Definición de Índice de Solvencia

Índice de Solvencia. Activo Corriente/ Pasivo Corriente >= 1 Índice de Endeudamiento: Pasivo Total/ Patrimonio <1,5 El Índice de solvencia deberá alcanzar un valor mayor o igual a 1 El Índice de endeudamiento deberá alcanzar un valor menor o igual a 1,5 Para las instituciones nacionales y extranjeras, los índices se obtendrán a partir de los estados financieros (balance y estado de resultados) auditados conforme a la normativa de su país de origen, debidamente legalizados o apostillados, y corresponderán al último año fiscal. Cuando exista un compromiso de asociación o consorcio cada uno de los miembros o socios deberá presentar la documentación solicitada. El incumplimiento parcial o total de los índices por parte de los oferentes NO será causal de rechazo de la oferta, por no ser éstos requisitos mínimos de obligatorio cumplimiento, conforme lo señalado en la Resolución No. RE-SERCOP-2014-000003. Para la aceptación de la oferta es obligatorio presentar los índices financieros, aunque el no cumplimiento de los valores de referencia establecidos, no podrá ser causa de rechazo de la misma.
Índice de Solvencia. Activo Corriente / Pasivo Corriente>= 1,0  En caso de ser Persona Natural o Jurídica obligada a llevar contabilidad, el oferente presentará el Balance de Situación Financiera del último periodo presentado al SRI (Formulario SRI).  En caso de ser persona natural no obligada a llevar contabilidad presentará el Balance de Situación Financiera del último periodo, avalado por un contador. (adjuntar copia del título profesional del contador y copia de cedula de identidad).  En caso de ser empresas internacionales deberán presentar la documentación que permita verificar el cumplimiento de dicha condición.
Índice de Solvencia. Activo Corriente / Pasivo Corriente (≥)1,0 Índice Estructural: Patrimonio / Activo Total (≥) 0,3 Índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Patrimonio (≤) 1,0 La evidencia documentada que se requiere es: Copia simple del estado financiero, declaraciones, o documentación equivalente en el país de origen, presentados a la autoridad competente, o auditados independientemente. La documentación deberá venir denominada en dólares de los Estados Unidos de América. De estar denominados en otra moneda, incluirá la conversión a dólares de los Estados Unidos de América utilizando la tasa transaccional para la venta del tipo de cambio publicada en la página del Banco Central del Ecuador xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxx/x0/xxxx/000-xxxxxxxx-xxx-xxxxxxx-xxxxxxxxxxx, a la fecha del último día del ejercicio fiscal correspondiente. Si por la normativa del país de origen, los estados financieros, declaraciones o documentación equivalente no son exigibles a la fecha de presentación de ofertas, el oferente indicará esta situación y podrá presentar los estados financieros, declaraciones o documentación equivalente del ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de compromisos de asociación o consorcio el análisis de los índices financieros se realizará a partir de la suma de los índices de cada uno de los partícipes.

Examples of Índice de Solvencia in a sentence

  • Evaluando las razones financieras de índice de solvencia, capital de trabajo, índice de endeudamiento y las referencias bancarias de acuerdo al siguiente detalle: CONCEPTO FACTOR DE EVALUACION PONDERACION Índice de Solvencia Índice de Solvencia: mayor o igual a uno (1) Formula: (Activo Circulante / Pasivo Circulante) Si el índice resultante es menor que uno (1), se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%).

  • Análisis de los índices financieros: Los índices requeridos son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); Índice de Endeudamiento (menor a 0,9).

  • Evaluando las razones financieras de índice de solvencia, capital de trabajo, índice de endeudamiento y las referencias bancarias de acuerdo al siguiente detalle: CONCEPTO FACTOR DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN Índice de Solvencia Índice de Solvencia: mayor o igual a uno (1) Formula: (Activo Circulante / Pasivo Circulante) Si el índice resultante es menor que uno (1), se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%).

  • Evaluando las razones financieras de índice de solvencia, capital de trabajo, índice de endeudamiento y las referencias bancarias de acuerdo al siguiente detalle: CONCEPTO FACTOR DE EVALUACIÓN Índice de Solvencia Índice de Solvencia: mayor o igual a uno (1) Formula: (Activo Circulante / Pasivo Circulante) Si el índice resultante es menor que uno (1), se asignara una ponderación de Cero por ciento (0%).

  • Los índices regularmente aceptados son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0); Índice de Endeudamiento (menor a 1,5), siendo estos índices y valores recomendados, pudiendo la entidad contratante modificarlos a su criterio Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración de impuesto a la renta del ejercicio fiscal correspondiente y/o los balances presentados al órgano de control respectivo.

  • Igual o Mayor a 0,80 Total Pasivo Corriente Índice de Solvencia Total Activo Total Pasivo Mayor a 1,50 Importancia del Pasivo Exigible Pasivo Corriente Activo Total Igual o Menor a 0,35 Se evaluará la documentación requerida en el Artículo 24.1.r del presente pliego.

  • Los oferentes deberán de cumplir con los Índices Financieros recomendados por parte de la CAF, estos son: Índice de Solvencia (mayor a 1,0); Índice de Endeudamiento (menor a 0,90).

  • Los índices financieros a justificar son: Índice de Solvencia (mayor o igual a 1,0): Se determinará por el cociente resultante de dividir el activo corriente entre el pasivo corriente (activo corriente/pasivo corriente).

  • Evaluando las razones financieras de índice de solvencia, capital de trabajo, índice de endeudamiento y las referencias bancarias de acuerdo al siguiente detalle: RAZÓN FACTOR DE EVALUACIÓN PONDERACION Índice de Solvencia Mínimo IS=1 para obtener puntaje mínimo.

  • Evaluando las razones financieras de índice de solvencia, capital de trabajo, índice de endeudamiento y las referencias bancarias de acuerdo al siguiente detalle: Índice de Solvencia Índice de Solvencia: Mayor o igual a uno (1) Formula: (Activo Circulante / Pasivo Circulante) 7.5 % Capital Neto de Trabajo Si el índice resultante es menor que uno (1), se asignara una ponderación xx Xxxx por ciento (0%).


More Definitions of Índice de Solvencia

Índice de Solvencia. Activo Corriente/Pasivo Corriente>= 1,0 Índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Patrimonio < 0.90
Índice de Solvencia. Activo Corriente / Pasivo Corriente > = 1 Índice de Endeudamiento: Pasivo Total / Patrimonio < = 1,5 La información de los índices financieros del oferente se demostrará con la presentación de los Estados Financieros presentados a la Superintendencia de Compañías, Seguros y Valores o del formulario de Declaración del Impuesto a la Renta presentado en el Servicio xx Xxxxxx Internas (SRI), del último ejercicio fiscal.
Índice de Solvencia. Se determina por el cociente resultante de dividir el activo corriente entre el pasivo corriente (activo corriente/pasivo corriente). Entre más alto (mayor a 1) sea el resultado, más solvente es la empresa.
Índice de Solvencia significa, respecto de MVC, el cuociente entre: /a/ el total de sus activos circulantes, y /b/ el total de sus pasivos circulantes, el que deberá ser igual o superior a: /i/ uno coma cero en las Fechas de Medición del treinta y uno de diciembre del dos mil quince y el treinta xx xxxxx del dos mil dieciséis; /ii/ uno coma quince en las Fechas de Medición del treinta y uno de diciembre del dos mil dieciséis y el treinta xx xxxxx del dos mil diecisiete y

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  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO Nº 4

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Indicador de desempeño Porcentaje de Avance Físico financiero de las obras y/o servicios. En general, al cierre del ejercicio 2016 el monto total contratado fue de 214 millones de pesos, de los cuales se facturaron, 109 millones de pesos, lo cual representa un avance del 16 por ciento de la meta modificada. El comportamiento del avance físico financiero de los contratos celebrados de obras y servicios con terceros, se incrementara sustancialmente en el primer trimestre de 2017, lo anterior, debido a que los contratos de servicios de mantenimiento se facturan a mes vencido por lo que falta facturar los trabajos realizados en el mes de diciembre. Ejercicio 2017 Indicador de Desempeño: Porcentaje de ingresos de obra y/o servicios. El monto de ingresos por concepto de obra y/o servicios al cierre del ejercicio 2017, ascendieron a 102.2 millones de pesos, cabe señalar que este monto corresponde a los trabajos facturados de los contratos que estuvieron en proceso de ejecución por obra y servicios, el ingreso con respecto a la meta anula proyectada en el PEF 2017, representa el 27.5 por ciento. Es importante señalar que esto obedece a los acuerdos del Comité Técnico de Fonatur y del Consejo de Administración de Fonatur Constructora, S.A. de C.V., en los que se estableció la terminación anticipada de todos los contratos a más tardar al 15 de septiembre de 2017.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ___de ______ de 201___, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Salud – Calidad – Humanización prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres a tres (3) meses.  El retiro de la oferta después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas.  La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.  La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, de la garantía de cumplimiento del contrato. Cuando la propuesta la presente un Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, la Garantía de Seriedad debe ser otorgada por todos sus integrantes y especificando el nombre del proponente plural (NO A NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL). Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015. Esta garantía debe ser expedida o constituida a favor del HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de acuerdo con lo establecido a continuación: El proponente acepta que el HOSPITAL MILITAR CENTRAL le solicite ampliar el término de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, en caso de resultar este insuficiente. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de indemnización, excepto cuando haya renuencia para la firma del contrato sin justa causa por parte del proponente seleccionado, evento en el cual la póliza se hará exigible como sanción de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 la Ley 80 de 1993, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste al HOSPITAL MILITAR CENTRAL, de exigir por los medios reconocidos en Colombia la indemnización de los perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. En caso de presentarse garantía bancaria, esta deberá tener la siguiente leyenda: "La presente garantía será pagada por el garante dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente".

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Documentos del Contrato significa los documentos enumerados en el Convenio de Contrato, incluyendo cualquier enmienda.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.