Cheques. 1.1. Pagados por ventanilla o por compensación interior en la oficina librada El mismo día de su pago 1.2. Pagados en firme por otras oficinas o entidades El mismo día de su pago, a cuyo efecto la oficina pagadora estampará su sello con indicación de la fecha de pago. Si faltase este requisito se adeudará con valor del día de su cargo en cuenta. 1.3. Tomados al cobro por otras oficinas o entidades El mismo día de su adeudo en la cuenta librada.
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Sources: Adeudos
Cheques. 1.1. a) Pagados por ventanilla o por compensación interior en la oficina librada librada: El mismo día de su pago.
1.2. b) Pagados en firme por otras oficinas o entidades entidades: El mismo día de su pago, a cuyo efecto la oficina pagadora estampará su sello con indicación de la fecha de pago. Si faltase este requisito requisito, se adeudará con valor del día de su cargo en cuenta.
1.3. c) Tomados al cobro por otras oficinas o entidades entidades: El mismo día de su adeudo en la cuenta librada.
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Sources: Contrato De Apertura De Cuenta