Licencias Cláusulas de Ejemplo

Licencias. El trabajador, avisando con la posible antelación, justificándolo o acreditándolo, podrá faltar o ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y durante el tiempo que a continuación se expone:
Licencias. El personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Licencias. El personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: Cuando con tal motivo se necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cinco días. En los supuestos de accidente o enfermedad grave u hospitalización o intervención quirúrgica los días de licencia que procedan podrán disfru- tarse, de forma continua o alterna, mientras dure tal situación. Producido el hecho causante de la licencia el permiso comenzará a regir el primer día laborable. En caso de fallecimiento de parientes en tercer grado tendrá derecho a un día de ausencia, sin retribución. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibi- lidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por ciento de las horas laborales en un periodo de tres meses, podrá la empresa pasar a la persona afectada a la situación de excedencia forzosa. En el supuesto de que la persona por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa. Cuando la finalidad del permiso sea la realización de trámites de adop- ción o acogimiento, tendrán derecho a un permiso no retribuido de hasta 15 días naturales. En los casos de trámites internacionales, el permiso será de 30 días. No obstante, cuando por la normativa del país del adoptado los trámites requieran un tiempo superior, dicho permiso se podrá ampliar a 60 días. Quedan exceptuados de esta limitación y por tanto al margen, los ca- sos en que la asistencia a centros médicos venga determinada por prescripción facultativa, en que deberán retribuirse al salario Convenio las horas justificadas. Asimismo tampoco quedan incluidos en esta limi- tación los tres días anuales en la primera baja por enfermedad, que se abonarán al 50% xxx xxxxxxx diario. En todos estos casos las ausencias deberán ser debidamente justificadas. Cuando la correspondiente convocatoria a examen se refiera a la ob- tención del título profesional de la actividad realizada en la Empresa, tendrán derecho a la percepción de la retribución correspondiente xxx Xxxxxxx de Convenio, y antigüedad en su caso, durante el periodo de duración de la licencia. Perderán tal derecho quienes sean suspendidos en la mitad de las asignaturas que tengan matricula considerándose como suspensos a estos efectos en aquellas en las que no se hubiesen presentado a examen sin causa justificada. T...
Licencias. 1. El trabajador, previo aviso de al menos 48 horas, salvo acreditada urgencia, y justificación posterior, se encuentra facultado para ausentarse del trabajo, manteniendo el derecho a la percepción de todos aquellos conceptos retributivos, que no se encuentren vinculados de forma expresa a la prestación efectiva de la actividad laboral, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Licencias. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Licencias. Capítulo I
Licencias. Los trabajadores regidos por este Convenio Colectivo tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de la retribución, en los casos y con la duración que a continuación se indican en días naturales:
Licencias. El subarrendatario declara conocer plenamente la situación urbanística y de planeamiento del local arrendado, así como los usos administrativamente permitidos en el mismo. Serán de cuenta y riesgo del subarrendatario la obtención de los permisos y licencias que resulten necesarios para la apertura y el desarrollo de su actividad, siendo a su cargo todos los impuestos, arbitrios y demás contribuciones que se impongan, correspondientes al negocio o por razón del mismo. La validez del presente contrato de subarrendamiento no se verá afectada si el subarrendatario no obtiene alguna de las licencias necesarias, incluida la de apertura, o si cualquiera de ellas es revocada en el futuro, excepto en el caso de que dichas licencias no se concedan o se revoquen por causas imputables al subarrendador según lo dispuesto en el presente contrato.
Licencias. El trabajador, avisando con la posible antelación, podrá faltar al trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y durante el tiempo que a continuación se expone: A efectos del disfrute de la citada licencia se tendrán en cuenta los siguientes criterios: no pueda valerse por sí mismo y que no está en condiciones de acudir sólo a la visita mé- dica. En cuanto a los señalados en los números 1 a 3 del apartado anterior, en casos extraordinarios debi- damente acreditados, tales licencias se otorgarán por el tiempo que sea preciso según las circuns- tancias, conviniéndose las condiciones de concesión y pudiendo acordarse la no percepción de haberes. Cuando el hecho causante de la licencia se produce en otro país, la licencia se ampliará a 6 días, de los que 4 serán retribuidos y 2 tendrán el carácter de licencia no retribuida y podrán prolongarse de mutuo acuerdo entre empresa y trabajador con este carácter de no retribuido cuando el país en con- sideración y los medios de comunicación disponibles así lo exijan. Salvo acuerdo con los representantes de los trabajadores, la retribución a percibir en los supuestos de licencias señalados en el presente artículo estará integrada por la totalidad de conceptos retributivos de carácter fijo a percibir por los trabajadores en jornada ordinaria y actividad normal, quedando ex- cluidos únicamente aquellos complementos de naturaleza variable y/o que se perciban por la presta- ción efectiva del trabajo. A efectos del disfrute de la licencia por hospitalización de parientes hasta el segundo grado de con- sanguinidad o afinidad contemplada en el apartado tercero se tendrán en cuanta los siguientes crite- xxxx: En todos los supuestos de licencias contemplados en el presente artículo el inicio del disfrute de la li- cencia debe coincidir con el inicio del hecho causante, salvo en los casos de hospitalización en los que la licencia podrá ser disfrutada posteriormente, pero siempre y cuando en ese momento persista el hecho causante, es decir, la hospitalización del pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, pudiendo disfrutarse en éste último caso, a elección del trabajador, en días sucesivos o no y siempre que medie el suficiente preaviso. En todos los supuestos contemplados en este artículo, se reconocerá el derecho a licencia retribuida tanto a los matrimonios convencionales como a las parejas de hecho legalmente registradas en los registros públicos creados o que puedan crearse al efecto en...
Licencias. El trabajador, previa solicitud por escrito, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, en los casos que a continuación se relacionan, y con la duración que se indica: