Condiciones de devolución Cláusulas de Ejemplo

Condiciones de devolución. El Arrendatario devolverá el VEHÍCULO al Arrendador en la fecha y hora previstas de devolución, señaladas en este contrato, junto con todos sus documentos, piezas, accesorios y equipo en la dirección de entrega, salvo que se convenga de otra manera en este Contrato. Del mismo modo, será devuelto limpio, en buenas condiciones higiénicas y con el WC y los depósitos de aguas residuales debidamente vaciados En caso contrario, abonará los siguientes importes como penalización; Sin limpieza exterior: 0 €. Sin limpieza interior: 80€. Manchas en la tapicería: 40€. Olor a tabaco: 50€. (En caso de mascotas) olor o pelos: 100€. En caso de no estar limpio el WC, 100€. Si se emplea el depósito de agua con otro líquido o combustible: 600€. En caso de pérdida de llaves o documentación del vehículo: 150€. El Arrendatario deberá respetar la hora de entrega del VEHÍCULO pactadas. Cualquier retraso en la entrega del VEHÍCULO, salvo fuerza mayor, dará derecho al Arrendador a cobrar al Arrendatario el importe equivalente a un día de alquiler del VEHÍCULO. El Arrendatario entregará al arrendador el VEHÍCULO con la misma cantidad de gasolina en el depósito que lo recibió. En caso contrario, el arrendatario abonará la diferencia. El Arrendador podrá volver a tomar posesión del VEHÍCULO en cualquier momento sin necesidad de previo aviso, y a xxxxx del Arrendatario, si el VEHÍCULO se utilizara incumpliendo cualquiera de los términos y condiciones establecidas en este Contrato.
Condiciones de devolución. No se aceptarán devoluciones de los siguientes productos, tal y como establece el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias: -La prestación de servicios (ajustes o especificaciones del usuario sobre el instrumento), una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor y usuario y con el reconocimiento por su parte de que es consciente de que, una vez que el contrato haya sido completamente ejecutado por el empresario, habrá perdido su derecho de desistimiento. -El suministro de bienes o la prestación de servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones xxx xxxxxxx financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento. -El suministro de bienes personalizados conforme a las indicaciones de consumidores y usuarios. Una guitarra artesanal siempre lleva esa customización a la hora de realizar el pedido, en donde se abona el 30% del precio como depósito no reembolsable. La guitarra no comenzará a realizarse hasta que no se reciba esa cantidad. Nuestras guitarras están adaptadas a unos estándares de alturas habituales para cada una de ellas, no obstante se pueden y deben realizar los ajustes pertinentes para cada guitarrista que lo solicite y esto no se considera un defecto, si no la necesaria adaptación del instrumento al músico. -El suministro de bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez. - El suministro de bienes que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes. Además, para realizar la gestión de devolución, ha de tener en cuenta lo siguiente: Toda mercancía debe ser devuelta en su embalaje y condiciones originales, en perfecto estado y protegida. En caso contrario LA EMPRESA se reserva el derecho de rechazar la devolución. Una vez solicitada la devolución recibirás las instrucciones para que nos lo hagas llegar a nuestras instalaciones en tu correo electrónico. Deberás enviar los bienes sin ninguna demora, en un plazo máximo de 14 días desde que nos comuniques tu deseo de ejercer el derecho. Los gastos de transporte originados por la devolución correrán a tu cargo. Eres libre de elegir y buscar la agencia que más se adapte a tus necesidades o solicitar una recogida por parte de LA EMRESA, a cargo...
Condiciones de devolución. El arrendatario deberá devolver al término del arriendo la bicicleta objeto del arrendamiento en adecuadas condiciones de uso, utilización y limpia, siendo responsable de cualquier daño o deterioro que se produzca en la misma. A tal efecto ambas partes suscribirán un acta de entrega de la bicicleta, en la que se harán constar los defectos advertidos por el arrendador. Este acta será a todos los efectos el único documento válido acreditativo de la entrega de la posesión del vehículo al arrendador, y en el que se hará consta además la fecha y hora de devolución y entrega, así como la conformidad o no de las partes sobre las condiciones de entrega del vehículo y los desperfectos advertidos. El arrendatario será responsable directo del costo de la reparación de los daños o desperfectos señalados en el acta de entrega de la bicicleta.
Condiciones de devolución. Conforme a lo previsto en el art. 91.4 de la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx :
Condiciones de devolución. Se aplican a reservas prepagadas realizadas directamente con Europcar Chile. Para hacer efectiva la anulación y devolución del 100% del valor de la reserva prepagada el titular de la tarjeta de crédito o débito debe solicitarlo
Condiciones de devolución. Los juegos de llaves. Documentación completa. Tarjeta de navegador.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.