Sustento Legal Cláusulas de Ejemplo

Sustento Legal. Las disposiciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Específicas quedan subrogadas a lo siguiente: o Las disposiciones del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y los Estados Unidos de América (DR-CAFTA); x Xxx General de Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 del mes xx xxxx del año 1998; x Xxx No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificaciones de Xxx Xx. 000-00, y el Reglamento para su aplicación aprobado mediante el Xxxxxxx Xx. 000-00; o Los reglamentos dictados por el INDOTEL; o Resolución No. 024-10 del Consejo Directivo del INDOTEL, que aprueba la nueva Política Social sobre el Servicio Universal del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones; o Plan Bienal de Proyectos 2012-2013, contenido en la Resolución No. 015-12 del Consejo Directivo del INDOTEL de fecha 16 del mes de febrero del año 2012. o Resolución No. 011-13 del Consejo Directivo, que autoriza la ejecución y ordena la convocatoria del proceso de Licitación Pública Nacional INDOTEL/LPN-002-2013 para el proyecto Rincones Tecnológicos para el Primer Ciclo del Nivel Básico, aprueba el Pliego de Condiciones Específicas y designa a los miembros de la Comisión Evaluadora.
Sustento Legal. Las disposiciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Específicas quedan sustentadas en las siguientes leyes y decretos:
Sustento Legal. Las disposiciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Específicas quedan subrogadas a lo siguiente: Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 xx xxxx del año 1998; La Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, con modificaciones de la Xxx Xx. 000-00 y el Reglamento para su aplicación, aprobado mediante el Decreto No. 543-12, de fecha 0 xx xxxxxxxxxx 0000.
Sustento Legal. Las disposiciones contenidas en el presente documento quedan subrogadas a lo siguiente: ➢ Ley General de Telecomunicaciones, No.153-98, de fecha 27 del mes xx xxxx del año 1998; ➢ La Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones con modificaciones de la Ley 449-06 y el Reglamento para su aplicación aprobado mediante el Decreto 490-07; ➢ Xx Xxxxxxxxxx Xx. 00-00 que establece los requerimientos para los proveedores extranjeros, emitida por la Dirección General de Contrataciones Públicas en fecha 10 de septiembre de 2009; ➢ La Xxxxxxxxxx Xx. 000-00 que aprueba las Bases y convoca a la celebración de la Licitación Pública Internacional INDOTEL/LG-LPI-001-2009, para la adquisición de un transmisor y demás equipos requeridos para la digitalización de la señal de la frecuencia 82-88 MHZ (Canal 6 VHF), dictada por el Consejo Directivo del INDOTEL en fecha 30 de noviembre de 2009; ➢ La Xxxxxxxxxx Xx. 000-00 que aprueba una enmienda a las Bases de la Licitación Pública Internacional INDOTEL/LG-LPI-001-2009, para la adquisición de un transmisor para la digitalización del segmento de frecuencia comprendido entre los 82-88 MHZ (Canal 6 TV, de VHF), dictada por el Consejo Directivo del INDOTEL en fecha 31 xx xxxxxx de 2010; ➢ La Xxxxxxxxxx Xx. 000-00 que declara desierta la Licitación Pública Internacional INDOTEL- LPI-001-2009 celebrada para la adquisición de un transmisor para la digitalización del segmento de frecuencia comprendido entre los 82-88 MHZ (canal 6 TV, de VHF), y ordena una nueva convocatoria, dictada por el Consejo Directivo del INDOTEL, en fecha 7 de diciembre de 2010. ➢ La Xxxxxxxxxx Xx. 000-00 que ordena el reinicio del proceso de la Licitación Pública Internacional para la adquisición de un transmisor para la digitalización del segmento de frecuencia comprendido entre los 82-88 MHZ (Canal 6 TV, de VHF).
Sustento Legal. Junta Directiva INAP. • Comité Ejecutivo.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.