ASISTENCIA A PERSONAS. Se entenderá como beneficiario solamente al Asegurado. Si el beneficiario sufre una enfermedad para la cual el equipo médico de La Compañía, en contacto con el médico que lo atienda, considere indispensable su hospitalización, La Compañía organizará y pagará:
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ASISTENCIA A PERSONAS. Se entenderá como beneficiario Beneficiario solamente al Asegurado. Si el beneficiario Beneficiario sufre una enfermedad Enfermedad para la cual el equipo médico de La Compañía, en contacto con el médico que lo atienda, considere indispensable su hospitalización, La Compañía organizará y pagará:
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