Definición de Alcance del servicio

Alcance del servicio. Software, sistema operativo, hardware, internet,
Alcance del servicio la Compañía de Asistencia otorgará el servicio en las ciudades de México, Toluca, Cuernavaca, Acapulco, Chilpancingo, Zihuatanejo, Taxco, Cancún, Ciudad xxx Xxxxxx, Campeche, Mérida, Veracruz, Coatzacoalcos, Orizaba, Jalapa, Oaxaca, Huatulco, Tuxtla Xxxxxxxxx, Playa xxx Xxxxxx, Villahermosa, Puebla, Aguascalientes, Ensenada, Mexicali, Tijuana, La Paz, Chihuahua, Ciudad Juarez, Torreón, Saltillo, Matamoros, Manzanillo, Colima, Durango, León, Guanajuato, Celaya, Pachuca, Guadalajara, Puerto Vallarta, Lagos xx Xxxxxx, Xxxxxxx, Sahuayo, Uruapan, Tepic, Nuevo Vallarta, Monterrey, Querétaro, Tepeji del Río, Tequisquiapan, San Xxxx del Río, San Xxxx Potosí, Mazatlán, Culiacán, Hermosillo, Nogales, Tlaxcala y Zacatecas. Ambulancia Se excluyen ambulancias aéreas y cualquier tipo de gasto médico, hospitalario y farmacéutico.
Alcance del servicio. El servicio a contratar se desarrollará en las instalaciones de SEDAPAL ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx N° 210, El Agustino, Lima-Perú. Reajuste: No aplica para este proceso. Sistema de Contratación: A Precios Unitarios. Subcontratación: Por la naturaleza del presente servicio SEDAPAL no aceptará la subcontratación. Tabla de otras penalidades: Se podrán establecer penalidades distintas a la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria en conformidad al artículo 166 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Asimismo, los retrasos serán considerados por el Equipo Tecnologías de la Información y Comunicaciones, computando la penalidad de acuerdo al indicador establecido en el siguiente cuadro: Etapa de Prestación Efectiva del Servicio PENAL-0008-2013 Devoluciones por no cumplir especificación solicitada por el usuario o por errores de programación Devoluciones debido a encontrar errores durante la revisión de una incidencia y/o requerimiento del Analista del ETIC o el Usuario Funcional del Área usuaria antes de pasar a producción, por no cumplir con alguna especificación solicitada por el usuario o por errores de programación. Nro. de veces de devoluciones <=2 25% UIT * por incidencia y/o requerimiento devuelto al CONTRATISTA que incumpla el nivel de servicio PENAL-0009-2013 Atención y corrección de incidencias posterior a la puesta en producción de los requerimientos implantados Se refiere al nro de incidencias reportadas sobre un requerimiento implementado por el CONTRATISTA posterior a su puesta en producción Nro. de incidencias <=3 25% UIT * por incidencia reportada al CONTRATISTA que incumpla el nivel de servicio

Examples of Alcance del servicio in a sentence

  • Alcance del servicio Puesta en marcha • Personalización del sistema de avisos ante incidentes, según el servicio de supervisión contratado y la definición acordada con el cliente.

  • Alcance del servicio Puesta en marcha • Estudio preliminar de la situación del servidor y del S.O. Ajuste inicial en caso de ser necesario.

  • Presentación del Informe Final Preliminar conteniendo el 100% del Alcance del servicio de consultoría, a los cuarenta y cinco (45) días calendario, computables a partir de la fecha de aprobación del Plan y Cronograma de Trabajo.

  • Marca Agilent Modelo MX3005 Alcance del servicio 1) Verificación de Lámpara 2) Limpieza Externa 3) Limpieza de Tarjetas Electrónicas 4) Verificación de Voltajes 5) Prueba de Óptica y Movimiento de Brazo 6) Prueba Térmica 7) Reporte de Servicio, Etiqueta y Entrega de Resultados Garantía de 1 año.

  • Alcance del servicio: PARA EL FONDO NACIONAL DE FOMENTO AL TURISMO Y SUS EMPRESAS FILIALES.

  • Alcance del servicio Los siguientes servicios están cubiertos por el presente Acuerdo: • Soporte mediante tickets de consulta y chat • Notificaciones del servidor y soporte por correo electrónico • Asistencia remota para la infraestructura del servidor usando ssh o escritorio remoto.

  • Mencione los principales clientes, incluyendo la siguiente información:  Nombre del cliente;  Fecha o antigüedad de la relación;  Alcance del servicio prestado; y  Nombre de la persona de contacto, teléfono y correo electrónico.

  • Acuamed valorará especialmente la claridad y exhaustividad de la respuesta en: - Alcance del servicio y disponibilidad frente a imprevistos - Protocolo de control.

  • SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN LAMP (Linux, Apache, MySQL, PHP) Alcance del servicio Puesta en marcha • Estudio preliminar de la situación del servidor y del S.O. Ajuste inicial en caso de ser necesario.


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Alcance del servicio. El Servicio de Recuperación de Datos se prestará sobre los soportes internos de almacenamiento de datos, utilizados en los equipos de procesamiento informático propiedad del asegurado y que formen parte del Contenido de la presente póliza, tales como: Discos duros (de ordenadores de sobremesa y portátiles). Memorias portátiles. Memorias de PDA o sistemas similares. Sistemas de almacenamiento de videos, cámaras digitales. Las causas que generan el derecho a utilizar este servicio son: Accidentes, Incendio, Daños por Xxxx, Daños por agua, Malos tratos de terceras personas. Errores humanos. Virus informáticos.
Alcance del servicio la Compañía de Asistencia otorgará el servicio en las ciudades de México, Toluca, Cuernavaca, Acapulco, Chilpancingo, Zihuatanejo, Taxco, Cancún, Ciudad xxx Xxxxxx, Campeche, Mérida, Veracruz, Coatzacoalcos, Orizaba, Jalapa, Oaxaca, Huatulco, Tuxtla Xxxxxxxxx, Playa xxx Xxxxxx, Villahermosa, Puebla, Aguascalientes, Ensenada, Mexicali, Tijuana, La Paz, Chihuahua, Ciudad Juárez, Torreón, Saltillo, Matamoros, Manzanillo, Colima, Durango, León, Guanajuato, Celaya, Pachuca, Guadalajara, Puerto Vallarta, Lagos xx Xxxxxx, Xxxxxxx, Sahuayo, Uruapan, Tepic, Nuevo Vallarta, Monterrey, Querétaro, Tepeji del Rio, Tequisquiapan, San Xxxx del Río, San Xxxx Potosí, Mazatlán, Culiacán, Hermosillo, Nogales, Tlaxcala y Zacatecas. El Equipo de Médicos de AXA Assistance tendrá libre acceso al Beneficiario y a su historia clínica, para conocer su situación y si tal acceso le es negado AXA Assistance no tendrá obligación de gestionar ninguno de los Servicios de Asistencia. En los casos de traslado médico y a fin de facilitar una mejor intervención de AXA Assistance, el Beneficiario o su Representante deberá facilitar: • El nombre, dirección y número de teléfono del hospital o centro médico donde el Beneficiario esté ingresado o el lugar donde se encuentre. • El nombre, dirección y número de teléfono del médico que atienda al paciente y, de ser necesario, los datos del médico que habitualmente atienda al Beneficiario. El equipo de Médicos de AXA Assistance o sus representantes deberán tener libre acceso al expediente médico y al Beneficiario para valorar las condiciones en las que se encuentra. Si se negara dicho acceso, el Beneficiario perderá el derecho a los Servicios de Asistencia. En cada caso, el Equipo de Médicos de AXA Assistance decidirá cuándo es el momento más apropiado para el traslado y determinará las fechas y los medios más adecuados para el traslado.

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  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10

  • Servicio Es el servicio público de transmisión de energía eléctrica a ser prestado por el CONCESIONARIO a través del Proyecto bajo los términos del Contrato y las Leyes y Disposiciones Aplicables.

  • Servicios significa el trabajo que el Consultor deberá realizar conforme a este Contrato, y descrito en el Apéndice A adjunto.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo derivan, salvo aquellas que, por su naturaleza, deben ser cumplidas por el Asegurado.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Salud – Calidad – Humanización En caso que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, debe proceder a abrir una única cuenta a nombre del Consorcio o Unión Temporal y presentar la certificación de la misma como requisito previo a la suscripción del contrato.  FOTOCOPIA REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT). El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, para lo cual aportará con la oferta copia del Registro Único Tributario RUT actualizado en su actividad mercantil; las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente éste requisito, cuando intervengan como responsables del impuesto sobre las ventas, por realizar directamente la prestación de servicios gravados con dicho impuesto. Lo anterior conforme el Artículo 368 del Estatuto Tributario, en concordancia con el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998 que adicionó el Artículo 437 del mismo Estatuto.  FOTOCOPIA RESOLUCIÓN DE LA DIAN PARA FACTURAR VIGENTE. En caso que el Consorcio o Unión Temporal sea adjudicatario de la contratación, éste deberá presentarse a nombre de la Unión Temporal o Consorcio.  CERTIFICACION BANCARIA. Certificación bancaria expedida por la Entidad Bancaria con fecha de expedición no mayor a 30 días. Este aspecto no otorgará puntaje pero habilitará o inhabilitará la propuesta. Se evaluará con CUMPLE o NO CUMPLE. El Hospital Militar Central hará una evaluación de la información financiera registrada en el RUP, la cual deberá corresponder al corte 31 de diciembre de 2015. Los proponentes deberán acreditar su capacidad financiera y de su organización demostrando que la proponente cuenta con los indicadores de capacidad financiera contenidos en el artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015 y que en consecuencia, deben estar contenidos en el RUP a partir de 2015. Se tomaron como muestra siete (07) empresas registradas en el SIREM, y se halló el promedio de los indicadores financieros: RAZON SOCIAL TOTAL ACTIVO CORRIENT E TOTAL ACTIVO TOTAL PASIVO CORRIENT E TOTAL PASIVO TOTAL PATRIMONIO UTILIDAD OPERACI ONAL GASTOS DE INTERES LIQUIDEZ (Veces) ENDEUDA MIENTO (%) RAZON COBERTU RA INTERES (Veces) RENTABI LIDAD PATRIMO NIO (%) RENTABI LIDAD ACTIVO (%) EMPRESA 1 6.467.066 6.870.738 1.455.600 3.065.190 3.805.548 886.529 245.814 4,44 44,61 3,61 23,30 12,90 EMPRESA 2 355.525 479.680 86.339 86.339 393.341 120.425 0 4,12 18,00 #¡DIV/0! 30,62 25,11 EMPRESA 3 6.957.598 9.330.039 2.474.255 2.474.255 6.855.784 1.886.699 0 2,81 26,52 #¡DIV/0! 27,52 20,22 EMPRESA 4 9.409.042 11.599.610 3.931.078 9.450.604 2.149.006 1.236.267 10.695 2,39 81,47 115,59 57,53 10,66 EMPRESA 5 1.317.952 1.425.741 791.547 1.095.123 330.618 51.653 21.310 1,67 76,81 2,42 15,62 3,62 EMPRESA 6 475.801 537.465 88.080 95.125 442.340 28.357 1.240 5,40 17,70 22,87 6,41 5,28 EMPRESA 7 1.288.597 2.141.459 524.579 1.033.118 1.108.341 172.156 86.691 2,46 48,24 1,99 15,53 8,04 El comité económico establece los siguientes indicadores financieros para el presente proceso de contratación:

  • FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Límite de cobertura Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento En caso de falta de energía eléctrica en el interior de la casa de habitación o condominio habitacional Asegurado, resultado xx xxxxxx, desperfectos, corto circuito, sobrecarga o avería de las instalaciones eléctricas; (únicamente en el interior de la vivienda o dentro de sus predios) se gestionará el envío de un operario que se encargará de la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que no exista disposición de autoridad que lo prohíba y que el estado de las instalaciones lo permita. Nota: No incluye la reparación de ningún aparato, equipo o electrodoméstico. No incluye los materiales, el cambio de la instalación eléctrica, el cambio de toma corrientes ni enchufes, o cualquier otra parte o refacción, lo cual estará cargo y será asumido por el Asegurado. Este servicio se extiende a las “áreas comunes entre el condominios”, (solamente de pared a pared, de piso a techo o viceversa) siempre y cuando exista acuerdo con el otro propietario Límite de cobertura: Hasta USD $100 (cien dólares exactos) por año póliza, valor máximo para el conjunto de eventos. Límite de eventos: Máximo 2 eventos por póliza y casa de habitación o condominio Asegurado individualmente y por año póliza. Este servicio no ampara labores de mantenimiento Únicamente en caso de rotura total xx xxxxxxx o xxxxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas que formen parte de la fachada exterior de la casa de habitación (entiéndase fachada exterior la cara principal de la vivienda) o condominio habitacional Asegurado que de a la calle o al patio, se gestionará el envío, de un operario que procederá a dar el servicio de mano de obra para la reposición xxx xxxxxx o cristal afectado por la rotura. El costo del xxxxxxx xx xxxxxxx o ventanas y de cualquier parte o refacción estará a cargo y deberá ser asumida por el Asegurado.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Precio del Contrato significa el precio pagadero al Proveedor según se especifica en el Convenio de Contrato, sujeto a las condiciones y ajustes allí estipulados o deducciones propuestas, según corresponda en virtud del Contrato.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Unicamente Circuitos integrados monolíticos amplificadores de potencia de microondas (MMIC) que tengan cualquiera de las características siguientes: a) tasados para operar a frecuencias superiores a 3.2 GHz e inferiores o iguales a 6.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 4W (36 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del15 %; b) tasados para operar a frecuencias superiores a 6.8 GHz e inferiores o iguales a 16 GHz, con una potencia de salida media superior a 1W (30 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del10 %; c) tasados para operar a frecuencias superiores a 16 GHz e inferiores o iguales a 31.8 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.8W (29 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor del 10 %; d) tasados para operar a frecuencias superiores a 31.8 GHz e inferiores o iguales a 37.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.1 nW; e) tasados para operar a frecuencias superiores a 37.5 GHz e inferiores o iguales a 43.5 GHz, con una potencia de salida media superior a 0.25W (24 dBm) y un ancho xx xxxxx fraccional mayor de 10 %; o f) tasados para operar a frecuencias superiores a 43.5 GHz, y con una potencia de salida media superior a 0.1 nW.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Subcontratista significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.

  • PARAGRAFO SEGUNDO En el evento de que el presunto incumplimiento se evidencie con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución, se suspenderán los plazos para su liquidación hasta tanto se agote el procedimiento previsto en la cláusula décima sexta del presente contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Impuestos significa todos y cada uno de los impuestos, ya sean federales, estatales, locales u otros impuestos relacionados con la Transacción o con el Importe de la Transacción, y los costos incurridos en relación con dichos impuestos, incluidos, sin limitación, los honorarios y gastos de abogados y contables especializados en impuestos.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Transporte significa la transportación de Pasajeros y/o Equipaje por aire, de forma gratuita o por contrato, y todos los servicios del Transportista relacionados con el mismo.

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de: