CAUSACIÓN DEL IMPUESTO Cláusulas de Ejemplo

CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El impuesto se causará del 1 de enero de cada año y el período gravable será entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del mismo año.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El Impuesto al Servicio de Telefonía se causa mensualmente en la facturación del servicio telefónico o de voz y se debe pagar por los Sujetos Pasivos cada mes en la misma factura en que se cancela el correspondiente servicio telefónico.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El Impuesto se causa el 01 de enero del año fiscal respectivo y se paga a más tardar el 30 xx xxxxx de cada año. El revisado de que trata el Decreto Reglamentario 2969 de 1983 se realizará anualmente dentro de los primeros seis (6) meses de cada año a través de las autoridades competentes y su comprobante no podrá ser expedido sin la cancelación previa del impuesto.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El Impuesto se causa anualmente a partir del el 1o. de Enero del año fiscal respectivo para los vehículos ya registrados.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El impuesto de delineación urbana se debe liquidar y pagar cada vez que se presente el hecho generador del impuesto.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El impuesto se causará bimestralmente y se deberá cancelar dentro de los primeros diez (10) días del bimestre siguiente.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El Impuesto se causa el 1o. de Enero del año fiscal respectivo y se paga dentro de los cuatro (4) primeros meses del mismo año.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El Impuesto se causa desde el momento en que se matricula o radica la cuenta del vehículo por anualidades. PARÁGRAFO 1º. Cuando un vehículo particular entre en circulación por primera vez, conforme a las regulaciones vigentes, pagará por el Impuesto de que trata el Artículo 98, Numeral 1, del presente código, una suma proporcional al número de meses o fracción que reste del año.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El impuesto de delineación urbana se causa cada vez que se realice el hecho generador, es decir, cada vez que se inicie la construcción, ampliación, modificación o adecuación de obras o construcciones en la respectiva jurisdicción.
CAUSACIÓN DEL IMPUESTO. El Impuesto al TRANSPORTE POR OLEODUCTOS Y GASODUCTOS se causará trimestralmente