RÉGIMEN TARIFARIO Cláusulas de Ejemplo

RÉGIMEN TARIFARIO. Para efectos de esta Cláusula, se entiende por:
RÉGIMEN TARIFARIO. 8.1 Para efectos de esta Cláusula, se entiende por: Base Tarifaria, Monto Anual definido en el Artículo 1° de la Ley 28832, a reconocer por la prestación del Servicio.
RÉGIMEN TARIFARIO. Sección 3.2.1
RÉGIMEN TARIFARIO. La empresa concesionaria aplicará las tarifas aprobadas por la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa para los servicios de las líneas regulares de transporte público de viajeros por carretera de su competencia y aplicará las bonificaciones a los precios de los viajes que en cada momento se encuentren en vigor. Las tarifas actualmente en vigor y sus bonificaciones se detallan en el Anexo II del presente documento.
RÉGIMEN TARIFARIO. ARTÍCULO 23º.- Los Cuadros Tarifarios que apruebe la AUTORIDAD DE APLICACIÓN constituyen valores máximos, límite dentro del cual LA DISTRIBUIDORA facturará a sus USUARIOS por el servicio prestado. Estos valores máximos no serán de aplicación en el caso de los contratos especiales acordados entre los USUARIOS y LA DISTRIBUIDORA.
RÉGIMEN TARIFARIO. Para efectos de esta cláusula, se entiende por:
RÉGIMEN TARIFARIO. 8.1 Para efectos de esta Cláusula, se entiende por:
RÉGIMEN TARIFARIO. 1.- La entidad concesionaria no podrá aplicar ni conceder a las personas usuarias, exacciones ni bonificaciones, sin el conocimiento y aprobación por parte del órgano de contratación o por las reguladas en el Contrato de concesión y en su defecto, por las permitidas en aplicación de la legislación vigente, si procediese. 2.- La entidad concesionaria no podrá facturar a las personas usuarias cantidad adicional alguna por la prestación de los servicios que en este Pliego se contemplan a cargo del mismo. Se prohíbe expresamente la facturación complementaria de cualquiera de los servicios de la concesión, salvo aprobación expresa por parte del órgano de contratación. 3.-
RÉGIMEN TARIFARIO. (i) El Régimen Tarifario aplicable a la Concesión es el establecido en este Contrato, las Normas Regulatorias y las Normas Legales Aplicables.