Comités Cláusulas de Ejemplo

Comités. Existen varias estructuras de gobierno creadas dentro de la organización para la debida implementación de prácticas de buen gobierno corporativo, con miras a lograr la ejecución de las directrices y planes estratégicos, dentro de un marco conceptual con existencia de adecuados controles, transparencia en la administración, divulgación de información y protección a los accionistas minoritarios y a derechos de terceros. Entre ellos podemos señalar: • Comité EjecutivoComité de CréditoComité de Inversiones • Comité Directivo de Riesgo • Comité de Activos y Pasivos • Comité Directivo de Auditoría • Comité Directivo de Cumplimiento • Comité Ejecutivo de Aseguradora Global Comité Ejecutivo: Lo conforman el Presidente Ejecutivo y Gerente General, Vicepresidentes Ejecutivos del Emisor y los Vicepresidentes de áreas funcionales como Banca de Personas, Banca Privada e Inversión, Operaciones y Tecnología, Riesgo, Auditoría Interna, Recursos Humanos y Gerente General de Aseguradora Global. Tienen como funciones primordiales ejecutar los planes estratégicos y hacer cumplir las directrices señaladas por la Junta Directiva y darle fiel cumplimiento y monitorear la ejecución de los planes de negocios para lograr los objetivos de rentabilidad estipulados por la Junta Directiva, sin descuidar los riesgos inherentes al negocio y velando por la salud financiera de la empresa. Entre las funciones del Comité Ejecutivo están: • Implementar las estrategias y políticas aprobadas por la Junta Directiva. • Evaluar la eficacia de las prácticas de gobierno y la resolución de conflictos, haciendo los cambios que ameriten si existieran deficiencias. • Realizar observaciones y efectuar recomendaciones a la Gerencia Superior sobre las prácticas de buen gobierno. • Tomar decisiones en cuanto a la estructura y desarrollo del Recurso Humano de la Institución. • Revisar y autorizar políticas y acuerdos relacionados con la Gestión de Recursos Humanos. • Mantener una estructura de organización que asigne claramente responsabilidades, autoridad y las líneas jerárquicas. • Asegurar el funcionamiento y efectividad de un sistema de control interno efectivo. • Dotar a los distintos niveles de gestión y operación del Banco con los recursos necesarios para el adecuado desarrollo del sistema de control interno. • Asegurar el funcionamiento y efectividad de los procesos que permitan la identificación y administración de los riesgos que asume el Banco en el desarrollo de sus operaciones y actividade...
Comités. Dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este Tratado, la Comisión establecerá los siguientes comités:
Comités. El Consejo Directivo podrá establecer los comités para el Banco que se consideren convenientes.
Comités. Es preciso indicar que la Entidad dando cumplimiento a los artículos 115 y 116 de la Ley 489 de 1998, en los cuales se faculta a los representantes legales de las entidades públicas para crear y organizar Comités Internos de Trabajo con el fin de atender las necesidades de servicio y cumplir con eficiencia y eficacia los objetivos, políticas y programas, la Secretaria Distrital de Movilidad en materia contractual ha implementado los siguientes comités:
Comités. La Junta Directiva establecerá los comités de trabajo que estimen necesarios, permanentes o accidentales, integrados por sus miembros para fortalecer el desarrollo de su gestión. Los comités tendrán el encargo de realizar gestiones específicas, definidas en objetivos y tiempo. Los comités evaluarán en detalle las propuestas presentadas por la Administración y agilizarán su estudio en las reuniones plenarias de la Junta Directiva.
Comités. Existencia y funcionamiento de un Comité de Auditoría. Dicho comité está integrado por 4 Directores – 2 independientes – y el tesorero. Adicional al Comité de Auditoria funcionan los siguientes comités: Ejecutivo, Planificación y Estrategia, Crédito y Administración de Activos y Pasivos. En todos los comités forman parte diferentes miembros de la Junta Directiva y las reuniones son documentadas mediante las respectivas actas. El Emisor está sujeto a la supervisión de la Dirección General de Empresas Financieras del Ministerio de Comercio e Industrias, que según la Ley, es la entidad encargada de supervisar a las personas dedicadas al negocio de empresas financieras de Panamá.
Comités. Cada deporte estará a cargo de un Comité nombrado por la Junta Directiva, cuyo período será de un año, a partir de su nombramiento. Podrán ser miembros de los comités, los asociados activos o sus beneficiarios.
Comités. Capítulo Único Comités Título Cuarto
Comités 

Related to Comités

  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.