CIELOS Cláusulas de Ejemplo

CIELOS. 6.1. Placa tipo volcanita ST o equivalente con empaste de yeso.
CIELOS. 5.40.1 CIELO FALSO DE FIBRA MINERAL El contratista suplirá todo lo necesario para la instalación de las obras relacionadas con el cielo falso según esta especificado en los planos y especificaciones. En general el trabajo a realizarse incluye pero no esta limitado a lo siguiente: Suministro e instalación de las laminas de cielo falso de fibra mineral de 2x4x5/8’ similar al existente.
CIELOS. Se suministrara e instalara cielo falso, losetas de fibrocemento de 2´x 4´x 6 mm., aplicación de 2 manos de pintura látex como mínimo, color blanco, colocada en perfilería de aluminio tipo pesado suspendida con alambre galvanizado #14 entorchado, incluye arriostramiento sismo resistente a cada 2.40 mts en ambos sentidos. Se suministrará y colocará fascia de lámina metálica de aluminio y zinc, perfil estructural, calibre 26 pre-pintada, colocada en estructura tipo escalera de tubo estructural de 1”x1” chapa 16, pintado, vertical separación máxima 33 cms., horizontal separación 50 cms., Fijada en pared y estructura metálica de techo y cornisa (tipo cielo falso) con forro de lámina xxxx fibrocemento de 6 mm y suspensión de aluminio tipo pesado, color natural. Incluye dos manos (mínimo) de pintura látex de primera calidad, color blanco. A todas las paredes a conservar, se les realizara una limpieza, raspado, resane y la aplicación de dos manos como mínimo de pintura de aceite tono mate. Todas las superficies a ser tratadas se limpiarán de polvo, grasa, suciedad o partículas extrañas, y deberán estar libres de humedad. Las paredes nuevas de bloque de concreto en el área de la remodelación (Módulo 1) serán repelladas, afinadas y pintadas, aplicando en general dos manos como mínimo de pintura de aceite, tono mate, color a escoger; en interiores y exteriores, incluye: curado y base de pintura En todas las divisiones livianas se dará la misma aplicación de pintura dos manos (mínimo) de pintura de aceite, tono mate, color a escoger. Se aplicarán dos manos de pintura como mínimo, para cubrir perfectamente la superficie y no se aplicará ninguna nueva capa de pintura hasta después de transcurridas 24 horas de aplicada la anterior. Las paredes al interior de los servicios sanitarios ubicados en los consultorios, llevaran enchape de cerámica de 20 x 30 cms. a una altura de 1.80 mts. del NPT. También se procederá a suministrar y colocar cortinas antibacteriales, sujeta al cielo falso con riel metálico, según se indica en hoja A-10/22 correlativo 10/22 de planos. Para el azulejo existente en área de servicios sanitarios, se procederá a la limpieza de azulejo utilizando materiales apropiados para esta actividad y zulaqueado xx xxxx con porcelana, para mejorar el acabado de éstos.
CIELOS. SECCION – CIELO ACUSTICO Todas las disposiciones de las Condiciones Generales, formaran parte de esta Sección.
CIELOS. Todas las áreas, excepto indicación en planos, llevarán cielos. El Contratista está obligado a presentar muestras de los materiales a utilizar y la literatura de la casa fabricante. El Contratista está obligado a colocar todos los detalles xx xxxxxx, aluminio. hierro, etc, que sean necesarios para la debida terminación de la obra y que comprenden: cornisas, bordes, tapajuntas, precintas, suspensiones, angulares, remates, etc. La omisión o falta de detalles en los planos no releva en forma alguna al Contratista de esta obligación. En caso de duda, deberá consultar con la inspección antes de presentar oferta formal. En caso contrario, se considerará incluido en el contrato y no se reconocerá ningún cargo adicional.. Cuando se indique en los planos se usará similar a Fibrolit, de color gris natural del espesor indicado en los planos, con emplantillado cuadriculado xx xxxxxx de laurel de 50 x 25 mm, cepillada una cara tratada con Xilocrom, penta o similar, mediante el método de inmersión en bateas o canoas; en cuadros de 0.60 m x 0.60m centro a centro. Adicionalmente se construirán soportes xx xxxxxx para el emplantillado xx xxxxxx de 50 mm X 75mm a cada 1.22 m en ambas direcciones. El distanciamiento y dimensiones finales de las piezas dependerán de la recomendada en los planos y por el inspector. Todos los cielos deben entregarse perfectamente alineados, nivelados y sin imperfecciones. Las láminas de fibrolit deben ser clavadas bajo el emplantillado xx xxxxxx de manera que se obtengan un alineamiento y nivelación óptimos En los lugares donde así lo indiquen los planos, se colocarán cielos con suspensión de aluminio y cartones de estereofón, Gypsum recubierto con vinil, fibra mineral, plastiplay o estucado, según se indique. El sistema de suspensión, será de aluminio estriado con molduras T y L. Será una estructura manufacturada expresamente para suspender cielos, rígida y consistente. Será el tipo de suspensión expuesta. La distribución en cada área, se hará de acuerdo con las indicaciones del inspector y la suspensión será, en cuadros de 61 X 61 cm. El sistema de soporte, será con alambre galvanizado. La estructura deberá estar perfectamente alineada y nivelada. Los cartones de cielo, deberán ser de 61 cm X 61 cm libres de fisuras, despuntes o perforaciones. Estas, serán pintadas de fábrica y se tendrá especial cuidado de no ensuciarlas ni mancharlas al ser colocadas.
CIELOS. 6.1 Placa tipo Volcanita ST o equivalente con empaste de yeso.
CIELOS. 15. Pinturas interiores y exteriores

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  • TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS 9.1 La CONTRATANTE efectuará al CONSULTOR las retenciones que dispongan las leyes tributarias, actuará como agente de retención del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, al efecto procederá conforme la legislación tributaria vigente.

  • Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:

  • COBERTURA BÁSICA LA ASEGURADORA REMBOLSARÁ LOS GASTOS PROCEDENTES HASTA QUE SE PRESENTE LA PRIMERA DE LAS SIGUIENTES SITUACIONES: CONCLUYA LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y NO SEA RENOVADA EN ESTA COMPAÑÍA. CUANDO EL ASEGURADO DEJE DE PERTENECER AL GRUPO. CUANDO LA SUMA DE LOS GASTOS PROCEDENTES PAGADOS PARA UN MISMO EVENTO SEA IGUAL A LA SUMA ASEGURADA, SIEMPRE QUE LA COBERTURA HAYA ESTADO VIGENTE. LOS GASTOS MÉDICOS CUBIERTOS SON AQUÉLLOS QUE EFECTÚE EL ASEGURADO POR INDICACIÓN DE SU MÉDICO TRATANTE, EL CUAL DEBE ESTAR AUTORIZADO LEGALMENTE PARA EL EJERCICIO DE SU PROFESIÓN, CON MOTIVO DE LA ATENCIÓN MÉDICA REQUERIDA A CAUSA DE CUALQUIER ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD CUBIERTA DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA Y QUE SEAN NECESARIOS PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LA SALUD DEL ASEGURADO. HONORARIOS MÉDICOS Y/O QUIRÚRGICOS.- HONORARIOS POR INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA CON BASE EN LA TABLA DE HONORARIOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS, SEGÚN SE DETALLAN EXPRESAMENTE EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA. INCLUYEN HONORARIOS DE AYUDANTES, HONORARIOS POR VISITAS Y CONSULTAS, SIEMPRE Y CUANDO EL MÉDICO TRATANTE NO SEA CÓNYUGE O FAMILIAR EN LÍNEA DIRECTA O COLATERAL DEL ASEGURADO. PARA LOS HONORARIOS DEL ANESTESIÓLOGO Y AYUDANTES SE APLICARÁN LOS SIGUIENTES PORCENTAJES MÁXIMOS SOBRE EL HONORARIO DEL CIRUJANO: ANESTESIÓLOGO 30% PRIMER AYUDANTE 20% SEGUNDO AYUDANTE 10% INSTRUMENTISTA 10% LA CANTIDAD LIQUIDADA POR CONCEPTO DE CIRUGÍA INCLUYE TODAS LAS ATENCIONES PRESTADAS AL ASEGURADO POR XXXXXXXXX Y AYUDANTES, SALVO LAS CONSULTAS PREOPERATORIAS. HONORARIOS POR CONSULTAS.- ESTOS GASTOS SE CUBRIRÁN CON BASE EN LA TABLA DE HONORARIOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS Y A RAZÓN DE UNA VISITA O CONSULTA DIARIA. HONORARIOS DE ENFERMERAS.- SE CUBRIRÁN LOS GASTOS ORIGINADOS POR EL USO DE ENFERMERA CON BASE EN LA TABLA DE HONORARIOS MÉDICO-QUIRÚRGICOS, CONTRATADA POR TURNO DE OCHO (8) HORAS, CON UN MÁXIMO DE TRES (3) TURNOS DIARIOS. EN CASO DE REQUERIRSE LOS SERVICIOS DE ENFERMERA FUERA DE UN HOSPITAL, ÉSTOS SE CUBRIRÁN ÚNICAMENTE SI SON BAJO PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y POR UN PERÍODO MÁXIMO DE TREINTA (30) DÍAS, POR CADA ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROCEDENTE.

  • CONSULTAS Y ACLARACIONES Los interesados que se hubiesen registrado conforme se indica en la cláusula prece- dente, podrán formular consultas relativas al pliego de licitación hasta siete (7) días antes del vencimiento de plazo fijado para la presentación de las Ofertas sino se indi- cara otra fecha en el PCP. Las consultas deberán efectuarse por correo electrónico a la dirección que se le co- municará oportunamente, adjuntando el archivo de la nota en formato compatible con el programa Word de Microsoft, requisito sin el cual se la dará por no presentada; ello sin perjuicio de que quienes lo consideraran conveniente lo hicieran paralelamente por nota en la Mesa de Entradas de SBASE. Será responsabilidad de los Licitantes ase- gurarse la recepción por parte de SBASE de los correos electrónicos que envíen. Las consultas efectuadas por los Licitantes serán contestadas por SBASE como “Cir- culares con Consulta”, en lo posible, dentro de los cinco (5) días de recibidas. No obs- tante lo señalado, SBASE podrá a su solo criterio, extender el plazo indicado para responderlas, cuando por su naturaleza u otras razones lo hicieren aconsejable. Las Circulares se publicarán en el sitio oficial de SBASE: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx y su emisión le será comunicada a los Licitantes por correo electrónico a la dirección denunciada al solicitar la documen- tación licitatoria. SBASE si lo juzga necesario, formulará aclaraciones o modificaciones de oficio en la documentación de la licitación, emitiendo “Circulares sin Consulta” hasta dos (2) días antes de la fecha de presentación de las Ofertas cuyo objeto será corregir y subsanar errores materiales, aclarar conceptos, enmiendas o suplir cualquier omisión, siempre que las mismas no impliquen una alteración sustancial ni desnaturalicen el objeto principal de la Licitación. Las Circulares que se emitan llevarán numeración corrida y pasarán a formar parte xxx Xxxxxx de la Licitación. Los Licitantes y los Oferentes no podrán alegar reclamos basados en el desconoci- miento del contenido de dichas Circulares, las cuales podrán verificar y compulsar en las oficinas de SBASE antes de la fecha fijada para la presentación de las Ofertas. Tanto el pliego como las circulares y demás documentación que se publique en el sitio oficial de SBASE, en relación a la licitación, deberá ser agregada a la oferta en un ejemplar firmado. Los planos podrán imprimirse en tamaño A3.

  • PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES GRUPO DE TITULACIÓN Y SANAMIENTO PREDIAL BContreras@minvivienda.gov.co $ 39,687,402 17/1/2022 30/6/2022 MARIA CAROLINA MORALES RANGEL COLOMBIA META VILLAVICENCIO DERECHO ESPECIALIZACION EN GESTION DE ENTIDADES TERRITORIALES ESPECIALISTA Prestación de servicios profesionales para apoyar la revisión, análisis y emisión de información y documentación jurídica necesaria para desarrollar los procesos de cesión a título gratuito de bienes fiscales urbanos PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES GRUPO DE TITULACIÓN Y SANAMIENTO PREDIAL MMorales@minvivienda.gov.co $ 39,687,402 14/1/2022 30/6/2022 ANGELICA MARIA BUSTILLO CABRERA COLOMBIA BOGOTA D.C BOGOTÁ D.C ADMINISTRACION DE EMPRESAS ESPECIALIZACION EN PROYECTOS DE DESARROLLO ESPECIALISTA Apoyar a la Dirección de Política y Regulación en el seguimiento a las actividades de gestión asociadas a la implementación de las políticas de agua y saneamiento básico, así como apoyar la compilación de informes de gestión e indicadores en el marco de las funciones misionales de la Dirección. PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DIRECCION DE POLITICA Y REGULACION ABustillo@minvivienda.gov.co $ 106,965,000 14/1/2022 30/9/2022 ANDREI ALEXANDER SUAREZ MORENO COLOMBIA QUINDIO ARMENIA DERECHO MAESTRIA EN DERECHO PUBLICO MAESTRIA Prestación de servicios profesionales para apoyar los procesos de asignación y legalización del subsidio familiar de vivienda rural en los diferentes programas habitacionales de las zonas rurales PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES SUBDIRECCION DE SUBSIDIO Y EJECUCION DE VIVIENDA RURAL ASuarez@minvivienda.gov.co $ 123,600,000 14/1/2022 31/12/2022 LUIS ANDRES RAMIREZ OBANDO COLOMBIA ANTIOQUIA VALPARAISO INGENIERIA SANITARIA ESPECIALIZACION EN RECURSOS HIDRICOS ESPECIALISTA Prestación de servicios profesionales para apoyar la evaluación y acompañamiento técnico a los proyectos del sector Agua y Saneamiento presentados en el Sistema General de Regalías. PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN LRamirez@minvivienda.gov.co $ 110,925,667 17/1/2022 28/12/2022 JOSE MANUEL DEL CASTILLO PINZON COLOMBIA NARIÑO PASTO INGENIERIA SANITARIA Y AMBIENTAL MAESTRIA EN GESTION AMBIENTAL MAESTRIA Prestación de servicios profesionales a la Subdirección de Programas para apoyar la coordinación y la supervisión para la implementación a nivel nacional del Programa de Conexiones Intradomiciliarias del Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico.

  • Encabezados Las Partes convienen en que los encabezados que aparecen al inicio de cada una de las cláusulas que conforman este Contrato se han insertado única y exclusivamente para facilitar su lectura y manejo, motivo por el cual, no se considerará en ningún caso que definan o limiten las obligaciones.

  • Empresas vinculadas Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, respecto de los socios que la integran.

  • Enmiendas De considerarlo necesario, por iniciativa propia o como consecuencia de una Consulta, el Comité de Compras y Contrataciones podrá modificar, mediante Enmiendas, el Pliego de Condiciones Específicas, formularios, otras Enmiendas o anexos. Las Enmiendas se harán de conocimiento de todos los Oferentes/Proponentes y se publicarán en el portal institucional y en el administrado por el Órgano Rector. Tanto las Enmiendas como las Circulares emitidas por el Comité de Compras y Contrataciones pasarán a constituir parte integral xxx Xxxxxx de Condiciones y en consecuencia, serán de cumplimiento obligatorio para todos los Oferentes/Proponentes.

  • NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO El contrato que en base a este pliego se realice, tendrá carácter administrativo y en todo lo no previsto en él se estará a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y demás normas que, en su caso, sean de aplicación a la contratación de las Administraciones Públicas. En caso de contradicción entre el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el resto de la documentación técnica unida al expediente, prevalecerá lo dispuesto en este Pliego.

  • Uniones de empresarios 1. Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor.