Resumen de las principales políticas contables Cláusulas de Ejemplo

Resumen de las principales políticas contables. Las principales políticas contables de BITAL, las cuales están de acuerdo con las prácticas contables establecidas por la Comisión, son las siguientes: Consolidación con fideicomisos UDIS- Los estados financieros consolidados incluyen los de BITAL y los de sus fideicomisos de cartera de crédito reestructurados en Unidades de Inversión (UDIS), los cuales fueron constituidos con el objeto de administrar la cartera reestructurada mediante los programas de apoyo crediticio, en los cuales BITAL actúa como fideicomitente y fiduciario y el Gobierno Federal como fideicomisario. Los fideicomisos han sido valuados y consolidados conforme a las reglas contables prescritas por la Comisión, siendo las más importantes: -Las cuentas de activos y pasivos denominados en UDIS se valúan en moneda nacional aplicando el valor de la UDI que Banco de México publique en el último día del mes. -Las cuentas de resultados denominados en UDIS que manejan los fideicomisos se valúan con base al promedio diario del valor de la UDI, correspondiente al periodo de consolidación. -La diferencia entre los saldos valuados del activo de los fideicomisos y la suma de los saldos valuados del pasivo y resultados, se reconoce en el estado de resultados consolidado. Todos los saldos y transacciones importantes entre el fideicomiso y BITAL han sido eliminados, representando el principal efecto la restitución de la cartera crediticia fideicomitida y los bonos gubernamentales. Los estados financieros de BITAL con los fideicomisos en UDIS, no incluyen los estados financieros de las compañías subsidiarias, como lo requiere el Boletín B-8 “Estados financieros consolidados y combinados y valuación de inversiones permanentes de acciones”. Los principales rubros que se vieron afectados por la consolidación de los fideicomisos en UDIS se muestran como sigue: 1996 Consolidado 1995 Individual Consolidado Individua Valores gubernamentales $ 3,157,725 $ 12,801,661 $ 1,205,412 $ 4,107,43 Cartera de créditos $ 43,358,661 $ 33,248,420 $ 32,890,326 $ 29,873,94 Provisiones preventivas para riesgos crediticios $ 2,397,103 $ 1,940,442 $ 2,166,237 $ 2,071,46 Utilidad del ejercicio $ 209,623 $ 198,851 $ 58,375 $ 54,66 La utilidad por valorización de fideicomisos en UDIS, representa el efecto neto generado por la conversión de UDIS a pesos de los activos, pasivos y resultados de los fideicomisos, una vez aplicadas sus provisiones totales. Al 31 de diciembre de 1996 y 1995 el efecto de la valorización ascendió a $10,772 y ...
Resumen de las principales políticas contables. Las políticas contables que sigue la Afore están de acuerdo con las disposiciones de información financiera establecidas por la Comisión, las cuales requieren que la administración efectúe ciertas estimaciones y utilice ciertos supuestos, para determinar la valuación de algunas de las partidas incluidas en los estados financieros y para efectuar las revelaciones que se requiere presentar en los mismos. Aun cuando pueden llegar a diferir de su efecto final, la Administración considera que las estimaciones y supuestos utilizados fueron los adecuados en las circunstancias. A falta de criterio contable específico de la comisión, se deberán aplicar en forma supletoria, en el siguiente orden, los principios de contabilidad generalmente aceptados emitidos por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C., las normas internacionales de contabilidad generalmente aceptados emitidas por el International Accounting Standars Committee (IASC) y los principios de contabilidad generalmente aceptados en los Estados Unidos de América emitidos por el Financial Accounting Standards Board (FASB). Las principales políticas contables de la Afore son las siguientes: Reconocimiento de los efectos de la inflación La Afore actualiza en términos de poder adquisitivo de la moneda de fin del último ejercicio todos sus estados financieros, reconociendo así los efectos de la inflación. Los estados financieros del año anterior han sido actualizados a moneda del último cierre y sus cifras difieren de las originalmente presentadas en la moneda del año correspondiente. Consecuentemente, las cifras de los estados financieros son comparables entre sí y con el año anterior, al estar todos expresados en la misma moneda. Para reconocer los efectos de la inflación en términos de poder adquisitivo de moneda de cierre, se procedió como sigue: - En el balance Los activos o pasivos no monetarios han sido actualizados desde la fecha de adquisición, aportación o generación hasta el cierre del ejercicio, aplicando factores derivados del Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Las partidas monetarias se presentan a su valor nominal. El capital aportado y acumulado se actualiza con un factor derivado del INPC desde la fecha de aportación o generación al cierre del último ejercicio. El exceso o insuficiencia en la actualización del capital representa principalmente, el efecto del valor de la inversión en la Siefore bajo el método de participación, sin reconocer los efectos de la inflación en l...

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  • Obligaciones, gastos e impuestos exigibles al contratista El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato, tanto en los Diarios oficiales como en otros medios de difusión, se encuentra especificado en el apartado 19 del Anexo I al presente pliego. Asimismo, vendrá obligado a la suscripción, a su cargo, de las pólizas de seguros que estime convenientes el órgano de contratación, según lo establecido en el apartado 16 del Anexo I al presente pliego. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. No obstante, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Reglamento. Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación. Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N° 1 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”.

  • Examen de los Términos y Condiciones; Evaluación Técnica 33.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todas las estipulaciones y condiciones de las CGC y de las CEC han sido aceptadas por el Oferente sin desviaciones o reservas mayores.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.

  • ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del comité de selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones. La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

  • Concreción de las condiciones de solvencia 1. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.

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