Cancelación del Seguro Cláusulas de Ejemplo

Cancelación del Seguro. Esta Póliza se cancelará automáticamente al ocurrir cualquiera de los siguientes eventos:
Cancelación del Seguro. 1. El Asegurado podrá dar por terminada esta Póliza, con anterioridad a su vencimiento, mediante aviso a la Aseguradora. La terminación anticipada no eximirá a la Aseguradora del pago de las indemnizaciones originadas mientras la Póliza estuvo en vigor. La Póliza quedará cancelada en la fecha en que la solicitud sea recibida o en la fecha especificada en la solicitud, la que sea posterior. Si el Asegurado, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que haya iniciado la vigencia de la Póliza no estuviera de acuerdo con la misma, podrá cancelarla, y la Aseguradora estará obligada a devolver la prima cobrada. En caso de que el Asegurado, por cualquier causa, solicite la cancelación o la terminación anticipada del día treinta y uno (31) de vigencia en adelante, la Aseguradora devolverá la prima neta no devengada, descontando previamente el costo de los derechos de Póliza estipulados en la carátula de la misma, así como las comisiones y/o gastos de adquisición de la misma, siempre y cuando no se tengan siniestros en curso de pago. La Aseguradora realizará dicha devolución al Contratante y/o Asegurado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la solicitud de cancelación, mediante cheque o transferencia bancaria. El Contratante y/o Asegurado podrá realizar la cancelación de su Póliza por cualquiera de las siguientes vías: (i) mediante aviso por escrito a las oficinas de la Aseguradora en términos de lo establecido en la Cláusula Sexta de la sección de Disposiciones Generales; o (ii) comunicándose al teléfono 00 000 000 0000, en dónde después de ser autenticado, se le proporcionará el número de folio de su cancelación.
Cancelación del Seguro a) A petición del Contratante: El seguro será cancelado si el Contratante lo solicita por escrito a la Aseguradora; la cancelación será efectiva en la fecha en que el aviso sea recibido o en la fecha solicitada en dicho aviso, la que sea posterior. En caso de haberse pactado el pago de la prima en una sola exhibición, la cancelación se hará efectiva hasta el siguiente aniversario de la Póliza.
Cancelación del Seguro a) A petición del contratante: El seguro con respecto a cualquier Asegurado será cancelado si el contratante lo solicita por escrito a la Compañía. La cancelación será efectiva en la fecha en que el aviso sea recibido o en la fecha solicitada en dicho aviso, la que sea posterior.
Cancelación del Seguro. El contrato terminará sin obligación posterior para MetLife por cualquiera de las siguientes causas: A petición del Contratante y/o Asegurado: El Contratante y/o Asegurado podrán solicitar la cancelación o terminación anticipada del contrato en cualquier momento, previa solicitud por escrito presentada en las oficinas de MetLife o su representante para tales efectos, para ello el Asegurado titular deberá identificarse con identificación oficial. La cancelación causará efecto a partir de la fecha en que la solicitud sea recibida en las oficinas de MetLife, o a partir de la fecha solicitada en el documento respectivo, la que sea posterior. Y MetLife emitirá el documento correspondiente. En caso de que el Contratante y/o Asegurado decidan dar por terminado el presente contrato en forma anticipada, el Contratante tendrá derecho a recibir el saldo del fondo de reserva con que cuente al momento de la cancelación, dicha cantidad será entregada en un plazo máximo de 30 días posteriores a su solicitud.
Cancelación del Seguro. 12 Sección Segunda
Cancelación del Seguro a) A petición del contratante:
Cancelación del Seguro. En virtud de la prerrogativa que el Vendedor confiere a sus clientes de devolver el Producto dentro de la oportunidad establecida, en el mismo momento de devolver el Producto, el Cliente deberá entregar al Vendedor la factura original, debidamente cancelada, para obtener la devolución del importe del precio pagado por la prestación de los servicios de Garantía Extendida, sin que en ningún caso haya lugar al reconocimiento de intereses, indexación o concepto similar.
Cancelación del Seguro. La presente Póliza podrá ser cancelada a solicitud del Asegurado, en cuyo caso la Compañía retendrá o cobrará según el caso, la suma correspondiente a la prima del seguro por el tiempo en que haya estado en vigor, liquidada conforme a la tarifa de corto plazo. También podrá ser cancelada por la Compañía, mediante aviso escrito con quince (15) días de anticipación, entregado o enviado al Asegurado por correo, a la dirección que en esta Póliza aparece, y si la prima ha sido pagada, la Compañía deberá pagar en efectivo, en giro postal, o en cheque, la parte no devengada de la prima a prorrata del tiempo en que la Póliza ha estado en vigor. Si surgiere disputa entre el Asegurado y la Compañía en la fijación del importe de las pérdidas y daños sufridos quedarán sometida independiente de cualquier otra cuestión, a un Perito nombrado por escrito por ambas partes. Cuando éstas no estén de acuerdo sobre la designación de un Perito único, nombrarán por escrito dos peritos uno por cada parte. Esta designación deberá hacerse en el plazo de dos (2) meses a partir del día en que una de las partes haya requerido a la otra para dicho objeto. En el caso de que una de las dos partes se negare a designar o dejare de nombrar su perito en el plazo de dos meses indicado, la otra parte tendrá derecho a nombrar un perito amigable quien deducirá las cuestiones pendientes. El fallo de los Peritos será obligatorio para las partes, sin que proceda apelación. El Perito, o según el caso, los peritos, o el dirimente en discordia, tendrán que decidir en qué proporción las partes deben soportar los gastos relativos al peritaje. La evaluación previa de las pérdidas y daños por medio de un Peritaje en la forma antedicha es indispensable, y mientras no haya tenido lugar, queda expresamente convenido y estipulado que, en caso de desacuerdo entre el Asegurado y la Compañía sobre el importe de las pérdidas y daños sufridos, el Asegurado no puede entablar reclamación judicial alguna con motivo de la presente Póliza.
Cancelación del Seguro. Puede terminar por cualquiera de las siguientes causas, a las doce horas de la fecha correspondiente: