Common use of SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR» Clause in Contracts

SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no):Si En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Mejoras adicionales sin cargo. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras18 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes):No ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 19(si/no): No VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): No En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Se considerará en principio como desproporcionada o temeraria la baja que exceda del 10% de la media de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la posibilidad de que el licitador justifique la posibilidad de ejecutar los trabajos por el precio ofertado. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos20 (si/no): No PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.

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SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no):Si no): Si En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Mejoras adicionales sin cargoPlan de trabajo, indicando metodología. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas formulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto plan o programa de trabajo (si/no): Si En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula correspondiente de los pliegos. A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras18 muestras (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes):No pertinentes): No ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 19(si(si/no): No En el supuesto excepcional de que los criterios cuya aplicación requiere realizar un juicio de valor tengan mayor preponderancia que los evaluables mediante la aplicación de fórmulas, indicar el organismo que, de acuerdo con artículo 134.2 de la LCSP, se encargará de evaluar las ofertas conforme a los primeros: COMITÉ DE EXPERTOS (si/no): ORGANISMO TÉCNICO ESPECIALIZADO (si/no): VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): No Si En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Se considerará en principio como desproporcionada o temeraria la baja que exceda del 10% de la media de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la posibilidad de que el licitador justifique la posibilidad de ejecutar los trabajos por el precio ofertado. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos20 elementos (si/no): No PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En A lo largo de cada fase de la adjudicación subasta, se aplicarán comunicará a las preferencias licitadoras, además de adjudicación contempladas en el pliego.la información que les permita conocer su clasificación, los siguientes datos relativos a los precios o valores presentados por las restantes licitadoras:

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SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no):Si En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Mejoras adicionales sin cargo. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No procede Sobres y documentos que deben presentarse en cada fase : Fase 1: Fase 2: Fase 3: Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No NO En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras18 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes):No ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 19(si/no): No muestras3 NO VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): No En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Se considerará en principio como desproporcionada o temeraria la baja que exceda del 10% de la media de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la posibilidad de que el licitador justifique la posibilidad de ejecutar los trabajos por el precio ofertado. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos20 (si/no): No elementos4 no PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliego.

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SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no):Si En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Mejoras adicionales sin cargo. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadorano): No. Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No No. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No No. En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras18 muestras23 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes):No pertinentes): No. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 19(si24(si/no): No No. VALORES NORMALES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): No En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Se considerará en principio como desproporcionada o temeraria la baja que exceda del 10% de la media de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la posibilidad de que el licitador justifique la posibilidad de ejecutar los trabajos por el precio ofertado. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos20 elementos25 (si/no): No PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓN. En la adjudicación se aplicarán las preferencias de adjudicación contempladas en el pliegoNo.

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SOBRE C «CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR». Debe presentarse (si/no):Si no): Sí. En caso afirmativo, indicar los documentos que deben incluirse en este sobre: Mejoras adicionales sin cargoLos del 30.2.1 salvo la PROPUESTA ECONOMICA. La presentación en el sobre C de documentos o datos relativos a la oferta económica u otros criterios evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas conllevará el rechazo de la oferta presentada por la licitadora. SOBRE B “OFERTA ECONÓMICA Y, EN SU CASO, TÉCNICA21” (si/no): Supuesto especial: Fases de valoración distintas a las contempladas con carácter general (si/no): No No. Entre los criterios de valoración de las ofertas se contempla el concepto otras mejoras consistentes en prestaciones adicionales sobre las obligaciones prescritas y no incluidas en otros criterios de valoración (si/no): No Sí. En caso afirmativo, se estará a lo previsto en la cláusula y anexo correspondientes xxx xxxxxx, teniendo en cuenta, los siguientes límites y condiciones: Número total no superior a 3 mejoras sobre los siguientes elementos o sistemas y en la condiciones que, en su caso, se señalan: ver criterio en 30.2.1. A fin de proceder a la valoración técnica deberán entregarse muestras18 muestras22 (si/no, en caso afirmativo indicar los productos y demás indicaciones pertinentes):No pertinentes): No. ÓRGANO ESPECIALIZADO QUE EVALUARÁ LAS OFERTAS CONFORME A LOS CRITERIOS CUYA APLICACIÓN REQUIERE REALIZAR UN JUICIO DE VALOR 19(si23(si/no): No No. VALORES NORMALES O DESPROPORCIONADOS EN LA OFERTA DISTINTOS O COMPLEMENTARIOS A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA -artículo 136 LCSP y artículos 85 y 86 RGLCAP- (si/no): No Sí. En el supuesto de que el precio sea el único criterio de valoración de las ofertas, indicar si, a efectos de apreciación de ofertas con valores anormales o desproporcionados, quedan reducidos en un tercio los porcentajes del artículo 85 del RGLCAP (si/no): No No. Indicar los límites que permiten apreciar el carácter anormal o desproporcionado en cuanto al precio: Se considerará Estará incursa en principio como desproporcionada presunción de valor anormal o temeraria la baja que exceda desproporcionado el rebajar más del 10% de con respecto a la media aritmética de los importes para cada año, consignados en las ofertas presentadas, sin perjuicio de la posibilidad de que el licitador justifique la posibilidad de ejecutar los trabajos por el precio ofertado. En su caso, otros criterios objetivos en función de los cuales se apreciará el carácter anormal o desproporcionado respecto a otros criterios que no sean el precio: No SUBASTA ELECTRÓNICA. Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos20 elementos24 (si/no): No PREFERENCIAS DE ADJUDICACIÓNNo. En A lo largo de cada fase de la adjudicación subasta, se aplicarán comunicará a las preferencias licitadoras, además de adjudicación contempladas en el pliego.la información que les permita conocer su clasificación, los siguientes datos relativos a los precios o valores presentados por las restantes licitadoras:

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