RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica como contrato de suministro de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha Ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais Xxxxx, en el marco de sus respectivas competencias.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica como contrato de suministro obras de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 6 y 19 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha Ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), al Pliego de Cláusulas Administrativas Generales vigente y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais XxxxxAutónoma, en el marco de sus respectivas competencias.
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Samples: Modelo De Pliego, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, www.muskiz.org
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica como contrato de suministro servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 10 y 19 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha Ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais País Xxxxx, en el marco de sus respectivas competencias.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Del Servicio De Contro Y Seguimiento De
RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica tipifca como contrato de suministro servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 10 y 19 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha Ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais País Xxxxx, en el marco de sus respectivas competencias.
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica califica como contrato de suministro de carácter administrativoprivado, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida sometida, en cuanto a su preparación y adjudicación a dicha Leyley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (le sustituyan, en adelante normativa defecto de desarrollo del TRLCSP), normas específicas y a las la cláusulas contenidas en el presente Pliego pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, público y las que sean dictadas por la las Comunidad Autónoma del Pais Xxxxxxx Xxxxxx, en el marco de sus respectivas competencias. En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el Derecho Privado.
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica califica como contrato de suministro servicios de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 10 y 19 del Texto refundido de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSPLCSP), quedando sometida a dicha Leyley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones PúblicasPúblicas (RG ó RGLCAP), aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, 1098/2001 y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente de la Ley 30/2007LCSP, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Públicoen tanto continúe vigente, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP)le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais Xxxxxde la Región xx Xxxxxx, en el marco de sus respectivas competencias.
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica como 3.1. El presente contrato presenta naturaleza de suministro contrato administrativo de carácter administrativosuministro, de conformidad con a lo establecido señalado en los artículos 9 16 y 19 del Texto refundido 25 de la LCSP, quedando sometido a lo estipulado en el presente pliego y en el pliego de prescripciones técnicas. Para lo no previsto expresamente en los pliegos, este contrato se regirá por lo dispuesto en la LCSP, por el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, de desarrollo parcial de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del de Sector Público (en adelante TRLCSP)Públicos, quedando sometida a dicha Leypor el Real Decreto 1098/2001, así como al de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el todo no lo que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o oponga a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulareslo anterior. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais Xxxxxde Canarias, en el marco de sus respectivas competencias. Supletoriamente, se aplicarán las normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación a realizar se tipifica como contrato de suministro de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha Ley, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais XxxxxAutónoma, en el marco de sus respectivas competencias.
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La presente contratación a realizar se tipifica como contrato privado de suministro de carácter administrativo, de conformidad acuerdo con lo establecido en los artículos 9 y 19 del Texto refundido el artículo 20 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSPLCSP), quedando sometida a dicha Ley, ley así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los lo sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP), de la LCSP) y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego de cláusulas administrativas particularesparticulares.en cuanto a la preparación y adjudicación del mismo y a estas mismas cláusulas y a lo previsto en el derecho privado en cuanto a sus efectos y extinción. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais Xxxxxde las Xxxxx Balears, en el marco de sus respectivas competencias. Teniendo en cuenta las características y el objeto del servicio, de conformidad con el artículo 16.1 de la LCSP, el presente contrato no se encuentra sujeto a regulación armonizada.
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RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. 3.1.- La contratación Los contratos objeto del acuerdo marco a realizar se tipifica califican como contrato contratos de suministro de carácter administrativo, de conformidad con lo establecido en los artículos 9 y 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), quedando sometida a dicha Leydicho Texto Refundido, así como al al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/20011098/2001 (Reglamento General de la LCAP), en tanto continúe vigente, y al Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, o a las normas reglamentarias que los sustituyan (en adelante normativa de desarrollo del TRLCSP)le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente Pliego pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma del Pais Xxxxxde Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.
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