VALOR DE RESCATE Cláusulas de Ejemplo

VALOR DE RESCATE. El valor de rescate es igual al 70% del importe de la provisión matemática, constituida por la Entidad Aseguradora para cada uno de los asegurados por la garantía principal de «servicio fúnebre», en la fecha de efecto de la última renovación anual.
VALOR DE RESCATE. El valor de rescate es un monto a favor del Asegurado que corresponderá al valor en efectivo disponible de la reserva matemática xxx xxxxxx básico, dependiendo del año de vigencia en el cual se realiza la solicitud de revocación de la póliza de acuerdo con la siguiente tabla: 3 10% 4 15% 5 20% 6 30% 7 40% 8 60% 9 80% 10 100% 11 en adelante 100% Si al momento de la revocación existiera algún valor de reserva por los amparos adicionales contratados o un monto disponible por concepto xx xxxx de fidelidad, estos se sumarán al valor de rescate correspondiente al amparo básico. En caso de pago fraccionado de la prima, del valor de rescate total se descontará el valor de los fraccionamientos no pagados o de los préstamos vigentes si a ello hay lugar. Lo anterior se determina de acuerdo con la Nota Técnica puesta a disposición de la Superintendencia Financiera de Colombia y cuyo monto depende de la modalidad de pago contratada, la fecha de cada pago y el número de años xx xxxxxx pagadas.
VALOR DE RESCATE. Es igual al VALOR EFECTIVO AJUSTADO menos el CARGO DE RESCATE. El CARGO DE RESCATE se mantendrá calculado durante la vigencia de la póliza y se aplicará al VALOR EFECTIVO AJUSTADO en caso de que el TOMADOR efectuara un Rescate Total a la póliza. Cada pago que reciba la Compañía que no sea en pago de un préstamo, se considerará un pago de prima. De toda prima pagada, la Compañía retendrá no más del ocho por ciento (8%) para cubrir los gastos de emisión y de administración de la póliza. El resto de la prima, después de hacer la RETENCIÓN DE PRIMA, se acreditará al VALOR EFECTIVO de la póliza en el próximo DÍA DE PROCESAMIENTO. Las DEDUCCIONES MENSUALES se aplicarán al VALOR EFECTIVO de la póliza en forma automática en el DÍA DE PROCESAMIENTO durante la vigencia de la póliza y el TOMADOR autoriza expresa e irrevocablemente a la Compañía para hacerlas. Estas DEDUCCIONES MENSUALES incluyen las siguientes:
VALOR DE RESCATE. Durante la vigencia de este seguro, transcurrido el plazo mínimo fijado por el Asegurador y antes de alcanzada la Fecha de finalización pactada en las Condiciones Particulares de la póliza, el Asegurado tendrá derecho a realizar el retiro total del valor de rescate que tenga disponible de acuerdo las bases técnicas de esta póliza, en cuyo caso el presente seguro quedará rescindido y terminadas todas las Coberturas contratadas.
VALOR DE RESCATE. Cantidad disponible al Asegurado del valor acumulado después de deducirle los cargos por rescate, para hacer retiros parciales, recibir préstamo o para rescatar totalmente su póliza.
VALOR DE RESCATE. Después del primer año de vigencia de la póliza, el asegurado tendrá derecho a liquidarla, lo que traerá consigo la extinción de toda responsabilidad posterior por parte de la Compañía. El asegurado tendrá derecho a la entrega de una proporción de Valor Efectivo acumulado en la fecha solicitada, la cual se determinará efectuándole un descuento, el cual nunca será mayor a los valores que aparecen en la siguiente tabla: 2 50% de la Prima Básica 3 30% de la Prima Básica 4 15% de la Prima Básica 5 5% de la Prima Básica 6 o más 0 [Escriba texto]
VALOR DE RESCATE. El Tomador del Seguro que haya solicitado el rescate tiene derecho a percibir, a cambio de la anulación de la póliza el Valor de Rescate, cuyo importe máximo será el indicado en las Condiciones Particulares. El valor de rescate no podrá ser superior al de realización de los activos asignados a la póliza, a la fecha de su solicitud. El Valor de Realización de los activos asignados a la póliza se obtendrá multiplicando la provisión matemática constituida, en la fecha de solicitud del rescate, por el coeficiente que resulte de dividir la suma de los valores de realización que tengan los activos asignados a la modalidad entre la suma de los valores de coste o de coste amortizado de los mismos, calculados ambos valores a fecha de solicitud del rescate. El cálculo de dichos valores se realizará de acuerdo a lo establecido en la normativa contable vigente de entidades aseguradoras. En consecuencia, al estar condicionado el valor de rescate al de realización de los activos asignados, el importe a percibir dependerá de la evolución de los mercados financieros, ajena al control del Asegurador.
VALOR DE RESCATE. El Tomador tiene derecho a rescindir el presente contrato mediante solicitud escrita dirigida a la Empresa de Xxxxxxx y ha de recibir por parte de ésta la suma correspondiente indicada en la Tabla de Valores Garantizados por concepto de Valor de Rescate, previa deducción de cualquier deuda pendiente a favor de la Empresa de Xxxxxxx más los intereses devengados al momento de hacerse efectivo el rescate de la Póliza.
VALOR DE RESCATE. El Contratante podrá disponer como valor de rescate del valor que corresponda al número de años de vigencia transcurridos y pagados, de acuerdo a lo estipulado en la tabla de valores garantizados. Para disponer del valor de rescate el Contratante deberá solicitarlo por escrito a la Compañía. En caso de que se solicite el valor de rescate antes de terminar cada año de vigencia, de dicho valor se descontará una penalización por rescate anticipado, cuyo monto se determinará de acuerdo a lo que se encuentre registrado al respecto, ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Una vez que se realice el pago del valor de rescate cesarán automáticamente para ambas partes los derechos y obligaciones derivados del presente contrato. Sin más pago xx xxxxxx, el seguro prorrogado mantiene este Contrato en vigor por su valor nominal alcanzado, cancelando los beneficios adicionales contratados, durante el tiempo que indica la tabla de valores garantizados. Si la muerte del Asegurado ocurre durante el periodo del seguro prorrogado, la Compañía pagará la suma asegurada por fallecimiento vigente al momento de optar por este valor garantizado, y en su caso, si el Asegurado llega con vida al final de ese periodo de prórroga, la Compañía le pagará el efectivo final indicado en la tabla de valores garantizados (si lo hubiera). El Contratante podrá obtener como rescate del seguro prorrogado, el 90% de la reserva de riesgos en curso sin incluir el margen de riesgo que corresponda al contrato, mediante la devolución de la Póliza para ser cancelada. Para hacer uso de este derecho, el Contratante deberá pagar previamente todo adeudo contraído en virtud de este contrato, solicitarlo por escrito y remitir la Póliza para su anotación. Sin más pago xx xxxxxx, el seguro saldado mantiene este Contrato en vigor, cancelando los beneficios adicionales contratados, hasta la fecha de vencimiento que se establece en la carátula de la póliza, por el monto de suma asegurada que se especifica en la tabla de valores garantizados en la columna correspondiente. Si el Asegurado fallece durante el periodo del seguro saldado, la Compañía pagará a los Beneficiarios designados la suma asegurada por fallecimiento, establecida en la tabla de valores garantizados. Para hacer uso de este derecho, el Contratante deberá pagar previamente todo adeudo contraído en virtud de este Contrato, solicitarlo por escrito y remitir la Póliza para su anotación. El Contratante podrá obtener como valor de rescate del segur...
VALOR DE RESCATE. Una vez transcurrido el plazo mínimo para solicitudes de rescate estipulado en las Condiciones Particulares de póliza, el Contratante podrá solicitar la rescisión de su póliza por el correspondiente Valor de Rescate. El mismo será igual al saldo del Fondo Consolidado de la Póliza al momento en que el Contratante lo solicite, menos el Cargo por Rescisión - que figura en las Condiciones Particulares - menos el saldo adeudado a la Compañía Aseguradora por eventuales préstamos. A la fecha de solicitud del rescate se cancelan todos los derechos y obligaciones de la presente póliza, excepto la obligación de la Compañía Aseguradora de abonar el valor de rescate aquí definido. Las solicitudes de rescate estarán sujetas al mismo plazo de pago y a la misma limitación mensual de volumen que las solicitudes de préstamos y de retiros parciales. A los fines de esta limitación, para establecer si se supera o no el margen del 10%, se computará conjuntamente el total de préstamos, valores de rescate y retiros parciales solicitados durante el mes.