Common use of Comités de Seguridad y Salud Clause in Contracts

Comités de Seguridad y Salud. El Comité de seguridad y salud es el órgano paritario y colegiado de representación y participación, destinado a la consulta periódica sobre las actuaciones de los centros de trabajo en materia de prevención de riesgos laborales. Se constituirá un Comité de seguridad y salud en todas las empresas y centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores y trabajadoras. El Comité estará formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los delegados de prevención, de la otra. El Comité de seguridad y salud se reunirá bimestralmente y siempre que los solicite alguna de las representaciones del mismo. Los Comités de seguridad y salud tendrán las competencias y facultades que se recogen en el artículo 39 de la Ley de prevención de riesgos laborales.

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Samples: www.boe.es, www2.fsc.ccoo.es

Comités de Seguridad y Salud. El Comité de seguridad y salud es el órgano paritario y colegiado de representación y participación, destinado a la consulta periódica sobre las actuaciones de los centros de trabajo en materia de prevención de riesgos laborales. Se constituirá un Comité de seguridad y salud en todas las empresas y centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores y trabajadoras. El Comité estará formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los delegados de prevención, de la otra. El Comité de seguridad y salud se reunirá bimestralmente y siempre que los solicite alguna de las representaciones del mismo. También se podrán convocar reuniones con carácter de urgencia cuando la importancia y/o gravedad del caso impliquen la existencia de un riesgo inminente para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, para las instalaciones o para el medio ambiente. Los Comités de seguridad y salud tendrán las competencias y facultades que se recogen en el artículo 39 de la Ley de prevención de riesgos laborales.

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Samples: www.bocm.es, www.fespugtasturias.com

Comités de Seguridad y Salud. El Comité de seguridad Seguridad y salud Salud es el órgano paritario y colegiado de representación y participación, destinado a la consulta periódica sobre las actuaciones de los centros de trabajo en materia de prevención de riesgos laborales. Se constituirá un Comité de seguridad Seguridad y salud Salud en todas las empresas y centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores y trabajadorastrabajadores/as. El Comité estará formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los delegados de prevención, de la otra. El Comité de seguridad Seguridad y salud Salud se reunirá bimestralmente y siempre que los solicite alguna de las representaciones del mismo. También se podrán convocar reuniones con carácter de urgencia cuando la importancia y/o gravedad del caso impliquen la existencia de un riesgo inminente para la seguridad y salud de los trabajadores/as, para las instalaciones o para el medio ambiente. Los Comités de seguridad Seguridad y salud Salud tendrán las competencias y facultades que se recogen en el artículo 39 de la Ley de prevención Prevención de riesgos laborales.Riesgos Laborales

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Samples: feuso.es

Comités de Seguridad y Salud. El Comité de seguridad Seguridad y salud Salud es el órgano paritario y colegiado de representación y participación, participación destinado a la consulta regular y periódica sobre de las actuaciones de los centros de trabajo en materia de prevención de riesgos laboraleslaborales en los centros. Se constituirá un Comité de seguridad Seguridad y salud Salud en todas las empresas y o centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores y trabajadoraspersonas empleadas. El Comité estará formado por los delegados de prevenciónEn cuanto a su constitución, de una partecomposición, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los delegados de prevención, de la otra. El Comité de seguridad y salud se reunirá bimestralmente y siempre que los solicite alguna de las representaciones del mismo. Los Comités de seguridad y salud tendrán las competencias y facultades que se recogen estará al amparo de lo dispuesto en el artículo los artículos 38 y 39 de la Ley de prevención Prevención xx Xxxx- gos Laborables, y concretamente del artículo 38.3, que prevé la adopción por los propios comités de riesgos laboralesseguridad y salud de sus propias normas de funcionamiento.

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Samples: Convenio Colectivo 2016/19‌

Comités de Seguridad y Salud. El Comité comité de seguridad y salud es el órgano paritario y colegiado cole- giado de representación y participación, destinado a la consulta periódica sobre las actuaciones de los centros de trabajo en materia de prevención de riesgos laborales. Se constituirá un Comité comité de seguridad y salud en todas las empresas y centros de trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores y trabajadoras. El Comité comité estará formado por los delegados de prevención, de una parte, y por el empresario empre- sario y/o sus representantes en número igual al de los delegados de prevención, de la otra. El Comité comité de seguridad y salud se reunirá bimestralmente y siempre que los solicite alguna de las representaciones del mismo. También se podrán convocar reuniones con carácter de urgencia cuando la importancia y/o gravedad del caso impliquen la existencia de un riesgo inminente para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, para las instalaciones o para el medio ambiente. Los Comités comités de seguridad y salud tendrán las competencias y facultades que se recogen en el artículo 39 de la Ley de prevención de riesgos laborales.

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Samples: www.araba.eus