Vigilancia de la salud. El empresario observará lo preceptuado en esta materia, en función de los riesgos inherentes al trabajo, conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales o normativa en vigor.
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Samples: fundacioncolegiosdiocesanos.com, www.boe.es, ceceib.es
Vigilancia de la salud. El empresario observará lo preceptuado en esta materia, en función de los riesgos inherentes al trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales o normativa en vigor.
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Samples: www.fsie.es, educacionprivada.org, www.fespugt.es
Vigilancia de la salud. El empresario observará lo preceptuado en esta materia, en función de los riesgos inherentes inheren- tes al trabajo, conforme a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención Preven- ción de Riesgos Laborales o normativa en vigor.
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Samples: doe.gobex.es