Common use of Reserva de dominio Clause in Contracts

Reserva de dominio. XXXXXX CATALANA se reserva el derecho a la plena propiedad de los bienes vendidos hasta al pago total y efectivo por el Comprador del precio e importes facturados. El Comprador está obligado a informar x XXXXXX CATALANA sobre todas las medidas adoptadas por terceros que afecten a las mercancías mientras sean propiedad de ABELAN CATALANA. Asimismo, el Comprador se obliga a designar x XXXXXX CATALANA como beneficiario de las correspondientes pólizas de seguro respecto de la mercancía sobre la que exista reserva de dominio. El Comprador podrá transformar o revender dichas mercancías en el marco de una normal gestión comercial. La transformación de las mercancías objeto de esta reserva de dominio no transfiere la propiedad de las mismas al Comprador. En el caso de que en el momento la transformación se incorporen también otras mercancías no pertenecientes al Comprador, ello implica la existencia de una copropiedad sobre la cosa nueva, en la que participa XXXXXX CATALANA en la medida del valor de la mercancía sobre la cual existe reserva de dominio. El Comprador cede x XXXXXX CATALANA los créditos resultantes de la reventa de las mercancías transformadas o no sometidas en todo o en parte a la reserva de dominio. A petición xx XXXXXX XXXXXXXX, el Comprador debe notificar esta cesión a sus propios compradores. El importe de los créditos cedidos y cobrados por XXXXXX CATALANA en tales supuestos se aplicará, en primer lugar, al pago de los intereses de demora convenidos y a las sanciones convencionales pactadas. Las cantidades restantes, en su caso se aplicarán al importe de las facturas. Asimismo, se acuerda que los pagos parciales no supondrán un obstáculo a una eventual acción reivindicatoria de ABELAN CATALANA basada en la reserva de dominio pactada. XXXXXX CATALANA podrá resolver la venta y recuperar las mercancías transformadas o no, objeto de esta cláusula de reserva de dominio, en el caso de producirse alguno de los supuestos previstos en la cláusula relativa a los pagos de estas condiciones generales de venta. En el caso de que XXXXXX CATALANA recupere las mercancías después de que éstas hayan sido transformadas por el Comprador y vendidas a un tercero, deberá devolver al Comprador la diferencia del precio de venta de las mercancías antes y después de su transformación. Se acuerda que el Comprador no podrá, bajo sanción de una reclamación por daños y perjuicios por resistencia abusiva, sustraerse a la restitución de las mercancías al primer requerimiento presentado por XXXXXX CATALANA en aplicación de esta reserva de dominio. En caso de desacuerdo en cuanto al modo de restitución de las mercancías, la misma se solicitará judicialmente ante los Tribunales de la ciudad de Tarragona, los del domicilio del Comprador o de aquellos en que se encuentren las mercancías, a elección de ABELAN CATALANA. Las mercancías así recuperadas serán objeto de peritación para determinar su valor y se aplicarán para pago de las deudas pendientes, incluyendo intereses, más todos los gastos que la recuperación de esa mercancía lleve aparejados, incluso su peritación, y sin perjuicio de eventuales daños y perjuicios que pudieran ser debidos por el Comprador en concepto de reparación del perjuicio sufrido por XXXXXX CATALANA por el hecho de la resolución de la venta por el impago del precio.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Venta

Reserva de dominio. XXXXXX CATALANA 14.1 El Vendedor se reserva el derecho a la plena propiedad de los bienes vendidos hasta al pago total y efectivo por el Comprador del precio e importes facturados. El Comprador está obligado a informar x XXXXXX CATALANA sobre todas las medidas adoptadas por terceros que afecten a las mercancías mientras sean propiedad de ABELAN CATALANA. Asimismo, el Comprador se obliga a designar x XXXXXX CATALANA como beneficiario de las correspondientes pólizas de seguro respecto de la mercancía sobre la que exista reserva de dominio. El Comprador podrá transformar o revender dichas mercancías en el marco de una normal gestión comercial. La transformación de las mercancías objeto de esta reserva de dominio no transfiere la propiedad de las mismas al mercancías entregadas mientras y hasta que el precio de la compraventa haya sido completamente pagado por el Comprador. En 14.2En el caso de que demora en el momento la transformación se incorporen también otras mercancías no pertenecientes al pago por el Comprador, ello implica el Vendedor tendrá derecho, sin rescindir el contrato de compraventa y sin conceder un periodo xx xxxxxx, a requerir la existencia entrega temporal de una las mercancías propiedad del Vendedor, con gastos a cargo del Comprador. 14.3 Si el valor de las garantías excede los derechos de crédito del Vendedor frente al Comprador en más de un 10 %, el Vendedor, a su propia elección y a requerimiento del Comprador, renunciará a dichas garantías en proporción a este porcentaje de exceso. 14.4. Si las mercancías suministradas por el Vendedor son combinadas o mezcladas irreversiblemente con material u obra propiedad del Comprador, considerándose éste el material principal, se considera acordado que el Vendedor adquiere copropiedad sobre el nuevo producto y que su participación estará en relación a la cosa nuevaproporción que guarde el valor en factura de las mercancías entregadas por el Vendedor con el valor en factura (o el valor real, si el valor en factura no puede determinarse) del material u obra principal. En estos casos se considerará que el Comprador tiene el nuevo producto u obra en calidad de depósito. 14.5 En garantía el Comprador cede ya desde ahora al Vendedor cualesquiera derechos derivados de la venta de mercancías sobre las que participa XXXXXX CATALANA el Vendedor tenga derechos de propiedad (en la medida del su caso, por el valor de la mercancía copropiedad del Vendedor sobre la cual existe reserva de dominio. El Comprador cede x XXXXXX CATALANA los créditos resultantes de la reventa de las mercancías transformadas o no sometidas en todo o en parte a la reserva de dominiovendidas). 14.6 A petición xx XXXXXX XXXXXXXX, del Vendedor el Comprador debe notificar facilitará toda la información necesaria acerca del inventario de mercancías u obras propiedad del Vendedor, así como sobre los derechos cedidos al Vendedor, y estará obligado a informar de esta cesión a sus propios compradoresclientes. El importe 15. Fuerza mayor Siempre que cualquier incidente o circunstancia fuera del control del Vendedor (incluyendo, fenómenos naturales, guerra, conflictos laborales, bloqueos, escasez de los créditos cedidos materias primas y cobrados de energía, trastornos en el tráfico, avería de maquinaria de producción, daños por XXXXXX CATALANA en tales supuestos se aplicaráincendio o explosión, en primer lugar, al pago de los intereses de demora convenidos y a las sanciones convencionales pactadas. Las cantidades restantes, en su caso se aplicarán al importe disposiciones de las facturas. AsimismoAutoridades) reduzca la disponibilidad de mercancías de la planta de la que el Vendedor recibe las mercancías, se acuerda de tal modo que los pagos parciales el Vendedor no supondrán un obstáculo pueda cumplir sus obligaciones contractuales (teniendo en cuenta, a una eventual acción reivindicatoria prorrata, otras obligaciones de ABELAN CATALANA basada suministro) (i) el Vendedor quedará liberado de sus obligaciones contractuales en la reserva medida que le impidan cumplir sus obligaciones contractuales y (ii) no tendrá obligación de dominio pactadaprocurar mercancías de otras fuentes. XXXXXX CATALANA Si estas circunstancias duraran más de tres meses, el Vendedor podrá resolver la venta y recuperar las mercancías transformadas o nounilateralmente el contrato, objeto de esta cláusula de reserva de dominio, en el caso de producirse alguno de los supuestos previstos en la cláusula relativa a los pagos de estas condiciones generales de venta. En el caso de que XXXXXX CATALANA recupere las mercancías después de que éstas hayan sido transformadas por el Comprador y vendidas a un tercero, deberá devolver al Comprador la diferencia del precio de venta de las mercancías antes y después de su transformación. Se acuerda sin que el Comprador no podrátenga por ello derecho a indemnización alguna. 16. Lugar de pago Sea cual fuere el lugar de entrega de la mercancía o de la documentación, bajo sanción el lugar de cumplimiento de la obligación de pago será el domicilio social del Vendedor. 17. Notificaciones Las notificaciones y demás comunicados que una reclamación por daños y perjuicios por resistencia abusiva, sustraerse parte transmita a la restitución de las mercancías al primer requerimiento presentado por XXXXXX CATALANA otra surtirán efecto a partir del momento en aplicación de esta reserva de dominioque los reciba la parte destinataria. En caso de desacuerdo en cuanto al modo de restitución de las mercancíasSiempre que deba observarse un plazo, la misma se solicitará judicialmente ante los Tribunales notificación deberá llegar a la parte destinataria dentro de la ciudad de Tarragona, los este plazo. 18. Foro competente El tribunal competente es el del domicilio principal del Comprador Vendedor o de aquellos en que se encuentren las mercancías, a elección de ABELAN CATALANAdel Vendedor – el del domicilio principal del Comprador. Las mercancías así recuperadas serán objeto de peritación para determinar su valor y se aplicarán para pago de las deudas pendientes, incluyendo intereses, más todos los gastos que la recuperación de esa mercancía lleve aparejados, incluso su peritación, y sin perjuicio de eventuales daños y perjuicios que pudieran ser debidos por el Comprador en concepto de reparación del perjuicio sufrido por XXXXXX CATALANA por el hecho de la resolución de la venta por el impago del precio19.

Appears in 1 contract

Samples: cointecs.com

Reserva de dominio. XXXXXX CATALANA se reserva el derecho a Knauf Insulation conservará la plena propiedad de todos los bienes vendidos Productos entregados al Cliente hasta el pago total de los mismos. A estos efectos, todas las entregas de Productos realizados en virtud de un mismo Pedido se consideran integrantes de una única transacción y se verán afectadas por la reserva de dominio antes indicada. En caso de que los Productos sean entregados al Cliente con anterioridad al pago total y efectivo del precio, el Cliente los recibirá en calidad de depositario asumiendo toda la responsabilidad por el Comprador del precio e importes facturadosla custodia de los mismos, debiendo guardarlos con la debida diligencia de un ordenado empresario. El Comprador Cliente está obligado a informar x XXXXXX CATALANA Xxxxx Insulation de manera inmediata, y siempre en un plazo inferior a tres (3) días naturales, sobre cualquier incautación o actuación de terceros en relación con los Productos que pueda suponer un menoscabo de los derechos de propiedad xx Xxxxx Insulation sobre los mismos. Knauf Insulation admite la eventual reventa por parte del Cliente de los Productos antes de liquidar todas las medidas adoptadas por terceros que afecten a las mercancías mientras sean propiedad deudas relacionadas con dichos Productos conservando Knauf Insulation su derecho de ABELAN CATALANApropiedad. AsimismoEn ese caso, el Comprador Cliente se obliga compromete a designar subrogar x XXXXXX CATALANA como beneficiario Xxxxx Insulation, a petición de las correspondientes pólizas este último, en los derechos de seguro respecto crédito que ostente frente al tercero adquirente con motivo de la mercancía reventa por el importe del precio final facturado de los Productos (IVA incluido). Si los Productos sobre los que Knauf Insulation continúa siendo el propietario se procesan, combinan o mezclan con otros productos, Knauf Insulation adquirirá la copropiedad del nuevo producto (el “Nuevo Producto”) en el porcentaje que exista reserva resulte de dominiodividir el precio final facturado de los Productos (IVA incluido) entre el valor total del Nuevo Producto (esto es, el precio de los otros productos en el momento del proceso, combinación o mezcla más el citado precio final facturado de los Productos (IVA incluido). El Comprador Nuevo Producto deberá estar sujeto a los mismos términos que se regulan en la presente cláusula. El Cliente podrá transformar disponer del Nuevo Producto (con excepción de su pignoración o revender dichas mercancías cesión) en tanto en cuanto cumpla con sus obligaciones frente x Xxxxx Insulation en tiempo y forma, y deberá ceder x Xxxxx Insulation, a petición de este último, como garantía y en el marco importe de una normal gestión comercialla porción de propiedad que le corresponda x Xxxxx Insulation, los derechos de crédito que resulten de la reventa del Nuevo Producto. La transformación En el supuesto de que los Productos no se procesen, combinen o mezclen por el Cliente sino por un tercero, el Cliente deberá, a petición xx Xxxxx Insulation, ceder a éste último las mercancías objeto reclamaciones y/o derechos de esta reserva crédito que el Cliente ostente frente a dicho tercero, por el importe final facturado de dominio no transfiere la propiedad los Productos (IVA incluido). En todo caso, el Cliente se compromete a colaborar con Knauf Insulation realizando cuantas acciones sean necesarias a los efectos del cobro satisfactorio de las mismas al Compradordichos derechos de crédito. En el caso de que incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de las obligaciones contenidas en el momento la transformación se incorporen también otras mercancías no pertenecientes al CompradorContrato, ello implica la existencia de una copropiedad sobre la cosa nueva, en la que participa XXXXXX CATALANA en la medida del valor y sin perjuicio de la mercancía sobre la cual existe reserva de dominio. El Comprador cede x XXXXXX CATALANA los créditos resultantes de la reventa de las mercancías transformadas o no sometidas en todo o en parte a la reserva de dominio. A petición xx XXXXXX XXXXXXXX, el Comprador debe notificar esta cesión a sus propios compradores. El importe de los créditos cedidos y cobrados por XXXXXX CATALANA en tales supuestos se aplicará, en primer lugar, al pago exigencia de los intereses de demora convenidos y a las sanciones convencionales pactadas. Las cantidades restantes, en su caso se aplicarán al importe de las facturas. Asimismo, se acuerda que los pagos parciales no supondrán un obstáculo a una eventual acción reivindicatoria de ABELAN CATALANA basada referidos en la reserva de dominio pactada. XXXXXX CATALANA podrá resolver la venta y recuperar las mercancías transformadas o noCláusula 3 anterior, objeto de esta cláusula de reserva de dominio, en el caso de producirse alguno de los supuestos previstos en la cláusula relativa a los pagos de estas condiciones generales de venta. En para el caso de que XXXXXX CATALANA recupere las mercancías después tales obligaciones incumplidas fueran de que éstas hayan sido transformadas por el Comprador pago, y vendidas a un tercero, deberá devolver al Comprador de la diferencia del precio indemnización de venta de las mercancías antes y después de su transformación. Se acuerda que el Comprador no podrá, bajo sanción de una reclamación por daños y perjuicios por resistencia abusiva, sustraerse a la restitución que Knauf Insulation pudiera tener derecho, éste último estará facultado para resolver el Contrato y exigir la devolución de los Productos. Tras la aceptación por parte xx Xxxxx Insulation de dichos Productos podrá explotarlos a su conveniencia, y los importes resultantes de las mercancías al primer requerimiento presentado ganancias obtenidas, una vez restado del mismo los costes de explotación acordados en cada caso concreto, serán deducidos del importe pendiente de pago por XXXXXX CATALANA en aplicación de esta reserva de dominio. En caso de desacuerdo en cuanto al modo de restitución de las mercancías, la misma se solicitará judicialmente ante los Tribunales de la ciudad de Tarragona, los parte del domicilio del Comprador o de aquellos en que se encuentren las mercancías, a elección de ABELAN CATALANA. Las mercancías así recuperadas serán objeto de peritación para determinar su valor y se aplicarán para pago de las deudas pendientes, incluyendo intereses, más todos los gastos que la recuperación de esa mercancía lleve aparejados, incluso su peritación, y sin perjuicio de eventuales daños y perjuicios que pudieran ser debidos por el Comprador en concepto de reparación del perjuicio sufrido por XXXXXX CATALANA por el hecho de la resolución de la venta por el impago del precioCliente x Xxxxx Insulation.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Venta Versión

Reserva de dominio. XXXXXX CATALANA se reserva el derecho a la plena 13.1 La propiedad de los bienes vendidos todo material o equipo que se suministre, no se transmitirá al Cliente hasta al pago total y efectivo que por el Comprador éste no se haya satisfecho la totalidad del precio e importes facturados. El Comprador está obligado a informar x XXXXXX CATALANA sobre todas en las medidas adoptadas por terceros que afecten a las mercancías mientras sean propiedad condiciones pactadas, reservándose el Proveedor el dominio de ABELAN CATALANA. Asimismola cosa vendida, el Comprador se obliga a designar x XXXXXX CATALANA como beneficiario pudiendo exigirlo incluso en caso de las correspondientes pólizas de seguro respecto reventa de la mercancía sobre por parte del Cliente, y siendo el Cliente depositario de la que exista reserva de dominiomercancía hasta el total pago del precio convenido. El Comprador podrá transformar o revender dichas mercancías A tal fin, el Cliente se compromete a colaborar en el marco de una normal gestión comercial. La transformación de las mercancías objeto de todo lo necesario para hacer valer esta reserva de dominio no transfiere la propiedad de las mismas al Compradorfirmando cuanto documentos públicos o privados xxxx xx xxxxxxxx, en su caso. En Si el caso de que Cliente tenga su domicilio o representación en el momento la transformación extranjero, éste se incorporen también otras mercancías no pertenecientes al Comprador, ello implica la existencia de una copropiedad sobre la cosa nueva, en la que participa XXXXXX CATALANA en la medida del valor de la mercancía sobre la cual existe reserva de dominio. El Comprador cede x XXXXXX CATALANA los créditos resultantes de la reventa de compromete a tomar todas las mercancías transformadas o no sometidas en todo o en parte a medidas posi- bles para constituir la reserva de dominiodominio de acuerdo con lo establecido en las disposiciones legales del país del Cliente o del lugar donde se halle la cosa vendida informando al Proveedor sobre las medidas que requieran su colaboración. A petición xx XXXXXX XXXXXXXX, el Comprador debe notificar esta cesión a sus propios compradores. El importe de los créditos cedidos y cobrados por XXXXXX CATALANA en tales supuestos se aplicará, en primer lugar, al pago de los intereses de demora convenidos y a las sanciones convencionales pactadas. Las cantidades restantes, en su caso se aplicarán al importe de las facturas. Asimismo, se acuerda que los pagos parciales Si dicha Ley no supondrán un obstáculo a una eventual acción reivindicatoria de ABELAN CATALANA basada en reconociera la reserva de dominio pactada, el Cliente informará al Proveedor y éste gozará de todos los demás derechos sobre la cosa vendida que la referida ley le reconozca, quedando obligado el Cliente a prestar al Proveedor su colaboración si éste tiene que tomar medidas para proteger su derecho de propiedad u otros derechos derivados del presente contrato. XXXXXX CATALANA En caso que el Cliente incurra en xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y deje de pagar total o parcialmente el precio convenido, el Proveedor podrá resolver optar entre ejercitar la venta reserva de dominio y recuperar las mercancías transformadas o nola cosa vendida, objeto de esta cláusula de reserva de dominioperdiendo el cliente en éste caso, en concepto de cláusula penal, el caso de producirse alguno de los supuestos previstos en la cláusula relativa a los pagos de estas condiciones generales de venta. En el caso de que XXXXXX CATALANA recupere las mercancías después de que éstas hayan sido transformadas por el Comprador y vendidas a un tercero, deberá devolver derecho al Comprador la diferencia del precio de venta reintegro de las mercancías antes y después de su transformación. Se acuerda cantidades que hubiese satisfecho hasta este momento, pudiendo exigir el Comprador no podráProveedor el pago del resto del precio, bajo sanción de una reclamación por reclamando en ambos casos los daños y perjuicios por resistencia abusivaocasionados, sustraerse a la restitución además de las mercancías al primer requerimiento presentado por XXXXXX CATALANA los intereses devengados, en aplicación de esta reserva de dominio. En caso de desacuerdo en cuanto al modo de restitución de las mercancías, la misma se solicitará judicialmente ante los Tribunales de la ciudad de Tarragona, los del domicilio del Comprador o de aquellos en que se encuentren las mercancías, a elección de ABELAN CATALANA. Las mercancías así recuperadas serán objeto de peritación para determinar su valor y se aplicarán para pago de las deudas pendientes, incluyendo intereses, más todos los gastos que la recuperación de esa mercancía lleve aparejados, incluso su peritación, y sin perjuicio de eventuales daños y perjuicios que pudieran ser debidos por el Comprador en concepto de reparación del perjuicio sufrido por XXXXXX CATALANA por el hecho de la resolución de la venta por el impago del preciocaso.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Suministro

Reserva de dominio. XXXXXX CATALANA se reserva el derecho a EL CLIENTE no adquirirá la plena propiedad del SISTEMA DE SEGURIDAD, conforme a lo establecido en la cláusula 6 del presente CONTRATO, en tanto en cuanto no satisfaga íntegramente sus obligaciones de pago, así como aquellos tributos o gastos que pudieran resultar de aplicación en el momento de su facturación. En caso de incumplimiento de las obligaciones de pago por parte del CLIENTE, previsto durante la vigencia del CONTRATO, y sin perjuicio de cualesquiera otros derechos y acciones que pudieran corresponderle, VERISURE podrá requerir la inmediata entrega del SISTEMA DE SEGURIDAD así como los daños y perjuicios ocasionados por el retraso o no atención por parte del CLIENTE a dicho requerimiento. En tanto se encuentre pendiente de pago cualquier cantidad debida conforme al presente CONTRATO, el CLIENTE se abstendrá de ceder, transmitir, gravar o atribuir bajo cualquier otra forma a favor de terceros los derechos derivados o relacionados con el SISTEMA DE SEGURIDAD respecto del cual existan cantidades pendientes de pago, hasta su íntegra satisfacción. VERISURE responderá por los daños directos y previstos en el funcionamiento de los bienes vendidos hasta al pago total SISTEMAS DE SEGURIDAD o por los daños ocasionados exclusivamente por la conducta negligente o dolosa de VERISURE. En ningún caso VERISURE será responsable por daños indirectos o consecuentes, incluso, en forma no taxativa, lucro cesante y efectivo pérdida de ingresos. VERISURE estará exenta de toda responsabilidad cuando el servicio no pueda ser prestado por el Comprador una actuación de un tercero o como consecuencia de la actuación negligente del precio e importes facturados. El Comprador está obligado a informar x XXXXXX CATALANA sobre todas las medidas adoptadas por terceros que afecten a las mercancías mientras sean propiedad de ABELAN CATALANApropio cliente. Asimismo, VERISURE no será responsable cuando el Comprador se obliga a designar x XXXXXX CATALANA como beneficiario servicio no pueda ser prestado por la manipulación, sabotaje, corte de cables, o cualquier otro acto contra el SISTEMA DE SEGURIDAD, realizado por parte de terceros, sea físico o mediante el uso de mecanismos capaces de neutralizarlos. Se entenderá que ha existido manipulación, sabotaje o cualquier otro acto, cuando de las correspondientes pólizas pruebas técnicas realizadas y del historial de seguro respecto funcionamiento de la mercancía sobre alarma, quede acreditado el correcto funcionamiento del SISTEMA DE SEGURIDAD con anterioridad a la manipulación, sabotaje o cualquier otro acto. Quedan expresamente excluidos de la responsabilidad de VERISURE y serán por cuenta del CLIENTE los daños y perjuicios habidos en su persona o bienes que exista reserva sean consecuencia o resultado del uso inadecuado o negligente del SISTEMA DE SEGURIDAD, del retiro del SISTEMA DE SEGURIDAD instalado o los logotipos disuasorios exteriores por cualquier persona ajena a VERISURE. Asimismo, queda expresamente convenido que VERISURE no tendrá responsabilidad alguna en los casos en que la interrupción de dominiolos servicios objeto del CONTRATO, se deba a problemas o interrupciones en las conexiones de redes y servicios [telefónico, de telefonía celular, radio o de internet]. El Comprador podrá transformar CLIENTE declara expresamente que conoce que los servicios de VERISURE dependen de que estén en correcto funcionamiento y operación dichas señales y conexiones, y que los mismos pueden verse afectados por limitaciones en la capacidad de dichas redes o revender dichas mercancías en el marco de una normal gestión comercialconexiones, sin responsabilidad alguna para VERISURE. La transformación de las mercancías objeto de esta reserva de dominio VERISURE no transfiere la propiedad de las mismas al Comprador. responderá: - En el caso de que el Servicio no pueda ser prestado (i) como consecuencia de que el CLIENTE no haya activado el Servicio conforme a lo recogido en la cláusula 2.D; (ii) por falta de suministro eléctrico y/o caída de la red de comunicación móvil; (iii) como consecuencia de una actuación inevitable de un tercero o como consecuencia de la actuación negligente del CLIENTE; (iv) por fuerza mayor. - Por los daños y perjuicios derivados del retraso o ausencia de actuación por parte de las autoridades policiales o los servicios de emergencia, en la medida que dicha actuación es completamente ajena a la presente relación contractual. - Por los daños y perjuicios derivados de la utilización no autorizada por terceros del Servicio. - Por los daños y perjuicios causados por informaciones erróneas o falsas aportadas por el momento CLIENTE o terceros durante el proceso de contratación y durante la transformación se incorporen también otras mercancías no pertenecientes al Comprador, ello implica prestación del servicio. - Por los daños y perjuicios derivados de la existencia de una copropiedad sobre la cosa nueva, errores en la información cuando estos sean debidos a los fallos en los sistemas de telecomunicación, informáticos, etc., usados en cada momento. - VERISURE se mantiene indemne para el caso de que participa XXXXXX CATALANA el CLIENTE o cualquier tercero sufran algún daño en su persona o bienes como consecuencia de la desatención de las recomendaciones recogidas en la medida cláusula 2.I. - VERISURE no responderá de ningún gasto relativo a la limpieza del valor continente y contenido del inmueble que el CLIENTE o su seguro realice como consecuencia xxx xxxxx del dispositivo Zerovision. - En caso de activación del dispositivo Zerovision, VERISURE no se responsabiliza del funcionamiento de cualquier detector de humo anti- incendio ajeno a VERISURE. VERISURE no será responsable de la mercancía sobre la cual existe reserva activación de dominiosistemas anti incendios ajenos a VERISURE. El Comprador cede x XXXXXX CATALANA los créditos resultantes de la reventa de las mercancías transformadas o - VERISURE no sometidas en todo o en parte a la reserva de dominio. A petición xx XXXXXX XXXXXXXX, el Comprador debe notificar esta cesión a sus propios compradores. El importe de los créditos cedidos y cobrados por XXXXXX CATALANA en tales supuestos se aplicará, en primer lugar, al será responsable del pago de los intereses de demora convenidos y a las sanciones convencionales pactadas. Las cantidades restantes, en su caso se aplicarán al importe de las facturas. Asimismo, se acuerda que los pagos parciales no supondrán un obstáculo a una eventual acción reivindicatoria de ABELAN CATALANA basada en costes generados por la reserva de dominio pactada. XXXXXX CATALANA podrá resolver la venta y recuperar las mercancías transformadas o no, objeto de esta cláusula de reserva de dominio, en el caso de producirse alguno posible movilización de los supuestos previstos en servicios públicos de emergencia, como consecuencia de llamadas de terceros originadas por la cláusula relativa a los pagos de estas condiciones generales de ventaactivación del dispositivo. - En el caso de que XXXXXX CATALANA recupere las mercancías después el CLIENTE confirme una intrusión y VERISURE proceda a la activación del dispositivo Zerovision, VERISURE no será responsable de que éstas hayan sido transformadas ningún daño sufrido por el Comprador y vendidas a un CLIENTE, o cualquier tercero, deberá devolver al Comprador la diferencia del precio de venta de las mercancías antes y después de en su transformaciónpersona o bienes. Se acuerda que el Comprador no podráEn cualquier caso, bajo sanción de una reclamación por los daños y perjuicios habidos en la persona o bienes del CLIENTE solo serán resarcibles si hubiesen sido causados directamente por resistencia abusiva, sustraerse a la restitución culpa grave o dolo de las mercancías al primer requerimiento presentado por XXXXXX CATALANA en aplicación de esta reserva de dominio. En caso de desacuerdo en cuanto al modo de restitución de las mercancías, la misma se solicitará judicialmente ante los Tribunales de la ciudad de Tarragona, los del domicilio del Comprador o de aquellos en que se encuentren las mercancías, a elección de ABELAN CATALANA. Las mercancías así recuperadas serán objeto de peritación para determinar su valor y se aplicarán para pago de las deudas pendientes, incluyendo intereses, más todos los gastos que la recuperación de esa mercancía lleve aparejados, incluso su peritación, y sin perjuicio de eventuales daños y perjuicios que pudieran ser debidos por el Comprador en concepto de reparación del perjuicio sufrido por XXXXXX CATALANA por el hecho de la resolución de la venta por el impago del precioVERISURE.

Appears in 1 contract

Samples: www.verisure.com.ar