CONDICIONES DE CARÁCTER LABORAL Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES DE CARÁCTER LABORAL. El puntual pago de los salarios y la aplicación de las condiciones salariales derivadas de los convenios colectivos.
CONDICIONES DE CARÁCTER LABORAL. El puntual pago de los salarios y la aplicación de las condiciones salariales derivadas de los convenios colectivos, en concreto, el Convenio colectivo de Oficinas y Despachos Bizkaia 2009-2012.
CONDICIONES DE CARÁCTER LABORAL. Se garantizará en la ejecución del contrato el respeto de los derechos laborales y sociales a lo largo de la cadena de producción mediante la exigencia del cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, entre ellas, las referidas a la libertad sindical y negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso y obligatorio, la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación por motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social. Estas condiciones tienen el carácter de obligación contractual esencial, por lo que, al amparo de lo previsto en el artículo 118 del TRLCSP, su incumplimiento podrá ser considerado causa de resolución del contrato a los efectos señalados en el artículo 223.
CONDICIONES DE CARÁCTER LABORAL. El puntual pago de los salarios y la aplicación de las condiciones salariales derivadas de los convenios colectivos. 26.1.2. EXIGIDAS EN EL ARTICULO 202 DE LA LCSP: 26.1.2.1.
CONDICIONES DE CARÁCTER LABORAL. El puntual pago de los salarios y la aplicación de las condiciones salariales derivadas de los convenios colectivos, en particular, el VI Convenio colectivo general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes (código de Convenio número 99011445011900). 26.1.2. EXIGIDAS EN EL ARTICULO 202 DE LA LCSP: 26.1.2.1.

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  • CONDICIONES DE TRABAJO CAPÍTULO I

  • Condiciones de aptitud 1. Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.

  • CONDICIONES DE EJECUCIÓN Conforme al artículo 188 de la LCSP, los efectos del presente contrato se regirán por las normas a que hace referencia el artículo 25.2 de la LCSP, por el presente PCAP, su CR y sus anexos, y, también por el PPT. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, que estará obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El adjudicatario, previamente al inicio de la actividad contratada, deberá aportar debidamente cumplimentado el anexo 5 de este pliego, en orden a coordinar los sistemas de prevención de riesgos laborales. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario vendrá obligado a facilitar esta coordinación, teniendo esta obligación carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211.f) de la LCSP. El adjudicatario estará obligado a presentar, una vez formalizado el contrato, un programa de trabajo, si así se exigiere en el apartado 8.2 del CR del PCAP y en el PPT, y con el contenido que se determine en éste, el cual será aprobado por el órgano de contratación. El adjudicatario procederá a la ejecución del contrato en los plazos y con la periodicidad y condiciones establecidas en el PPT y en el PCAP. Resultarán igualmente exigibles para el adjudicatario las instrucciones de la Administración para la interpretación del contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la LCSP. El adjudicatario adquiere la obligación de comunicar cualquier variación de los datos relativos a su capacidad, personalidad, representación y solvencia. Las responsabilidades del adjudicatario frente a la Administración y frente a terceros por la ejecución del contrato serán las previstas en los artículos 192 al 197 de la LCSP. El adjudicatario se compromete a cumplir las obligaciones que le sean aplicables del Reglamento del MRR; del PRTR; del Real Decreto 959/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a centros y fundaciones públicos de investigación y universidades públicas españolas para la realización de proyectos innovadores en el área de computación en la nube del Programa UNICO I+D Cloud, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y el resto de normativa de la Unión Europea o nacional que resulte aplicable a las ayudas y fondos otorgados con cargo al PRTR. En cumplimento de dichas disposiciones, el adjudicatario, entre otras obligaciones, quedará sujeto a: Las medidas de control y auditoría del Reglamento del MRR y, en particular, los controles de la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude, el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, debiendo permitir a estos órganos al acceso a la información sobre el contrato y garantizar la fiabilidad y seguimiento de la ejecución del contrato de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada actuación. El mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones realizadas en el marco de este contrato y suministro de información en los términos que establezca el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y comunitaria. El cumplimiento del plan de medidas antifraude y anticorrupción –incluyendo el conflicto de intereses, definido por el órgano de contratación. Las normas de conservación de la documentación previstas en el artículo 132 del Reglamento (UE Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento Financiero de la Unión). Los deberes en materia de información, comunicación y publicidad contemplados en el artículo 34 del del Reglamento del MRR, sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el PRTR. Las obligaciones que le sean aplicables en relación con las condiciones específicas de ejecución fijadas en el Anexo III del Real Decreto 959/2022, de 15 de noviembre. Los principios transversales y, en general, toda la normativa del MRR y PRTR.

  • Condiciones de Licitación Requisitos de participación de los licitadores Titulo habilitante Licenciatura o Grado en Psicología. Lugar de ejecución País España Subentidad Nacional Valencia/València Código de Subentidad Territorial ES523 Presupuesto base de licitación Importe 214,17 EUR. Importe (sin impuestos) 177 EUR. Clasificación CPV 92000000 - Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.

  • CONDICIONES DE USO Usted será el responsable de obtener y mantener todos los equipos y servicios necesarios para acceder y utilizar esta Aplicación. Al estar de acuerdo en instalar esta Aplicación en su ordenador, acepta utilizar esta Aplicación con el fin de participar en un servicio basado en la web que proporcionará información sobre la impresora, el uso de consumibles y las necesidades de consumibles tanto a HP como al distribuidor autorizado de HP que haya elegido. Acepta proporcionar información veraz, precisa, actual y completa (y, mientras siga utilizando esta aplicación, acepta actualizar dicha información para que siga siendo veraz, precisa, actual y completa). El Portal HP Partner Link Pay-Per-Use es un servicio adicional para los usuarios de consumibles de tinta originales HP y sólo es compatible con consumibles de tinta originales HP. Su Distribuidor autorizado de HP puede decidir rescindir su participación en el programa “Partner Link de HP”. En ese caso, HP se lo notificará por correo electrónico y la Aplicación dejará de funcionar. Puede ponerse en contacto con HP y solicitar un nuevo distribuidor autorizado de HP. También puede cambiar el Distribuidor autorizado de HP con el que colabora y que tiene identificado en esta Aplicación. En ese caso, el nuevo distribuidor podrá instalar su propia Aplicación, que sustituirá a la existente. HP podrá rescindir, suspender o modificar su participación o acceso a toda o parte de la Aplicación, sin previo aviso, en cualquier momento y por cualquier motivo. Puede dar de baja su participación y acceso a la Aplicación en cualquier momento. Ante el incumplimiento de alguna de estas Condiciones, se rescindirá automáticamente su autorización para utilizar la Aplicación de HP. Si HP rescinde el uso de este programa, se lo notificará por correo electrónico y la Aplicación dejará de funcionar. EL PROGRAMA “Partner Link de HP” SE PROPORCIONA "TAL CUAL" Y "CON TODOS LOS DEFECTOS", Y USTED DEBERÁ ASUMIR TODO EL RIESGO RELACIONADO CON LA CALIDAD Y EL RENDIMIENTO DEL PROGRAMA. SI SE DEMUESTRA QUE LOS MATERIALES O SERVICIOS SON DEFECTUOSOS, USTED, Y NO HP, SERÁ EL RESPONSABLE DE ASUMIR EL COSTE TOTAL DE TODAS LAS TAREAS DE MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN NECESARIAS. HP RECHAZA EXPRESAMENTE TODAS LAS GARANTÍAS DE CUALQUIER TIPO, YA SEAN EXPLÍCITAS, IMPLÍCITAS O ESTATUTARIAS, RESPECTO al PROGRAMA “Partner Link de HP” (INCLUIDA, SIN CARÁCTER LIMITATIVO, CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA O ESTATUTARIA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN DETERMINADO USO O FINALIDAD, TITULARIDAD Y NO INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL). SIN PERJUICIO DE LO MENCIONADO ANTERIORMENTE, HP NO GARANTIZA QUE EL PROGRAMA DE HP SATISFAGA SUS REQUISITOS O QUE EL PROGRAMA DE HP PERMANEZCA SIN INTERRUPCIONES, SEGURO O LIBRE DE ERRORES, O QUE SE VAYAN A CORREGIR LOS DEFECTOS DEL PROGRAMA DE HP. HP NO OTORGA GARANTÍA RESPECTO A LOS RESULTADOS QUE SE PUEDAN OBTENER DEL USO DEL PROGRAMA DE HP O RELACIONADOS CON LA PRECISIÓN O FIABILIDAD DE CUALQUIER INFORMACIÓN OBTENIDA A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE HP. LOS AVISOS O INFORMACIÓN, YA SEAN ORALES O POR ESCRITO, OBTENIDOS A TRAVÉS DEL PROGRAMA O DE HP, SUS ANTECESORES, SUBSIDIARIAS U OTRAS COMPAÑÍAS AFILIADAS, O DE LOS PROVEEDORES DE ESTOS (O DE LOS RESPECTIVOS FUNCIONARIOS, DIRECTORES, EMPLEADOS O AGENTES DE CUALQUIERA DE ESTAS ENTIDADES) (EN ADELANTE, "LAS PARTES DE HP") NO CONSTITUYEN NINGUNA GARANTÍA. HP RENUNCIA A CUALQUIER INDEMNIZACIÓN EQUIPARABLE.

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN Los órganos de contratación podrán establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas a su objeto, en el sentido del artículo 145 LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias y sean compatibles con el derecho comunitario. Las condiciones especiales de ejecución para este contrato se indican en el apartado 24 del Anexo I al presente pliego. Para el caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución, deberán establecerse penalidades en el apartado 30 del Anexo I al presente pliego o atribuirles a estas condiciones el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos señalados en la letra f) del artículo 211 LCSP. Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen en la ejecución del mismo.

  • Concreción de las condiciones de solvencia 1. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.