FECHA DE EFECTO Cláusulas de Ejemplo

FECHA DE EFECTO. Esta cobertura se incorporará a las pólizas de Previsora General en la anualidad 2017, a partir de la renovación en 2017 para las pólizas en cartera y a partir de la fecha de efecto para las pólizas de nueva emisión. Fecha efecto es la fecha en que entrará en vigor la cobertura pactada en el título. En ningún caso la cobertura entrará en vigor con anterioridad al momento en que el mutualista haya satisfecho la primera prima o cuota, debiéndose cumplir por ambas partes los plazos y condiciones establecidos en la Ley 50/1980 de 8 de octubre de Contrato de Seguro. Salvo pacto en expreso en contra, la cobertura entrará en vigor a las cero horas de la fecha de efecto y terminará en el momento de producirse el siniestro o a las cero horas de la fecha de vencimiento.
FECHA DE EFECTO. Para todas las situaciones de riesgo del 31 de Diciembre de 2014. Incendio, rayo y explosión Incluido Extensivos Incluido 100% Daños por agua Incluido sin limite de gastos de localización y reparación de la avería Gastos de extinción (bomberos y llenado de equipos) 50.000 € Gastos de demolición y desescombro 150.000 € Gastos de salvamento 150.000 € Gastos de reposición de archivos, planos, moldes y modelos 60.000 € Gastos de vigilancia Incluido Honorarios profesionales incluidos peritos 150.000 € Gastos de permisos y licencias Incluido Inhabiltabilidad Incluido Perdida de alquileres Hasta 15.000 € Desalojamiento forzoso Incluido Gastos extraordinarios necesarios y razonables para seguir prestando el servicio público con ocasión de un siniestro cubierto 100.000 € Bienes temporalmente desplazados Hasta 300.000 € Bienes de terceros 150.000 € a primer riesgo Bienes de empleados 30.000 € a primer riesgo Daños a vehículos/maquinaria del asegurado o tercero 120.000 € a primer riesgo Daños a bienes (Esculturas, monumentos, etc.) situados en la vía publica así como mobiliario Urbano excluyendo las pintadas, ralladuras o raspaduras 6.000 € a primer riesgo Reconstrucción xx xxxxxxxx 6.000 € a primer riesgo Daños a obras menores Incluido Daños eléctricos al continente, aparatos eléctricos y/o electrónicos 180.000 € a primer riesgo Daños estéticos 12.000 € a primer riesgo Robo y expoliación del contenido Incluido 100% En mueble cerrado 1.500 € En caja fuerte 12.000 € Expoliación a clientes y empleados 1.500 € Transportador de fondos 12.000 € Infidelidad de empleados 1.500 € Desperfectos por robo 100 % Robo del continente 20.000 € Roturas 18.000 € a primer riesgo Equipos electrónicos 60.000 € a primer riesgo Portadores de datos 15.000 € Incremento del coste de operación 15.000 € Asistencia Incluido Riesgos extraordinarios Incluido Garantía de reposición valor a nuevo: 100 % Compensación de capitales: Incluido Cobertura automática sobre edificios, maquinaria en instalaciones: 15% Revalorización de capitales según IPC: Incluido Bienes Históricos Artísticos: Incluido
FECHA DE EFECTO. 3.1 Pedido con un Equipo Renault o un Equipo de Terceros
FECHA DE EFECTO. Es la fecha en la que se suscribe la póliza y se abona la Prima Única.
FECHA DE EFECTO. Lo es el momento o día de toma de efectividad del seguro, es decir, cuando despliega sus efectos jurídicos y económicos y a partir del cual se determinan los aniversarios del mismo. Por acuerdo entre las partes contratantes, los efectos de la póliza podrán retrotraerse al momento en que se presentó la Solicitud de Seguro.
FECHA DE EFECTO. Las 00:00h del día 01 xx Xxxxxx de 2022
FECHA DE EFECTO. Es el lapso de tiempo previamente acordado con AXA COLPATRIA que comienza en la fecha de iniciación de la vigencia de la póliza y finaliza en la misma fecha que termina la cobertura o vigencia de la póliza.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.