Common use of COBERTURA DEL SERVICIO Clause in Contracts

COBERTURA DEL SERVICIO. La empresa adjudicataria deberá de contar con personal suficiente para atender este servicio. Para ello se obliga a la puesta en marcha de un sistema de sustitución del personal monitor de carácter inmediato, a fin de que lo/as clientes no se queden sin recibir el servicio contratado. El personal que desarrolle estas actividades desempeñará sus funciones de acuerdo con lo que establece la normativa actual, el reglamento de uso específico de las instalaciones, las obligaciones establecidas en el presente pliego, así como las indicaciones que reciba de las personas que actúen como responsables de la misma, ejerciendo sus funciones de manera autónoma, requiriendo iniciativa y decisión para el adecuado desarrollo del servicio. Se exigirá de los monitores el perfecto cumplimiento de sus obligaciones durante su ejercicio profesional. En caso de disconformidad por parte del IMD Ermua en relación con el trabajo realizado por alguno de ellos, esta podrá exigir el reemplazo de dicho profesional por otro. La empresa adjudicataria se obliga a impartir con monitores titulados las actividades que requieran un aprendizaje especializado. Los monitores que impartan estas clases deberán contar con la cualificación técnica específica mínima requerida para cada dicha actividad. En todo momento se respetarán los ratios alumno/monitor establecidos por ley. El material necesario para la realización de las actividades, así como el transporte necesario para las excursiones o salidas, entradas,... será por cuenta de la empresa adjudicataria. La asistencia a la actividad se permitirá únicamente a todos aquellos niño/as que tengan contratado el servicio. El personal de la empresa adjudicataria deberá de pasar lista de asistencia, anotando las faltas en todas las sesiones. Una vez finalizada la actividad, y en un plazo máximo de tres meses, la empresa adjudicataria entregará al IMD Ermua una MEMORIA explicativa de la actividad, que contenga como mínimo lo siguiente: descripción detallada de todas las actividades realizadas (incluyendo fotos), nº de sesiones impartidas, grupos constituidos, calendario, resumen de asistencia, incidencias, gestión de personal, valoración de lo realizado y sugerencias de mejora. • El personal monitor deberá acudir a sus clases correctamente vestido y aseado, con calzado y ropa deportiva. • El personal monitor deberá acudir con tiempo suficiente a la instalación para poder preparar el material necesario para la sesión antes de que esta comience. • El personal monitor tendrá prohibido el consumo de tabaco o alcohol durante el transcurso de las actividades. Así mismo tendrán prohibido consumir los mismos en la entrada del polideportivo y en las paradas de los autobuses donde se recogen a los niños/as. • En el supuesto en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine la necesidad de disminuir el número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar la minoración sin que por ello asista a la adjudicataria derecho o indemnización alguna. • En el supuesto en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine el aumento del número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar el aumento aplicando el precio/ hora acordado en el contrato. • La empresa adjudicataria será la encargada de pagar las licencias, permisos u otros que fueran necesarios por la reproducción de la música en las clases.

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COBERTURA DEL SERVICIO. La empresa adjudicataria El oferente extenderá los servicios a los nuevos sistemas que pudieran entrar en funcionamiento durante la vigencia del contrato y del mismo modo cesarán los servicios sobre los sistemas que causen baja. Se presenta una relación aproximada de los sistemas actuales objeto de la cobertura en la documentación que puede solicitarse según se indica en el anexo I-PT de este pliego. El oferente proporcionará una valoración cuantitativa de la cantidad de información que puede salvaguardar sin incrementar el coste del actual contrato (expresada en gigabytes) para asumir nuevas copias de seguridad que pudieran entrar en funcionamiento durante la vigencia del contrato. Del mismo modo incluirá una valoración económica asociada a una estimación cuantitativa para la inclusión de nuevas copias de seguridad, de forma que el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx disponga de la información previa para valorar futuras ampliaciones del servicio de copias de seguridad. (Ejm. se incluirá el precio de cada Gb adicional del que realizar copia, incluyendo tramos si fuera aplicable). El oferente deberá estar en disposición de contar con personal suficiente para atender este servicioofrecer los servicios en el menor plazo posible contados a partir de la firma del contrato administrativo. Para ello se obliga a la Se valorará especialmente el menor tiempo de puesta en marcha de un sistema la solución, entregándose cronograma indicando hitos, tareas, jornadas de sustitución 7 horas y personal necesario (perfil) del personal monitor de carácter inmediato, a fin de que lo/as clientes no se queden sin recibir el servicio contratadoAyuntamiento. El personal servicio de copias de seguridad gestionado que desarrolle estas actividades desempeñará sus funciones se pretende contratar deberá concebirse como una solución integral cuyo objetivo fundamental se centrará en cubrir los servicios actuales y futuros del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx con al menos los siguientes aspectos de acuerdo actuación: Este apartado se considera imprescindible en relación con lo que establece la normativa actual, el reglamento de uso específico de las instalaciones, las obligaciones establecidas en el presente pliego, así como contrato para determinar las indicaciones debilidades/mejoras que reciba de las personas que actúen como responsables de pudieran existir relativas a la misma, ejerciendo sus funciones de manera autónoma, requiriendo iniciativa y decisión para el adecuado desarrollo situación inicial xx xxxxxxx del servicio. Se exigirá deberán incluir al menos las siguientes tareas: Identificación de los monitores el perfecto cumplimiento de sus obligaciones durante su ejercicio profesionalla estrategia actual y la necesaria en la evolución a corto y medio plazo, incluyendo las nuevas necesidades normativas y legales. En caso de disconformidad por parte del IMD Ermua en relación con el trabajo realizado por alguno de ellos, esta podrá exigir el reemplazo de dicho profesional por otro. La empresa adjudicataria se obliga a impartir con monitores titulados las actividades que requieran un aprendizaje especializado. Los monitores que impartan estas clases deberán contar con la cualificación técnica específica mínima requerida para cada dicha actividad. En todo momento se respetarán los ratios alumno/monitor establecidos por ley. El material necesario para la realización Análisis de las actividadespolíticas de Back-up (frecuencia, así como el transporte necesario para las excursiones o salidasretención, entradas,... será por cuenta etc.) Análisis de la empresa adjudicataria. La asistencia a la actividad se permitirá únicamente a todos aquellos niño/as que tengan contratado el servicio. El personal Arquitectura e infraestructura, sus capacidades y limitaciones Análisis de la empresa adjudicataria deberá configuración del software de pasar lista back-up y posibles ajustes y mejoras. Análisis de asistenciarendimiento, anotando las faltas en todas las sesionesdisponibilidad de recursos y valoración estadística de uso e incidencias. Una vez finalizada la actividad, y en un plazo máximo de tres meses, la empresa adjudicataria entregará al IMD Ermua una MEMORIA explicativa Análisis de la actividadventana de back-up, que contenga como mínimo lo siguiente: descripción detallada variabilidad y volumen de todas las actividades realizadas (incluyendo fotos), nº datos. Riesgos e identificación e impacto de sesiones impartidas, grupos constituidos, calendario, resumen eventuales puntos de asistencia, incidencias, gestión de personal, valoración de lo realizado y sugerencias de mejora. • El personal monitor deberá acudir a sus clases correctamente vestido y aseado, con calzado y ropa deportiva. • El personal monitor deberá acudir con tiempo suficiente a la instalación para poder preparar el material necesario para la sesión antes de que esta comience. • El personal monitor tendrá prohibido el consumo de tabaco o alcohol durante el transcurso de las actividades. Así mismo tendrán prohibido consumir los mismos en la entrada del polideportivo y en las paradas de los autobuses donde se recogen a los niños/as. • En el supuesto en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine la necesidad de disminuir el número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar la minoración sin que por ello asista a la adjudicataria derecho o indemnización alguna. • En el supuesto en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine el aumento del número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar el aumento aplicando el precio/ hora acordado en el contrato. • La empresa adjudicataria será la encargada de pagar las licencias, permisos u otros que fueran necesarios por la reproducción de la música en las clasesfallo.

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COBERTURA DEL SERVICIO. La empresa adjudicataria deberá Cada año de contar vigencia del contrato se realizará una propuesta de programación completa para cada temporada (invierno y verano) con personal suficiente para atender este serviciotres meses de antelación al inicio de la misma. Para ello se obliga a Las actividades deportivas sufren variaciones los meses de julio y septiembre, por lo que es necesario la puesta en marcha elaboración de un sistema calendario para el periodo de sustitución del personal monitor octubre a junio y otro para los citados meses. Dicho calendario se elaborará conjuntamente entre empresa e IMD Ermua. Se incluye la planificación y ejecución de carácter inmediato, a fin de todos los medios materiales y humanos necesarios para que lo/as clientes no se queden sin recibir el servicio contratado. El personal que desarrolle estas actividades desempeñará sus funciones de acuerdo con lo que establece la normativa actual, el reglamento de uso específico de las instalaciones, las obligaciones establecidas en el presente pliegoinstalaciones y equipos, así como las indicaciones que reciba de las personas que actúen como responsables de la misma, ejerciendo sus funciones de manera autónoma, requiriendo iniciativa y decisión para el adecuado desarrollo del servicio. Se exigirá de los monitores el perfecto cumplimiento de sus obligaciones durante su ejercicio profesional. En caso de disconformidad por parte del IMD Ermua en relación con el trabajo realizado por alguno de ellos, esta podrá exigir el reemplazo de dicho profesional por otro. La empresa adjudicataria se obliga a impartir con monitores titulados las actividades que requieran un aprendizaje especializado. Los monitores que impartan estas clases deberán contar cualquier otro elemento relacionado con la cualificación técnica específica mínima requerida para cada dicha actividad. En todo momento se respetarán los ratios alumno/monitor establecidos por ley. El material necesario para prestación del servicio cumplan su función en la realización de las actividadesforma y alcance esperado, así como el transporte necesario para las excursiones o salidas, entradas,... será por cuenta de la empresa adjudicataria. La asistencia a la actividad se permitirá únicamente a todos aquellos niño/as que tengan contratado el servicio. El personal de la empresa adjudicataria deberá de pasar lista de asistencia, anotando las faltas en todas las sesiones. Una vez finalizada la actividad, y en un plazo máximo de tres meses, la empresa adjudicataria entregará al IMD Ermua una MEMORIA explicativa de la actividad, que contenga como mínimo lo siguiente: descripción detallada de siendo su responsabilidad todas las actividades realizadas (incluyendo fotos)para ello necesarias sean de la índole que sean. Este servicio comprenderá la impartición del programa de actividades, según Anexo II. Estos horarios podrán modificarse en función de sesiones impartidas, grupos constituidos, calendario, resumen de asistencia, incidencias, gestión de personal, valoración de lo realizado y sugerencias de mejorala demanda. • El personal monitor deberá acudir a sus clases correctamente vestido y aseado, con calzado y ropa deportiva. • El personal monitor deberá acudir con tiempo suficiente a la instalación para poder preparar el material necesario para la sesión antes de que esta comience. • El personal monitor tendrá prohibido el consumo de tabaco o alcohol durante el transcurso de las actividades. Así mismo tendrán prohibido consumir los mismos en la entrada del polideportivo y en las paradas de los autobuses donde se recogen a los niños/as. • En el supuesto en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine la necesidad de disminuir el número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar la minoración sin que por ello asista a la empresa adjudicataria derecho o indemnización alguna. En el supuesto en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine el aumento del número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar el aumento aplicando el precio/ hora porcentaje acordado en el contrato. Las clases incluidas dentro del programa Multikirola se impartirán de acuerdo al modelo lingüístico del alumno o alumna. El resto de actividades, según la opción lingüística de la persona usuaria. En el caso de actividades dirigidas a menores de 16 años, el idioma preferente será el euskera. La empresa adjudicataria será del servicio impartirá las actividades dirigidas utilizando los medios técnicos y materiales que la encargada instalación pondrá a su disposición (incluidos equipos de pagar música, excluidos los micrófonos inalámbricos a utilizar en las licenciasactividades con música). La empresa adjudicataria se encargará del buen uso del equipo de música y del equipamiento específico de cursillos, permisos tal como material didáctico u otros que fueran necesarios otros. Si no se hiciera buen uso del mismo, la reposición correría por la reproducción cuenta del adjudicatario. La adquisición de nuevos materiales se realizará por parte del IMD Ermua, previa propuesta de la música en empresa adjudicataria. El personal monitor de las actividades xx xxxxx deberá hacer uso de micrófonos inalámbricos para la impartición de las clases.. Su mantenimiento y reposición correrá por cuenta de la empresa adjudicataria. Con el fin de efectuar una evaluación continua, la empresa adjudicataria deberá entregar un informe del resultado de cada temporada. La empresa adjudicataria se obliga a la impartición de las sesiones siempre que éstas se hallen programadas en el calendario y que se presente al menos una persona usuaria dentro del plazo xx xxxx minutos desde la hora inicial de comienzo del curso. La empresa adjudicataria estará obligada a disponer del personal con la cualificación necesaria para la impartición de cada actividad. - Para ejercer de personal monitor en actividades de acondicionamiento físico, entrenamiento o preparación personal, una cualificación acreditable mediante los siguientes títulos académicos:

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COBERTURA DEL SERVICIO. La prestación del servicio se realizará de conformidad a lo establecido en el calendario general que publica anualmente el IMD Ermua. Los horarios de apertura de las instalaciones en la actualidad se detallan en el Anexo I. El IMD podrá modificar este calendario-horario en los siguientes supuestos: • Porque el interés general así lo demande. • Por necesidades y/o variación de la programación deportiva. • Por necesidades derivadas de celebraciones o cualquier tipo de actos de carácter extraordinario previamente informadas por el IMD. • Por cualquier otra causa debidamente justificada. La empresa adjudicataria será responsable de garantizar que todas las instalaciones están abiertas al público (incluido el vallado exterior del Complejo Deportivo Betiondo) con todos los equipos y sistemas relacionados con el contrato, en perfecto funcionamiento a las horas indicadas en el Anexo I. Se incluye la planificación y ejecución de todos los medios materiales y humanos necesarios para que las instalaciones y los equipos, así como cualquier otro elemento relacionado con la prestación del servicio cumplan su función en la forma y alcance esperado, siendo de su responsabilidad todas las actividades para ello necesarias sean de la índole que sean. El servicio comprenderá la apertura y cierre de las instalaciones al público: apertura y cierre de puertas de entrada en el Polideportivo Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, en el Complejo Deportivo Betiondo y en la Zona Deportiva Xxxxxxxxxx, apertura y cierre de las verjas exteriores del Complejo Deportivo Betiondo, y apertura y cierre al público de las puertas de acceso al graderío de las pistas polideportivas cuando sea necesario (eventos y competiciones). Todo el personal de la adjudicataria asignado al contrato deberá estar habituado al trato personal, poseer don de gentes, facilidad de palabra y capacidad de trabajo, estar acostumbrado al manejo de herramientas informáticas, conocer detalladamente en todo momento la oferta deportiva de actividades, cursos y abonos que figure en el catálogo de los servicios que presta el IMD, sus condiciones de acceso y precios, y tendrá la capacidad de ofrecer una orientación deportiva inicial de calidad técnica a los potenciales clientes. El servicio incluirá la atención al público. Ello conlleva: • La atención e información a las personas usuarias sobre la instalación, así como sobre los servicios que ofrece el IMD Ermua. • Información y publicidad de los servicios ofertados en colaboración con el IMD Ermua. • Venta de entradas y otros artículos y gestión de reservas de servicios aplicando las tasas municipales vigentes e ingreso de las mismas en cuenta bancaria del IMD Ermua. • Reserva y alquiler de todos los espacios disponibles en todas las instalaciones, salvo y cuando las mismas se encuentren ocupadas por los clubes, tal y como se referencia en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. • Recepción de cuantas llamadas telefónicas se reciban en la instalación con la obligación de informar, exhaustivamente y con corrección, de los diferentes aspectos y actividades relacionados con el IMD Ermua. • Se ofrecerá el servicio en euskera y castellano, teniendo en cuenta la opción lingüística de la persona usuaria. La presencia física del personal de recepción deberá ser, por lo menos, de una persona 15 minutos antes del horario oficial de apertura al público o inicio de la actividad al efecto de encendido y puesta en marcha de los sistemas informáticos, luces y apertura de puertas, encendido de megafonía, etc. y el tiempo necesario después del horario de cierre o fin de la actividad para garantizar el correcto apagado, desconexión de equipos e instalaciones, así como una revisión ocular de las instalaciones, que se estima en 30 minutos. Nunca abandonará la instalación si hubiese personas usuarias dentro (salvo permisos especiales concedidos por el IMD Ermua). La empresa adjudicataria deberá garantizar la puntualidad del personal. En Navidades se programa en el Polideportivo M.A. Blanco un Parque Infantil xx Xxxxxxx que tiene el calendario y horario de contar con personal suficiente apertura indicados en el Anexo I. La presencia física deberá ser de dos personas, una de las cuáles se personará 15 minutos antes del horario oficial de apertura al público y permanecerá el tiempo necesario después del horario de cierre, que se estima en 30 minutos. Mientras las instalaciones estén abiertas al público, siempre habrá por lo menos una persona presente en el puesto de recepción. A título informativo, y sin que ello suponga ningún compromiso de aseguramiento, se informa que el cómputo total de horas del servicio de Parque Infantil xx Xxxxxxx del año 2019 será de un total aproximado de 114 horas. Durante la celebración de partidos de competición de divisiones estatales, puede ser necesario que permanezca una persona en recepción. Los partidos tienen su horario de juego los sábados tarde o domingos mañana, de octubre a junio. Se estiman 5 horas de atención a partidos. Se estiman 30 horas de refuerzo para atender este serviciootras competiciones y/o eventos. Para ello se obliga a la puesta Todas las horas indicadas están incluidas en marcha el precio de un sistema licitación. Cuando hayan de sustitución del personal monitor de carácter inmediato, a fin de que lo/as clientes no se queden sin recibir el servicio contratado. El personal que desarrolle estas actividades desempeñará sus funciones de acuerdo con lo que establece la normativa actual, el reglamento de uso específico de ser prestados determinados servicios necesarios para complementar puntualmente las instalaciones, las obligaciones establecidas prestaciones definidas en el presente pliego o cuando se precise la realización de trabajos no recogidos en el pliego y que tengan un carácter puntual o no previsto, tales como servicios consecuencia de acontecimientos deportivos o culturales, o cualquier otra situación especial (partidos que se alargan, necesidades de apertura imprevistas por organización de torneos, campeonatos, partidos aplazados, espera a la presencia de servicios de seguridad, averías, etcétera) en instalaciones adscritas al IMD, y que precisen la realización de las tareas señaladas en el apartado 5.4 de este pliego, así el IMD podrá solicitar a la empresa adjudicataria la prestación de determinados servicios extraordinarios, que deberán ser objeto de expreso encargo y serán abonados conforme a los precios unitarios establecidos en la oferta. En base a este precio, y con la determinación de los medios a emplear, se establecerá previamente el importe de los trabajos. Estos gastos se facturarán como las indicaciones que reciba cantidad complementaria, a mes vencido al de las personas que actúen como responsables su realización, con acreditación del encargo de la misma, ejerciendo sus funciones Dirección del IMD y los correspondientes partes de manera autónoma, requiriendo iniciativa y decisión para el adecuado desarrollo del serviciotrabajo. Se exigirá elaborará un parte de incidencias diarias suministrado por la empresa adjudicataria en papel autocopiativo, archivándose diariamente en los monitores Centros y estando, previa solicitud, a disposición de la persona responsable designada por el perfecto cumplimiento de sus obligaciones durante su ejercicio profesional. En caso de disconformidad por parte del IMD Ermua en relación con el trabajo realizado por alguno de ellos, esta podrá exigir el reemplazo de dicho profesional por otroIMD. La empresa adjudicataria se obliga a impartir establecerá junto con monitores titulados las actividades que requieran un aprendizaje especializado. Los monitores que impartan estas clases deberán contar con la cualificación técnica específica mínima requerida para cada dicha actividad. En todo momento se respetarán los ratios alumno/monitor establecidos por ley. El material necesario para la realización de las actividades, así como el transporte necesario para las excursiones o salidas, entradas,... será por cuenta de la empresa adjudicataria. La asistencia a la actividad se permitirá únicamente a todos aquellos niño/as que tengan contratado el servicio. El personal de la empresa adjudicataria deberá de pasar lista de asistencia, anotando las faltas en todas las sesiones. Una vez finalizada la actividad, y en un plazo máximo de tres meses, la empresa adjudicataria entregará al IMD Ermua una MEMORIA explicativa de la actividad, que contenga como mínimo lo siguiente: descripción detallada de todas las actividades realizadas (incluyendo fotos), nº de sesiones impartidas, grupos constituidos, calendario, resumen de asistencia, incidencias, gestión de personal, valoración de lo realizado y sugerencias de mejora. • El personal monitor deberá acudir a sus clases correctamente vestido y aseado, con calzado y ropa deportiva. • El personal monitor deberá acudir con tiempo suficiente a la instalación para poder preparar el material necesario para la sesión antes de que esta comience. • El personal monitor tendrá prohibido el consumo de tabaco o alcohol durante el transcurso de las actividades. Así mismo tendrán prohibido consumir los mismos en la entrada del polideportivo y en las paradas de los autobuses donde se recogen a los niños/as. • En el supuesto un protocolo en el que el IMD Ermua, en función de la demanda, determine la necesidad de disminuir el número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar la minoración sin que se indicarán los partes diarios a cumplimentar por ello asista a la adjudicataria derecho área o indemnización alguna. • En el supuesto materia y en el que se incluirán, entre otros puntos, y sin ánimo de exhaustividad: • Incidencias. • Estado de las distintas instalaciones. • Cualquier otro dato o informe que sea solicitado por los responsables del IMD Ermua. Asimismo, podrán cumplimentarse partes de servicio por incidencias específicas, donde se reflejarán las actuaciones llevadas a cabo en ese caso concreto. Se custodiarán los partes de trabajo que, en su caso, emitan las empresas de servicios subcontratadas por el IMD Ermuaen cada uno de los Centros y que efectúan distintas labores, en función de la demanda, determine debiendo facilitar dicha documentación e información al responsable designado por el aumento del número de horas previstas en la prestación del servicio, el IMD Ermua podrá practicar el aumento aplicando el precio/ hora acordado en el contrato. • La empresa adjudicataria será la encargada de pagar las licencias, permisos u otros que fueran necesarios por la reproducción de la música en las clasesIMD.

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