Common use of Vigilancia, seguridad e higiene Clause in Contracts

Vigilancia, seguridad e higiene. El Contratista será responsable de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en el lugar de la obra. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las partes contratantes o de terceros, para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos. La responsabilidad respecto de la vigilancia continua de la obra, a lo largo de todo su recorrido para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes le incumbe al Contratista. La adopción de las medidas de vigilancia y seguridad a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las consecuencias de los hechos referidos. La obligación de vigilancia y el régimen de responsabilidad establecido en el PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM presente artículo rigen durante todo el período comprendido entre el Inicio de la Obra y la Recepción Definitiva. En este caso el Contratista deberá proveer las comodidades complementarias necesarias, como también proveerá el transporte de los mismos. Se incluyen también a cargo del Contratista todos los elementos e instalaciones necesarias para que el personal de serenos cumpla correctamente con la tarea a su cargo. El personal del Comitente afectado a la obra, será provisto por cuenta del contratista con elementos de seguridad pasiva personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.), bajo normas I.R.A.M. Asimismo, en la obra se instalarán los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo responsable el contratista de los accidentes ocasionales o agravados por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados. Sin perjuicio de lo expuesto, la Inspección de Obra podrá exigir el uso o la colocación de los elementos que considere convenientes. Al momento de la suscripción del Contrato, el Contratista deberá adecuar las medidas de seguridad del personal a la legislación vigente. Se acompaña normativa como Anexo XVI.

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Samples: Pliego De Condiciones Especiales, Pliego De Condiciones Especiales

Vigilancia, seguridad e higiene. El La responsabilidad que le incumbe al Contratista será responsable respecto de la seguridad de todas las actividades que se desarrollen en el lugar vigilancia continua de la obra. Adoptará todas las medidas necesarias para prevenir daños a las personas o a los bienes, sean de las partes contratantes o de terceros, obra para prevenir robos o deterioros de los materiales, estructuras u otros bienes propios o ajenos. La responsabilidad respecto , se extiende a todo lo relativo al servicio de la vigilancia continua prevención de la obraaccidentes que puedan afectar a personas o a bienes del Estado o del Ente Concesionario o de terceros, a lo largo de todo su recorrido para prevenir robos o deterioros de mientras se desarrollan los materiales, estructuras u otros bienes le incumbe al Contratistatrabajos. La adopción de las medidas de vigilancia y seguridad a las que se alude precedentemente no eximirá al Contratista de las consecuencias de los hechos referidos. La obligación Cuando en la obra trabajen varios Contratistas se determinará la responsabilidad de vigilancia y el régimen de responsabilidad establecido en el PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM presente artículo rigen durante todo el período comprendido entre el Inicio de la Obra y la Recepción Definitiva. En este caso el cada uno El Contratista deberá proveer cumplir con las comodidades complementarias necesarias, como también proveerá Normas de Seguridad e Higiene vigentes. Desde el transporte comienzo hasta la terminación completa de los mismos. Se incluyen también trabajos estará a cargo del Contratista todos el cuidado de la totalidad de la Obra, como así también los equipos de trabajo afectados, tanto permanentes como provisionales. Todos los equipos que el Contratista utilice en la zona de la obra deberán cumplir con lo establecido por el Decreto PEN N° 911/96 y estar sujetos a la aprobación por parte de la Inspección de Obra y deberán contar con sus correspondientes elementos de señalización (flechas, luces, balizas luminosas y giratorias, bandas reflectivas, alarmas de retroceso, etc.). Estos elementos estarán a cargo del Contratista. El Contratista tomará a su tiempo todas las disposiciones y las precauciones del caso a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades del Ente Concesionario y de la DNV-OCCOVI, aunque esos accidentes o daños sean causados por la acción de los elementos o causas eventuales. Las defensas y otros elementos a disponer en obra para garantizar la seguridad en los trabajos será responsabilidad del Contratista. La programación de los trabajos deberá prever que no queden baches y/o excavaciones y/ u obstáculos de cualquier tipo que pudieran afectar la normal y segura circulación del tránsito vehicular y peatonal. De resultar esto impracticable, se realizará la adecuada señalización, cerrando e identificando los sectores riesgosos. Antes de iniciar cualquier actividad, el sector de Obra estará delimitado, debiendo el Contratista contar con la autorización de ingreso x xxxxxxx por parte del Ente Concesionario. El ingreso al sector de la obra deberá ser desde colectoras salvo que ello no fuera posible o conveniente, en cuyo caso se podrá viabilizar un acceso desde calzadas principales con los resguardos del caso. Durante la ejecución de los trabajos la limpieza se hará diariamente. Una vez terminada la Obra y antes de la Recepción Provisoria de la misma, el Contratista estará obligado a ejecutar, además de la limpieza predicha precedentemente indicada, otra de carácter general y entregar la zona de camino. El Contratista deberá mantener permanentemente durante el período de ejecución de los trabajos, el balizado y la señalización correspondiente, en perfecto estado de funcionamiento, a fin de prevenir accidentes viales. Estas instalaciones necesarias para como así también cualquier modificación que se realice sobre la misma serán verificadas y supervisadas por el personal de serenos cumpla correctamente Seguridad Vial del Ente Concesionario, debiendo ser informadas y aprobadas previamente por el Ente Concesionario. Todos los dispositivos a emplear serán legibles y visualizados tanto de día como de noche y bajo distintas condiciones climáticas. Las distancias de los avisos y carteles de los lugares de trabajo estarán acordes con la tarea posibilidad del trazado, a fin de que el tránsito sea alertado con la anticipación necesaria para tales anuncios. El Contratista deberá disponer de banderilleros provistos con los elementos seguridad necesarios para el movimiento de los equipos cuando ingresen y salgan de la obra. Todos los equipos y camiones que estén afectados a la obra deberán estar equipados con señalización mediante bandas reflectivas y balizas luminosas y alarmas sonoras al retroceder, según defina la Inspección de Obra. Los elementos de señalización de los equipos deberán ser provistos por el Contratista a su cargo. El personal del Comitente afectado a Todos los equipos con carga que entren y salgan de la obra, será provisto por cuenta del contratista con elementos zona de seguridad pasiva personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.), bajo normas I.R.A.M. Asimismo, en la obra se instalarán los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo responsable el contratista de los accidentes ocasionales o agravados y circulen por la falta o mal uso concesión del Acceso Norte, deberán cumplir los siguientes requisitos:  Mantener actualizado el registro de datos  Llevar el logo de la empresa Contratista  Tener los elementos arriba indicadosseguros obligatorios contra terceros vigentes  que no se excedan las cargas máximas vigentes según Ley N° 24.449 de Transito y Seguridad Vial y su Decreto Reglamentario N° 779/95 y modificaciones correspondiente. Sin perjuicio En caso de lo expuestoconstatarse la violación a estas regulaciones, la Inspección de Obra procederá a la aplicación de multas. El P.C.P. podrá exigir requerir otras o mayores obligaciones a las aquí previstas en materia de seguridad vial. Los depósitos, galpones, oficinas, tinglados y en general todas las construcciones provisorias que requiera cada obra, ya sea para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, comedores, cocinas y recintos sanitarios, deberán ser provistos por el Contratista y deberán contar con la aprobación del Ente Concesionario. Preferentemente deben ser nuevos y sin uso o y serán instalados y mantenidos por el Contratista en perfecto estado de limpieza y conservación, estando también a su cargo el alumbrado y la colocación provisión y distribución de agua a los elementos que considere convenientesmismos. Al momento A la terminación de la suscripción del Contratoobra, serán demolidos y retirados por el Contratista, dejando el lugar en el mismo estado en que se recibió, salvo otra indicación establecida en el P.C.P. Atento las limitaciones de superficie en los lugares de ejecución de la Obra, el Contratista deberá adecuar prever en su oferta la necesidad de tener que conseguir, por su cuenta y cargo, los lugares de asentamiento de las medidas mencionadas construcciones provisorias. Para el caso de seguridad del personal instalarse fuera de la zona de camino, el Contratista deberá gestionar a la legislación vigente. Se acompaña normativa como Anexo XVIsu cargo y xxxxx las autorizaciones municipales correspondientes.

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Samples: Convenio De Ampliacion De Av. Gral, Convenio De Ampliacion De Av. Gral