fechada el 12 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2024, después de haber realizado las audiciones, analizados los resultados de la evaluación y llevado a cabo las deliberaciones, el jurado recomienda otorgar los estímulos a las siguientes propuestas para el FESTIVAL DE GÓSPEL EN LA CATEGORÍA B - MEDIANA O LARGA TRAYECTORIA a: NO. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA PUNTAJE 1 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ BANDA YO SOY 95 2 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ PRAISE ▇▇▇▇▇▇▇▇ 86,3 3 CATEGORIA B: MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ RENDICIÓN MUSIC 85,3 Según lo establecido en Conservación las condiciones específicas de Suelos la convocatoria, los artistas habilitados para el Festival de Música Multicultural fueron evaluados de acuerdo las siguientes categorías y Agua, declaran desierta cantidad de estímulos: No. Categoría Número de Participantes por Categoría Monto del Estímulo Total 1 Indígena 2 $ 2.500.000 C/U $ 5.000.000 2 Tradicional Colombiana y/o 2 Campesina 2 $ 2.500.000 C/U $ 5.000.000 3 Popular 2 $ 2.500.000 C/U $ 5.000.000 4 Tropical 4 $ 2.500.000 C/U $ 10.000.00 TOTAL 10 $ 25.000.000 Que durante el proceso de convocatoria se recibieron se recibieron veintiún (21) propuestas donde se realizó la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo selección de Facultad los artistas de Recursos Naturales Renovablesacuerdo con los perfiles y criterios requeridos, a través continuación, se relaciona cada una de la plataforma virtual las propuestas inscritas y el informe de la Universidad Nacional Agraria de la Selva habilitación. No. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA ESTADO OBSERVACIONES 1 MULTICULTURA L - Microsoft TeamsINDÍGENA ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ GRUPO LA VUELTA HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 2 MULTICULTURA L - INDÍGENA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ KAPARY TRADICIONAL Y CONTEMPORÁN EO HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 3 MULTICULTURA L - INDÍGENA ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ UKAMAU COLOMBIA INHABILITADO SE INHABILITA LA AGRUPACION YA QUE FUE GANADORA DEL FESTIVAL MULTICULTURAL EN EL MARCO DE LA VIGENCIA CPS 484 DEL 2022 - No. CATEGORIA REPRESENTANTE NOMBRE DE LA PROPUESTA ESTADO OBSERVACIONES VIVE ENGATIVÁ 2022 4 MULTICULTURA L - INDÍGENA ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ INHABILITADO SE INHABILITA LA AGRUPACION YA QUE FUE GANADORA DEL FESTIVAL MULTICULTURAL EN EL MARCO DE LA VIGENCIA CPS 484 DEL 2022 - VIVE ENGATIVÁ 2023 5 MULTICULTURA L - TROPICAL ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ SWING HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 6 MULTICULTURA L - TROPICAL ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 7 MULTICULTURA L - TROPICAL ▇▇▇▇▇▇▇ YAGUARA ▇▇▇▇▇▇ CARNAVAL HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 8 MULTICULTURA L - TROPICAL ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ COOL ▇▇▇▇▇ HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 9 MULTICULTURA L - TROPICAL ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ JAGUAR COSMICO HABILITADO PARA AUDICIONES HABILITADO PARA AUDICIONES 10 MULTICULTURA L - TROPICAL ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADA LA ARTISTA ES BAILARINA, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:NO SE PRESENTA EN EL FESTIVAL CORRESPONDIENT E
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CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023Hechos probados: Para la resolución del presente asunto, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que en el acuerdo número 4661, tomado por la Junta Directiva de SENARA, en sesión ordinaria No. Que638-13, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS celebrada el 07 de fecha 04 octubre de enero de 2023 2013, se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias indicó lo siguiente “…con base en Conservación de Suelos y Agua los informes de la Facultad Dirección Jurídica No. DJ-OF-316-2013, Técnico No. DDRAT-OF-1006-2013 y DDRAT- OF-1221-2013, Administrativo No. SA-PROGIRH-OF-595-2013 y Certificación No. 014 Presupuestaria: Se adjudica la Licitación Pública No. 2012LN-000006-DDRAT “Reconstrucción de Recursos Naturales Renovables 14 kilómetros de caminos en los subdistritos Piedra y Cabuyo” a la Universidad Nacional Agraria oferta No. 6, presentada por la empresa: JR AJIMA DEL OCCIDENTE S.A. / Esta adjudicación es por un monto total de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en ¢ 125.845.421.66. / Un plazo de ejecución de 15 días naturales…”. (ver folio 1292 del expediente administrativo). 2) Que según documentación certificada por el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros Licenciado ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, respecto a los vehículos placas 11354, 22277, 79846 y 5256, se extrae la siguiente información: a)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de Marchamo. Tipo de Vehículo Carga Pesada. / Número de Placa 11354. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: MACK. / Modelo: 1975. / Períodos a pagar: 3. / Monto a cancelar al día ▇▇ ▇▇▇: 135.678.00. / Descripción de Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 52.689.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 3.591.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 24.299.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 554.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 24.000.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 19.110.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 600.00 TIMBRE FAUNA ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ 312.00 LEY 7088 Y REF 3.673.0 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 6.850.00 b)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de Marchamo. Tipo de Vehículo Carga Pesada. / Número de Placa 22277. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Concurso Público para Contrato Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: MACK. / Modelo: 1971. / Períodos a pagar: 11. / Monto a cancelar al día ▇▇ ▇▇▇: 181.068.00. / Descripción de Docentes 2023 Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 62.958.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 4.777.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 27.688.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 945.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 32.000.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 30.367.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 2.200.00 TIMBRE FAUNA ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ 892.00 LEY 7088 Y REF 11.056.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 8.185.00 c)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de Marchamo. Tipo de Vehículo Carga Liviana. / Número de Placa 79846. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Departamento Académico Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: ISUZU. / Modelo: 1980. / Períodos a pagar: 11. / Monto a cancelar al día ▇▇ ▇▇▇: 283.152.00. / Descripción de Ciencias en Conservación Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 51.154.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 4.062.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 26.846.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 849.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 93.540.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 85.778.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 2.200.00 TIMBRE FAUNA ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ 902.00 LEY 7088 Y REF 11.171.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 6.650.00 d)- 11/12/2013. / Consulta y Pago de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1Marchamo. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca Tipo de Vehículo Particular. / Número de Placa 5256. / Vehículo sin revisión técnica. / Marchamo Pendiente / Nombre del Propietario: NIVELACIONES Y TRANSPORTES ROLJUANJO LIMITADA. / Marca: DAIHATSUN. / Modelo: 1979. / Períodos a pagar: 12. / Monto a cancelar al inicio del semestre 2022-IIdía ▇▇ ▇▇▇: 321.679.00. El Consejo / Descripción de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:Rubro Monto SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMOVILES 65.810.00 RECARGO DEL SEGURO OBLIGATORIO 5.083.00 APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 28.601.00 RECARDO DEL APORTE AL CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL 1.051.00 IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 98.820.00 RECARGO AL IMPUESTO A LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS 88.866.00 ESTACIONOMETROS (PARQUIMETROS) 6.000.00 IMPUESTO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDADES 1.440.00 TIMBRE FAUNA ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ 912.00 LEY 7088 Y REF 14.141.00 IMPUESTO DE VENTAS (13%) 8.555.00
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Sources: Licitación Pública
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001de acuerdo a las disposiciones establecidas mediante el Decreto No. 71-2023-CU-R-UNAS 21 el cual crea el Gabinete de Transformación Digital de fecha 04 ocho (08) del mes de enero febrero del año dos mil veintiuno (2021), el Ministerio Administrativo de 2023la Presidencia {MINPRE) por medio de la comunicación No. MINPRE-DMl-2022-38 emitida en fecha primero (01) del mes de febrero del año dos mil veintidós (2022), se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023informó que en lo adelante todos los procesos de compras y contrataciones relacionados a gobierno digital deben contar con la validación y autorización de la mesa de Gobierno Digital, previo a su convocatoria. � CONSIDERANDO: Que, por consiguiente y en cumplimiento a la comunicación No. MINPRE-DMl-2022- 38, LA ENTIDAD CONTRATANTE mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS el Oficio No. DA TSS 2022 6374 de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇veinticuatro (24) del mes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público 2022, solicitó la aprobación y/o no objeción para Contrato llevar a cabo et pro"c��·o·'·8e Renovación de Docentes 2023 para plaza orgánicaSoportes Servidores HP a la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la,lnfor ión y Comunicación (OGTIC), Departamento Académico en sus funciones de Ciencias en Conservación Secretaria Técnica del Gabinete de Suelos y AguaTransformación t:J"Jrtal. .,_ ' CONSIDERANDO: Que, mediante documento del vistoen respuesta a lo anterior, los Miembros ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato la Oficina Gubernamental de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través Tecnologías de la plataforma virtual Información y Comunicación (OGTIC), mediante el Informe Solicitud de Autorización No. INF-�2��:� otorga a LA ENTIDAD CONTRATANTE la Universidad Nacional Agraria autorización para la Renovación de la Selva - Microsoft TeamsLicencias Soporte Servidores HP por lo que, en Sesión Extraordinaria efecto dispone: "Luego de fecha 18 revisar la documentación aportada, verificar la solicitud y sus soportes, evaluamos las especificaciones técnicas y consideramos que cumplen con todos 105 fJS-p_ectos necesarios requeridos y no solapan ningún proyecto que haya de enero ejecutarse desde la Agéndá Digital 2030". ·0 a 1 - POR LO TA . el entendido de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo que el siguiente acuerdoanterior preámbulo forma parte integral del presente contra,t:n. óll N 2 5 OC\�0W. DE LAS o?é'J8'oNES
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Sources: Renewal Contract
CONSIDERANDO. QuePreviamente a la absolución del recurso de casación sub examine es necesario hacer un breve recuento de lo acontecido en el proceso. En tal sentido, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS se advierte que mediante escrito de fecha 04 veintiséis de enero diciembre de 2023dos mil trece, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme obrante a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros fojas dieciséis ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, interpone demanda de resolución de contrato contra ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, solicitando como pretensión la resolución de contrato de compraventa de derechos y acciones de fecha de veintitrés de noviembre del Concurso Público para Contrato año dos mil nueve, por la causal de Docentes 2023 para plaza orgánicaincumplimiento de pago y como pretensión accesoria el pago de indemnización de daños y perjuicios, Departamento Académico con costos y costas del proceso. Como fundamento de Ciencias en Conservación su demanda, sostiene que: a) Con fecha veintitrés de Suelos noviembre de dos mil nueve, celebró con ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ un contrato de compraventa de 0.06807% de derechos y Agua. Queacciones, mediante documento del vistoel pago de armadas y resolución de contrato en caso de incumplimiento de pagos de tres armadas, mediando la remisión de una carta notarial. b) El obligado ha incumplido con los Miembros pagos, constituyéndose en un deudor moroso sobre el predio ubicado en ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Canto Grande del Concurso Público para Contrato distrito de Docentes 2023 del Departamento Académico San ▇▇▇▇ de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1Lurigancho. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. c) El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovablesdemandado, a través pesar que tiene la posesión de dicho bien, mantiene su negativa al pago bajo el argumento que debe formalizar con la escritura pública de compraventa. Respecto a la contestación de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teamsdemanda, en Sesión Extraordinaria se señala que mediante resolución dos de fecha 18 catorce ▇▇ ▇▇▇▇▇ de enero dos mil catorce, obrante a fojas ochenta y cinco fue rechazada la contestación por extemporánea declarándose rebelde al demandado. Sin embargo se desprende de 2023su escrito de contestación obrante a fojas setenta y cuatro y siguientes que dejó de pagar en razón que el demandante le vendió un bien litigioso, en uso toda vez que existe un proceso de sus atribucionesnulidad de acto jurídico con el titular anterior, tomo por lo que no continuó con el siguiente acuerdo:pago del saldo del valor de inmueble, señalando además que el demandante al tener la condición de abogado elaboró la respectiva minuta de compraventa, ocultando de forma dolosa que el bien materia de litis era litigioso.
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Sources: Resolución De Contrato
CONSIDERANDO. Que el Artículo 3 del Decreto 3912 de 2004, en concordancia de con lo previsto en el literal a) del artículo 19 de los estatutos de la Entidad, atribuyen al Gerente entre otras, las siguientes funciones: Que, con Resolución N°001el Gerente de Radio Televisión Nacional de Colombia -RTVC-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. QueS.A.S., mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero No. 0207 del 16 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023 “Por medio de la cual se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023delega la ordenación del gasto en la Subgerencia de Soporte Corporativo, plazas orgánicas se emiten directrices para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua ejercicio de la Facultad actividad contractual y se dictan otras disposiciones” y en su numeral 1° contempló la siguiente función: “Suscribir contratos y convenios, sus modificaciones, acuerdos, cesiones, actas de Recursos Naturales Renovables suspensión y de reinicio de la Universidad Nacional Agraria ejecución de los contratos, ordenes de emisión, liquidación bilateral de común acuerdo o unilateral, terminación anticipada y, en general, todos los actos necesarios para el funcionamiento de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos entidad y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte cumplimiento de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros objeto social” Que RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC- S.A.S. y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato ▇▇▇▇ (Q.E.P.D.), identificada con cédula de Docentes 2023 para plaza orgánicaciudadanía No. 1.020.762.715, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros el 01 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023 firmaron el contrato de prestación de servicios No.915-2023, cuyo objeto fue “El CONTRATISTA se obliga con -RTVC- a prestar sus servicios como operador de contribuciones para el sistema informativo de RTVC.”. Que, de acuerdo con la cláusula segunda, el término de ejecución del contrato se fijó en “cuatro (04) meses, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato" lo cual ocurrió el 01 ▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero ▇▇▇▇▇ de 2023, por lo tanto, el contrato se ejecutaría hasta el 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023. <.. image(Imagen que contiene Escala de tiempo Descripción generada automáticamente) removed ..> <.. image(Imagen que contiene Escala de tiempo Descripción generada automáticamente) removed ..> Que, conforme lo establece la cláusula cuarta, el valor del contrato es de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($15.200.000), según Registro Presupuestal No.1848 de fecha 01/03/2023, pagaderos en uso mensualidades vencidas, cada una por valor de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($3.800.000). Que, de acuerdo con lo expuesto en el acta de finalización expedida y firmada por la Supervisión del contrato de fecha 10 de julio de 2023, EL CONTRATISTA prestó sus atribucionesservicios desde el 01 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023 hasta el 19 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023, tomo fecha su fallecimiento, tal como consta en el Registro Civil de Defunción No.10359515 inscrito el 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023. Que, de acuerdo con el acta de finalización y el estado de la situación financiera, el contrato presenta el siguiente acuerdo:balance financiero: VALOR TOTAL DEL CONTRATO $15.200.000 SALDO A FAVOR DEL CONTRATISTA $2.406.667 Que, de conformidad con lo manifestado por la Supervisión, el contratista prestó sus servicios hasta el día 19 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023, por lo cual se torna necesario efectuar el pago de los honorarios causados en el periodo comprendido entre el primero (1°) ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023 y el diecinueve (19) ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023, cuyo valor corresponde a la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($2.406.667). Que, según el certificado de pagos expedido el 11 de julio de 2023 emitido por la Coordinación del Área de Tesorería de -RTVC, a la fecha se han efectuado los siguientes pagos: Que, el numeral 1 del literal “B” de la Cláusula Quinta del Contrato No. 915-2023 estipula como obligaciones de - RTVC-, entre otras, “Pagar el valor del presente contrato en la forma y con la oportunidad pactada, siempre que el trámite de pago se encuentre completo y con el lleno de los requisitos requeridos para el efecto.” Que, mediante formato de aprobación para la terminación anticipada del 10 de julio de 2023, el Supervisor y el Ordenador del Gasto aprobaron la terminación anticipada del contrato, manifestando que el contrato se ejecutó a satisfacción y que el contratista cumplió a cabalidad con las obligaciones generales y específicas establecidas en este y que en razón al fallecimiento del contratista ocurrido el 19 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023, consideran procedente y ajustada a lo dispuesto en el literal “b” de la cláusula décima sexta del contrato No.915 de 2023 denominada “TERMINACIÓN ANTICIPADA”, la cual señala que podrá darse por terminado antes del plazo inicialmente pactado “Por imposibilidad jurídica o de hecho ajena a la voluntad de las partes que impida o deje inocua la ejecución del presente contrato”. Que, como consecuencia de lo anterior, RADIO TELEVISIÓN NACIONAL DE COLOMBIA -RTVC-S.A.S., debe terminar de manera anticipada el Contrato de prestación de servicios No. 915 de 2023, y proceder con su liquidación, según lo dispuesto en el Parágrafo Tercero de la Cláusula Cuarta del mismo a fin de establecer el balance general, ordenar el pago de las sumas a favor del Contratista y efectuar la liberación de los saldos no ejecutados a favor de - RTVC-. <.. image(Imagen que contiene Escala de tiempo Descripción generada automáticamente) removed ..> Que, en mérito de lo previamente expuesto,
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Sources: Contract Termination and Liquidation
CONSIDERANDO. Que, de acuerdo con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS lo dispuesto en el artículo 118.1 de fecha 04 la Ley 9/2017, de enero de 2023Contratos del Sector Público, se aprueba las BASES PARA considera adecuada la celebración del indicado contrato menor, dado su valor y su duración inferior a un año, y a la vista de los siguientes antecedentes: Expediente Procedimiento Resolució n Fecha 457/2022 CONTRATO MENOR: OBRA RELATIVA A LA INSTALACIÓN DE “AUTOCONSUMO Y PUERTO DE RECARGA EN EL CONCURSO PÚBLICO CONVENTO Y MUSEO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023BETANCURIA”. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución09/06/2023 Cód. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇▇▇ Validación: 7CAMDGMC3STWL6L2DJNYGNQHF Verificación: ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇ ://▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2 Teniendo en cuenta la resolución de la dirección general de agricultura por la que se conceden las subvenciones destinadas a la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativa prevista en la submedida 19.2 del Concurso Público programa de desarrollo rural de Canarias, FEADER 2014-2020 en la isla de Fuerteventura 2022, se considera necesario realizar esta obra ya que actualmente cuenta con espacio destinado al aparcamiento de Caravanas, autocaravanas y campers, y se estima necesario la instalación de zona de sombra para Contrato mejorar la comodidad de Docentes 2023 del Departamento Académico los usuarios de Ciencias dicho espacio, e incorporar un sistema independiente de autoabastecimiento de energía mediante fuentes renovables con el objeto de abastecer puntos de recargas para vehículos eléctricos, recarga de pequeños aparatos eléctricos e iluminación de los alrededores de dicho parking de Caravanas, autocaravanas y campers. Además, incluir sistema de almacenamiento para proporcionar energía eléctrica en Conservación las horas de Suelos y Aguasol inexistente. En el expediente obrante 457/2022, declaran desierta se encuentra el proyecto en el que se detalla con exactitud los capítulos en los que la plaza N°1obra será desarrollada. AsimismoDECRETO Número: 2023-0203 Fecha: 05/07/2023 Habiéndose solicitado presupuesto a “Indelsa Montajes Eléctricos, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-IIS.L” provisto con NIF núm. B-35.708.379. El Consejo contratista propuesto cuenta con capacidad de Facultad obrar y con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación objeto del contrato. Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Recursos Naturales RenovablesSecretaría, a través y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda de la plataforma virtual Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la Universidad Nacional Agraria que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria 26 de fecha 18 febrero de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo2014:
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Sources: Contrato Menor
CONSIDERANDO. QueQue por el expediente citado en el Visto, con se tramita la codificación del cepaje denomi- nación varietal Bonarda. Que al respecto, mediante la Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS ° C.24 de fecha 04 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de enero de 20232000, se aprueba auto- rizó el uso en forma oficial del listado de va- riedades de vid con su correspondiente de- nominación, sinónimos y codificación, entre las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO cuales se encontraba dicha variedad. Que los antecedentes aportados por la Fa- cultad de Ciencias Agrarias de la UNIVER- SIDAD NACIONAL DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023CUYO, a través de la Cátedra de Viticultura y del Laboratorio Biomolecular de la Cátedra de Fisiología Vegetal, pusieron de manifiesto que el culti- var conocido como Bonarda es la variedad Corbeau. Que a través de la Resolución N° C.5 de fe- cha 15 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2008, se dio respuesta a la inquietud planteada en cuanto a la verda- dera identidad de la variedad conocida en nuestro país como Bonarda, sustituyendo dicha denominación por la de Bonarda Ar- gentina - Sinónimo Corbeau - Douce Noire. Que sobre el particular, el vino elaborado con el mencionado cepaje ha adquirido prestigio y reconocimiento internacional de- ▇▇▇▇ a las características por él alcanzadas en nuestro medio. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS por lo expresado, surge la necesidad de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para diferenciar el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros Cultivar Bonarda propia- mente dicho ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público con el que estuvo Nº 2747/2008; Nº 2937/2008; Nº 3129/2008; Nº 3370/2008; Nº 3369/2008; Nº 3371/2008; y el apoyo a la práctica de la lactancia materna por considerarse una estrategia eficaz para Contrato la confundido, adjudicándole a cada uno un código diferencial. Nº 1167/2009; Nº 1876/2009; Nº 534/2009; Nº 1354/2009; y Nº 1532/2009, por interme- dio de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agualas cuales se dispusieran las respec- tivas recompensas. Que, mediante documento del vistopor otra parte, los Miembros el artículo 6 precitado permite prorrogar las recompensas cuyo ofrecimiento se encontrara vigente. Que, en ejercicio de la habilitación legal mencionada, y en atención a que se man- tiene el interés en la obtención de informa- ción determinante para la detención de ▇▇- ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; ▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇; AMIGO, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇- ro ▇▇▇▇▇▇; ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇- gio; y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇; resulta pro- cedente prorrogar por el término de DOCE (12) meses a partir de la fecha de su res- pectivo vencimiento, las recompensas que fueran establecidas, respecto de los nom- brados y en ese orden, por las Resoluciones ex MJSyDH Nº 1820/2010; Nº 1822/2010; Nº 1826/2010; Nº 1823/2010; Nº 904/2010; y Nº 938/2010. Que el Decreto Nº 1472/2008 asigna los re- cursos para el financiamiento para el Fondo de Recompensas y para la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas Ordenada por la Justicia. Que ha tomado la intervención de su com- petencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta cartera ministerial. Que la presente se dicta en ejercicio de lo dispuesto en la Ley Nº 26.375 y la Ley de Ministerios. Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE: Bs. As., 9/11/2011 VISTO expediente Nº 2002-15975/11-5 del re- gistro del MINISTERIO DE SALUD, el Tra- tado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1991, aprobado por la Ley Nº 23.981 y el Proto- colo de Ouro Preto del 17 de diciembre de 1994, aprobado por la Ley Nº 24.560, y CONSIDERANDO: Que el proceso de integración del Mercosur es de mayor importancia estratégica para Contrato la REPUBLICA ARGENTINA. Que, conforme a los artículos 2º, 9º, 15, 20, 38, 40 y 42 del Protocolo de Docentes 2023 Ouro Pre- to, las normas Mercosur aprobadas por el Consejo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio del Departamento Académico Mercosur, son obligatorias y deben ser incorporadas, cuando ello sea necesario, al ordenamiento jurídico nacional de Ciencias los Es- tados Partes mediante los procedimientos previstos en Conservación de Suelos su legislación. Que conforme a los artículos 3º, 14 y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través 15 de la plataforma virtual Decisión 20/02 del Consejo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Común, las normas Mercosur que no re- quieran ser incorporadas por vía aprobación legislativa podrán ser incorporadas por vía administrativa por medio de actos del Poder Ejecutivo. Que el artículo 7º de la Universidad Nacional Agraria citada Decisión esta- blece que las normas Mercosur deberán ser incorporadas a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes en su texto integral. Que la DIRECCION GENERAL DE ▇▇▇▇- TOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención que le compete. Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en función de lo dispuesto en el artículo 23 ter incisos 28) y 16) de la Selva - Microsoft TeamsLey de Ministerios, Texto Ordena- do Decreto Nº 438/92. Por ello, EL MINISTRO DE SALUD RESUELVE: disminución de la morbimortalidad infantil con énfasis en Sesión Extraordinaria el componente neonatal. Que es una prioridad disponer de fecha 18 leche hu- mana en cantidad y calidad que permitan la alimentación de enero los lactantes imposibilitados de 2023ser amamantados directamente a pecho o con la leche de su propia madre, como así también para otras situaciones en uso las que se considere necesaria la utilización de leche humana. Que los Estados Partes han consensuado la importancia de asegurar el acceso gratuito a la leche humana, sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdosubproductos y/o derivados. EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
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Sources: Loan Agreement
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 Que el día 19 de enero de 20232022, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO el FONDO ÚNICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA TECNOLOGÍAS DE LA SELVA 2023INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, suscribieron el contrato de prestación de servicios profesionales No. Que481 de 2022, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS para: “Prestar servicios profesionales a la Dirección de fecha 04 Industria de Comunicaciones para apoyar financiera y contablemente la verificación del cumplimiento de las obligaciones contractuales y regulatorias de los operadores del servicio de televisión, particularmente en lo relacionado con la obligación de pago de contraprestaciones durante la vigencia 2022”. Que para todos los efectos legales y fiscales, el valor del contrato fue hasta por la suma de NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE Que el valor del contrato era pagado por mensualidades vencidas, cada una por valor de hasta SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y TRES PESOS M/CTE ($7.955.053) sin IVA, y para los periodos que no correspondan a mensualidades completas, el valor a pagar era la suma equivalente a los servicios prestados, proporcional al valor mensual pactado. El plazo de ejecución se pactó hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, lo cual acaeció el día 21 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 20232022, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos con la expedición del registro presupuestal y Agua aprobación de la Facultad garantía de Recursos Naturales Renovables cumplimiento. Que el Contrato de la Universidad Nacional Agraria Prestación de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en Servicios Profesionales No. 481 de 2022 estuvo amparado por el anexo, que forma parte Certificado de dicha resoluciónDisponibilidad Presupuestal No. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 58022 del 13 de enero de 2023 en su Art2022, expedido por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Presupuesto del Ministerio Que mediante memorando con radicado No. 8° se designa a los Miembros 222050534 del 24 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2022, la supervisora del Contrato de Prestación de Servicios Profesionales No. 481 de 2022, solicitó la terminación unilateral y liquidación del mismo por causa de muerte de la contratista ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (Q.E.P.D), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 60.264.031, para lo cual adjuntó copia del Concurso Público para Contrato Registro Civil de Docentes 2023 para plaza orgánicaDefunción según indicativo serial 10752744 de la Registraduría Nacional GJU-TIC-FM-017 “POR MEDIO DE LA CUAL SE TERMINA Y LIQUIDA UNILATERALMENTE EL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES No. 481 DE 2022, Departamento Académico SUSCRITO ENTRE EL FONDO ÚNICO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES Y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇” del Estado Civil mediante el cual se hace constar el fallecimiento ocurrido el 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua2022. Que, mediante documento del visto, los Miembros Que la contratista ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua(Q.E.P.D), declaran desierta dio inicio a la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 ejecución contractual el día 21 de enero de 20232022 y cumplió con la ejecución hasta el 17 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022 inclusive, de acuerdo con el informe de ejecución presentado por la Supervisora del contrato. Que según el balance de ejecución presupuestal expedido por el Coordinador del GIT de Presupuesto de fecha 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022, los pagos realizados al contratista fueron los siguientes: Valor RP contrato vigencia 2022 $95.460.636,00 Valor final contrato prestación de servicios profesionales $95.460,636,00 Pagos realizados de enero a marzo de 2022 $18.561.790,00 Saldo liberado por proporcionalidad mes de enero-2022 $ 5.303.369,00 Valor pendiente de pago del 1 al 17 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2022 $ 4.507.863,00 Saldo pendiente liberar en uso favor de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:la entidad $ 67.087.614,00
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CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS El actor interpone demanda de fecha 04 veinticuatro de enero de 2023dos mil catorce, que corre en fojas ciento cincuenta y nueve, subsanada en fojas doscientos veintiocho, solicitando reconocimiento de vínculo laboral a plazo indeterminado y que se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023le pague la suma de trescientos sesenta y tres mil quinientos dieciocho con 12/100 Nuevos Soles (S/.363,518.12) por los siguientes conceptos: beneficios sociales, remuneración insoluta, indemnización por despido arbitrario e indemnización por daños y perjuicios; más los intereses legales, con costas y costos del proceso. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS Mediante Sentencia de fecha 04 veintisiete de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023dos mil catorce, plazas orgánicas para que corre en fojas cuatrocientos setenta y uno, el Departamento Académico Décimo Juzgado de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua Trabajo Permanente de la Facultad Corte Superior de Recursos Naturales Renovables Justicia de Lima declaró fundada en parte la Universidad Nacional Agraria demanda; y según Sentencia de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte Vista de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇fecha tres ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánicados mil dieciséis, Departamento Académico que corre en fojas quinientos veinte, la Cuarta Sala Laboral Permanente de Ciencias la mencionada Corte Superior confirmó en Conservación de Suelos y Agua. Queparte la resolución apelada, mediante documento del visto, los Miembros revocaron el extremo que reconoce vínculo laboral al demandante por el periodo quince ▇▇ ▇▇▇▇▇ de dos mil diez al treinta ▇▇ del Concurso Público para ▇▇▇▇▇ de dos mil once, reformándola declararon infundado dicho extremo con lo demás que contiene por considerar, entre otros argumentos, que existe relación laboral entre el actor y la empresa demandada a partir de que el demandante obtiene la calidad migratoria habilitante otorgada por la Superintendencia Nacional de Migraciones, es decir, desde el uno de julio de dos mil once, pues, no basta con que el Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico Trabajador Migrante ▇▇▇▇▇▇ haya sido aprobado por la Autoridad Administrativa de Ciencias en Conservación Trabajo sino que requiere además que el trabajador extranjero obtenga la visa de Suelos trabajo para que pueda realizar la prestación de servicios y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:obtenga los derechos laborales correspondientes.
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Sources: Labor Contract
CONSIDERANDO. QueQue respecto de los argumentos presentados por la empresa prestadora TRICOM, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023S. A., se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua respecto de la Facultad de Recursos Naturales Renovables calificación y legalidad de la Universidad Nacional Agraria de práctica comercial incurrida por ellos. la Selvacual, conforme a su propia descripción ha consistido desde el día siete (7) ▇▇ ▇▇▇▇ de los corrientes, en implementar la práctica de no recibir tráfico destinado a las plazasredes móviles de otras concesionarias de la República Dominicana, funcionespero manteniendo la recepción del tráfico destinado a su propia red móvil y a las redes fijas; la misma es contraria a la ley, requisitos y condiciones señaladas no puede dicha empresa, en invocación de derechos subjetivos a la competencia, mantener las mismas, pues es solo el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 INDOTEL en su Artcalidad órgano regulador, la autoridad facultada para establecer medidas precautorias o correctivas, así como, sanciones en protección de la competencia ▇▇▇▇, sostenible y efectiva. 8° se designa CONSIDERANDO: Que respecto a los Miembros la solicitud de autorización de desconexión formulada por TRICOM S.A., All America Cables and Radio, Inc.- Dominican Republic (Centennial Dominicana) y France Telecom Dominicana S.A. (Orange Dominicana S.A.), así como por la solicitud de establecimiento de criterios formulada por CODETEL, C. por ▇., sobre el mismo tema, este Consejo Directivo, toma en cuenta varios aspectos de orden legal. CONSIDERANDO: Que el primero de dichos aspectos es la sujeción de las empresas prestadoras de servicios públicos de telecomunicaciones a todas las disposiciones de la ▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇-▇▇ del Concurso Público para Contrato y sus reglamentos. Conforme el artículo 30 de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros la ▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato -▇▇, “Con carácter general, y sin perjuicio de Docentes 2023 del Departamento Académico otras que establezcan la reglamentación, serán obligaciones esenciales de Ciencias los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones: (…) d) Permitir el libre acceso a sus redes y a los servicios que por ellas presten, en Conservación de Suelos condiciones reglamentarias y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovablesno discriminatorias, a través los prestadores (…) de servicios de telecomunicaciones (…)” (El énfasis es nuestro). CONSIDERANDO: Que al efecto, las empresas prestadoras TRICOM S.A., All America Cables and Radio, Inc.- Dominican Republic (Centennial Dominicana), CODETEL, C. por A. y France Telecom Dominicana S.A. (Orange Dominicana S.A.) han acudido a este Consejo, a tales fines, inquietadas por la distorsión que la negativa de los carriers AT&T, Corp y Wordcom (MCI Internacional, Inc.) ocasiona en el tráfico internacional; en el RESOLUCIÓN NO. 064-03 PÁGINA 45 DE 51 entendido de que dicha previsión reglamentaria adoptada por este Consejo, se refiere a desconexiones definitivas, previstas en el artículo 55 de la plataforma virtual Ley No. 153- 98 que excluirían a los carriers en cuestión, toda posibilidad de terminar tráfico en la República Dominicana; CONSIDERANDO: Que lo anterior, no impide a este Consejo la adopción de medidas precautorias o correctivas, previstas en el artículo 84f) de la Universidad Nacional Agraria ▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇-▇▇, para evitar desigualdad o discriminación en el servicio internacional; CONSIDERANDO: Que la reunión de elementos de hecho y de derecho que justifiquen a criterio del INDOTEL, permitir la desconexión de un carrier internacional, por una violación a la ▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇-▇▇ o por contener cláusulas discriminatorias al régimen vigente en el país, no exime a la empresa prestadora local de cumplir con todo y cualquier compromiso o deber contractual que a pesar de la Selva - Microsoft Teamsobservación del INDOTEL del acuerdo en cuestión, dicha empresa prestadora local deba mantener. CONSIDERANDO: Que en el artículo 28.1 del Reglamento General de Interconexión para las Redes de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, dictado por este Consejo Directivo, a elección del INDOTEL, como vía para dirimir un conflicto de este género es potestativa toda vez que dicho artículo establece que: “En caso de que una Prestadora no cumpla con las obligaciones pactadas o establecidas en un contrato de Interconexión, la parte perjudicada podrá, en Sesión Extraordinaria base al análisis de fecha 18 los antecedentes del caso, intimar a la parte que incumple a cesar en su conducta en un plazo perentorio de enero cinco (5) días calendario. En caso que el incumplimiento no sea subsanado, será considerado falta grave a los fines de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:establecer las sanciones correspondientes.”
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Sources: Interconnection Agreements
CONSIDERANDO. QueHechos probados: 1) Que en el contrato para la gestión interesada de los servicio aeroportuarios prestados en el Aeropuerto Internacional ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS suscrito el día 18 de fecha 04 de enero de 2023octubre del 2000, se aprueba establece en la cláusula 4.8 denominada explotación de áreas comerciales: a) “4.81 Derecho a explotar las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023áreas comerciales. QueEn virtud de este Contrato, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023el CETAC explotará los Servicios Comerciales, plazas orgánicas para a través del Gestor, quien tendrá el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selvaderecho exclusivo a operar, conforme a directa o indirectamente, las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas áreas comerciales designadas como tales en el anexo, que forma parte Plan de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, Distribución de Tingo María, 06 Areas (sic) y de enero conformidad con el Plan Comercial aprobado por el CETAC.” b) “4.8.3 Subcontratación: El Gestor podrá explotar las Areas (sic) Comerciales a través de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros subcontratistas.” (ver copia del contrato anexo al expediente de refrendo contralor otorgado por esta Contraloría ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇▇ (DI-AA-794) del Concurso Público para Contrato 04 de Docentes 2023 para plaza orgánicadiciembre del año 2000). 2) Que en el apéndice A del contrato se establece en el apartado 7.E.8. Servicios Comerciales que: a) “iii) Formalización de los contratos de explotación de servicios comerciales en los locales y áreas comerciales, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del vistosegún el objeto, los Miembros plazos, arreglos financieros, y demás especificaciones contractuales presentadas por el Gestor en su Plan Comercial debidamente aprobado por el CETAC (…) El Gestor cumplirá en todo momento con los principios de publicidad y las oportunidades comerciales de promoción establecidos por el gobierno para garantizar una competencia abierta, justicia e igualdad de oportunidades.” b) (…) 2 Servicios específicos (…) Los servicios específicos son aquellos que prestará el Gestor según se establece a continuación: (…) D. Servicios de Transporte de Equipaje dentro de las Terminales El Gestor deberá explotar el servicio de transporte de equipaje en el aeropuerto, de manera que los pasajeros puedan transportar su equipaje dentro del área de Gestión, mediante, por ejemplo, carritos portaequipajes o similares, en cantidad y tipo suficientes para las necesidades del Aeropuerto.” (ver copia del contrato y su apéndice A, anexos al expediente de refrendo contralor otorgado por esta Contraloría ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇▇▇▇▇ (DI-AA-794) del Concurso Público para Contrato 04 de Docentes 2023 diciembre del Departamento Académico año 2000). 3) Que en el documento “Sistema de Ciencias Gestión de Calidad/ Contratación de servicios comerciales en Conservación de Suelos y Aguael AIJS, declaran desierta la plaza N°1Código: MA-650”, se establece: “VI. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y SELECCIÓN DE PROVEEDORES
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. QueHechos Probados. Para la resolución del recurso se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Instituto de Desarrollo Rural (INDER), con Resolución N°001promovió la Licitación Pública No. 2015LN-000001-2023-CU-R-UNAS 01, para los “Servicios de fecha 04 de enero de 2023seguridad y vigilancia en la Sede Central y Regionales del INDER”, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme según invitación a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas participar publicada en el anexo, que forma parte de dicha resoluciónDiario Oficial La Gaceta No. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros 113 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇ del 2015 (folio 586 del expediente administrativo). 2) Que de acuerdo con el Acta de Apertura de Ofertas de las diez horas con siete minutos del día diecisiete de julio del dos mil quince, se presentaron las siguientes ofertas: Oferta No. 2 Agencia ▇▇▇▇▇▇▇▇ Huertas S.A. y Servicios Mava S.A., Oferta No. 4 Seguridad y Vigilancia ▇▇▇▇▇ Ltda. y Oferta No. 6 Consorcio de Seguridad Alfa S.A. y Seguridad Alfa S.A. (folios 836-837 del expediente administrativo). 3) Que mediante acuerdo en firme tomado por la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), artículo 3 de la Sesión Ordinaria No. 37, celebrada el trece de octubre del dos mil quince, se declaró infructuosa la presente Licitación Pública No. 2015LN-000001-01 (folio 2624 del expediente administrativo). 4) Que mediante oficio No. ASC- 1034-2015 del 9 de octubre del 2015, el Área de Contratación Administrativa del Instituto de Desarrollo Rural (INDER), recomendó declarar infructuosa la presente licitación y al respecto se indicó: “(…) En conclusión, se evidencia que solo dos empresas cumplen a saber: Seguridad y Vigilancia ▇▇▇▇▇ Ltda. y Consorcio de Seguridad ALFA S.A. y Seguridad ALFA S.A., con lo solicitado en el cartel y en la Ley de Telecomunicaciones, por lo que todas las demás quedan fuera en la primera etapa de análisis de ofertas. / Sin embargo, el Área de Servicios Generales aclara que el acuerdo Ejecutivo del permiso de frecuencia dado a la empresa Alfa, indica claramente que tiene imposibilidad de uso en algunas zonas de acción del INDER. De esta información se concluye que no todas las líneas ofertadas tendrían comunicación mediante el sistema de radiocomunicación, como se solicita en el punto 8.11.1 inciso a) esto por cuanto el sistema de repetidora o equipo de portátil no los incluye. Su acción es limitada. / (…) SE RECOMIENDA DECLARAR INFRUCTUOSO (…)” (folios 2611 y 2614 del expediente administrativo). 5) Que mediante oficio ASG-378-2015 del 6 de octubre del 2015, el Área de Servicios General, indicó: “(…) No omitimos indicar, que en el caso de la empresa Consorcio de Seguridad Alfa S.A. & Seguridad Alfa S.A., presento (sic) el acuerdo Ejecutivo No. 105-2015, pero posterior a nuestra participación en el informe técnico. Valorar las ofertas posteriores a nuestras consideraciones técnicas sería incurrir en condición beneficiosa, dado que este trámite fue iniciado por ésta empresa desde el año 2012, lo cual demuestra que es un trámite muy lento de formalizar por parte de la institución estatal correspondiente, además de que no corresponde a una condición invariable. Finalmente debe indicar que el acuerdo Ejecutivo del permiso de frecuencia dado a la empresa Alfa, indica claramente que tiene que tiene imposibilidad de uso en algunas zonas de acción del INDER. De esta información se concluye que no todas las líneas ofertadas tendrían comunicación mediante el sistema de radiocomunicación, como se solicita en el punto 8.11.1 inciso a) esto por cuanto el sistema de repetidora o equipo de portátil no los incluye. Su acción es limitada.(…)” (folio 2603 del expediente administrativo). 6) Que visible a folios 2569 a 2586 del expediente administrativo, consta el Acuerdo Ejecutivo No. 105- 2015-TEL-MICIT de fecha 15 ▇▇ ▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato 2015, emitido por el Ministro de Docentes 2023 del Departamento Académico Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, aportado por el Consorcio de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:Seguridad Alfa S.A. & Seguridad Alfa S.A.
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. Que, la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá- UAECOB, suscribió con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros señora GLORIA ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público ▇▇▇, identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.490.620, el contrato No. 388 DE 2021, cuyo objeto es “Arrendamiento de un inmueble para Contrato el almacenamiento de Docentes 2023 para plaza orgánicalos bienes de propiedad y/o caro de la UAECOB”, Departamento Académico por valor de Ciencias en Conservación de Suelos y AguaCINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($57.400.000). Que, mediante documento del vistoen el precitado contrato, los Miembros se determinó un plazo de ejecución de siete (7) meses, y de acuerdo con el Acta de Inicio tiene como fecha de iniciación el 14 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2021, y de terminación el 13 de diciembre de 2021. Que, el contrato 388 de 2021, cuenta con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 577, con rubro 131020202020203, y de acuerdo con lo preceptuado en el numeral 12 de los estudios previos del Concurso Público para Contrato contrato y numeral octavo del clausulado del contrato, no aplican garantías. Que, el numeral tercero del clausulado del contrato de Docentes 2023 arrendamiento No. 388 de 2021, estipula que la supervisión del Departamento Académico contrato será ejercida por la Subdirección de Ciencias en Conservación Gestión Corporativa, o quien designe el ordenador del gasto. Que, el numeral 11 de Suelos los estudios previos, y Aguael numeral primero del clausulado del contrato de arrendamiento No. 388 de 2021, declaran desierta establecen como forma de pago: “La UAECOB se compromete a pagar el valor del contrato a título de canon de arrendamiento un pago anticipado al arrendador dentro de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes por valor de OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE, subordinando a las apropiaciones que del mismo se hagan del presupuesto, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: (…)”. Que, el día 11 de noviembre de 2022, la plaza N°1. AsimismoSubdirectora de Gestión Corporativa (supervisor del contrato), solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo suscribió Informe Final de Facultad de Recursos Naturales RenovablesEjecución, a través del cual, señaló el cumplimiento del objeto, y la totalidad de las obligaciones contraídas dentro del contrato de arrendamiento No. 388 de 2021; así mismo la plataforma virtual ejecución del 100% del porcentaje de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teamsejecución física y presupuestal, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdoasí:
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Sources: Contrato De Arrendamiento
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS en presencia de fecha 04 lo razonado, preciso es examinar los Proyectos de enero autos y las circunstancias sobrevenidas para ver si todos o alguno de 2023ellos pueden ser revisados, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Querealidad que hay que proclamar del primero de ellos, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023es decir, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua del de la Facultad "Ampliación del Parador Nacional ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en ▇▇▇▇▇▇ (Pontevedra)", adjudicado a la Empresa apelante en la cifra de Recursos Naturales Renovables 34.781.759 pts., concretamente el 31 de octubre de 1.972, puesto que, es incuestionable que dicho Proyecto se ve incidido por el "crak" del petróleo, noviembre de 1.973, con el consiguiente aumento de precios, en circunstancias tan imprevisibles como evidentemente trascendentales, en cuanto al aumento de precios Recogiendo en el fallo la estimación de la Universidad Nacional Agraria petición de la Selvacompensación económica o revisión de precios siguiente: Que estimando parcialmente el presente recurso de apelación, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros interpuesto por "Construcciones ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, SA.", contra la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional derecha 25 de septiembre de 1.978 , debemos revocar y revocamos en parte la misma, en cuanto no dio lugar a la compensación económica o revisión de precios, instada en su día por la Entidad apelante, del Concurso Público para Contrato Proyecto de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico "Ampliación de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento Obras del visto, los Miembros Parador Nacional ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en Bayona (Pontevedra)" y de su complementaria, declarando que debemos de estimar y estimamos en parte el recurso contencioso- administrativo interpuesto en su día por la Empresa de autos contra resoluciones del Concurso Público para Contrato Ministerio de Docentes 2023 Información y Turismo de 28 de octubre de 1.976 y 14 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1.977, las cuales parcialmente anulamos, en tanto en cuanto no reconocieron a la citada Empresa la compensación económica o revisión de precios del Departamento Académico Proyecto mencionado anteriormente y de Ciencias en Conservación su complementario, por sendos importes de Suelos pesetas 34.78l 759.- y Agua6.735.165, declaran desierta respectivamente. En definitiva, viene a otorgarle la plaza N°1. Asimismocompensación solicitada, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir precisamente, por estas causas excepcionales, imprevisibles que, como indica la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovablesnormativa indicada eran, a través contrario sensu, de intensidad igual a la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:actual.
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Sources: Informe Sobre La Aplicabilidad De La Doctrina Del Riesgo Imprevisible
CONSIDERANDO. QueHECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente caso se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la oferta del Consorcio DENN- HG-▇▇▇▇▇▇, fue excluida del concurso de conformidad con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS lo indicado en el Análisis de Ofertas de fecha 04 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de enero de 20232019, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua que indicó: (…) “Análisis de la Facultad oferta presentada por el consorcio DENN-HG-▇▇▇▇▇▇. 1-Las empresas Heliconia Griego S.A., Constructora ▇▇▇▇▇▇ S. A. y Constructora y Consultora DENN Ltda, presentan su oferta en consorcio, existe el respectivo acuerdo consorcial. 2- No cumple con el requerimiento técnico de Recursos Naturales Renovables presentar Declaración Jurada sobre el CR 2010 (ver Apartado 15 del Cartel). Requisito incumplido. 3- Tal como lo establece el cartel de participación, y fue debidamente aclarado mediante la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexoEnmienda 1, que forma parte del mismo, junto con la oferta, se debió aportar el INFORME DE RESULTADOS DE ENSAYO DE LA FUENTE DE MATERIAL, requisito que tampoco cumple el consorcio DENN-HG-▇▇▇▇▇▇. Requisito incumplido. 4- En la declaración Jurada del señor ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de dicha resoluciónConstructora Heliconia Griego S.A expresa lo siguiente “no se encuentra en ninguno de los casos de imposibilidad para contratar con la Municipalidad de Buenos Aires”. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, Lo que nos indica que la declaración de Tingo María, 06 la misma no tiene validez ya que no pertenece a la Municipalidad de enero de 2023 en su ArtPuriscal. 8° se designa a los Miembros 5- En la declaración Jurada del señor ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Constructora ▇▇▇▇▇▇ S.A expresa lo siguiente “no se encuentra en ninguno de los casos de imposibilidad para contratar con la Municipalidad de Buenos Aires”. Lo que nos indica que la declaración de la misma no tiene validez ya que no pertenece a la Municipalidad de Puriscal. 6- La oferta económica del Concurso Público consorcio DENN-HG- ▇▇▇▇▇▇, excede del monto del presupuesto existente de la Administración para Contrato la totalidad de Docentes 2023 los proyectos, según se advierte en el cuadro que se muestra a continuación. 7- El cartel establece como requisito de admisibilidad en el apartado 27.4 que la oferente deberá estar incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos ▇▇ ▇▇▇▇▇ Rica como empresa constructora/consultora o como profesional independiente en ingeniería, y deben estar habilitados para plaza orgánicaejercer y tener al menos cinco (5) años de incorporados, Departamento Académico aportando la respectiva certificación actualizada al 2019. Analizada la certificación aportada por el consorcio, DENN-HG- ▇▇▇▇▇▇, se observa que con respecto a las empresas ▇▇▇▇▇▇ y DENN, ambas en su condición de Ciencias integrantes de dicho consorcio, incumplen tal requisito de admisibilidad, lo anterior debido a que según lo indican dichas certificaciones, la empresa ▇▇▇▇▇▇, se registró ante el Colegio Federado el 17 de enero de 2019 como Constructora y Consultora, y en Conservación relación con la empresa, DENN, su registro data del 20 de Suelos febrero del 2018, por lo que en ambos casos, las integrantes del consorcio oferente, incumplen con el requisito de admisibilidad, antes descrito.” (ver expediente administrativo en la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇ / Expediente/ Apertura de las ofertas/Estudio técnicos de las ofertas/consultar/Resultado final del estudio de las ofertas/CONSTRUCTORA Y CONSULTORA DENN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA/ingresando en la casilla No cumple/ archivo adjunto/Análisis de Ofertas). 2) Que el apelante presentó oferta al concurso bajo la figura de ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, el cual se encuentra compuesto por las empresas Constructora y Agua. QueConsultora Denn Ltda., mediante documento del vistoHeliconia Griego S.A. y Constructora ▇▇▇▇▇▇ S.A., los Miembros según Acuerdo Consorcial suscrito por ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, en representación de la empresa Constructora y Consultora Denn Ltda; ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, en representación de la empresa Heliconia Griego S.A. y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias ▇▇▇▇▇▇▇ en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través representación de la plataforma virtual empresa Constructora ▇▇▇▇▇▇ S.A. (ver expediente administrativo en la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇ / Expediente/ Apertura de las ofertas/ Apertura Finalizada/Consultar/ 2019LA-000002-0020200001-Partida1-Oferta 2 / Acuerdo Consorcial). 3) Que el Consorcio apelante en su oferta aporta las certificaciones requeridas en las que se indica que la Universidad Nacional Agraria empresa Heliconia Griego S.A. se registró ante el CFIA el 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2006, la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 empresa Constructora ▇▇▇▇▇▇ S.A. se registró ante el CFIA el 17 de enero de 20232019 como Constructora y Consultora, y la empresa Constructora y Consultora Denn Ltda, se registró ante el CFIA el 20 de febrero del 2018. (ver expediente administrativo en uso la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇ / Expediente/ Apertura de sus atribucioneslas ofertas/ Apertura Finalizada/Consultar/ 2019LA-000002- 0020200001-Partida1-Oferta 2). 4) Que el 02 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2019, tomo mediante oficio DENN- 0059-2019 el Consorcio DENN-HG-▇▇▇▇▇▇ presentó de forma voluntaria un subsane de información, aportando lo siguiente: -Declaración jurada de conocer y aceptar las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2010, de las empresas Heliconia Griego S.A. y Constructora ▇▇▇▇▇▇ S.A. -Informe de resultados de ensayo de la fuente de material. -Declaración jurada no tener prohibición para contratar con la Municipalidad de Puriscal, suscrita por las empresas Constructora y Consultora Denn Ltda., Heliconia Griego S.A. y Constructora ▇▇▇▇▇▇ S.A. (ver expediente administrativo en la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇ / Expediente/ Apertura de las ofertas/ Apertura Finalizada/Consultar/ 2019LA-000002- 0020200001-Partida1-Oferta 2 / Consulta de subsanación /aclaración de la oferta/ Listado de subsanación /aclaración de la oferta/ Consultando el rango de Fecha y hora del 01/04/2019 al 4/04/2019 /Oficio ▇▇▇▇-▇▇▇▇-▇▇▇▇ Subsane de Información). 5) Que la Administración declaró desierto el procedimiento de licitación abreviada 2019LA- 000002-0020200001, mediante Acuerdo 011-216-2019, adoptado por el Concejo Municipal de Puriscal en sesión ordinaria N° 216 celebrada el ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, que indica: “Se acuerda que se declare Desierta la Licitación 2019LA-000002-0020200001. ACUERDO 011-216-2019. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.” (ver expediente administrativo en la dirección ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇ / Expediente /Información de Adjudicación/Acto de Adjudicación/Consultar/Archivo Adjunto/1 Acuerdo del Concejo Municipal 154 Licitación Diserta.pdf). 6) Que el Consorcio DENN-HG- ▇▇▇▇▇▇ mediante oficio DENN-0079-2019 de fecha 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2019, se ajustó al disponible presupuestario establecido por la Administración en los caminos que originalmente sobrepasaba el presupuesto de la siguiente acuerdo:forma: -Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ Charcon) de ¢5.426.978,38 a ¢ 5.000.000.00. -Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇) de ¢3.337.105,14 a ¢3.000.000.00. -Bacheo en Lastre Camino 1-04-104, Desamparaditos (Calle a Piedras Negras) de ¢4.063.044,48 a ¢3. 717.176,00. -Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇) de ¢5.801.683,61 a ¢4.999.999,99. -Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇) de ¢7.330.829,23 a ¢6.999.999,99. - ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇) de ¢5.523.909,49 a ¢ 4.999 999,96. -Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇) de ¢18.109.574,13 a ¢ 15.000.000.00. -Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇) de ¢18.061.922,65 a ¢15.000.000.00- Bacheo en ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇-▇▇-▇▇▇-▇▇▇ ▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; Cruce Quivel-▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇-Escuela) de ¢26.614.958,38 a ¢22. 289.202,90. (ver folios del 059 al 062 de expediente de apelación).
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. QueLa necesidad de prorrogar contrato de comodato a favor del CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA' respecto del inmueble ubicado en calle ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ N O 2846, con Sitio N ▇ ▇▇-▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ , ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Q ue mediante Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS Exenta NO 3548 de 25 de octubre de 2017, se dispuso la confección de contrato de comodato respecto del inmueble singularizado precedente en el considerando letra al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA , de la comuna de Antofagasta; debidamente representado por su presidenta ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. La prorroga contrato de comodato, de fecha 04 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de enero 2017, suscrito entre SERVICI Región de 2023Antofagasta y el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad comuna de Recursos Naturales Renovables Antofagasta, protocolizado ante Notario Público Titular ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ de contrato de comodato 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2018, suscrito entre SERVICI Región de Antofagasta y el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA , de la Universidad Nacional Agraria comuna de la SelvaAntofagasta; el cual se transcribe íntegramente: EN ANTOFAGASTA, conforme a las plazasade 2018 entre el SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA, funcionesrol único tributario N O persona jurídica de derecho público, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros debidamente representado por ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato ▇▇▇▇▇▇▇▇ DE LA ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ chilena, casada, constructor Civil, cédula nacional de Docentes 2023 para plaza orgánicaidentidad N O en su calidad de Directora Regional de dicho Servicio, Departamento Académico según lo dispuesto en el Decreto Supremo N O 355 de Ciencias en Conservación 1976, que establece el Reglamento Orgánico de Suelos los SERVIO el Decreto Ley N O 1,305 que reestructura y Agua. Queregionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo; y el Decreto TRA N O 272-22015 de 5 de enero de 2015, mediante documento del visto, los Miembros que me designa Directora titular ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato Región de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y AguaAntofagasta, declaran desierta la plaza N°1ambos con domicilio el pasaje La Frontera número 11C). Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través Conjunto Habitacional SOQUIM de la plataforma virtual ciudad de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft TeamsAntofagasta, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023adelante indistintamente "el SERVIU", por una parte, como comodante; y por la otra, como comodataria, "CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO JUVENTUD UNIDA, POBLACIÓN TOCOPILLAU, en uso adelante EL Club Social y Deportivo, persona jurídica, representada, por su presidente ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, chileno, cédula nacional de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:identidad NO ambas con domicilio en calle ▇▇▇▇▇▇
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Sources: Contract of Comodato
CONSIDERANDO. QueQue el contratista UT ENGATIVÁ CULTURAL abrió convocatoria pública para JURADOS y ARTISTAS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, con Resolución N°001-el día 03 de noviembre de 2023-CU-R-UNAS , en las redes de fecha 04 la Alcaldía ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. La convocatoria dio cierre de enero inscripciones para artistas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ el día 22 de noviembre de 2023, teniendo una duración de diecinueve (19) días. Que el día 30 de Noviembre de 2023, se aprueba publicó mediante correo electrónico el informe preliminar de evaluación. Que hasta el día 2 de Diciembre de 2023, según cronograma establecido, se recibieron las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA subsanaciones correspondientes a NOVENAS NAVIDEÑAS – CATEGORIA A DE LA SELVA 2023LOCALIDAD ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias Que según lo establecido en Conservación de Suelos y Agua las condiciones específicas de la Facultad convocatoria, los artistas habilitados fueron evaluados de Recursos Naturales Renovables acuerdo los siguientes perfiles: Experiencia demostrable mínima de 2 Monto del Total Estímulo 1 años a 4 años, en procesos teatrales, escénicos y artísticos, integrados en 4 $ 3.000.000 $ 12.000.000 2 Experiencia demostrable de mínima 3 de 3 años, 80% de los artistas pertenecientes a la agrupación C/U $ 9.000.000 deberán ser residentes de la Universidad Nacional Agraria localidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Que durante el proceso de la Selvaconvocatoria se recibieron veintiocho (28) propuestas donde se realizó la selección de los artistas de acuerdo con los perfiles y criterios requeridos, conforme a las plazascontinuación, funciones, requisitos se relaciona cada uno de los inscritos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte informe de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros habilitación: Categoría A AGRUPACION CATEGORIA NOMBRES APELLIDOS ESTADO MALA HIERBA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes ▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PRESENTARSE EN EL FESTIVAL DE HIP HOP 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros (CPS 484-2022) NUESTRA TIERRA COLOMBIA VALLENATA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público INHABILITADO POR NO SUBSANACION GRUPO DE DANZAS ATARDECER MAGICO CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN LOS EVENTOS NAVIDEÑOS DEL 2022 (CPS 484-2022) MC BLESS A.K.A FAT CLAPS CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN EL FESTIVAL DE HIP HOP 2023 (CPS 484-2022) .LUZYTANYA (NOMBRE DEL TRANSATLÁNTICO) CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ HABILITADO LA CATURRITA DEL QUINDIO CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR NO SUBSANACIÓN MIRLO NEGRO CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ INHABILITADO POR PRESENTARSE EN EL FESTIVAL DE ROCK X 2023 (CPS 484-2022) D'POCKERS CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN EL FESTIVAL DE MUSICA MULTICULTURAL 2023 (CPS 484-2022) ENCUENTRO LATINO CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR NO SUBSANACION ONDA NUEVA LLANERA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN EL FESTIVAL DE MUSICA MULTICULTURAL 2023 (CPS 484-2022) PA'SUMERCÉ CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ HABILITADO ARTE FOLCLOR Y TRADICIÓN ENGATIVA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN EL FESTIVAL ▇▇ ▇▇▇▇▇ 2023 (CPS 484-2022) MALAIKA ARTE Y MEMORIA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ HABILITADO ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR NO SUBSANACION ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇: ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR NO SUBSANACION MALYXIOZA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR NO SUBSANACION UNI FOLCLORE CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇: ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN EL FESTIVAL ▇▇ ▇▇▇▇▇ 2023 (CPS 484-2022) LOS MOZOS DE LA CARRANGA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN LOS EVENTOS NAVIDEÑOS DEL 2022 SHONTABRAVA POR DEFINIR ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ INHABILITADO POR PARTICIPAR EN LOS EVENTOS NAVIDEÑOS DEL 2022 (CPS 484-2022) THE RIGHTEOUS STARS CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇: ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ INHABILITADO POR NO SUBSANACION Categoría B AGRUPACION CATEGORIA NOMBRES APELLIDOS ESTADO NATURAL STYLE CREW CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS: ▇▇▇▇ DARKJEWEL ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PRESENTARSE EN EL FESTIVAL ▇▇ ▇▇▇▇▇ 2023 (CPS 484-2022) BRAIN VOLTAGE CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN C.A.P 77 CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS: ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PERILLA HABILITADO TROPPA COLECTIVO ARTISTICO CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ INHABILITADO POR PRESENTARSE EN EL FESTIVAL DE COMPARSAS (CPS 484- 2022) UCU-FUCUTITERES CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ INHABILITADO POR PRESENTARSE EN EL FESTIVAL DE TEATRO, CIRCO Y TITERES 2023 (CPS 484-2022) AGRUPACION BELLMAR CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN PUEBLO NASA CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN NÓMADA CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN Que teniendo en cuenta el informe de revisión documental final para Contrato la categoría A, quedan habilitadas 3 agrupaciones: AGRUPACION CATEGORIA NOMBRES APELLIDOS ESTADO .LUZYTANYA (NOMBRE DEL TRANSATLÁNTICO) CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ HABILITADO PA'SUMERCÉ CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ HABILITADO MALAIKA ARTE Y MEMORIA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Que al haber cumplido con la documentación en los términos establecidos por la cartilla de Docentes 2023 del Departamento Académico condiciones estas son las tres agrupaciones de Ciencias la categoría A, que pasaran a evaluación por los jurados. Que habiéndose completado la categoría A en Conservación la totalidad de Suelos los estímulos a entregar, no se amplían los plazos de subsanación. Que con la verificación realizada posterior a la subsanación de la categoría B solo hay una agrupación o artista habilitado para continuar con la verificación de los jueces. AGRUPACION CATEGORIA NOMBRES APELLIDOS ESTADO C.A.P 77 CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS: ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PERILLA HABILITADO Que teniendo en cuenta que los estímulos a entregar en la categoría B son 4 y Aguaa la fecha solo hay uno habilitado se determina ampliar el plazo de subsanación de documentos a todos aquellos artistas y agrupaciones que se hallan inscrito en las fechas de la convocatoria y que no se encuentren inhabilitados por participar en los festivales de la vigencia anterior. Que, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovablesen concordancia con el párrafo anterior, a través continuación, se relacionan las agrupaciones de la plataforma virtual categoría B, que continúan en proceso de selección. AGRUPACION CATEGORIA NOMBRES APELLIDOS ESTADO BRAIN VOLTAGE CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN AGRUPACION BELLMAR CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN PUEBLO NASA CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN NÓMADA CATEGORIA B: NOVENAS NAVIDEÑAS ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ PENDIENTE POR SUBSANACIÓN Que esta ampliación de la Universidad Nacional Agraria fecha de subsanación de la Selva - Microsoft Teamscategoría B, se presenta, en Sesión Extraordinaria aras de fecha 18 fortalecer a los grupos locales, con el fin, de enero que cuenten con la posibilidad de 2023acceder a los recursos de la presente convocatoria. Que de acuerdo con la cartilla de convocatoria e inscripción estos son los criterios de evaluación a tener en cuenta por los jurados para las dos categorías: Coreografía y puesta en escena: originalidad de la coreografía y ejecución técnica de la misma Musicalidad Ejecución técnica Calidad interpretativa y estructura narrativa de la propuesta Coherencia de la propuesta escrita y la propuesta escénica Que una vez analizados los resultados de la evaluación y llevado a cabo las deliberaciones para EL FESTIVAL DE BRILLO Y LUZ, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:jurado recomienda otorgar los estímulos a las siguientes propuestas: AGRUPACION CATEGORIA NOMBRES APELLIDOS LUZYTANYA (NOMBRE DEL TRANSATLÁNTICO) CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ PA'SUMERCÉ CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ARTE Y MEMORIA CATEGORÍA A: NAVIDAD BRILLO Y ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios Para Eventos Culturales
CONSIDERANDO. QueQue la Dirección de Ingresos, le corresponde controlar la evasión de impuestos en el departamento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, razón por la cual realiza operativos que pueden dar como resultado el decomiso de bienes que no están debidamente legalizados y le corresponde garantizar el espacio de almacenamiento suficiente y adecuado para la custodia y conservación de los objetos decomisados mientras se culmina los procesos legales correspondientes. Que desde el año 2016 se tiene en arriendo una bodega para decomisos, solicitada por el Director Financiero de Ingresos departamental, teniendo en cuanta las recomendaciones técnicas dadas por la Secretaría de Infraestructura de área adecuada, mediante oficio GOBOL-16-020340 de julio 15 de 2016. Que en la Gobernación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ no cuenta con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS el espacio suficiente, y/o apropiado para satisfacer la necesidad de fecha 04 la Dirección ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de enero contar con una bodega que brinde todas las garantías requeridas para guardar, custodiar y proteger los bienes que haya necesidad de 2023decomisar en esta administración, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023como lo señala la ley. Que, mediante Resolución Nº002el Director Financiero de ▇▇▇▇▇▇▇▇ solicitó continuar contando con la bodega para almacenamiento de los decomisos que viene tomada en arriendo por esta Dirección, teniendo en cuenta oficio GOBOL 16-2023-CU-R-UNAS 022183 de fecha 04 julio 29 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 20232016, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad Secretaría de Recursos Naturales Renovables Infraestructura donde da concepto favorable a la propuesta de la Universidad Nacional Agraria Inmobiliaria ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇ de una Bodega Ubicada en Centro Comercial e Industrial de Ternera 2, identificada como Bodega I-01. Que esta Dirección en uso de sus facultades y cumpliendo con sus funciones arrendó la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas Bodega ubicada en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇, identificada como Bodega I-01, el cual estuvo vigente hasta el día 31 de diciembre de 2018, por lo que es imperioso suscribir nuevamente el contrato de arriendo para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros garantizar el espacio adecuado a la Oficina ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de la Secretaría de Hacienda. Que en consonancia con lo anterior, se hace necesario contratar el arriendo de un inmueble tipo bodega para el almacenamiento, custodia y conservación de los decomisos realizados por la Dirección de Ingresos en ejercicio de sus funciones de control a la evasión. Que la Ley 1150 de 2007 en su Título I hace referencia a los principios de Eficiencia y Transparencia que rigen la Contratación Pública y que, dando cumplimiento a estos principios, en su artículo 2° establece las modalidades de selección dentro de las cuales contempla la Contratación Directa. Que en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Concurso Público para Contrato Decreto 1082 de Docentes 2023 del Departamento Académico 2015 se establece la obligatoriedad de Ciencias en Conservación proferir un Acto administrativo de Suelos y Aguajustificación de la Contratación Directa, declaran desierta la plaza N°que deberá contener entre otros aspectos: "(...) 1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria La causal que invoca para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:contratar directamente.,
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Sources: Contrato De Arrendamiento
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros I. La ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de lo Civil y Mercantil de San ▇▇▇▇▇▇▇▇, en sentencia de las 08:00h del Concurso Público para Contrato 15-V-2015, de Docentes 2023 para plaza orgánicaf. 156 al 166 de la lª pieza, Departamento Académico resolvió: «[...] DECLARASE RESUELTO el contrato de Ciencias en Conservación prestación de Suelos servicios suscrito y Agua. Quereconocido notarialmente el día dieciocho de diciembre del año dos mil doce, mediante documento del visto, los Miembros celebrado entre el señor ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇.▇. y LAGEO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse LAGEO S.A. DE C.V., para el plazo comprendido del Concurso Público día uno de enero del año dos mil trece al treinta y uno de diciembre del año dos mil trece [...]» (sic). En consecuencia de lo anterior, ordenó a la demandada a pagar al Sr. F.P., en concepto de daño emergente la cantidad de $25,583.33; y, por lucro cesante le ordenó pagar el interés del 12% sobre dicha cantidad, calculado a partir del 24- 11-13 hasta el 31-X11-13, en la cantidad de $3,070. Basó dicha decisión, en la consideración de que, a su criterio, se acreditaron los supuestos que regula el art. 1360 CC, en lo tocante a la (i) ausencia de culpa del actor, la Sociedad demandada no demostró que el Sr. F.P., haya incurrido en alguno de los motivos estipulados en la cláusula séptima del contrato base de la pretensión, que facultaban a dar por terminado de forma unilateral el mismo; por otra parte, (ii) se acreditó que la demandada incumplió dicha cláusula, pues no le informó por escrito al actor, las razones que motivan alguna causal de incumplimiento, tampoco se confirieron los plazos pertinentes para Contrato habilitar la facultad de Docentes 2023 dar por terminado el contrato sin responsabilidad. En virtud de lo anterior, estimó procedente ordenar el pago por daño emergente, ello conforme a elementos objetivos que obran en el proceso, estimando el precio total del Departamento Académico contrato menos la deducción de Ciencias en Conservación las cantidades que fueron pagadas, por un lado y por otro, el lucro cesante lo determinó conforme la cantidad que dejó de Suelos y Aguapercibir, declaran desierta aplicando el interés legal del 12% anual.
II. La Cámara Primera de lo Civil de la plaza N°Primera Sección del Centro, en
III. 1. AsimismoEl doctor ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇.▇., solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio no conforme con el precitado fallo, interpuso recurso de casación, el cual fue admitido mediante auto de las 09:20h del semestre 202211-IIXII-15, por el motivo de aplicación errónea del art. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:1416 CC.
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CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para Hechos probados: Para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua dictado de la Facultad presente resolución se tienen por demostrados los siguientes hechos de Recursos Naturales Renovables de interés: 1) a. Que en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004oferta del consorcio adjudicatario AVAHUER-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° SERMO se designa a los Miembros lee lo siguiente: “El suscrito ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, […], en mi calidad de representante y apoderado generalísimo sin límite de suma de las compañías AGENCIA ▇▇▇▇▇▇▇▇ HUERTAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número ▇-▇▇▇-▇▇▇▇▇▇ y SERVICIOS DE MONITOREO SERMO SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número ▇-▇▇▇-▇▇▇▇▇▇, que de aquí en adelante se denominarán “CONSORCIO AVAHUER - SERMO” en forma respetuosa, respondo a su atenta invitación para participar en la Licitación Pública Nacional 2014LN-000001-0006100001, “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA FÍSICA Y ELECTRÓNICA PARA EL PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA”.(Ver CD adjunto a folio 252 del Concurso Público expediente de apelación, Carpeta DOCUMENTOS ENVIADOS A LA CONTRALORIA LIC. SEGURIDAD, Carpeta OFERTA AVAHUER, Archivo pdf Respuestas a cartel avahuer página 1). b. Que en la oferta del consorcio adjudicatario AVAHUER-SERMO, en cuanto a la póliza de riesgos de trabajo, se lee lo siguiente: “Entendido y aceptado. Consorcio Avahuer-Sermo adjunta: / Detalle de salarios desglosados, para Contrato cada una de Docentes 2023 las jornadas de trabajo (diurna, mixta o nocturna). / Detalle de cargas Sociales para cada una de las jornadas de trabajo (diurna, mixta o nocturna). / (Ver anexos en el Sistema de Mer-Link).” (Ver CD adjunto a folio 252 del Departamento Académico expediente de Ciencias apelación, ▇▇▇▇▇▇▇ DOCUMENTOS ENVIADOS A LA CONTRALORIA LIC. SEGURIDAD, Carpeta OFERTA AVAHUER, Archivo pdf Respuestas a cartel avahuer página 12). c. Que en Conservación la oferta del consorcio adjudicatario AVAHUER-SERMO se aporta el documento denominado “ANEXOS OFERTA ECONÓMICA Y DETALLE DE PRECIOS” en donde se cotizó la póliza de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria riesgos de trabajo para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través todas las partidas de la plataforma virtual 1 a la 10, donde se indica, lo siguiente: “Total Líneas […] Cargas sociales / Pani / […] Pólizas de la Universidad Nacional Agraria Riesgos de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:Trabajo
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Sources: Licitación Pública
CONSIDERANDO. Que, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para Hechos Probados: 1) Que el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Banco Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Rica promovió la Licitación Pública No. 2007LN-001885-01, para suministro e instalación de 182 grabadores digitales en sus agencias y sucursales del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros Banco Nacional ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Rica y equipo de CCTV Digital, para uso de la oficina de mantenimiento de ATM. 2) Que participaron en el concurso dos oferentes: Edintel S.A. y Consorcio Protección Electrónica S.A., Grupo Almo y Servicio Internacional de Alarmas S.A. (folio 558) 3) Que en La Gaceta número 202 del Concurso Público 22 de setiembre de 2007 se declaró infructuosa la Licitación Pública No. 2007LN-001885-01. 4) Que el cartel en lo que interesa dispone: A.-Condiciones Especiales. Punto 4: “El oferente deberá presentar un documento ,emitido por la empresa fabricante, en donde se garantice que el oferente es distribuidor autorizado de todo el equipo ofertado en la propuesta, este documento debe haber sido emitido como máximo dentro de los tres(3) meses anteriores a la fecha propuesta para Contrato la apertura de Docentes 2023 ofertas. No se aceptarán firmas de vendedores o encargados de cuenta”. (folio 060). 5) Que en la oferta de Edintel S.A. se adjuntó una carta de 28 de febrero de 2007, que en lo que interesa se lee: “Por medio de la presente confirmamos y certificamos a Edintel como Canal de Venta Autorizado de productos Pelco de Circuitos Cerrados de Televisión(CCTV). Como Canal de Venta Autorizado Edintel está habilitado para revender y distribuir dichos productos de acuerdo a los estándares comerciales de Pelco”. (Folio 202). 6) El artículo 5 de la Sesión Ordinaria N° 888-2007, celebrada por el Comité de Licitaciones el 09 de octubre del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua2007, declaran desierta la plaza se dice textualmente: “Oferta N°1, Edintel 1. AsimismoIncumple con el punto número 4 de las Condiciones Especiales...c) Recomendación: En virtud de los incumplimientos indicados anteriormente, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo recomiendo declarar infructuoso dicho proceso, ya que ninguno de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través los oferentes cumple con lo establecido en el cartel de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:licitación supracitada...” (folios 556,557)..-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Sources: Recurso De Apelación
CONSIDERANDO. QueQue con fecha ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ suscribió el Convenio del Programa de Financiamiento Ordenado en el marco del Decreto № 1.274/2003, con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS ratificado por Ley Provincial № 4.092 de fecha 04 de enero de 2023, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇20 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2004. Que en el Capítulo II, artículos 6o Inc. a) y 7o del Concurso Público Convenio Bilateral antes mencionado se estableció que el mismo permitirá a la PROVINCIA contar con el financiamiento para Contrato atender los vencimientos de Docentes 2023 para plaza orgánicalos servicios de intereses y amortizaciones de programas con financiamiento de Organismos Multilaterales de Crédito que se produzcan en el ejercicio 2004, Departamento Académico comprometiéndose el ESTADO NACIONAL a otorgar un financiamiento a la PROVINCIA hasta la suma máxima de Ciencias PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL ($ 69.430.000), estableciéndose en Conservación el artículo 8o las condiciones en las cuales será reembolsado dicho monto. Que la PROVINCIA y el ESTADO NACIONAL suscribieron con fecha 21 de Suelos y Agua. Que, mediante documento diciembre el Convenio Complementario previsto en el Capítulo III del visto, los Miembros ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Convenio del Concurso Público para Contrato Programa de Docentes 2023 del Departamento Académico Financiamiento Ordenado citado; surgiendo de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través dicho Convenio Complementario un saldo deudor de la plataforma virtual PROVINCIA de la Universidad PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON VEINTIDÓS CENTAVOS ($ 74.054.973,22). Que por tanto las Partes se encuentran en condiciones de suscribir el presente Convenio de Refinanciación de los servicios de intereses y amortización de programas de financiamiento de Organismo Multilaterales de Crédito cuyo vencimiento se produjera en el año 2004 y de los saldos a favor del Estado Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teamsmencionados en el considerando anterior. Por ello, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:las Partes del presente CONVIENEN
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Sources: Convenio Complementario Al Convenio De Financiamiento
CONSIDERANDO. QuePOSICIÓN DE LA DEMANDADA:
2.1. En relación al tema materia de controversia, con Resolución indica que de acuerdo a la petición de arbitraje existirían controversias en relación a la ejecución de la Contratación Directa sobre adquisición de centrales de oxígeno medicinal por el método de absorción por oscilación de presión (PSA) y/o absorción por oscilación al vacío (VSA) y sistema de carga de cilindros para abastecimiento de oxígeno medicinal en establecimientos del Ministerio de Salud.
2.2. Asimismo, sustenta su oposición al arbitraje por inexistencia del convenio arbitral, señalando que “en el presente caso se evidencia que no existe convenio arbitral ni contrato suscrito por la entidad y el ESTANTERIAS METÁLICAS J.R.M. S.A.C., toda vez que únicamente mediante Carta N°001° 190- 2021-2023-CU-R-UNAS MTC/34.01.03 de fecha 04 05.05.05.2021 la Entidad notificó a ESTANTERIAS METÁLICAS J.R.M. S.A.C., la adquisición de enero centrales de 2023oxígeno medicinal por el método de absorción por oscilación de presión (PSA) y/o absorción por oscilación al vacío (VSA) y sistema de carga de cilindros para abastecimiento de oxígeno medicinal en establecimientos del Ministerio de Salud, en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2021” a ESTANTERIAS METÁLICAS J.R.M. S.A.C., por el monto de S/ 20,438,583.55, …, siendo que para el Hospital Departamental del Cusco, el monto asciende a S/ 2,049790.38”.
2.3. Señala, además, que conforme se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023indica en el artículo III de la Convención de Nueva York de 1958, el artículo 7 de la Ley Modelo de la CNUMDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional de 1985, el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1071 y la sentencia dictada por la 2da. Sala Comercial en el Expediente N° 6762-2014, el convenio arbitral deberá constar por escrito, advirtiéndose claramente que en el presente caso no existe acuerdo arbitral, toda vez que no hay contrato suscrito con la parte solicitante.
2.4. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 el presente contrato no se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023entiende perfeccionado, plazas orgánicas para pues, no se procedió a suscribir el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos mismo, y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resoluciónpor lo tanto no existe convenio arbitral.
2.5. Que, ante la inexistencia de un convenio arbitral las partes no han conferido competencia al Tribunal Arbitral ni al Centro de Arbitraje, por lo que no goza de competencia.
2.6. Que, la adjudicación que le fuera comunicada por Carta N° 190-2021- MTC/34.01.03 de fecha 05.05.05.2021 se rige por el Decreto de Urgencia N° 036-2021, por el TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento.
2.7. Que, el artículo 2° numeral 2) del citado Decreto de Urgencia, dispone que las contrataciones a las que hace referencia el numeral 2.1 de dicho artículo se realicen en el marco del literal b) del numeral 27.1 del artículo 27 del por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Resolución Nº004Decreto Supremo N° 082-20232019-CUEF, y del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-R2018-UNASEF y modificatorias.
2.8. Que, el segundo párrafo de Tingo Maríainciso b.4) del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado señala que: “ como máximo, 06 dentro del plazo ▇▇ ▇▇▇▇ (10) hábiles siguientes de enero efectuada la entrega del bien … la Entidad regulariza aquella documentación referida a las actuaciones preparatorias, el informe o los informes que contienen el sustento técnico legal de 2023 la Contratación Directa, la resolución o acuerdo que lo aprueba, así como el contrato y sus requisitos, que a la fecha de la contratación no haya sido elaborada, aprobada o suscrita, según corresponda”.
2.9. Que, en su Artel mejor de los casos las referidas normas habilitan a la Entidad a regularizar toda documentación, entre ellos la suscripción del contrato.
2.10. 8Que, a la fecha no se ha suscrito el contrato por entera responsabilidad de la entidad.
2.11. Que, tratándose de un arbitraje en materia de contratación pública, el artículo 45° numeral 1) del TUO de la Ley de Contrataciones con el Estado, señala que “las controversias que surjan entre las partes sobre la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia o invalidez del contrato se designa resuelven, mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes", resultando imposible a los Miembros ▇las partes apartarse de dicha norma de carácter imperativo.
2.12. Conforme indican las partes, la controversia sometida al presente arbitraje es con relación a la ejecución de la Contratación Directa sobre “la adquisición de centrales de oxígeno medicinal por el método de absorción por oscilación de presión (PSA) y/o absorción por oscilación al vacío (VSA) y sistema de carga de cilindros para abastecimiento de oxígeno medicinal en establecimientos del Ministerio de Salud”, la cual se ha efectuado en el marco del Decreto de Urgencia N° 036-2021”.
2.13. Que, el Decreto de Urgencia N° 036-2021, publicado en el diario oficial El Peruano el 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2021, que autorizó a la demandada, “para que realice, en favor del Concurso Público Ministerio de Salud, las contrataciones para Contrato la adquisición, instalación y/o distribución de Docentes 2023 para plaza orgánicaPlantas generadoras de oxígeno medicinal y dispositivos individuales y múltiples de generación, Departamento Académico de Ciencias abastecimiento y distribución de oxígeno medicinal, la instalación de redes de gases medicinales de las plantas generadoras de oxígeno medicinal, la adquisición de otros dispositivos médicos similares, así como la contratación de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de las plantas generadoras de oxígeno medicinal”.
2.14. Dicha norma legal, en Conservación su artículo 2.2 dispone que las contrataciones antes señaladas se realicen en el marco del literal b) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de Suelos la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y Aguael artículo 100° de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
2.15. QueEs en base al Decreto de Urgencia N° 036-2021 que, mediante documento del visto, los Miembros la demandada cursó a la demandante la Carta N° 190-2021-MTC/34-01-03 de fecha 5 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2021, en donde le notifica la adjudicación de Contratación Directa por situación de emergencia para “la adquisición de centrales de oxígeno medicinal por el método de absorción por oscilación de presión (PSA) y/o absorción por oscilación al vacío (VSA) y sistema de carga de cilindros para abastecimiento de oxígeno medicinal en establecimientos del Concurso Público para Contrato Ministerio de Docentes 2023 del Departamento Académico Salud”, señalando lo siguiente:
2.16. Es de Ciencias en Conservación de Suelos y Aguaverse que, declaran desierta la plaza N°1. Asimismodemandada al cursar a la demandante la Carta anteriormente indicada, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir efectúa la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovablescontratación directa, a través conociendo que la misma, se encontraba regulada por el Texto Único Ordenado (TUO) de la plataforma virtual Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, Ley) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF (en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo adelante el siguiente acuerdo:Reglamento).
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Sources: Arbitraje
CONSIDERANDO. QueQue a fojas 14 del Expediente Nº 1.609.788/14 obra la escala salarial pactada entre la UNION PER- SONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS, por la parte sindical y la empresa PROSEGUR SO- CIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1337/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte, en calidad de Anexo, del acuerdo homologado por la Reso- lución S.T. Nº 899/14 y registrado bajo el Nº 809/14, conforme surge de fojas 129/131 y 134, respectiva- mente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el prome- dio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable. Que de conformidad con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina tripli- cando el importe promedio mensual de fecha 04 las remuneraciones de enero la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 142/145 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de 2023Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se aprueba indican las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Que, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 constancias y se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas explicitan los criterios adoptados para el Departamento Académico cálculo del promedio mensual de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua remuneraciones objeto de la Facultad presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de Recursos Naturales Renovables las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Universidad Nacional Agraria Ley de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y condiciones señaladas sus modificatorias y en el anexoDecreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, que forma parte modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de dicha resoluciónfechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. QuePor ello, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento del visto, los Miembros ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través de la plataforma virtual de la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdoLA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:
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Sources: Modelo De Contrato De Préstamo Caf
CONSIDERANDO. QueQue en atención a lo dispuesto por la Resolución de Directorio del Banco Central de Bolivia Nº 015/96, en fecha 1º ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1996 el BCB y el BBA firmaron una Minuta de Cesión de Créditos con Resolución N°001-2023-CU-R-UNAS Pacto de fecha 04 de enero de 2023Rescate a Plazos por $us. 53.526.729.77, se aprueba las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS DOCENTES EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 2023. Quecuya ejecución y cumplimiento ineludible estaba prevista en 15 años, mediante Resolución Nº002-2023-CU-R-UNAS de fecha 04 de enero de 2023 se CONVOCA A CONCURSO PÚBLICO PARA CONTRATO DE DOCENTES 2023, plazas orgánicas para el Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua de la Facultad de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional Agraria de la Selva, conforme a las plazas, funciones, requisitos y condiciones señaladas en el anexo, que forma parte de dicha resolución. Que, mediante Resolución Nº004-2023-CU-R-UNAS, de Tingo María, 06 de enero de 2023 en su Art. 8° se designa a los Miembros ▇incluidos tres ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇, computables a partir de la fecha de su suscripción. Que en el addendum a la Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos, se acordó modificar el plazo del Concurso Público para Contrato pago de Docentes 2023 para plaza orgánica, Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua. Que, mediante documento las prestaciones sucesivas del visto, los Miembros 1º ▇▇ ▇▇▇▇▇ al 29 de dicho mes. Que asimismo, por medio del instrumento antes citado y en tanto se cumplan los pagos correspondientes al rescate, el BCB encomendó al BBA la administración de la cartera cedida en Depósito Irregular Mercantil (DIM). Que en aplicación de la Ley 1977, Modificatoria de Disposiciones del Sistema Financiero, la SBEF emitió la Resolución SB Nº 053/99 disponiendo la intervención del BBA para su venta forzosa. Que el Decreto Supremo 25681, Reglamentario de la Ley 1977, norma la conclusión del proceso de intervención del BBA autorizando al Intendente Vendedor de dicho Banco para que, en un plazo de 12 meses computables desde la fecha de dictación del mencionado decreto, cancele los pasivos y contingentes remanentes con cesiones de créditos o daciones en pago de otros activos, hasta la total extinción de la personalidad jurídica de la entidad intervenida. Que mediante nota IV-FCU-070/2000 de 23 de febrero de 2000, el BBA propone la devolución de la cartera entregada en Depósito Irregular Mercantil con los créditos que figuran en el listado adjunto a la presente Resolución. Que el BBA contrató los servicios de la Empresa Auditora KPMG Marwick SRL para realizar una auditoría legal, técnica y financiera del Depósito Irregular Mercantil, cuyo informe establece que la cartera a ser restituida al BCB por el DIM asciende a $us.52.626.304. Que en el marco de lo dispuesto en la Cláusula Séptima de la Minuta de Cesión de Créditos con Pacto de Rescate a Plazos, el BBA canceló al BCB la distribución correspondiente a las dos terceras partes de las recuperaciones efectivas del Anexo 2 de la citada minuta, cubriendo de esta manera en efectivo la diferencia entre el valor de la cartera cedida y el flujo de pagos sucesivos. Que en su informe Nº 045/2000, la Gerencia de Entidades Financieras señala que la propuesta del BBA cumple con las condiciones del contrato sobre la restitución de una cartera de créditos igual en género, calidad, calificación y cantidad. Que en opinión de la Gerencia de Asuntos Legales, contenida en su Comunicación Interna GAL 100/2000, la intervención del BBA para su venta forzosa creó una imposibilidad sobrevenida para que esta entidad pueda honrar sus obligaciones pactadas en la Minuta de 1º ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1996, razón por la que corresponde al Directorio del Concurso Público para Contrato de Docentes 2023 del Departamento Académico de Ciencias en Conservación de Suelos y Agua, declaran desierta BCB autorizar la plaza N°1. Asimismo, solicitan realizar una nueva convocatoria para cubrir la plaza faltante estando cerca al inicio del semestre 2022-II. El Consejo de Facultad de Recursos Naturales Renovables, a través recepción de la plataforma virtual cartera de créditos del DIM, así como la Universidad Nacional Agraria de la Selva - Microsoft Teams, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de enero de 2023, en uso de sus atribuciones, tomo el siguiente acuerdo:resolución del Contrato respectivo.
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Sources: Resolution