CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION Cláusulas de Ejemplo

CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. (Cláusula 27) 26.1.1.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. No se establecen condiciones especiales de ejecución.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. Según el artículo 106 de la LFCP será obligatorio el establecimiento en el pliego de cláusulas administrativas particulares de al menos una de las condiciones especiales de ejecución que en él se dicen. Los licitantes, fomentarán la promoción del reciclado de productos retirados durante la ejecución de la prestación P4, así como aquellos resultantes de las posibles reposiciones que se puedan realizar durante la duración del contrato, fomentarán también el uso de envases reutilizables, el impulso de la entrega de productos a granel y la producción ecológica, en todo lo relacionado con las distintas labores de limpieza a realizar dentro del alcance del servicio.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. (Cláusula 31, 32)
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. Tienen la consideración de condiciones especiales de ejecución del presente contrato:
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. CONTENIDAS EN EL PCAP H.- INFORMACION ADICIONAL A LOS LICITADORES: No procede
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. Tal y como recoge el articulo 202 de la LCSP, la empresa que resulte adjudicataria deberá cumplir al menos una de las condiciones especiales relativas al tipo medioambiental, en concreto la promoción y utilización de material reciclable. La empresa adjudicataria utilizará productos reciclables, así como papel libre de cloro para la fabricación de los productos que se soliciten, informando anualmente de los extremos expresados.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. Será condición de ejecución del contrato a que se refiere este pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto-Ley 13/2009, de 26 de octubre, que el nuevo personal que el contratista necesite emplear para la ejecución de las obras se encuentre en situación de desempleo. A estos efectos, sólo se computarán los contratos realizados o por realizar con los trabajadores desempleados inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes como demandantes de empleo no ocupados y los realizados o por realizar con trabajadores autónomos que hayan cesado en su actividad y que estén inscritos en los Servicios Públicos de Empleo correspondientes, como demandantes de empleo no ocupados Los licitadores deberán presentar en el sobre 1 la declaración responsable a este respecto, que se adjunta como anexo I. Durante la ejecución de la obra el contratista deberá remitir a la Administración información mensual sobre los puestos de trabajo creados, así como de las bajas que se produzcan, con identificación del nombre, apellidos D.N.I ( o número de identificación de extranjeros, en su caso) de los nuevos trabajadores contratados ( tanto por el contratista principal como, en su caso, por el subcontratista), así como la modalidad y el periodo de vigencia de sus contratos. Sin perjuicio de lo anterior, la Administración podrá solicitar al contratista, en cualquier momento, la documentación que considere necesaria a efectos de verificar el cumplimiento de esta condición especial de ejecución. El incumplimiento de esta condición especial de ejecución dará lugar a la imposición de las penalidades señaladas en la cláusula treinta y dos del presente pliego.
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. 12.1. Condición ambiental Que persigan: a) mantenimiento o mejora de los valores medioambientales que puedan verse afectados por la ejecución del contrato b) promoción del reciclado de productos
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION. COMPLIANCE PENAL 30 CLÁUSULA 19.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 31