Clave de acceso Cláusulas de Ejemplo

Clave de acceso. 7.4.1. El acceso al SERVICIO utilizará las mismas credenciales (identificador de usuario y contraseña) que las utilizadas por la cuenta de correo de administrador proporcionada por MOVISTAR que está asociada al producto de conectividad xx Xxxxx Ancha contratado por el CLIENTE. Por esta razón, dicho identificador y contraseña estará sujeto a las restricciones y procesos definidos para la gestión de dichas credenciales según las condiciones generales de los servicios de conectividad xx Xxxxx Ancha.
Clave de acceso. La clave de acceso de ocho dígitos provista al momento de registración a la Aplicaciones personal, secreta e in- transferible. El Cliente conoce, comprende y acepta que la clave de acceso de ocho dígitos provista al momento de registración a la Aplicación, es secreta y para su exclusivo uso personal e intransferible y que si el cliente hace un uso imprudente, o la divulga o da acceso deliberado o ininten- cional a terceros de dicha información puede ser causa de daños y perjuicios a su persona y patrimonio, que escapan al control del Banco y que son responsabilidad del Cliente. La clave generada por los medios habilitados para la registración a la Aplicación deberá ser cambiada en el primer acceso a la Aplicación. Ante 3 (tres) o más intentos fallidos, la clave de acceso a la Aplicación será bloqueada, debiendo gestionarse una nueva clave por los medios habilitados a tal fin.
Clave de acceso. Una Institución Participante le entregará a cada Usuario de la Sucursal Electrónica un Login y una Clave de Acceso. Es obligación del usuario cambiar la Clave de Acceso la primera vez que ingresa a la Sucursal Electrónica y una vez cada seis meses. El Usuario Maestro podrá solicitar notificación escrita a la Institución Participante la inclusión a uno o varios usuarios dentro de la cuenta internet. Una vez incluido dentro de la Cuenta Internet, el Usuario Maestro puede otorgarle, a los usuarios, privilegios para realizar consultas u operaciones sobre productos incluidos en la Cuenta Internet. El Cliente se hace expresamente responsable por las acciones del Usuario Maestro y de los Usuarios a quien éste le otorgue privilegios sobre los Productos de la Cuenta Internet. También se hace responsable del mal uso que un tercero le pueda dar a un Usuario o a un Usuario Maestro por negligencia en el resguardo de la Clave de Acceso.
Clave de acceso a) El cliente será el único responsable por la custodia de su contraseña y nombre de usuario. El cliente se hace expresamente responsable por las acciones del Usuario Maestro y de los Usuarios a quien éste le otorgue privilegios sobre las Transferencias Internacionales a través de la Sucursal Electrónica. También se hace responsable del mal uso que un tercero le pueda dar a un usuario o a un Usuario Maestro por negligencia en el resguardo de la clave de acceso. b) El Banco presumirá como válidas, y originarias del cliente, todas aquellas instrucciones que sean recibidas para la realización de transferencias internacionales de fondos, donde se identifique la contraseña y usuario del cliente, de modo que se tendrá como plenamente identificado al cliente. c) En caso de que el cliente conozca de una utilización no permitida de su usuario, contraseña, o equipo por medio del cual realiza sus transacciones, deberá informar de inmediato al Banco, quien no será responsable por aquellas transferencias realizadas con anterioridad al aviso. Ese aviso deberá ser enviado al Banco en forma escrita, quien procederá a inhabilitar el usuario que esté siendo mal utilizado o bien, inhabilitar al cliente el servicio de transferencias internacionales, si fuera necesario. d) En todo caso, el cliente puede disponer de un protocolo de seguridad, al cual puede acceder a la hora de programar la forma en que realizará las plantillas de las transferencias, tal y como se indica en el apartado doce siguiente. e) El cliente manifiesta que el protocolo de seguridad que utilice para sus transferencias, de acuerdo a lo permitido por el sistema que está a su disposición, es comercialmente correcto y razonable para cubrir el nivel de seguridad que valora como necesario en sus transacciones, según se indica en el apartado doce siguiente. f) El Banco no será responsable de ninguna forma por las transferencias realizadas por personas que hayan tenido acceso ilegítimo o no autorizado, a la contraseña y usuario del cliente.
Clave de acceso. Se refiere a una contraseña que debe ingresar y que está relacionada con el certificado digital y la llave privada, que en su conjunto integran el medio de identificación electrónica.
Clave de acceso. La utilización del servicio puede precisar el empleo por el CLIENTE de una clave de acceso compuesta de un código de usuario (login) y una contraseña (password). El CLIENTE recibirá el código de usuario (login) y la contraseña (password) tras haber completado correctamente el proceso de registro. Los códigos identificativos y claves de acceso que el proporciona al CLIENTE tienen carácter personal y son intransferibles, siendo obligación del CLIENTE comunicar a ALMAZENA los eventuales cambios o modificaciones que se produzcan en sus datos. Es responsabilidad del CLIENTE prestar la diligencia debida para impedir el acceso y/o utilización por parte de terceros que accedan o utilicen en su nombre los códigos o claves identificativas. Asimismo, el CLIENTE es el único responsable de la elección, pérdida, sustracción o utilización no autorizada de cualquier código o clave identificativa y de las consecuencias que de ello se puedan derivar. El CLIENTE se compromete a:
Clave de acceso. Se refiere a una contraseña que debe ingresar y que está relacionada con el certificado digital y la llave privada, que en su conjunto integran el medio de identificación electrónica. PREFERENTEMENTE EN PAPEL MEMBRETADO DEL LICITANTE. DATOS DEL LICITANTE: DATOS DE LA PERSONA FACULTADA LEGALMENTE Nota: En caso de que el LICITANTE sea persona física, adecuar el formato.
Clave de acceso. La utilización del servicio puede precisar el empleo por el CLIENTE de una clave de acceso compuesta de un código de usuario (login) y una contraseña (password). El CLIENTE recibirá el código de usuario (login) y la contraseña (password) tras haber completado correctamente el proceso de registro. Los códigos identificativos y claves de acceso que se proporciona al CLIENTE tienen carácter personal y son intransferibles. Es responsabilidad del CLIENTE prestar la diligencia debida para impedir el acceso y/o utilización por parte de terceros que accedan o utilicen en su nombre los códigos o claves identificativas. Así mismo, el CLIENTE es el único responsable de la elección, pérdida, sustracción o utilización no autorizada de cualquier código o clave identificativa y de las consecuencias que de ello se puedan derivar. El CLIENTE se compromete a:

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  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Datos de la Licitación (DDL) Esta sección contiene disposiciones específicas para cada Compra y Contratación de Bienes y/o Servicios conexos, y complementa la Sección I, Instrucciones a los Oferentes.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra. Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad de ejecución llave en mano, debe considerarse lo siguiente, según corresponda: “El plazo de ejecución de la obra, el equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio, materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.” 12 “El plazo de ejecución de la obra, el equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio, materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, y el plazo de la operación asistida13 de la obra es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN ASISTIDA DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.” 14 Cuando en el expediente de contratación se establezca que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, debe consignarse lo siguiente: “El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, el que comprende la elaboración del expediente técnico en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, así como la ejecución de la obra en sí misma en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación.”

  • EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

  • TIPO DE LICITACIÓN Este proceso de contratación se refiere a una licitación pública nacional "mixta", en los términos estipulados en la fracción III del artículo 26 bis y fracción I del artículo 28 de la Ley.

  • RECEPCIÓN DE LA OBRA El contrato se entenderá cumplido por el contratista, cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo, y a satisfacción de la Administración, la totalidad de su objeto. Dentro del mes siguiente a la finalización de la obra, se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma. Dicho acto será comunicado, cuando resulte preceptivo, a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo. Si las obras se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones previstas, el funcionario técnico designado por la Administración contratante o, en el caso de que se hubiese nombrado, el responsable del contrato, las dará por recibidas, levantándose la correspondiente acta por cuadruplicado, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, entregándose un ejemplar al funcionario técnico que represente a la Administración, otro al director de la obra, el tercero al representante de la Intervención General y el cuarto al contratista, comenzando entonces el plazo de garantía. En el acta de recepción el director de la obra fijará la fecha para el inicio de la medición general, quedando notificado el contratista para dicho acto. El contratista tiene obligación de asistir a la recepción de la obra. Si por causas que le sean imputables no cumple esta obligación, el representante de la Administración le remitirá un ejemplar del acta para que, en el plazo xx xxxx días, formule las alegaciones que considere oportunas, sobre las que resolverá el órgano de contratación. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas, se hará constar así en el acta, y el Director de las mismas señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista.

  • Enmiendas a los Documentos de Licitación 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. C.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas

  • Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: [indicar la dirección precisa incluyendo el número de oficina] Fecha: [indicar la fecha]; Hora: [indicar la hora]