COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominación) contribuirá a los fines propios de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento a los miembros de la comunidad universitaria y otras personas residentes por curso completo y en estancias cortas –temporales-, en las condiciones que se establezcan en el reglamento interno y normativa de admisión del Colegio Mayor (denominación). Favorecer, mediante acuerdos con la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencial, de proyección social, propiciando, en su caso, el reconocimiento de créditos conforme a la normativa reguladora. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión en la comunidad universitaria de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales a través de fórmulas asociativas. Promover relaciones con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizar, en el ámbito de sus competencias, la integración en su comunidad de residentes de las personas con discapacidad y de la igualdad y no discriminación de todos sus miembros. En todo lo referente al cumplimiento del convenio y de las obligaciones derivadas del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control de la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidos.
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Sources: Convenio De Adscripción
COMPROMISOS. Compromisos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ University Madrid Campus, SLU. - Comunicar a CEFCA con antelación suficiente la relación de los ocho alumnos y dos profesores que vayan a realizar la estancia desde los días 3 a 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2021, ambos in- cluidos, indicando a su vez programación horaria de las clases a desarrollar. - Los alumnos que tengan acceso a las instalaciones del CEFCA deben supeditarse al horario de las mismas, utilizar el material proporcionado con la debida diligencia y mantener la confidencialidad de los datos allí obtenidos, así como cumplir con las normas y régimen interior, en especial las normas de prevención de riesgos laborales, prevención del COVID-19 y protección de datos. csv: BOA20210812004 - Todos los estudiantes, así como, en su caso, el profesorado que los acompañen, deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil y disponer de un seguro de enfermedad que cubran el período durante el que realizarán su estancia en Galáctica. Deberá acreditarse dicho extremo a CEFCA, mediante la presentación de certificado expedido por la compañía aseguradora o copia de la/s póliza/s. - Facilitar la supervisión del uso de las instalaciones que realice el personal de CEFCA durante la realización de las prácticas. - El Colegio Mayor (denominación) contribuirá desplazamiento al Observatorio Astrofísico de Javalambre, para la realización de una visita guiada, será por cuenta de US. - Serán por cuenta de US cualquier gasto que pueda generar su estancia en relación a los fines propios alojamiento, manutención, desplazamiento, etc. Compromisos de CEFCA. - Poner a disposición de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento a los miembros Campus de Madrid, SLU, las instala- ciones del Centro de Difusión y Práctica de la comunidad universitaria y otras personas residentes por curso completo y en estancias cortas –temporales-, en las condiciones que se establezcan en el reglamento interno y normativa Astronomía Galáctica para la realización del Laboratorio de admisión del Colegio Mayor (denominación). Favorecer, mediante acuerdos con la Universidad Astronomía durante los días 3 a 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ de 2021. Durante la utilización de las instalaciones de Galáctica, la US tendrá acceso al edificio del telescopio GT80, la Sala de Formación, la Sala de Control de Telescopios y el uso conjunto Salón de Actos, así como las instalaciones comunes del Centro. - Proporcionar asistencia técnica para actividades puntuales, acomodándose la utilización de las instalaciones durante la realiza- ción del Laboratorio y en la visita formativa al Observatorio Astrofísico de Javalambre. - Poner a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio disposición de los colegialesalumnos y el profesorado los medios materiales y servicios que permitan garantizar el cumplimiento del objeto del presente convenio. Organizar actividades Todos estos me- dios podrán variar en función de naturaleza lúdicalas necesidades de CEFCA. La colaboración por parte de CEFCA en ningún caso implicará obligaciones propias de un contrato laboral, culturalcontractual o estatutario, asistencial, de proyección social, propiciando, en ni su caso, el reconocimiento de créditos conforme contenido podrá dar lugar a la normativa reguladora. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión en la comunidad universitaria sustitución de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales a través prestación laboral propia de fórmulas asociativas. Promover relaciones con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizar, en el ámbito puestos de sus competencias, la integración en su comunidad trabajo ni al abono de residentes de las personas con discapacidad y de la igualdad y no discriminación de todos sus miembros. En todo lo referente al cumplimiento del convenio y de las obligaciones derivadas del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control de la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidoscontraprestación económica.
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Sources: Collaboration Agreement
COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominación) contribuirá a los fines propios de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo Proponente mediante suscripción del presente documento, asume los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento a Que declara apoyar la acción del Estado Colombiano y particularmente del DNP en propender por el fortalecimiento y el cumplimiento de los miembros principios de la comunidad universitaria y otras personas residentes por curso completo y legalidad, transparencia en estancias cortas –temporales-, en las condiciones que se establezcan en el reglamento interno y normativa de admisión del Colegio Mayor (denominación). Favorecer, mediante acuerdos con la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario todas sus actuaciones y al uso propio momento de los colegialesrendir cuentas. Organizar actividades Que se compromete a no dar ni ofrecer dinero u otra utilidad de naturaleza lúdica, cultural, asistencial, de proyección social, propiciando, en su caso, el reconocimiento de créditos conforme a la normativa reguladora. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión en la comunidad universitaria de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales manera directa o indirecta a través de fórmulas asociativasterceros, a ningún funcionario público, ni a sus parientes en cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad y/o primero civil, ni a persona alguna ya sea natural o jurídica que actúe como funcionario, servidor, empleado, asesor, consultor y/o contratista del DNP, con el fin de influir en la determinación de las condiciones de la presente invitación y/o del Contrato y/o en la evaluación de las ofertas y/o en la adjudicación del presente Proceso de Mínima Cuantía DNP-MC-016-19. Promover relaciones Que responderá de manera solidaria en caso de que un tercero que actúe en su nombre, ya sea como empleado, representante legal, director y/o administrador, un agente comisionista independiente, como asesor y/o como consultor, dé u ofrezca dinero u otra utilidad con organizaciones sociales el fin de influir en la determinación de las condiciones de la presente invitación pública y/o del Contrato y/o en la evaluación de las ofertas y/o en la adjudicación del presente Proceso de Mínima Cuantía DNP- MC-016-19. Que revela de manera clara y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizar, en forma total al DNP mediante el diligenciamiento del presente FORMATO y revelará ante cualquier organismo de control que en el ámbito momento que así se le solicite, los nombres de sus competencias, la integración todos los beneficiarios de los pagos suyos y/o efectuados en su comunidad nombre relacionados por cualquier concepto con el presente Proceso de residentes Mínima INVITACIÓN PÚBLICA MÍNIMA CUANTÍA FECHA AAAA MM DD Cuantía DNP-MC-016-19 incluyendo los pagos ordinarios ya realizados, aquellos por realizar, así como los que se propongan hacer en caso de resultar adjudicatarios del presente Proceso de Mínima Cuantía DNP-MC-016-19, se entenderá que esta obligación no operará cuando la suma de los pagos no revelados sea inferior a DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) o su equivalente en cualquier moneda Que revela los gastos y costos asociados a la etapa pre-contractual mediante el diligenciamiento del presente FORMATO y revelará ante cualquier organismo de control que en el momento que así se le solicite, entendidos estos como los asociados a actividades tales como la preparación y presentación de la oferta y a la preparación de las observaciones al informe de evaluación, si a ello hubiere lugar. Se entenderá que esta obligación no operará cuando la suma de los pagos no revelados sea inferior a DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000) o su equivalente en cualquier moneda. Que conformará un centro de costos que refleje los gastos en los que se incurra o se prevea incurrir, cualquiera que sea las personas que asuman el costo, o cualquiera que sea su beneficiario. Dicha información deberá ser presentada ante el DNP con discapacidad la oferta pertinente, a través del diligenciamiento de los cuadros incorporados en el presente documento, que deberá presentarse con la oferta, y actualizarse mediante comunicaciones que se remitirán al DNP, cuando se trate de gastos realizados con posterioridad a la presentación de la igualdad oferta y anteriores a la legalización del Contrato, que no discriminación hayan sido revelados o previstos al momento de todos sus miembros. En todo lo referente al cumplimiento del convenio y de las obligaciones derivadas del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control presentación de la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidosoferta.
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Sources: Licensing Agreements
COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominación) contribuirá Para el correcto cumplimiento del convenio que se acuerda, “LAS PARTES” se comprometen a realizar lo siguiente: De “LA UNIVERSIDAD”
1. Ofertar e incentivar a su alumnado para que a través del servicio social se integren a los fines propios programas de redes de voluntariado.
2. El órgano que corresponda planeará, organizará, dirigirá y difundirá los procedimientos e instrumentos que regulan al servicio social de su alumnado para invitarlos a los programas de redes de voluntariado.
3. A través de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo instancia que determine la reglamentación interna sobre la Prestación del Servicio Social de “LA UNIVERSIDAD”, hará entrega de las solicitudes de inscripción a las y los siguientes compromisosprestadores una vez que hayan sido seleccionados y asignados a un programa, los formatos a entregar son: Ofrecer alojamiento solicitud, carta compromiso y carta de presentación, para la apertura del expediente.
4. La instancia correspondiente, llevará el control de expedientes de las y los prestadores del servicio social, de igual manera para la emisión de las constancias de acreditación del servicio social deberá tener completo su expediente con la constancia de terminación expedida por “EL IEEPCO”.
5. Impulsar la realización de talleres formativos, cursos, pláticas y capacitación para su alumnado en materia de educación cívica, cultura democrática y mecanismos de participación ciudadana.
6. Facilitar el uso de sus instalaciones para la impartición de talleres, cursos, capacitación o de otro evento que beneficie a la formación de su alumnado, siempre y cuando no se interponga en otras actividades de “LA UNIVERSIDAD”. De “EL IEEPCO”
1. Elaborar y otorgar, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria, los miembros materiales didácticos e insumos necesarios para que el alumnado realice las
2. Entregar un gafete y playera para que las y los prestadores del servicio social puedan ser identificados claramente por la ciudadanía.
3. La Dirección Ejecutiva de Educación Cívica y de Participación Ciudadana de “EL IEEPCO” coordinará los trabajos para implementar los programas de Redes de Voluntariado dentro de la comunidad universitaria “Estrategia Estatal de Educación Cívica y otras personas residentes por curso completo Participación Ciudadana”.
4. Una vez cumplido el periodo del servicio social, se expedirá a las y en estancias cortas –temporales-los prestadores del servicio social que hayan cumplido con el mismo, la constancia de terminación del servicio social.
5. Organizar talleres formativos, pláticas, y cursos de capacitación dirigidos al alumnado de “LA UNIVERSIDAD”, en las condiciones que se establezcan en el reglamento interno materia de educación cívica, cultura democrática y normativa mecanismos de admisión del Colegio Mayor (denominación)participación ciudadana.
6. Favorecer, mediante acuerdos con la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos Elaborar y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencialotorgar, de proyección social, propiciando, en su caso, el reconocimiento de créditos conforme conformidad a la normativa reguladora. A tal findisponibilidad presupuestaria, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividadeslos materiales didácticos e insumos necesarios para realizar los talleres formativos, para poder obtener su apoyo pláticas y difusión en la comunidad universitaria cursos de capacitación dirigidos al alumnado de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇institución educativa firmante del presente convenio.
7. Promover relaciones con sus antiguos colegiales Difundir de manera institucional y a través de fórmulas asociativaslos medios a su alcance, las actividades que se realicen dentro del marco de este convenio, reconociendo las aportaciones de cada una de las partes.
1. Promover relaciones con organizaciones sociales Se promoverán pláticas de información y con instituciones académicascursos de inducción, culturales o científicasdirigidos al alumnado en los que se darán a conocer los programas de redes de voluntariado, así como talleres formativos, pláticas y cursos de capacitación en
2. GarantizarEl trámite administrativo correspondiente al llenado de formatos por parte de las y los prestadores, en el ámbito previo al inicio del servicio social será responsabilidad de sus competencias“LA UNIVERSIDAD”, la integración en su comunidad de residentes debiendo elaborar los listados de las personas con discapacidad que se proponen.
3. “El IEEPCO” será responsable de elaborar e informar sobre el calendario de actividades de los programas de Redes de Voluntariado y los lugares para su ejecución.
4. Acordarán conjuntamente la baja de las o los alumnos que incurran en actos de incumplimiento a los lineamientos y reglamentos de “LA UNIVERSIDAD”, debiendo notificarse mutuamente los motivos y causas de la igualdad baja, con el propósito de imponer las sanciones y no discriminación amonestaciones correspondientes.
5. Trabajar de todos sus miembrosmanera conjunta para organizar talleres formativos, platicas, cursos de capacitación dirigidos al alumnado en materia de educación cívica, cultura democrática y mecanismos de participación ciudadana.
6. En todo lo referente al cumplimiento “LAS PARTES” acuerdan que, a partir de la fecha de celebración del presente convenio y dentro de las obligaciones derivadas un plazo de 10 días naturales, designar al área responsable por unidad educativa para la ejecución del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control de la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidos.
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Sources: Collaboration Agreement
COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominación) contribuirá “LAS PARTES” convienen en obligarse de manera enunciativa, mas no limitativa, a lo siguiente:
1. Proporcionar los fines propios servicios de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento a los miembros atención médica, que comprenden las intervenciones, auxiliares de la comunidad universitaria diagnóstico y otras personas residentes por curso completo y en estancias cortas –temporales-, en las condiciones tratamientos que se establezcan describen en el reglamento interno Catálogo específico que se incorpora como ANEXO 1 del presente Convenio, conforme a lo establecido en el “Catálogo de Intervenciones, Tratamientos, Servicios Auxiliares de Diagnóstico y normativa Tarifas para el Intercambio de admisión del Colegio Mayor (denominación). FavorecerServicios”, mediante acuerdos con la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, previsto en el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencial“ACUERDO GENERAL”, de proyección socialacuerdo al nivel de resolución y con base en la capacidad para brindar servicios excedentes, propiciandosin perjuicio de su situación financiera y sin menoscabo en la calidad y calidez del servicio que deben prestar a sus propios usuarios.
2. Proporcionar los servicios de atención médica, que comprenden las intervenciones, auxiliares de diagnóstico y tratamientos acordados y que se describen en el ANEXO 2, del presente Convenio, que no forman parte del “Catálogo de Intervenciones, Tratamientos, Servicios Auxiliares de Diagnóstico y Tarifas para el Intercambio de Servicios”, previsto en el “ACUERDO GENERAL”, una vez que se firme el Anexo Correspondiente, en su caso. “LAS PARTES” podrán en cualquier tiempo revisar a la baja las tarifas establecidas en los ANEXOS 1 y 2, del presente Convenio Específico, en cuyo caso suscribirán el convenio modificatorio correspondiente.
3. Observar el procedimiento de derivación y contraderivación, establecido en el “Manual de Lineamientos Generales para el Intercambio de Servicios”, previsto en el “ACUERDO GENERAL”.
4. Brindar los servicios a que se refieren los ANEXOS 1 y 2, a través de los establecimientos médicos señalados en el ANEXO 3, todos del presente Convenio, mismos que se sujetarán a los procesos de evaluación y supervisión aprobados por el “COMITÉ NACIONAL”, previsto en el “ACUERDO GENERAL”.
5. Para efectos de lo anterior, el reconocimiento “COMITÉ NACIONAL” comunicará los criterios mínimos de créditos calidad, capacidad y seguridad, estipulados en la cláusula DÉCIMA SEGUNDA inciso j) del “ACUERDO GENERAL”, así como el mecanismo de aplicación para operar el proceso de acreditación de los servicios y/o evaluación de la calidad en la prestación de las intervenciones sujetas al intercambio de servicios o la prestación unilateral de los mismos, y los casos, en que dicho proceso aplicará para la prestación de servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento que se requieran.
6. Realizar el pago de las cantidades que resulten por la prestación de los servicios de atención médica objeto de este instrumento jurídico, conforme a la normativa reguladoraaplicable.
7. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión Cumplir las garantías de oportunidad en la comunidad universitaria prestación de los servicios de atención médica contenidas en el ANEXO 1, del “ACUERDO GENERAL” y aquéllas que sean acordadas por el “COMITÉ NACIONAL”.
8. Comunicar la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇relación del personal médico autorizado de cada unidad para realizar la derivación y contraderivación
9. Promover relaciones Realizar un informe mensual con sus antiguos colegiales a través la relación de fórmulas asociativas. Promover relaciones con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizarpacientes atendidos, en el ámbito que se deberá identificar el número de sus competenciasintervenciones realizadas y la cantidad brindada por cada intervención al amparo del presente instrumento; las fechas en que se otorgaron; el importe de los montos sujetos a cobro conforme al formato del informe mensual contenido en el Manual de Lineamientos Generales para el Intercambio de Servicios. Dicho informe deberá ser entregado a la otra Parte, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente para la integración en su comunidad de residentes conciliación de las personas con discapacidad y atenciones brindadas en las unidades médicas.
10. Realizar un informe semestral en el que se deberá de identificar el número de servicios de atención médica brindados al amparo del presente instrumento; las fechas en que se otorgaron; la relación de pacientes atendidos; el importe de los pagos realizados o recibidos, el resultado de la igualdad evaluación y no discriminación seguimiento de todos sus miembroslos casos, así como las quejas que se hubiesen presentado por los usuarios. En todo lo referente Dicho informe deberá ser entregado a las otras Partes, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes siguiente al cumplimiento término del convenio y semestre de las obligaciones derivadas del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y el Colegio Mayor (denominación) que se someterán al control de la Comisión Mixta de Seguimiento y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Conveniotrate.
11. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) Institución que presta la atención médica deberá suministrar realizar los ajustes y adecuaciones necesarias en sus sistemas de información para registrar a los integrantes pacientes derivados de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada otras instituciones para brindarles con oportunidad la atención médica.
12. No ceder o transferir total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente instrumento, sin el cumplimiento consentimiento previo y por escrito de sus cometidos“LAS PARTES”.
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COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominación) contribuirá La Institución se compromete a:
1. Capacitar a los fines propios estudiantes en los días de inducción o en el transcurso de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo pasantía en materias propias de las tareas que le serán encargadas.
2. Disponer de los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento espacios físicos y herramientas de trabajo para que los estudiantes puedan efectuar las tareas que forman parte de la Pasantía en la medida que ello sea parte las funciones encargadas; y,
3. Cumplir con informar a los miembros de estudiantes sobre sus deberes y responsabilidades durante la comunidad universitaria Pasantía, considerando que todos los pasantes tienen derecho a recibir un trato digno y otras personas residentes por curso completo y en estancias cortas –temporales-, en las condiciones que se establezcan en el reglamento interno y normativa de admisión les asignen tareas que impliquen una experiencia real del Colegio Mayor (denominación)mundo profesional jurídico. Favorecer, mediante acuerdos con la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencial, de proyección social, propiciando, en su caso, el reconocimiento de créditos conforme a la normativa reguladora. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión en la comunidad universitaria de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales La UAI a través de fórmulas asociativassu Facultad de Derecho se compromete a:
1. Seleccionar postulantes que cumplan con los requisitos indicados por la secretaría académica de la Facultad. Dicha nómina será entregada a la Institución, para su posterior confirmación;
2. Promover relaciones la difusión y participación en la Pasantía entre sus profesores, docentes y estudiantes; y,
3. Cumplir con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales informar a los estudiantes que la participación en la Pasantía no representa ningún compromiso laboral o científicasde otra naturaleza por parte de la institución o la UAI. Garantizar, en el ámbito de sus competenciasEn conjunto, la integración Facultad de Derecho de la UAI y la Institución se comprometen a:
1. Informar y comunicar a la otra parte, a través de los coordinadores, sobre cualquier dificultad en su comunidad la implementación de residentes la Pasantía. El desempeño inadecuado de la Pasantía por parte de un estudiante será informado por correo a la Coordinadora de la Facultad de Derecho de la UAI, quien podrá adoptar las medidas que corresponden y se estimen necesarias en razón de las personas con discapacidad y circunstancias informadas. En caso de una falta grave de profesionalismo, segunda ausencia no comunicada por parte del estudiante u otra infracción de las reglas establecidas e informadas al estudiante, se podrá configurar una causal de eliminación de la igualdad Pasantía y no discriminación la reprobación automática del curso Pasantía o Práctica externa según corresponda;
2. Diseñar y elaborar los instrumentos de todos sus miembrosseguimiento y análisis necesarios que permitan una adecuada evaluación de desempeño del estudiante; y,
3. En todo lo referente al cumplimiento del convenio Respetar y promover el compromiso de las obligaciones derivadas del mismo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confidencialidad entre los docentes y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control estudiantes de la Comisión Mixta Facultad de Seguimiento Derecho y Coordinación, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidosInstitución.
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Sources: Collaboration Agreement
COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominaciónI. “LA UPTX” se compromete a:
a) contribuirá a los fines propios Designar al personal académico que conjuntamente con el personal asignado por “LA EMPRESA”, coordinará el desarrollo de la Universidad ▇▇ educación dual;
b) Designar a personal académico que realizará las funciones de tutor académico en coordinación con el personal asignado por “LA EMPRESA”;
c) Someter a consideración de “LA EMPRESA” la lista de candidatos a ingresar a la Educación Dual; Página 6 de 12
d) Realizar el proceso de preselección de los estudiantes que participarán en educación dual para proponerlos, de acuerdo con los perfiles profesionales que establecen los Planes de Estudio de las Carreras que se imparten y que sean adecuados con los perfiles requeridos por “LA EMPRESA”;
e) Comunicar previamente por escrito a “LA EMPRESA” la preselección de los estudiantes dual, así como cualquier cambio o modificación que sufra dicha preselección;
f) Expedir la documentación oficial que acredite la conclusión de sus estudios la estructura reticular correspondiente;
g) Supervisar por conducto de los tutores académicos, que los estudiantes duales cumplan con el Plan de Formación y las disposiciones que rijan a “LAS PARTES”;
h) Resolver las irregularidades que con respecto a la conducta de los estudiantes dual sean reportadas por los formadores de “LA EMPRESA” y por los tutores académicos de “LA UPTX”;
i) Atender los reportes que rinda “LA EMPRESA” respecto al cumplimiento de las actividades incorporadas en los Puestos de Aprendizaje y Plan de Rotación, por medio de los tutores académicos y el personal académico responsable de la Coordinación de la educación dual;
j) Aplicar las medidas disciplinarias y sanciones a que pudiese hacerse acreedor el “ESTUDIANTE DUAL” por incumplimiento de sus obligaciones en el desarrollo del Plan de Formación;
k) Gestionar a cada estudiante dual el Seguro Facultativo que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Seguro contra Accidentes;
l) Capacitar al formador de “LA EMPRESA” y el tutor “LA UPTX”;
m) Garantizar que el Plan de Formación, Plan de Rotación y Puesto de Aprendizaje sean acorde con lo establecido en los Planes y Programas de Estudio;
n) Contar con capital humano capacitado, infraestructura y elementos tecnológicos mínimos suficientes;
o) Implementar mecanismos de supervisión, seguimiento y evaluación del Plan de Formación en el que participe;
p) Llevar el registro escolar del estudiante dual que participe en los planes de formación; Página 7 de 12
q) Recabar la información sobre los resultados de las evaluaciones que se practiquen al estudiante dual en la EMPRESA, de acuerdo con las actividades de aprendizaje del Plan de Formación, misma que formará parte de la calificación del estudiante dual;
r) Evaluar el cumplimiento del Plan de Estudios, las competencias adquiridas tanto en la UPTX como en la EMPRESA, para otorgar al estudiante el certificado correspondiente;
s) Mantener vigente la incorporación al Seguro de Enfermedades del Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie o de un esquema de seguridad social similar y la póliza de seguro contra accidentes, cuya cobertura incluya las actividades de aprendizaje inherentes a la educación dual y sus traslados;
t) Difundir las convocatorias de becas de la educación dual que se emitan, así como postular estudiantes para ser candidatos a obtener dicho estímulo; y
u) Analizar los casos académicos especiales de los estudiantes, a través de los mecanismos establecidos, para incorporarlos a la educación dual.
II. “LA EMPRESA” se compromete a:
a) ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo las asesorías necesarias al “ESTUDIANTE DUAL” en el desarrollo de las competencias de aprendizaje definidas en el “Plan de Formación” y que lleve a cabo en sus instalaciones.
b) Designar al personal que realizará las funciones de formador para el desarrollo de la educación dual;
c) Contar con instalaciones adecuadas, personal capacitado y actualizado en las áreas de conocimiento afines al perfil de egreso del estudiante dual;
d) Contar con áreas especializadas afines al perfil de egreso del estudiante dual;
e) Contar con la organización, personal de instrucción especializado y con experiencia en su puesto, la infraestructura y los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento recursos materiales necesarios para impulsar y ejecutar el Plan de Formación;
f) Adquirir el compromiso de operar e impulsar la educación dual de acuerdo con la normatividad vigente;
g) Permitir que la UPTX realice visitas para constatar que cumpla con las condiciones establecidas; Página 8 de 12
h) Firmar el Convenio Marco de Colaboración, Convenio Específico de Cooperación y Convenio de Aprendizaje.
i) Realizar el proceso de selección de los estudiantes propuestos por “LA UPTX” para que participen en educación dual, que reúnan los requisitos establecidos por “LAS PARTES”
j) Coordinar conjuntamente con los tutores académicos designados por “LA UPTX” las actividades de educación dual.
k) Proporcionar oportunamente, la información que le sea requerida, en relación con el desarrollo del Plan de Formación en el que participe;
l) Definir y elaborar, en coordinación con “LA UPTX”, los Planes de Formación y los Planes de Rotación y Puestos de Aprendizaje cuando proceda, así como las actividades a realizar para lograr las competencias definidas;
m) Asegurar que el “ESTUDIANTE DUAL” cuente con el conocimiento y práctica de las medidas de seguridad y salud dentro de “LA EMPRESA”;
n) Cumplir con lo establecido en el Plan de Formación acordado con “LA UPTX”;
o) Reportar por escrito a “LA UPTX” los resultados obtenidos en las evaluaciones aplicadas a los miembros estudiantes dual al término de cada cuatrimestre/semestre escolar;
III. “LAS PARTES” se comprometen a:
a) Evaluar cuatrimestralmente la operatividad e impacto social del presente convenio, con el objeto de determinar, en caso necesario, su modificación o terminación.
b) Elaborar conjuntamente los Puestos de Aprendizaje, el Plan de Rotación y el Plan de Formación;
c) Establecer de común acuerdo el calendario y horario a que se sujetarán los estudiantes duales y las visitas de los tutores académicos.
d) Los horarios de alimentos en la EMPRESA cuando proceda
e) Supervisar el desarrollo del Plan de Formación, Puestos de Aprendizaje y Plan de Rotación a los que se sujetarán los estudiantes duales.
f) Establecer los procedimientos y criterios de evaluación del desempeño del estudiante de la comunidad universitaria y otras personas residentes por curso completo y educación dual. Página 9 de 12
g) Formalizar un convenio de aprendizaje, mediante el cual se establecen los acuerdos para que el estudiante dual desarrolle las competencias establecidas en estancias cortas –temporales-, en los planes de estudio de las condiciones Carreras que imparte “LA UPTX”;
h) Las demás que se establezcan requieran y acuerden las partes que los suscriban, para el adecuado desarrollo de la educación dual.
IV. DEL “ESTUDIANTE DUAL” se compromete a:
a) Estar inscrito en “LA UPTX”;
b) Haber aprobado la totalidad de asignaturas del ciclo escolar o periodo previo a la solicitud de incorporación a la educación dual;
c) Contar con disponibilidad de tiempo completo, condición susceptible de adecuarse por las instituciones educativas, según la modalidad de estudios que oferten;
d) Formalizar un Convenio de Aprendizaje con “LA EMPRESA” y la “LA UPTX” en la que esté inscrito, y
e) Presentar carta compromiso a la UPTX aceptando cumplir cabalmente con su Plan de Formación. Y una vez aceptado en el reglamento interno Plan de Formación deberá:
f) Desarrollar conocimientos, habilidades, destrezas y normativa de admisión del Colegio Mayor (denominación). Favorecer, mediante acuerdos con actitudes bajo la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, el uso conjunto de instalaciones para actividades puntuales, acomodándose a los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio guía de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencial, de proyección social, propiciando, en su caso, el reconocimiento de créditos conforme a la normativa reguladora. A tal fin, el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión en la comunidad universitaria de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales a través de fórmulas asociativas. Promover relaciones con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizar, en el ámbito de sus competencias, la integración en su comunidad de residentes de las personas con discapacidad mentores académico y de la igualdad EMPRESA, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Formación;
g) Concluir su Plan de Formación;
h) Ajustarse al calendario, horarios, a las medidas de seguridad y no discriminación salud, y demás especificaciones establecidos en el Plan de todos sus miembros. En todo lo referente al cumplimiento del convenio Formación;
i) Someterse a las evaluaciones previstas en el Plan de Formación;
j) Acatar la normatividad interna de “LA EMPRESA” y de las obligaciones derivadas del mismola “LA UPTX”, y
k) Manifestar de manera expresa que no sostendrá relación de trabajo de ninguna especie, incluyendo la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y capacitación inicial o el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control periodo de prueba con la Comisión Mixta EMPRESA durante el periodo en el que participa en educación dual. Página 10 de Seguimiento y Coordinación12 En caso de que no concluyan su plan de Formación por cuestiones propias o ajenas a su voluntad, tal como viene recogido podrá elegir la continuidad de sus estudios en la Cláusula Séptima UPTX en la que esté inscrito, previa valoración y determinación de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes las autoridades de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada para el cumplimiento de sus cometidos“LA UPTX”.
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Sources: Convenio Específico De Cooperación
COMPROMISOS. El Colegio Mayor (denominación) contribuirá 5.1 LA ESPE, se compromete a:
a. Seleccionar a los fines propios estudiantes de grado y/o posgrado en base a sus méritos académicos y de acuerdo al requerimiento de la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ asumiendo LA SNP, para la realización de sus prácticas pre profesionales.
b. Enviar oportunamente a LA SNP, de acuerdo a las fechas comunicadas por los siguientes compromisos: Ofrecer alojamiento a delegados en este Convenio, la nómina de los miembros estudiantes que podrían desarrollar prácticas pre profesionales, conforme con la disponibilidad y necesidades institucionales.
c. Designar un tutor académico de la comunidad universitaria práctica, como contraparte de la persona designada por LA SNP para calificar e informar sobre el desempeño del estudiante en la realización de las actividades establecidas.
d. Poner en conocimiento de los estudiantes que entre ellos y otras personas residentes LA SNP no existirá vínculo laboral alguno regido por curso completo el Código de Trabajo o la Ley Orgánica del Servicio Público, sino que será de naturaleza estrictamente académica regulado por la Ley Orgánica de Educación Superior, el Reglamento de Régimen Académico expedido por el Consejo de Educación Superior y demás normativa interna de LA ESPE.
e. Tener vigente el seguro estudiantil por riesgos laborales a favor del estudiante, toda vez que, por ser la práctica de formación académica, se excluye remuneración alguna.
f. Coordinar con LA SNP el respectivo PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD que el estudiante, y el tutor académico deberán conocer y aplicar obligatoriamente mientras cumplan sus actividades en estancias cortas –temporales-, en las condiciones que se establezcan LA SNP.
g. Designar una persona responsable de la administración para el presente Convenio.
h. Guardar confidencialidad de la información compartida entre ambas instituciones en el reglamento interno desarrollo del presente convenio.
i. Coordinar con LA SNP la evaluación de resultados del presente convenio.
5.2 LA SNP, se compromete a:
a. Comunicar a LA ESPE la necesidad de estudiantes para la realización de prácticas pre profesionales, determinando las actividades que éstos realizarán y normativa el tiempo de admisión del Colegio Mayor (denominación). Favorecerduración de las prácticas pre profesionales; así como el número de estudiantes que requiera.
b. Proporcionar al estudiante que realiza la práctica, mediante acuerdos conjuntamente con el docente tutor, toda la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇información necesaria, el uso conjunto orientaciones y directrices para que pueda desempeñar las actividades en forma eficiente; así como, brindarle las facilidades para que sus actividades no obstaculicen sus actividades académicas en LA ESPE.
c. Generar un ambiente de instalaciones respeto y cordialidad para actividades puntuales, acomodándose a con los Estatutos y normativa del Colegio Mayor (denominación), al calendario y al uso propio estudiantes de los colegiales. Organizar actividades de naturaleza lúdica, cultural, asistencialLA ESPE, de proyección socialtal forma que las actividades efectuadas, propiciandocontribuyan en buena medida a su formación personal y profesional, en su caso, con visión responsable y solidaria.
d. Designar un tutor empresarial que será el reconocimiento encargado de créditos conforme a la normativa reguladora. A tal fin, informar sobre el Colegio Mayor (denominación) pondrá en conocimiento desempeño del Vicerrectorado con competencias estas actividades, para poder obtener su apoyo y difusión estudiante en la comunidad universitaria realización de las actividades previstas. Para el efecto, una vez terminada la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Promover relaciones con sus antiguos colegiales a través de fórmulas asociativas. Promover relaciones con organizaciones sociales y con instituciones académicas, culturales o científicas. Garantizarpráctica deberá enviar el respectivo informe, en el ámbito que se certifique el cumplimiento de las actividades establecidas, documento que será tomado en cuenta por LA ESPE, para los fines académicos pertinentes.
e. Facilitar el acceso a las instalaciones a fin de que el tutor académico verifique las actividades asignadas al estudiante previa coordinación con los delegados del Convenio.
f. Asignar, de ser necesario, personal técnico y profesional de LA SNP que tenga la formación requerida para el apoyo didáctico de las actividades que el estudiante de LA ESPE realice en la práctica.
g. Comunicar al tutor académico de LA ESPE cualquier novedad en el desarrollo de las actividades previstas en la práctica en LA SNP respecto al desempeño del estudiante.
h. Considerar a los alumnos que constan en el Bolsa de Trabajo de LA ESPE para los procesos de selección de personal que LA SNP lleve a cabo.
i. Designar un responsable de la administración para el presente Convenio.
j. Contar con un PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD que tanto el estudiante como el tutor académico deberán conocer y aplicar obligatoriamente mientras duren las prácticas al interior de LA SNP.
k. Coordinar con LA ESPE la evaluación de resultados del presente convenio.
l. Suscribir con cada uno de los estudiantes seleccionados para realizar su práctica pre profesional, la respectiva carta compromiso o convenio individual, mismo que no generará relación laboral de dependencia y en el que constarán los términos de las actividades a ser realizadas que serán únicamente relacionadas a su carrera, el tiempo de la práctica (mínimo 3 y máximo 6 meses), número de horas diarias de práctica (máximo 6 horas) y horarios en que asistirán a las prácticas.
m. Incorporar a los practicantes al apoyo de los proyectos ligados a los procesos administrativos de LA SNP, bajo ningún concepto serán vinculados para cubrir posiciones temporales ocasionadas por vacaciones, enfermedad, o para realizar actividades propias de los servidores o trabajadores, así como no serán responsables de procesos de las áreas en las que ejecuten sus prácticas.
5.3 LOS ESTUDIANTES se comprometen a:
a. Responsabilizarse por las actividades y tareas que desempeñe durante la realización de la vinculación de prácticas pre profesionales.
b. Responsabilizarse de su actitud en el desarrollo de las labores que desempeñe durante la realización de sus competenciasprácticas pre profesionales y de todo cuanto le fuere entregado en su cuidado. En este sentido, la integración en su comunidad de residentes de las personas con discapacidad y de la igualdad y Universidad no discriminación de todos sus miembros. En todo lo referente al cumplimiento del convenio y se hace responsable por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del mismoestudiante durante la realización de las mismas. Sin embargo, la Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ independientemente de las responsabilidades que estén asociadas a LA SNP, el estudiante estará sujeto a las normas y el Colegio Mayor (denominación) se someterán al control procedimientos de la Comisión Mixta Universidad.
c. Cumplir las actividades y horarios que le asigne LA SNP.
d. Mantener la confidencialidad de Seguimiento la información que reciba, conozca o maneje durante la realización de sus prácticas pre profesionales.
e. Actuar y Coordinaciónconducirse respetando las disposiciones del presente Convenio.
f. Realizar sus prácticas pre profesionales bajo los parámetros previstos en el Código de Ética y Normas de Conducta de LA ESPE y de LA SNP.
g. Cumplir con la normativa vigente, tal como viene recogido en la Cláusula Séptima de este Convenio. La Dirección del Colegio Mayor (denominación) deberá suministrar a los integrantes de dicha comisión cuanta información al respecto sea solicitada políticas emitidas y procesos para el cumplimiento desarrollo de sus cometidosprácticas.
h. Mantener continuo contacto con los tutores designados. En caso de requerir un permiso por caso fortuito o fuerza mayor que impida cumplir con su jornada de prácticas pre profesionales, deberá dar oportuno aviso a sus tutores.
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Sources: Convenio Específico Para La Realización De Prácticas Pre Profesionales