Tratamiento de aguas Cláusulas de Ejemplo

Tratamiento de aguas. (Descalcificación y otros)
Tratamiento de aguas. El Contratista será el responsable de la recolección y el tratamiento de las aguas residuales. Así también el Contratista será responsable del tratamiento de las mismas y del cumplimiento con las normativas ambientales previamente a su vertido, contando con las autorizaciones pertinentes de OPDS, ADA y/o quién corresponda.- La limpieza de las instalaciones deberá considerarse como uno de los objetivos prioritarios del Contratista. El Contratista del servicio se hará cargo de la limpieza de toda la planta y sus instalaciones, evitando en todo momento que presenten un aspecto descuidado, sucio o desordenado. Se considerarán objeto de limpieza por el Contratista, la totalidad del predio, incluyendo áreas cubiertas como superficies exteriores. También será competencia del Contratista la limpieza de los terrenos aledaños a las instalaciones afectados por el volado de materiales ligeros procedentes de la misma. El Contratista deberá mantener en buenas condiciones los caminos interiores, así como los caminos que se dispongan para acceder a las plataformas de descarga. Además de las medidas de limpieza, el Contratista del servicio evitará la proliferación de plagas y vectores, manteniendo las condiciones higiénico - sanitarias del Centro, mediante la realización de campañas periódicas de desinsectación y desratización que impidan la aparición de agentes transmisores de enfermedades.
Tratamiento de aguas. Los sistemas de tratamiento de agua deben seguir funcionando varios años después de abandonada la mina, la cual saldrá a la superficie disuelta en las aguas, formando compuestos de calcio y carbonatos; además, las aguas de escorrentía arrastraran sólidos en suspensión y formarán surcos sobre las áreas afectadas por la minería por tal motivo se deben de tomar las siguientes medidas. Mantener en perfecto funcionamiento los pozos sedimentadores que se tienen en la mina tanto para la recolección de las aguas correntía, la descargas recolectadas en los botaderos, vía y patio de acopio, con el fin de decantar los sólidos en suspensión. Los pozos se debe limpiar periódicamente con el fin de evitar que se saturen los óxidos, estos residuos posteriormente se depositan en el botadero. En el catastro minero colombiano se encuentra registrado el título 00904-15, se le concedió prorroga al contrato de pequeña minería 00904- 15 por el término de 5 años, mostrando una situación de legalidad vigente. Se realizó un levantamiento topográfico del área donde se localizan los puntos de afloramiento los bancos y la actualización topográfica de las labores mineras a cielo abierto preexistentes. De acuerdo con la puntuación final obtenida para la clasificación RMR la roca se clasifica en Clase III con una calidad regular , cohesión de 200 a 300 Kpa y un de fricción entre 25° y 35°, con un RQD de 76.225% y resistencia de la matriz rocosa de 53.32 Mpa Se procedió a calcular la vida útil de la mina y se plantean grandes posibilidades de aumentar o disminuir los esquemas de producción de acuerdo a las necesidades xxx xxxxxxx, con una producción promedio de 4000 m3, mensuales el agotamiento del mineral se encuentra después de los 6 años El sistema de banqueo descendente, permite clasificar y distinguir entre el banco D y el banco E, cada uno con concentración de carbonato de calcio diferente, lo que son requeridos, para la industria cementera y siderúrgica, según sea el caso, dando diferentes precios de venta final. Este método xx Xxxxx – Xxxxxxxx, permite diseñar en una corte transversal, la geometría del pit que ayudara a arrojar la máxima utilidad neta y la secuencia de explotación adecuada para dicha utilidad. La técnica xx Xxxxxx Xxxxxxxx es un procedimiento matemáticamente correcto y posee ventajas evidentes respecto de los primeros métodos de aproximación utilizados por la industria antes del advenimiento computacional en la planificación y diseño de minas aunque existen invest...
Tratamiento de aguas. 39. Manejo sustentable de las energías
Tratamiento de aguas. Se deberá formalizar una propuesta de uso sustentable del agua, la que deberá incorporar todos aquellos dispositivos y mecanismos que aseguren un uso racional del recurso agua, previendo la adecuación e incorporación en los sistemas de desagües primarios y secundarios de filtros, decantadores, trampas, etc. que verifiquen el pretratamiento de las aguas servidas a las redes, sistemas xx xxxxx y reducción de agua para grifos, duchas y descargas de sanitarios. En la propuesta a presentar deberá considerarse la variación que entre temporada alta, intermedia y baja se produce en el suministro del recurso agua. Deberán tenerse en cuenta como base de mínima que: . La totalidad de los sanitarios de la unidad posean válvula de dos puntos. . La totalidad de los grifos de los lavatorios y mingitorios posean válvula xx xxxxx automático. . Las duchas de la unidad posean reductores de caudal. . Como opcional, podrá instalar un tanque cisterna que permita el almacenamiento equivalente a un día de consumo de agua.
Tratamiento de aguas. En función de las épocas del año y de los resultados de los análisis de control de la calidad del agua, el adjudicatario, establecerá un programa de tratamiento que garantice la calidad de la misma, independientemente de alguna actuación específica por causas imprevistas. - La filosofía a implantar debe ser la de tratamiento del agua mediante filtrado, adición de reactivos químicos y renovación parcial con agua limpia. Sólo de esta manera se garantizará un uso eficiente del agua, cuyo consumo es obligatorio optimizar. - El tratamiento deberá respetar la vida piscícola cuando esta exista. - Los datos de los análisis de control de la calidad del agua deberán incluirse en el software de gestión del contrato, estando a disposición de los técnicos municipales para su consulta. - Aquellos que se indiquen por los Servicios Técnicos Municipales, relativos al mantenimiento, tales como ayudas a otras actividades no especificadas en este contrato, modificaciones en las instalaciones, etc.

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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.