Common use of TRIBUNAL CALIFICADOR Clause in Contracts

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado de la selección estará constituido en la forma siguiente:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo a la Presidencia. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoria.

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Samples: Bases Para La Seleccion Y Contratacion De Dos Trabajadores Con La Categoria De Socorrista, Para La Realizacion De Las Tareas Propias Del Puesto De Trabajo en La Piscina

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado estará constituido por: − Presidente: El Secretario de la selección estará constituido en Corporación Municipal de San Xxxxxxxx de Y. − Vocal: la forma siguienteSecretaria de la Subdelegación del Gobierno xx Xxxxx − Secretaria :  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Administrativo La Secretaria del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo Xxxxxxxx xxx Xxxxx La abstención y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos recusación de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes. Los miembros Miembros del Tribunal deberán abstenerse será de intervenir en el proceso cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 01 de Octubreoctubre, de del Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo a la Presidencia. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legal. La actuación Los miembros del Tribunal se ajustará estrictamente a son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las Bases bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría. Cód. Validación: 45AWTGFHHKA2XFHACWXKGXRQJ | Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 6 Los candidatos deberán presentarse el día 23 xx xxxxx de 2020 a las 09:00 horas en el Ayuntamiento de San Xxxxxxxx xx Xxxxx para realizar las pruebas de selección que constará de las siguientes fases.

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Samples: sanleonardodeyague.es

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado de selección será designado por resolu- ción xxx Xxxxxxx-Presidente y estará integrado por los siguientes miembros: * Presidente/a: Un funcionario, que podrán serlo de cualquier otra Administración Pública. * Vocales: Cuatro funcionarios que podrán serlo de cualquier otra Administración Pública. * Secretario/a: Actuará como Secretario el de la selección estará constituido Cor- poración o funcionario/a en la forma siguiente:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXquien delegue, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento con voz, pero sin voto. Su composición será predominantemente técnica y en ella se velará por los principios de XXXXX XX XXXXXXXXespecialidad, im- parcialidad y profesionalidad de sus miembros. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales Sus miembros deberán poseer un nivel de titulación igual o superior a la exigida espe- cialización iguales o superiores al exigido para el acceso a las plazas convocadasal puesto. El La composición mínima del Tribunal no podrá constituirse ni actuar, puede ser nunca inferior a tres miembros con voz y voto tanto en primera convocatoria, sin la presencia su constitución como en el desarrollo de la mitad las sesiones. Serán de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación aplicación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse las causas de intervenir abstención y recusación establecidas en el proceso cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad, debiendo notificarlo a la PresidenciaPasaporte o documentación similar. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantesEl Tribunal será competente para interpretar, conforme al procedimiento establecido cuántos recursos, normas, etc., puedan surgir en el artículo 24 del citado Texto legal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a proceso de selección y declarar la plaza desierta si ningún aspirante reuniese las Bases de condiciones suficientes para ocupar la convocatoriaplaza.

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Samples: Convenio Colectivo Emucesa 2022 2023 2024 Título Preliminar

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado Calificador de este proceso de selección, estará formado por las siguientes personas: Técnico de Salud Laboral de la selección estará constituido Mancomunidad Comarcal de Debabarrena. Vocales Jefe de Servicios xx Xxxxxx Secretario Funcionario de la Mancomunidad Comarcal de Debabarrena. Un empleado de la misma categoría o cualificación profesional formará parte del Tribunal, siempre que cumpla los requisitos académicos exigidos en la forma siguiente:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXel proceso, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXXno ser así, actuará como oyente. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento La totalidad de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDOsus miembros con derecho a voto deberán poseer una titulación o nivel académico igual o superior al exigido para esta convocatoria. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadasmiembros del Tribunal tendrán voz y voto, con excepción del Secretario del mismo, que carecerá de esta última facultad. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, actuar sin la presencia de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del SecretarioSecretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes indistintamente. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el de quien actúe como Presidente, que lo serán, en caso de ausencia del su titular o de su suplente, el vocal de mayor edad. El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos trabajos, de los asesores especialistas especialistas, para todas y algunas de las pruebas de las que conste el sistema selectivo, que se estimen pertinentes, limitándose estos limitarán a prestar su asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y colaboración técnica en el proceso cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 ejercicio de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo a la Presidencia. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoriasus especialidades.

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Samples: Bases Que Regirán La Convocatoria Para La Contratación Laboral Temporal Mediante Contrato De Interinidad Del Puesto De Jefe De Taller De Badesa

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado de la selección estará Estará constituido en la forma siguientepor:  Titular Presidente: Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx: Directora del IES Sobrarbe Vocales: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx , Secretario del IES Sobrarbe Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Tecnico Administrativo del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, xx Xxxxx-Sobrarbe Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx: Cocinero Secretario-Interventor :Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx: Secretario del Ayuntamiento xx Xxxxx-Sobrarbe Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el articulo 23 de Administración General la Ley de Regimen Juridico del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior Sector Publico notificándolo a la exigida para el acceso Presidencia. Los/las aspirantes podrán recusar a las plazas convocadaslos miembros del Tribunal, cuando concurran en dichas circunstancias. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia del Presidente y del Secretario ,o en su caso, de quienes les sustituyan, y la presencia de, al menos, la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. miembros El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán tribunal resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando concurran presentes todas las circunstancias previstas en el artículo 23 dudas que surjan de la Ley 40/2015, aplicación de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo a las presentes normas y determinará la Presidencia. En caso contrario podrán ser recusados por actuación procedente en los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoriacasos no previstos.

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TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado órgano de selección estará compuesto por un Presidente/a y cuatro Vocales, siendo Se- cretario el de la Corporación o funcionario municipal en quien delegue. Corresponderá a este órgano la realización del proceso selectivo y propuesta al órgano competente municipal y su nombramiento se determinará mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia. En todo caso, dicho órgano de selección estará constituido se ajustará a lo dispuesto en el artículo 60 del Real Decreto Legis- lativo 5/2015, de 30 de octubre, Ley 39/2015, de 1 de octubre, y demás normas de general aplicación. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, se hará pública mediante edicto inserto en el Boletín Oficial de Cantabria y Tablón Electrónico Munici- pal, pudiendo ser consultada en la forma siguiente:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDOpágina web municipal. Todos los vocales miembros del Tribunal deberán poseer tener el mismo nivel de titulación igual o superior a al requerido en la exigida para el acceso a las plazas convocadaspresente convocatoria. El Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por empleados pertenecientes al mismo Cuerpo de cuya selección se trate. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, actuar sin la presencia asistencia de más de la mitad de sus miembrosmiem- bros, siendo siempre necesaria y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el desarrollo de la asistencia oposición, y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo, en todo lo no previsto en estas bases. CVE-2021-7295 Cuando el procedimiento selectivo por razón del número de aspirantes presentados así lo aconsejara, el Tribunal por medio de su Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos al mismo, con carácter temporal, de otros empleados públicos para colaborar en el desarrollo de los asesores especialistas que se estimen pertinentespro- cesos de selección, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentesbajo la dirección del citado Tribunal. Los miembros componentes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso y los aspirantes podrán re- cusarlos cuando concurran concurrieran las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubreoctubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo o si hubiesen realizado tareas de pre- paración de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la Presidenciafecha de la publicación de la presente convocatoria. En caso contrario podrán ser recusados por El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas, con voz y sin voto, los aspirantescuales se limitarán al ejercicio de su especialidad técnica. Los miembros del Tribunal observarán la confidencialidad y el sigilo profesional en todo lo referente a las cuestiones tratadas en las reuniones, conforme no pudiendo utilizar fuera de las mismas la información que posean en su calidad de miembros del Tribunal referida al procedimiento establecido proceso selectivo para el que han sido nombrados. El Tribunal, en todo lo no previsto en estas bases, está facultado para resolver las cuestio- nes que pudieran suscitarse en el artículo 24 desarrollo del citado Texto legalproceso selectivo y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo. La actuación Serán de aplicación a los miembros del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoriapresente convocatoria lo dispuesto en la normativa de aplicación sobre indemnizaciones por razón del servicio.

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Samples: boc.cantabria.es

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado de los ejercicios y méritos de los aspirantes se designará según dispone el artículo 60 de la selección Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, y será definitivamente constituido por resolución del órgano de selección, en los siguientes términos. Composición: El tribunal calificador estará constituido en integrado por tres miembros titulares profesionales de la forma siguiente:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales deberán poseer materia con titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia plaza objeto de la mitad convocatoria e igual número de sus miembrosmiembros suplentes, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de entre los asesores especialistas que se estimen pertinentesnombrará un presidente, limitándose estos asimismo en su composición tenderá a prestar asesoramiento en las tareas la paridad entre mujer y hombre. Actuará como Secretario el de valoración de los méritos que les sea requeridola Corporación, con voz pero sin voto. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos La designación de los miembros presentesse hará mediante resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Puntallana, junto con la aprobación definitiva de la lista de aspirantes admitidos y excluidos. Los Constitución: El tribunal calificador quedará válidamente constituido cuando se encuentren presentes todos sus miembros. Todos los miembros del Tribunal tribunal calificador actuarán con voz y voto. Previa convocatoria del Presidente correspondiente, el tribunal calificador celebrará su sesión de constitución antes de la realización de cada prueba y acordarán las decisiones que correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. Abstención y Recusaciones: Los componentes del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir cuando estuvieren incursos en algunos de los supuestos previstos en el proceso artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal calificador cuando concurran en los mismos algunos de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debiendo notificarlo a la Presidencia. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legal. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases de la convocatoriaanteriormente.

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TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado Calificador que se clasifica en la categoría 3ª del Anexo XVIII del Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, estará constituido de la selección estará constituido en la forma siguientesiguiente forma:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; PRESIDENTE: • Titular: D Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx • Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx VOCALES: • Un Representante de Empleo y Desarrollo Local la Junta de Extremadura. Titular: Suplente: • El Maestro de la Villa: X. Xxxxxxx Xxxxxxx Ponce • El Técnico Municipal: X. Xxxx X. Peña Franco • Un representante sindical del Ayuntamiento Comité de ROMANGORDOEmpresa.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Titular: D. Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar • El Concejal Delegado de Administración General Personal del Ayuntamiento SECRETARIO El de ROMANGORDOla Corporación o funcionario en quien delegue. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para Asimismo, podrán actuar como observadores, con voz pero sin voto y sin derecho económico alguno un representante municipal de cada grupo político con representación en el acceso a las plazas convocadasAyuntamiento. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia asistencia de más de la mitad de sus miembrosmiembros titulares o suplentes, indistinta- mente, siendo siempre necesaria la asistencia presencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentesmayoría. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando concurran intervenir, cuan- do concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 28.2 de la Ley 40/201530/1992, de 1 26 de Octubrenoviembre, o si hubieran reali- zado tareas de Régimen Jurídico del Sector Públicopreparación de aspirantes en los cinco años ante- riores, debiendo notificarlo para ingreso en Escala de Administración Especial, Personal de Oficios, comunicándolo a la Presidenciaautoridad convocante. En caso contrario podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido Asimismo y en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 29 del citado Texto referi- do texto legal, los interesados podrán promover recusación en los casos previstos en el párrafo anterior en cualquier momento de la tramitación del Procedimiento. La actuación del Tribunal se ajustará habrá de ajustarse estrictamente a las Bases bases de la convocatoria. Correspondiendo al mismo resolver todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las mismas.

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Samples: doe.gobex.es

TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado tribunal estará compuesto por los siguientes miembros: Un presidente Tres vocales Un secretario El tribunal de selección será designado y nombrado por resolución de la selección estará constituido en Alcaldía una vez sea expuesta la forma siguiente:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento lista de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZ, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo admitidos y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadasexcluidos. El Tribunal tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, actuar sin la presencia de la mitad de sus miembros, siendo siempre necesaria necesaria, en todo caso, la asistencia presencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría mayoría. Cód. Validación: 4M5CSGGTPL5GYCJ46M9JH7A66 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de votos de los miembros presentes. 4 Los miembros del Tribunal tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 art. 28 de la Ley 40/201530/1992, de 1 26 de Octubrenoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Sector PúblicoProcedimiento Administrativo Común, debiendo en cuyo caso, el miembro del tribunal afectado deberá notificarlo a la Presidencia. En caso contrario podrán contrario, podrá ser recusados recusado por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido aspirantes en los términos previstos en el artículo 24 del citado Texto legalart. La actuación del Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases 29 de la citada Ley. El tribunal de selección será competente para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen desarrollo de la presente convocatoria, en los aspectos no recogidos en la misma. En calidad de observador actuará también el Agente de Empleo y Desarrollo Local de Saucedilla.

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TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, y estará constituido en la forma siguienteque determina el artículo 4 del Real Decreto 896/91 de 7 xx xxxxx, quedando formado por los titulares que a continuación se indican y sus correspondientes suplentes:  Titular Xxxx XXXXX DE LOS XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX– Presidente: Xx Xxxx. Sr. Alcalde Presidente o Concejal en quien delegue. – Vocales: Cuatro, Auxiliar Administrativo del designados uno por la Junta de Extremadura, otro por el Ayuntamiento xx Xxxxx, otro por el Comité de XXXXX XX XXXXXXXX. Suplente X. XXXXXXX XXXXXX RUIZEmpre- sa, Secretario-Interventor del Ayuntamiento de XXXXX XX XXXXXXXX.  Titular D. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX, Funcionaria de Administración General del Ayuntamiento de XXXXXX XX XXXXXX; Suplente: D. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, Agente de Empleo y Desarrollo Local del Ayuntamiento de ROMANGORDO.  Titular Doña XXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX, A.T.S. Titular del Municipio; Suplente: D. XXXX XXXXXX XXXXXX XXX XXXX, Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de ROMANGORDO. Todos los vocales deberán poseer titulación igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, en primera convocatoria, sin la presencia un miembro de la mitad Corporación. – Secretario: El de sus miembros, siendo siempre necesaria la asistencia del Presidente y del Secretario. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de los asesores especialistas que se estimen pertinentes, limitándose estos a prestar asesoramiento Corporación o funcionario en las tareas de valoración de los méritos que les sea requerido. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentesquien delegue. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso formar parte del mismo, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 23 28 de la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Sector PúblicoProcedimiento Administrativo Común. También debe- rán abstenerse los miembros del Tribunal que hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acce- so a plazas de la especialidad pare se convoca de este Ayunta- miento, debiendo notificarlo en los cinco años anteriores a la Presidenciapublicación de esta convocatoria. En caso contrario Los aspirantes podrán ser recusados por los aspirantes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 24 del citado Texto legalrecusarlos cuando concurran estas circunstancias. La actuación del El Tribunal se ajustará estrictamente a las Bases no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la convocatoriamitad de sus miembros, titulares o suplentes. Asimismo, se establece que el Tribunal podrá requerir la presencia de un técnico asesor para que informe al mismo.

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Samples: doe.gobex.es