Common use of ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Clause in Contracts

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, es la Presidencia. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación es el Consejo de Administración de “EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, S.A.”, competente para decidir sobre la adjudicación del contrato, previa propuesta de la Mesa de Contratación que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico se constituirá para la Rehabilitación valoración de Puerto las proposiciones presentadas. Dicha sociedad fue constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en Cádiz, ante el Notario Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, el día 00 xx xxxxx xx 1989, bajo la anterior denominación “PROMOTORA GADITANA DE VIVIENDAS SOCIALES, S.A.” (“PROVISA”); inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxx, al tomo 548, folio 189, hoja CA-5437, inscripción 1ª. Tiene C.I.F. número A-11208899. Mediante escritura de la Xxxxelevación a público de acuerdos sociales, es la Presidencia. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar otorgada en Cádiz, ante el correspondiente contrato yXxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 el día 22 de diciembre de 2016 2008, inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxx, al tomo 1925, folio 183, hoja CA-8252, inscripción 42ª, se llevó a cabo la modificación de estatutos, la ampliación del objeto social, el traslado al nuevo domicilio social, radicado en Cádiz, Recinto Exterior de la Consejera del Área JuventudZona Franca, Igualdad Edificio Glorieta, 5ª planta, y Patrimonio Histórico del ECITel cambio de denominación social a la actual de “EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y S.A.” El contenido de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxxsu objeto social se concreta, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxxentre otras actividades, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxla promoción de viviendas en régimen de protección, 4 para facilitar a los ciudadanos el acceso a una vivienda digna. El cumplimiento de dicho término municipalobjetivo se realizará contratando su ejecución a empresas especializadas, promovido por mediante el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación encargo de Puerto proyectos y gestión y ejecución de la Xxxxlos mismos, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto aras de la Alcaldía Presidenciaconseguir una mayor especialización y calidad técnica y un mejor resultado final, respetando, en todo caso, los principios de fecha 21 de diciembre de 2016publicidad, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado concurrencia, transparencia, confidencialidad e igualdad y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016no discriminación. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000adelante, de 8 xx xxxxpara referirnos a la “EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de CanariasS.A.”, y utilizaremos la disponibilidad de los terrenosdenominación “LA SOCIEDAD CONTRATANTE”.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez será la Rehabilitación Junta de Puerto Gobierno Local municipal en virtud de la Xxxx, es la PresidenciaDisposición Adicional Segunda del TRLCSP. El mencionado Dicho órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuenciaresultante de la presente licitación, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientodudas, modificarlo por razones de interés público y público, acordar su resolución con sujeción resolución, así como aprobar las penalidades derivadas del incumplimiento de éste. El Órgano de Contratación estará asistido por la Mesa de Contratación permanente, cuya composición está publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. El valor estimado del contrato es de 390.000,00 Euros, en virtud del artículo 88 del TRLCSP. Esta cantidad incluye el presupuesto base de la licitación sin incluir impuestos indirectos, la posible prórroga del contrato, así como la totalidad de las modificaciones previstas contempladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El presupuesto base de la licitación, para los cuatro años de duración del contrato, a la normativa aplicablecantidad de 360.000,00 €. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 314.600,00 € Las ofertas económicas presentadas por los licitadores no podrán superar el importe total del presupuesto base de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoslicitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El De conformidad con las instrucciones internas de contratación de la Sociedad de Promoción Exterior Principado xx Xxxxxxxx, S.A. (Asturex) y sus estatutos, el Órgano de Contratación será el consejo de administración de la Sociedad de Promoción Exterior Principado xx Xxxxxxxx, S.A. (Asturex) o la persona que ostente facultades delegadas, en función de las normas internas del órgano de contratación administración de ASTUREX. El valor estimado y presupuesto máximo de licitación del presente contrato son los previstos en el apartado C del cuadro resumen. A todos los efectos se entenderá que actúa el presupuesto aprobado por la Sociedad de Promoción Exterior Principado xx Xxxxxxxx, S.A. (Asturex) comprende todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficio, seguros, transporte y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, sin incluir, si procediera su aplicación, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) vigente en nombre el momento de facturación del Consorcio Urbanístico para servicio y los que pudieran establecer la Rehabilitación de Puerto Comunidad Autónoma. La suma de la Xxxxoferta económica detallada, es la Presidenciasin incluir los impuestos anteriormente señalados, presentada de conformidad con el anexo I no podrá superar el presupuesto de licitación máximo fijado anteriormente. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar La adjudicataria será retribuida exclusivamente en función del número de servicios que efectivamente se presten. Para atender las obligaciones económicas derivadas del presente contrato, existe crédito suficiente en el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de vigente presupuesto 2016 de la Consejera del Área JuventudSociedad de Promoción Exterior Principado xx Xxxxxxxx, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II S.A. (anteproyectoAsturex). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir La

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación es el Consejo de Administración de Empresa Provincial de Vivienda y Suelo xx Xxxxx, S. A., competente para decidir sobre la adjudicación del contrato, previa propuesta de la Mesa de Contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico se constituirá para la Rehabilitación valoración de Puerto las proposiciones presentadas, y actuarán, en su representación, el Consejero Delegado o el Director de la XxxxSociedad. Empresa Provincial de Vivienda y Suelo xx Xxxxx, S. A. es una sociedad mercantil de capital íntegro de la Presidencia. El mencionado órgano Diputación Provincial xx Xxxxx, que tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas la consideración de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés sector público y acordar poder adjudicador, de conformidad con el artículo 3 del TRLCSP. Dentro de su resolución con sujeción objeto social se encuentra la “Actividad urbanística y promotora de vivienda y suelo”. Dentro de este epígrafe se encuentran las facultades de “Venta y alquiler de inmuebles” y la de “Comprar, vender o permutar la propiedad …… de los suelos públicos que se aporten a la normativa aplicablesociedad, así como el suelo que pueda adquirir por cualquier otro título”. - RESOLUCIÓN Dicha sociedad fue constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en Cádiz, ante el Notario Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, el día 00 xx xxxxx xx 1989, bajo la anterior denominación “Promotora Gaditana de 19 Viviendas Sociales, S.A.” (“PROVISA”), debidamente inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxx. Tiene C.I.F. número A-11208899. Mediante escritura de fusión de sociedades por absorción, otorgada en Cádiz, ante el Xxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, el día 22 de diciembre de 2016 2008, se elevó a público la fusión mediante absorción de la Consejera del Área Juventudentidad “GESTIÓN INTEGRAL DEL TERRITORIO, Igualdad S.A.” (GITSA), como sociedad absorbida, por PROMOTORA GADITANA DE VIVIENDAS SOCIALES, S.A. (PROVISA), sociedad absorbente, quien sucede íntegramente a título universal a la sociedad absorbida en todos sus bienes, derechos y Patrimonio Histórico del ECITobligaciones, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para ocupando la Rehabilitación de Puerto posición jurídica de la Xxxxsociedad absorbida. Mediante escritura de elevación a público de acuerdos sociales, condicionado a recoger otorgada en él Cádiz, ante el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía PresidenciaXxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, de fecha 21 el día 22 de diciembre de 20162008, por se llevó a cabo la modificación de estatutos, la ampliación del objeto social, el que se otorga cambio de denominación social a la conformidad actual de “EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, S.A.” y el traslado del domicilio social al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos actual, radicado en Cádiz, Recinto Exterior de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyectola Zona Franca, emitido por la Oficina Técnica MunicipalEdificio Glorieta, de fecha 21 de diciembre de 20165ª planta. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000adelante, de 8 xx xxxxpara referirnos a EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de CanariasS.A., y utilizaremos la disponibilidad de los terrenosdenominación “LA SOCIEDAD CONTRATANTE”.

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Samples: Pliego De Oferta Pública Permanente

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. 2.1.- El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la XxxxCorporación, es el Consejo de Gobierno Insular a quien le corresponden las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados, cualquiera que sea el importe del contrato o la Presidenciaduración del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en lo sucesivo TRLCSP). El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar No obstante, el correspondiente contrato yConsejo de Gobierno, en consecuenciavirtud de lo previsto en el apartado 2 del artículo 51 del TRLCSP, ostenta y en ejecución del contenido de su acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria, celebrada el día 23 xx xxxxx de 2017, delega en la Presidencia y en los Sres/as Consejeros/as de esta Corporación las prerrogativas facultades para actuar como órgano de interpretarlocontratación en los procedimientos que se tramiten respecto a aquellas materias de su competencia. Por consiguiente, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientoy a tenor del Decreto de la Presidencia de fecha 26 xx xxxxx de 2015, modificarlo por razones registrado el mismo 26 con el número 554, de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 designación de la Consejera del Área JuventudDelegada de Emergencias y Participación Ciudadana, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECITésta actuará como Órgano de Contratación. En los supuestos de ausencia, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxxvacante o enfermedad, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido sus funciones serán ejercidas por la Oficina Técnica Municipal, Presidencia a tenor del apartado 8 del citado acuerdo de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 23 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenosxxxxx.

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Samples: sedeelectronica.cabildodelapalma.es

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano competente para contratar es el Alcalde-Presidente, de contratación que actúa conformidad con lo establecido en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto el artículo 21 de la XxxxLey 7/1985, es la Presidenciade 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local. El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientoejecución, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución resolución, con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente. El Adjudicatario no tendrá obligación de 19 realizar ninguna obra en los terrenos donde tendrá lugar la Feria Real. El adjudicatario deberá velar por que los empresarios feriantes hagan un uso adecuado de diciembre los terrenos que ocupen, siendo de 2016 su cuenta el pago de los daños ocasionados en el recinto ferial a consecuencia de un uso inadecuado del mismo. La Feria Real de Aguilar de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas Frontera tendrá lugar en el Proyecto Básico Recinto Xxxxxx xxx Xxxxxxxx y en los espacios de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxxdominio público donde tradicionalmente se instalan los puestos denominados de Bisutería, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por excepto el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto terreno que va a continuación de la XxxxCaseta Taurina y los 540 m2 de terreno colindante a las microescuelas que se reserva la Comisión de Festejos, condicionado a recoger en él así como el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto margen derecho de la Alcaldía PresidenciaC/ Xxxxx Xxxxxxx hasta esquina C/ Molinos. Dichos terrenos serán puestos a disposición del contratista por parte del Ayuntamiento, el cual garantizará que los mismos se encuentran en perfecto estado de fecha 21 uso, debiendo el adjudicatario usar de diciembre él conforme a su destino en la condiciones fijadas en el presente contrato. La Feria Real tendrá una duración de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado cuatro días y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectadoscelebrará en las fechas que determine el Ayuntamiento. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto También se considera incluido en el artículo 167 y 11 presente contrato la víspera del Decreto Legislativo 1/2000, primer día xx xxxxx. El Ayuntamiento deberá poner en conocimiento del adjudicatario la fecha de 8 celebración de la Feria Real correspondiente a cada anualidad al menos con 2 meses de antelación La Feria Real correspondiente al año 2013 tendrá lugar los días 1 a 4 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenosxxxxxx.

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El importe de arriendo asciende a: CIENTO VEINTISEIS MIL EUROS, (126.000.-€), MAS VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA EUROS DE IVA, (26.460). El órgano de competente para efectuar la presente contratación que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, es la Presidencia. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar y tramitar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidenciaexpediente, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga conformidad con la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión Disposición Adicional Segunda del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde, puesto que, corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Leyes Entidades locales la adjudicación de Ordenación del Territorio concesiones sobre los bienes de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, las mismas y la disponibilidad adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por ciento de los terrenosrecursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados. El precio de compra de los inmuebles asciende a SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS, (643.450.-€), MAS ITP, el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde, puesto que, corresponde a los Alcaldes y a los Presidentes de las Entidades locales la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Prescripciones Técnicas Que Ha De Regir El Contrato De Arrendamiento Con Opción De Compra De Un Inmueble Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Sin Promover Concurrencia en La Oferta

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación es el Consejo de Administración de Empresa Provincial de Vivienda y Suelo xx Xxxxx, S. A., competente para decidir sobre la adjudicación del contrato, previa propuesta de la Mesa de Contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico se constituirá para la Rehabilitación valoración de Puerto las proposiciones presentadas, y actuarán, en su representación, el Consejero Delegado o la Directora de la XxxxSociedad. Empresa Provincial de Vivienda y Suelo xx Xxxxx, S. A. es una sociedad mercantil de capital íntegro de la Presidencia. El mencionado órgano Diputación Provincial xx Xxxxx, que tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas la consideración de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés sector público y acordar poder adjudicador, de conformidad con el artículo 3 de la LCSP. Dentro de su resolución con sujeción objeto social se encuentra la “Actividad urbanística y promotora de vivienda y suelo”. Dentro de este epígrafe se encuentran las facultades de “Venta y alquiler de inmuebles” y la de “Comprar, vender o permutar la propiedad … de los suelos públicos que se aporten a la normativa aplicablesociedad, así como el suelo que pueda adquirir por cualquier otro título”. - RESOLUCIÓN Dicha sociedad fue constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en Cádiz, ante el Notario Xxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx, el día 00 xx xxxxx xx 1989, bajo la anterior denominación “Promotora Gaditana de 19 Viviendas Sociales, S.A.” (“PROVISA”), debidamente inscrita en el Registro Mercantil xx Xxxxx. Tiene C.I.F. número A-11208899. Mediante escritura de fusión de sociedades por absorción, otorgada en Cádiz, ante el Xxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, el día 22 de diciembre de 2016 2008, se elevó a público la fusión mediante absorción de la Consejera del Área Juventudentidad “GESTIÓN INTEGRAL DEL TERRITORIO, Igualdad S.A.” (GITSA), como sociedad absorbida, por PROMOTORA GADITANA DE VIVIENDAS SOCIALES, S.A. (PROVISA), sociedad absorbente, quien sucede íntegramente a título universal a la sociedad absorbida en todos sus bienes, derechos y Patrimonio Histórico del ECITobligaciones, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para ocupando la Rehabilitación de Puerto posición jurídica de la Xxxxsociedad absorbida. Mediante escritura de elevación a público de acuerdos sociales, condicionado a recoger otorgada en él Cádiz, ante el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía PresidenciaXxxxxxx Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, de fecha 21 el día 22 de diciembre de 20162008, por se llevó a cabo la modificación de estatutos, la ampliación del objeto social, el que se otorga cambio de denominación social a la conformidad actual de “EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, S.A.” y el traslado del domicilio social al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos actual, radicado en Cádiz, Recinto Exterior de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyectola Zona Franca, emitido por la Oficina Técnica MunicipalEdificio Glorieta, de fecha 21 de diciembre de 20165ª planta. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000adelante, de 8 xx xxxxpara referirnos a EMPRESA PROVINCIAL DE VIVIENDA Y SUELO XX XXXXX, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de CanariasS.A., y utilizaremos la disponibilidad de los terrenosdenominación “LA SOCIEDAD CONTRATANTE”.

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Samples: Pliego De Oferta Pública Permanente

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano competente para contratar es el Sr. Alcalde‐Presidente, de contratación que actúa conformidad con lo establecido en nombre la Disposición Adicional 2ª del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto Texto Refundido de la Xxxx, es la PresidenciaLey de Contratos del Sector Público. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar contrato estará vigente desde el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas día 1 de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones enero de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en 2015 hasta el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 día 31 de diciembre de 2016. Se emitirá una única póliza, con dicho periodo de vigencia, por cada uno de los lotes. En cumplimiento del trámite el caso de colaboración interadministrativa previsto la/s póliza/s se suscribiera/n con posterioridad al día 1 de enero de 2015 el contrato estaría vigente (en el artículo 167 lote correspondiente a dicha/s póliza/s) desde el día siguiente a la fecha de suscripción hasta el día 31 de diciembre de 2016. No obstante lo anterior: Se prevé expresamente, respecto de todos los lotes, la prórroga del contrato por un periodo de UN AÑO (hasta el 31 de diciembre de 2017). Finalizada esta primera prórroga podrá tener lugar una segunda y 11 última de igual duración que la primera (hasta el 31 de diciembre de 2018). Dichas prórrogas serán obligatorias para el adjudicatario y potestativas para el Ayuntamiento. Las prórrogas podrán acordarse expresa o tácitamente. Se entenderán acordadas de forma tácita siempre que el Ayuntamiento no notifique al adjudicatario su intención de finalizar el contrato al menos con un mes de antelación a la fecha de finalización del Decreto Legislativo 1/2000, mismo (31 de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido diciembre de 2016) o de la primera de las Leyes prórrogas (31 de Ordenación del Territorio diciembre de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenos2017).

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación que actúa en nombre competente para contratar es la Presidenta del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto Organismo Autónomo Municipal “Palau de la XxxxMúsica, es Congresos y Orquesta de Valencia”, a quien, asimismo, compete la Presidencia. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato yautorización y disposición del gasto, en consecuencia, ostenta las prerrogativas virtud de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas lo dispuesto en el Proyecto Básico artículo 13 l) de los Estatutos Rectores del Organismo Autónomo y en la Disposición Adicional 2ª del TRLCSP, en relación con lo previsto en la Base 12ª a) 10º de las de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San XxxxxxxxxPresupuesto vigente del O.A.M. • Tipo de Presupuesto: Máximo determinado. • Presupuesto Xxxxxx Xxxxx (IVA excluido): 27.000,00€. • IVA Anual: 5.670,00€. Tipo/s: 21%. • Presupuesto Total Xxxxxx Xxxxx (IVA incluido): 32.670,00€. • Valor estimado: 54.000,00 € (IVA excluido). • Sistema de determinación del presupuesto: Baja ofertada/Precios Unitarios. El gasto efectivo del presupuesto máximo anual anteriormente referido estará condicionado por las necesidades reales del O.A.M., Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxxque, por tanto, no queda obligado a llevar a efecto una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del importe al que asciende el mismo, todo ello en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxfunción de los precios unitarios/hora que oferten los licitadores. • Distribución de Anualidades: 2013 (Julio-Diciembre): 14.850,00€. 2014 (Enero-Diciembre): 32.670,00€. 2015 (Enero-Junio): 17.820,00€ • Consignación presupuestaria: 227.99 denominada: “Otros trabajos realizados por otras empresas y profesionales”. • Plazo: 2 años, a partir de la fecha de formalización del contrato. • Fecha prevista de inicio: 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación julio de Puerto 2013. • Fecha prevista de finalización: 3 de julio de 2015. • Prórroga/s: NO procede/n. • Recepciones Parciales/Plazos: NO proceden/ (-). • Lugar de ejecución: El edificio del O.A.M. “Palau de la XxxxMúsica, condicionado a recoger Congresos y Orquesta de Valencia”, así como en él el documento denominado Separata II aquellas zonas anexas al mismo (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía PresidenciaXxxxxxxx xxx Xxxxx, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el etc.) u otras dependencias municipales en las que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone lleven a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión cabo actividades propias del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenosOrganismo.

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. 2.1.- El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la XxxxCorporación, es el Consejo de Gobierno Insular a quien le corresponden las competencias como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados, cualquiera que sea el importe del contrato o la Presidenciaduración del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en lo sucesivo TRLCSP). El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar No obstante, el correspondiente contrato yConsejo de Gobierno, en consecuenciavirtud de lo previsto en el apartado 2 del artículo 51 del TRLCSP, ostenta y en ejecución del contenido de su acuerdo adoptado en Sesión Ordinaria, celebrada el día 23 xx xxxxx de 2017, delega en la Presidencia y en los Sres/as Consejeros/as de esta Corporación las prerrogativas facultades para actuar como órgano de interpretarlocontratación en los procedimientos que se tramiten respecto a aquellas materias de su competencia. Por consiguiente, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientoy a tenor del Decreto de la Presidencia de fecha 23 xx xxxxx de 2015, modificarlo por razones registrado el día 24 con el número 505, de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 designación de la Consejera Insular del Área Juventudde Servicios Sociales, Igualdad Educación, Sanidad y Patrimonio Histórico del ECITArtesanía, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y ésta actuará como órgano de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxxcontratación. En los supuestos de ausencia, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxxvacante o enfermedad, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido sus funciones serán ejercidas por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión tenor del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento apartado 8 del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoscitado acuerdo.

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ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. En virtud del acuerdo de delegación de competencias entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Castellón de la Plana en el marco del Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en Municipios de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 24 de septiembre de 2009 y suscrito en fecha 6 de octubre de 2009 por el Vicepresidente Segundo del Consell y el Alcalde, la Generalitat delega en el Ayuntamiento de Castellón de la Plana las competencias que el Decreto-ley 1/2009, reserva a la Generalitat para la ejecución de determinados proyectos autorizados en el marco del Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en la Comunitat Valenciana, entre los que se encuentra el Proyecto de ejecución de remodelación urbana de Xxxx. Xxxxxx Xxxxx x Avda. Alcora (tramo República Argentina – Pintor Xxxxx). La delegación de la competencia para la realización de las obras se extiende a todos los actos necesarios para la contratación de las obras, su dirección y control de ejecución incluida la aprobación de los certificados de obras y honorarios. El reconocimiento de la obligación y pago de las certificaciones será efectuado por los órganos correspondientes de la Generalitat. El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la XxxxCorporación, es la PresidenciaJunta de Gobierno Local, sin perjuicio del régimen de delegaciones específicas o generales aprobadas o que se pueda aprobar en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la LCSP. Los acuerdos serán publicados en el perfil del contratante de este Excmo. Ayuntamiento. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenos.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Ha De Regir Mediante Procedimiento Abierto La Contratación De Las Obras Del Proyecto De Ejecución De La Remodelación Urbana Y Ampliación De La Carretera De Alcora

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez será la Rehabilitación Junta de Puerto Gobierno Local municipal en virtud de la Xxxx, es la PresidenciaDisposición Adicional Segunda del TRLCSP. El mencionado Dicho órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuenciaresultante de la presente licitación, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientodudas, modificarlo por razones de interés público y público, acordar su resolución con sujeción resolución, así como aprobar las penalidades derivadas del incumplimiento de éste. El Órgano de Contratación estará asistido por la Mesa de Contratación permanente, cuya composición está publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. El valor estimado del contrato es de 30.960,00 Euros, en virtud del artículo 88 del TRLCSP. Esta cantidad incluye el presupuesto base de la licitación sin incluir impuestos indirectos. El presupuesto base de la licitación, para los cuatro años de duración del contrato, a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN cantidad de 19 de diciembre de 2016 30.960,00 Euros, desglosado de la Consejera siguiente forma: Las ofertas económicas presentadas por los licitadores no podrán superar el importe total del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto presupuesto base de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoslicitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto artículo 49 de la XxxxLey 3/1992, es la Presidencia. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato yde 30 de julio, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 Patrimonio de la Consejera del Área JuventudComunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, Igualdad establece que el Consejo de Gobierno puede acordar la adquisición centralizada de determinados bienes para todos los órganos y Patrimonio Histórico del ECITentidades de la Comunidad Autónoma, AUTORIZANDO las obras contenidas en el Proyecto Básico y de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido precepto desarrollado por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia82/2001, de fecha 21 16 de diciembre de 2016noviembre, por el que se otorga regula la conformidad al proyecto presentado contratación centralizada de bienes, servicios y suministros, que establece en su artículo 2.1.c) que corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda “la contratación de los servicios y suministros comunes a las distintas Consejerías, Organismos Autónomos o Entes de naturaleza jurídico pública adheridos, incluidos en el ANEXO I del presente decreto, o aquellos que se pone a disposición acuerde posteriormente por el Consejo de Gobierno”, siendo uno de estos servicios comunes del Anexo I del citado Decreto, el de los terrenos servicios de titularidad municipal afectadoscomunicaciones de voz y datos de la Administración Regional, incluido el mantenimiento de equipos de la Red Corporativa y excluidos las redes y servicios de Radiocomunicaciones de Emergencia de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. - INFORME FAVORABLE El órgano de supervisión del proyectocontratación, emitido que actúa en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, es la Excma. Sra. Consejera de Economía y Hacienda, y por su delegación el Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio, en virtud de la delegación de competencias contenida en la Orden de 28 de octubre de 2008, de la Consejería de Economía y Hacienda (BORM 254, de 31 de octubre de 2008), modificada por la Oficina Técnica MunicipalOrden de 12 xx xxxxx de 2009, de fecha 21 la Consejería de diciembre Economía y Xxxxxxxx (XXXX 000, xx 00 xx xxxxx de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenos2009).

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano JUNTA DE GOBIERNO LOCAL C.- OBJETO DEL CONTRATO: SUMINISTRO DEL VESTUARIO PARA LOS AÑOS 2016 Y 2017 DEL PERSONAL DE POLICÍA LOCAL. CODIFICACIÓN (CPV 2008): 35811200-4 uniformes de contratación que actúa en nombre policía (CPA 2008): 14.12 Ropa de trabajo Posibilidad de presentar el Documento Único Europeo de Contratación(DEUC): SÍ X NO Si es posible la presentación del Consorcio Urbanístico para DEUC, el licitador puede limitarse a cumplimentar la Rehabilitación sección A: Indicación global relativa a todos los criterios de Puerto adjudicación de la Xxxxparte IV del DEUC: SÍ NO ; en este último caso deberá de rellenar todas las secciones de la parte IV del DEUC D.- PRESUPUESTO DE LICITACION Setenta y nueve mil setecientos cincuenta euros con setenta y cuatro céntimos //79.750,74 €//, es la Presidenciade acuerdo con el desglose siguiente: BASE IMPONIBLE: 79.750,74 € + 21% IVA 16.747,66 € = 96.498,40 €. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente importe anual de este contrato y/o suma de todos los suministros facturados, no podrá sobrepasar la consignación presupuestaria que para cada año se aprueba por la Corporación. La cuantía del suministro no puede definirse con exactitud, por tener que adecuarla a las necesidades de este Ayuntamiento, en consecuencia, ostenta correspondencia con las prerrogativas especificaciones xxx xxxxxx de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones prescripciones técnicas. El número de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 prendas podrá variar anualmente en función de la Consejera periodicidad del vestuario, salvo en 2016 que se entregarán el total de unidades descritas en el Anexo 1, en la columna de Cantidad. En todo caso en todas las anualidades se respetará el precio unitario propuesto igualmente en el Anexo 1, en la columna de Precio Ud. Valor estimado del contrato: Trescientos diecinueve mil dos euros con noventa y seis céntimos //319.002,96 €//. I.V.A. no incluido, de acuerdo con el siguiente desglose: FORMA DE PAGO: La facturación se efectuará cada vez que se produzca un suministro y vendrá acompañada de los albaranes correspondientes. En el supuesto en que se produjese una baja en el tipo de licitación el adjudicatario estará obligado a suministrar a este Excelentísimo Ayuntamiento (previa petición por escrito realizada por la Tenencia de Alcaldía del Área JuventudEconómica), Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas los materiales comprendidos en el Proyecto Básico y pliego técnico, a los precios unitarios ofertados, hasta el límite máximo autorizado como presupuesto de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoslicitación.

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Samples: Modelo Tipo De Pliego De Cláusulas Particulares Que Ha De Regir en Los Procedimientos Abiertos De Contrato De Suministros

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. 6.1.- El órgano de contratación que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico competente para la Rehabilitación aprobación del expediente y para la adjudicación del presente contrato es la Junta de Puerto Gobierno Local de conformidad con el punto Tercero de la XxxxDisposición Adicional Segunda de la TRLCSP, es con sede en la PresidenciaPlaza Mayor, s/n, 12001 y con la dirección electrónica xxx.xxxxxxxx.xx. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar Cód. Validación: GSKMTGXJJC665WXXK76A4CJ77 | Verificación: xxxx://xxxx.xxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 58 Los pliegos de condiciones y el correspondiente contrato yestudio económico podrán examinarse en el Negociado de Contratación y Coordinación de Servicios Sociales, ubicado en la calle Enmedio, nº 82, 1º de esta ciudad, hasta el momento en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, en consecuenciahorario de 9 a 13 horas, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones lunes a viernes. Dichos documentos podrán consultarse en el perfil de interés público y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2016 contratante de la Consejera página Web del Área JuventudAyuntamiento: xxx.xxxxxxxx.xx y podrán solicitarse por correo electrónico en las direcciones: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx, Igualdad y Patrimonio Histórico remitiendo su correo electrónico. Contratación gestión Escuela Municipal Incompleta de Educación Infantil “Los Duendes”. 6 de 51 Cualquier información complementaria relativa a los mismos se obtendrá en dicho Negociado (teléfono 964355100 ext. 4946 o 4951). Asimismo, de conformidad con lo establecido en la cláusula 4ª.2 de este pliego, el proyecto del ECIT“Reglamento de funcionamiento interno de la Escuela Municipal Incompleta de Primer Ciclo de Educación Infantil “Los Duendes”, AUTORIZANDO las obras contenidas de la ciudad de Castellón de la Plana” estará a disposición para su consulta en el Proyecto Básico Negociado de Contratación y Coordinación de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenosServicios Sociales.

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Samples: www.castello.es

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación Ilmo. Ayuntamiento de Puerto Aranjuez será el Pleno de la Xxxx, es Corporación municipal en virtud de la PresidenciaDisposición Adicional Segunda del TRLCSP. El mencionado Dicho órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuenciaresultante de la presente licitación, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientodudas, modificarlo por razones de interés público y público, acordar su resolución con sujeción a resolución, así como aprobar las penalidades derivadas del incumplimiento de éste. El Órgano de Contratación estará asistido por la normativa aplicableMesa de Contratación permanente, cuya composición está publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. - RESOLUCIÓN Ayuntamiento de 19 Aranjuez. El valor estimado del contrato es de diciembre de 2016 38.500.000,00 Euros, en virtud del artículo 88 del TRLCSP. Esta cantidad incluye el presupuesto base de la Consejera licitación sin incluir impuestos indirectos, la posible prórroga del Área Juventudcontrato, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO así como la totalidad de las obras contenidas modificaciones previstas contempladas en el Proyecto Básico y Pliego de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto Prescripciones Técnicas. El presupuesto base de la Xxxxlicitación, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto)para los cuatro años de duración del contrato es de 22.000.000,00 Euros. - Decreto El presupuesto base anual de la Alcaldía Presidenciapresente licitación asciende a 5.500.000,00 Euros. El precio del contrato será a tanto alzado y deberá ser presentado en euros, sin incluir impuestos indirectos según lo establecido en el artículo 87 del TRLCSP. El precio del contrato no podrá ser objeto de revisión según lo contemplado en el Real Decreto 55/2017, de fecha 21 de diciembre de 20163 febrero, por el que se otorga desarrolla la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica MunicipalLey 2/2015, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/200030 xx xxxxx, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido desindexación de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoseconomía española.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación Del Servicio De Higiene Urbana

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano competente para contratar es el Alcalde-Presidente, de contratación que actúa conformidad con lo establecido en nombre del Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto el artículo 21 de la XxxxLey 7/1985, es la Presidenciade 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local. El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientoejecución, modificarlo por razones de interés público y acordar su resolución resolución, con sujeción a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente. El Adjudicatario no tendrá obligación de 19 realizar ninguna obra en los terrenos donde tendrá lugar la Feria Real. El adjudicatario deberá velar por que los empresarios feriantes hagan un uso adecuado de diciembre los terrenos que ocupen, siendo de 2016 su cuenta el pago de los daños ocasionados en el recinto ferial a consecuencia de un uso inadecuado del mismo. La Feria Real de Aguilar de la Consejera del Área Juventud, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas Frontera tendrá lugar en el Proyecto Básico Recinto Xxxxxx xxx Xxxxxxxx y en los espacios de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxxdominio público donde tradicionalmente se instalan los puestos denominados vulgarmente de los moros, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por excepto el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto terreno que va a continuación de la XxxxCaseta Taurina y los 540 m2 de terreno colindante a las microescuelas que se reserva la Comisión de Festejos, condicionado a recoger en él así como el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Decreto margen derecho de la Alcaldía Presidencia, de fecha 21 de diciembre de 2016, por el que se otorga la conformidad al proyecto presentado y se pone C/ Xxxxx Xxxxxxx hasta esquina C/ Molinos. Dichos terrenos serán puestos a disposición del concesionario por parte del Ayuntamiento, el cual garantizará que los terrenos mismos se encuentran en perfecto estado de titularidad municipal afectadosuso, debiendo el adjudicatario usar de él conforme a su destino en la condiciones fijadas en el presente contrato. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyectoLa Feria Real se celebrará todos los años los días 6, emitido por la Oficina Técnica Municipal7, de fecha 21 de diciembre de 20168 y 9 xx xxxxxx. El Ayuntamiento podrá modificar dicha fechas, previa consulta con el concesionario. En cumplimiento del trámite caso de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido modificación de las Leyes fechas de Ordenación celebración de la Feria Real deberá ponerlo en conocimiento del Territorio concesionario con al menos cuatro meses de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenosantelación.

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Samples: www.aguilardelafrontera.es

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez será la Rehabilitación Junta de Puerto Gobierno Local municipal en virtud de la Xxxx, es la PresidenciaDisposición Adicional Segunda del TRLCSP. El mencionado Dicho órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuenciaresultante de la presente licitación, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientodudas, modificarlo por razones de interés público y público, acordar su resolución con sujeción resolución, así como aprobar las penalidades derivadas del incumplimiento de éste. El Órgano de Contratación estará asistido por la Mesa de Contratación permanente, cuya composición está publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. El valor estimado del contrato es de 130.000,00 Euros, en virtud del artículo 88 del TRLCSP. Esta cantidad incluye el presupuesto base de la licitación sin incluir impuestos indirectos, la posible prórroga del contrato, así como la totalidad de las modificaciones previstas contempladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El presupuesto base de la licitación, para los cuatro años de duración del contrato, a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN cantidad de 19 de diciembre de 2016 130.000,00 €, desglosado de la Consejera siguiente forma: 157,300,00 € Las ofertas económicas presentadas por los licitadores no podrán superar el importe total del Área Juventudpresupuesto base de la licitación.‌‌‌ El precio del contrato será a tanto alzado y deberá ser presentado en euros, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas sin incluir impuestos indirectos según lo establecido en el Proyecto Básico y artículo 87 del TRLCSP. El precio del contrato no podrá ser objeto de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, revisión según lo contemplado en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Real Decreto de la Alcaldía Presidencia55/2017, de fecha 21 de diciembre de 20163 febrero, por el que se otorga desarrolla la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica MunicipalLey 2/2015, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/200030 xx xxxxx, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido desindexación de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoseconomía española.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación contratación, que actúa en nombre del Consorcio Urbanístico para Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez será la Rehabilitación Junta de Puerto Gobierno Local municipal en virtud de la Xxxx, es la PresidenciaDisposición Adicional Segunda del TRLCSP. El mencionado Dicho órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuenciaresultante de la presente licitación, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimientodudas, modificarlo por razones de interés público y público, acordar su resolución con sujeción resolución, así como aprobar las penalidades derivadas del incumplimiento de éste. El Órgano de Contratación estará asistido por la Mesa de Contratación permanente, cuya composición está publicada en el Perfil del Contratante del Ilmo. Ayuntamiento de Aranjuez. El valor estimado del contrato es de 128.400,00 Euros, en virtud del artículo 88 del TRLCSP. Esta cantidad incluye el presupuesto base de la licitación sin incluir impuestos indirectos, la posible prórroga del contrato, así como la totalidad de las modificaciones previstas contempladas en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El presupuesto base de la licitación, para los cuatro años de duración del contrato, a la normativa aplicable. - RESOLUCIÓN cantidad de 19 de diciembre de 2016 107.000,00 €, desglosado de la Consejera siguiente forma: 129.470,00 € Las ofertas económicas presentadas por los licitadores no podrán superar el importe total del Área Juventudpresupuesto base de la licitación.‌‌‌ El precio del contrato será a tanto alzado y deberá ser presentado en euros, Igualdad y Patrimonio Histórico del ECIT, AUTORIZANDO las obras contenidas sin incluir impuestos indirectos según lo establecido en el Proyecto Básico y artículo 87 del TRLCSP. El precio del contrato no podrá ser objeto de Ejecución del Complejo Dotacional Cultural Espacio Parque San Xxxxxxxxx, Fase I – Consolidación Casa Xxxx Xxxxxxx, revisión según lo contemplado en calle Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, 4 de dicho término municipal, promovido por el Consorcio Urbanístico para la Rehabilitación de Puerto de la Xxxx, condicionado a recoger en él el documento denominado Separata II (anteproyecto). - Real Decreto de la Alcaldía Presidencia55/2017, de fecha 21 de diciembre de 20163 febrero, por el que se otorga desarrolla la conformidad al proyecto presentado y se pone a disposición los terrenos de titularidad municipal afectados. - INFORME FAVORABLE de supervisión del proyecto, emitido por la Oficina Técnica MunicipalLey 2/2015, de fecha 21 de diciembre de 2016. En cumplimiento del trámite de colaboración interadministrativa previsto en el artículo 167 y 11 del Decreto Legislativo 1/200030 xx xxxxx, de 8 xx xxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido desindexación de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, y la disponibilidad de los terrenoseconomía española.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Para La Contratación De Servicios Profesionales De Sala Fitness Y Actividades Dirigidas en La Ciudad Deportiva ¨las Olivas¨ Del Ilmo