Common use of Replanteo Clause in Contracts

Replanteo. La Administración notificará al adjudicatario inmediatamente de la firma del contrato, la fecha de iniciación del replanteo, la cual no podrá exceder de sesenta días corridos. Las formalidades de dicha operación se ejecutarán de acuerdo a lo especificado en el Pliego General Único en 5.3.27. Si la Administración entiende que deben realizarse trabajos no previstos en el pliego, los mismos deberán estar debidamente autorizados por el Directorio del Centro PyME-ADENEU. Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio mediante análisis en el que se incluirán como máximo, los porcentajes de incidencia en concepto de gastos generales y beneficios, que se establecen en el presente Artículo. El precio así obtenido será incrementado con el porcentaje del Impuesto al Valor Agregado si correspondiere, de acuerdo a la obra, tributar el impuesto por parte del Contratista. En el caso específico de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así ordenara la inspección, autorizado por la norma legal respectiva, dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el Artículo 46-infine- de la Ley de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico. Los análisis de precios se formularan para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales: Movimiento de tierra, Terraplenamientos 7,5 % Demoliciones, Albañilería y Afines, Hormigón Armado, Estructuras xx Xxxxxx y/o Hierro, Contrapisos, Revoques, Solados, Revestimientos, Herrería y Carpintería Metálica, Yesería 17 % Cubiertas y Hojalatería, Plomería y Zinguería, Instalaciones Especiales, Pintura y Vidriería, Ebanistería y cualquier otro no especificado 20 % El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación sobre los costos netos, del porcentaje del 10%

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Samples: Pliego Particular De Condiciones Para La Contratación De Obras

Replanteo. La Administración notificará al adjudicatario inmediatamente El CONTRATISTA realizará el replanteo del montaje a realizar haciendo un recorrido completo por las zonas definidas por Dispac S.AE.S.P; si con base en el replanteo se detectan diferencias o sea necesario cambiar la localización de alguna estructura, El CONTRATISTA adelantará el estudio necesario y someterá a aprobación de la firma Interventoría el cambio, para la autorización de los ajustes requeridos, sin costo adicional para DISPAC S.A. E.S.P. El CONTRATISTA debe mantener del contratoproyecto el personal profesional y técnico necesario para ejecutar las labores de replanteo. Los trabajos que el CONTRATISTA debe llevar a cabo durante el replanteo comprenden entre otras las siguientes actividades: - Detección del posible material faltante, necesario para la realización del montaje - Sugerencias sobre cambio de sitio de las estructuras y actualización de los sitios del proyecto en general. - Es obligación para la realización del replanteo la presencia por parte del CONTRATISTA del ingeniero residente y el encargado del proyecto. Aprobado el replanteo por la empresa el CONTRATISTA tendrá un término de cinco (5) días calendario para la entrega del cronograma definitivo del proyecto. En conclusión las labores de replanteo y legalización del mismo no podrán durar más de 20 días calendario una vez impartida la orden de inicio. Implementación Plataforma Web service, punto de recarga 1 Equipos de comunicación 35 Gabinete concentrador 187 Configuración 1 Instalación 1 Lugar _, fecha _ Señores Gerente de Distribución DISPAC S.A. E.S.P. Xxxxxxx 0 X° 00-00 Xxxxxx Xxxxxx: SUMINISTRO, CONFIGURACION E INSTALACION DE CONCENTRADORES PARA MEDIDA CENTRALIZADA DE DISPAC S.A E.S.P. El suscrito _ _, habiendo examinado cuidadosamente el Pliego de Condiciones de la Solitud Privada de Ofertas P-002- 19 y sus adendas, recibidas las aclaraciones solicitadas, presento oferta para el Suministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada de DISPAC S.A E.S.P. De ser aceptada la oferta nos comprometemos a firmar un contrato de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones de la Solicitud Privada de Ofertas P-002-19, si fuere necesario, y a presentar la documentación requerida, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la fecha en que nos sea entregada la minuta del contrato para su firma. Ejecutaremos el contrato por los precios y el plazo señalados en nuestra oferta, en las condiciones contractuales y técnicas exigidas en los documentos del presente Pliego de Condiciones de la Solicitud Privada de Ofertas P-002-19 y por las demás normas que rigen la contratación con DISPAC S.A. E.S.P., y de conformidad con la aceptación de nuestra oferta. Mantendremos válida nuestra oferta durante sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de iniciación del replanteo, cierre de la cual no podrá exceder contratación; procederemos a ampliar su validez y la vigencia de sesenta días corridos. Las formalidades la garantía de dicha operación se ejecutarán seriedad de acuerdo a con lo especificado contemplado en este pliego de condiciones. Declaramos conocer y acatar todas las normas que regulan la contratación de DISPAC S.A. E.S.P., incluida la lectura y conocimiento detallado del estatuto interno de contratación que rige la respectiva materia para DISPAC S.A ESP, sustraído de la dirección web informada en el Pliego General Único pliego y/o solicitud, manifestamos que no estamos incursos en 5.3.27inhabilidades o incompatibilidades para contratar con DISPAC S.A. E.S.P Declaramos finalmente que la información contenida en nuestra propuesta es exacta y veraz, y que aportaremos las pruebas que DISPAC S.A. E.S.P. considere necesaria para verificar su exactitud, y en caso de no ser ello satisfactorio para DISPAC S.A. E.S.P., conforme a las exigencias de los documentos de la contratación, entendemos y aceptamos que nuestra oferta sea eliminada. Atentamente, Nombre de la compañía proponente: _ Nit. : _ Representante legal: _ , Firma: Cédula de ciudadanía: _ Dirección del proponente: _ _ Ciudad: _ _ Teléfono (s): _ _, Fax: E-mail: _ Oferta abonada por Firma__ Matrícula __ _ Se debe adjuntar con la oferta copia de la matrícula del ingeniero electricista que abona la oferta. Formato de información sobre incumplimientos declarados durante los tres (3) últimos años. En este formato el oferente deberá informar los incumplimientos que le hayan sido declarados en firme en contratos celebrados con cualquier entidad pública o privada, durante el periodo indicado. ¿Ha tenido multas durante el período indicado (marque con una X)? Si NO Si su respuesta es afirmativa llene el siguiente cuadro y firme al final; si es negativa bastará con firmar. ENTIDAD CONTRATANTE NÚMERO CONTRATO CONCEPTO DE INCUMPLIMIENTO N° RESOLUCIÓN FECHA DE LA DECLARATORIA DEL INCUMPLIMIENTO. Formato de información sobre sanciones y multas aplicadas durante los tres (3) últimos años. En este formato el oferente deberá informar todas las sanciones o multas que le hayan sido aplicadas en firme en contratos celebrados con cualquier entidad pública o privada, durante el periodo indicado. ¿Ha tenido sanciones o multas durante el periodo indicado (marque con una X)? Si NO _ Si su respuesta es afirmativa llene el siguiente cuadro y firme al final; si es negativa bastará con firmar. ENTIDAD CONTRATANTE NÚMERO CONTRATO CONCEPTO DE LA SANCIÓN O MULTA NÚMERO RESOLUCIÓN FECHA SANCIÓN O MULTA VALOR El Suscrito Revisor Fiscal y/o Representante Legal de _ Identificada con NIT _ Que la Administración entiende compañía se encuentra al día con sus obligaciones al sistema de seguridad social integral (salud, riesgos profesionales, pensiones) y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, el ICBF) en los términos que deben realizarse trabajos establece el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003 en relación con sus empleados por un periodo no previstos inferior a 6 (seis) meses anterior a la presentación de esta certificación. _ _ Revisor Fiscal y/o Representante Legal Tarjeta Profesional No. Lugar, fecha. PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 Código F30-31-01 Versión 05 Fecha 03/02/2017 El Oferente y posible Contratista declara que toda la información que acá consignó es Verdadera, que los datos personales sensibles los he nominado y enunciado como tal, de conformidad con ley 1581 de 2012, Decreto 1377 de 2013, Circular Externa No. 002 del 00 xx xxxxxxxxx xx 0000, Xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxx Constitución de 1991 Art. 15 y 16, así mismo autorizo a la empresa DISPAC S.A. ESP., a que le de tratamiento, con los fines del proceso licitatorio, el contrato y aquellos propios de la relación post-contractual. Ver Anexo 6 Atentamente, NOMBRE C.C. N° Página 72 de 91 PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 Código F30-31-01 Versión 05 Fecha 03/02/2017 Circuito Municipio Ubicación Dirección Referencia Longitud Latitud BARRANCONCITO 76°50'36.36"O 4°46'3.95"N SUBESTACIÓN SAN XXXXXX SIPI SAN XXXXXXX 76°49'1.25"O 4°44'57.33"N BUENAS BRISAS 76°48'55.93"O 4°44'50.13"N CAÑAVERAL 76°47'41.92"O 4°43'26.88"N TEATINO 76°45'51.55"O 4°41'44.11"N XXXXX XX XXXXXX 76°44'15.35"O 4°41'1.48"N LA MARQUESA 76°42'51.33"O 4°39'10.69"N TANANDO 76°41'19.44"O 4°38'25.38"N SANTA XXXX 76°41'17.78"O 4°37'35.62"N SIPI CABECERA 76°38'39.00"O 4°39’11.01”N Página 73 de 91 PLIEGO DE CONDICIONES No. 002-19 Código F30-31-01 Versión 05 Fecha 03/02/2017 Ciudad y fecha Señores DISPAC SA ESP. Cra 7 # 24-76 Edificio Dispac Barrio Pandeyuca Quibdó – Chocó. Ref: Solicitud Privada de Ofertas No 002-19 Estimados Señores El suscrito Ingeniero , identificado con la cedula de ciudadanía No _ expedida en la ciudad de _ _ con matricula profesional No _ expedida por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería Eléctrica, Mecánica y Profesionales Afines, por la presente declaro que respaldo en todas sus partes a la oferta presentada por _ para la invitación Privada No _ de 2018 según lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley 64 de 1978 y el artículo 14 de la Ley 51 de 1986. NOMBRE Y FIRMA (Espacio para la firma) _ (Anotar nombres y apellidos completos de quien firma) C.C. No _ de _ DIRECCIÓN: ___ _ TELÉFONO:_ CORREO ELECTRÓNICO: _ Página 00 xx 00 Experiencia en el pliegoSuministro, configuración e instalación de concentradores para medida centralizada, en los mismos deberán estar debidamente autorizados por el Directorio del Centro PyME-ADENEUúltimos diez (10) años ÍTEM CONTRATO No. Cuando no existan trabajos previstos VALOR FINAL $ VALOR FINAL SMMLV OBJETO ENTIDAD CONTRATANTE FECHAS INICIO / FIN CANTIDAD DE MESES NOTAS: Esta relación debe ir acompañada de características semejantes copia de las certificaciones de los contratantes o análogas a de las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio mediante análisis Actas de Liquidación parcial o Final de contratos en el mismo orden como aparecen en la tabla del Anexo 9, para que se incluirán como máximo, los porcentajes sea tenida en cuenta en la asignación de incidencia puntajes por experiencia. El valor final en concepto de gastos generales y beneficios, que se establecen SMMLV es el correspondiente al valor en pesos dividido en el presente Artículo. El precio así obtenido será incrementado con el porcentaje valor del Impuesto SMMLV al Valor Agregado si correspondiere, año de acuerdo a la obra, tributar el impuesto por parte finalización o liquidación del Contratistacontrato referenciado. En el caso específico de no llegarse a un acuerdo previo sobre contratos en ejecución, el precio valor final en SMMLV es el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así ordenara la inspección, autorizado por la norma legal respectiva, dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el Artículo 46-infine- de la Ley de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa correspondiente al valor en pesos de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos actas parciales aportadas dividido en el valor del SMMLV del presente año 2019. Página 00 xx 00 TOTAL DE EXPERIENCIA ESPECIFICA EN MESES Página 76 de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial91 PLIEGO DE CONDICIONES No. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico002-19 Código F30-31-01 Versión 05 Fecha 03/02/2017 Fecha Señores DISPAC SA ESP. Los análisis de precios se formularan para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales: Movimiento de tierra, Terraplenamientos 7,5 % Demoliciones, Albañilería y Afines, Hormigón Armado, Estructuras xx Xxxxxx y/o Hierro, Contrapisos, Revoques, Solados, Revestimientos, Herrería y Carpintería Metálica, Yesería 17 % Cubiertas y Hojalatería, Plomería y Zinguería, Instalaciones Especiales, Pintura y Vidriería, Ebanistería y cualquier otro no especificado 20 % El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación sobre los costos netos, del porcentaje del 10%Xxx 0 # 00-00 Edificio Dispac Barrio Pandeyuca Quibdó – Chocó.

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Samples: Pliego De Condiciones

Replanteo. La Administración notificará Firmado el presente contrato en el plazo de ……………….. (días/meses) a partir del día xx xxx, se procederá al adjudicatario inmediatamente replanteo de la firma ubicación de la obra, compareciendo por parte del contratoContratista el representante técnico del mismo y por parte de la Propiedad el Director de Obra. Se levantará acta en la que se harán constar las coincidencias o discrepancias entre las partes. En el supuesto de discrepancias sobre la ubicación de la obra, se estará a lo que determine el Director de Xxxx. Si de dicho replanteo fuera necesario modificar los planos, se procederá en un plazo no superior a ……………….. por parte (del Director de Obra y firmante del proyecto/del firmante del Proyecto a reformar los mismos y entregarlos al Contratista) ……………….. Para el supuesto de que hubiera que modificar como consecuencia del replanteo las condiciones de estabilidad, seguridad y calidades previstas en el proyecto se obliga el Contratista a ejecutar dichas modificaciones en la fecha realización de iniciación del replanteola obra y si éstas produjeran un aumento en el coste de la misma deberá, debidamente justificado, ponerlo en conocimiento de la Dirección de la Obra, la cual deberá en un plazo improrrogable de cuatro días comunicarlo por escrito a la Propiedad para que la misma decida sobre tal particular, en un plazo no podrá exceder superior a días, todo ello a efectos de sesenta días corridos. Las formalidades que no interrumpa la realización de dicha operación se ejecutarán de acuerdo a lo especificado la obra en el Pliego General Único en 5.3.27los plazos establecidos. Si la Administración entiende que deben realizarse trabajos no previstos en el pliego, los mismos deberán estar debidamente autorizados por el Directorio del Centro PyME-ADENEU. Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio mediante análisis en el que se incluirán como máximo, los porcentajes de incidencia en concepto de gastos generales y beneficios, que se establecen en el presente Artículo. El precio así obtenido será incrementado con el porcentaje del Impuesto al Valor Agregado si correspondiere, de acuerdo fuera dada contestación alguna respecto a la obra, tributar el impuesto por parte petición del Contratista. En el caso específico de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio el contratista deberá proceder inmediatamente a , éste ejecutará la ejecución de obra en la forma establecida en los trabajos si así ordenara la inspección, autorizado por la norma legal respectiva, planos dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el Artículo 46-infine- de la Ley de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico. Los análisis de precios se formularan para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales: Movimiento de tierra, Terraplenamientos 7,5 % Demoliciones, Albañilería y Afines, Hormigón Armado, Estructuras xx Xxxxxx y/o Hierro, Contrapisos, Revoques, Solados, Revestimientos, Herrería y Carpintería Metálica, Yesería 17 % Cubiertas y Hojalatería, Plomería y Zinguería, Instalaciones Especiales, Pintura y Vidriería, Ebanistería y cualquier otro no especificado 20 % El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación sobre los costos netos, del porcentaje del 10%su responsabilidad.

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Samples: Contrato De Permuta De Solares

Replanteo. La Administración notificará El Art. 1.6.5 del PCG se complementa con el siguiente texto: El Replanteo de los trabajos será hecho por el Contratista, con un agrimensor contratado a su costo, en la fecha fijada por la Inspección de Obra y se efectuará en forma conjunta, siendo verificado y aprobado por dicha Inspección. Si el Contratista no concurriese al adjudicatario inmediatamente Replanteo, se fijará una nueva fecha dentro de los dos (2) días subsiguientes a la fecha originalmente propuesta por la Inspección de Obra. Si tampoco concurriese a esa segunda citación, sin que existan al exclusivo juicio de la firma Inspección causas justificadas que le hayan impedido asistir, o si habiendo concurrido no efectuara el Replanteo, se procederá a aplicar las penalidades que correspondiesen, numeral 2.11 del contratoPCP. No podrán comenzarse las obras en PLIEG-2018-33193870- -DGOIYA ningún sector que no hayan sido previamente replanteados. Los gastos en concepto de agrimensor, jornales de peones, movilidad, útiles y materiales que ocasiona el Replanteo, son por cuenta del Contratista. Terminado el Replanteo se extenderá por triplicado un “Acta de Replanteo” en la fecha de iniciación del replanteoque conste haberlo efectuado, la cual será firmada por la Inspección de Obra, el Contratista o su Profesional responsable y su agrimensor. Cualquier observación que deseare formular el Contratista relacionado con el Replanteo, que pudiera dar lugar a reclamos, deberá constar al pie del Acta en forma de reserva, sin cuyo requisito no podrá exceder se considerará válido ningún reclamo. Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en el Acta de sesenta Replanteo deberá ser presentado indefectiblemente dentro de los dos (2) días corridos. Las formalidades posteriores a la firma de dicha operación Acta, vencido dicho plazo el Contratista perderá los derechos respectivos y se ejecutarán de acuerdo a lo especificado en el Pliego General Único en 5.3.27tendrá por no efectuada la reserva. Si Sólo se podrán comenzar los trabajos, una vez aprobada toda la Administración entiende que deben realizarse trabajos no previstos en el pliego, los mismos deberán estar debidamente autorizados documentación técnica presentada por el Directorio del Centro PyME-ADENEU. Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio mediante análisis en el que se incluirán como máximo, los porcentajes de incidencia en concepto de gastos generales y beneficios, que se establecen en el presente Artículo. El precio así obtenido será incrementado con el porcentaje del Impuesto al Valor Agregado si correspondiere, de acuerdo a la obra, tributar el impuesto Contratista por parte del Contratista. En el caso específico de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así ordenara la inspección, autorizado por la norma legal respectiva, dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el Artículo 46-infine- de la Ley Inspección de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico. Los análisis de precios se formularan para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales: Movimiento de tierra, Terraplenamientos 7,5 % Demoliciones, Albañilería y Afines, Hormigón Armado, Estructuras xx Xxxxxx y/o Hierro, Contrapisos, Revoques, Solados, Revestimientos, Herrería y Carpintería Metálica, Yesería 17 % Cubiertas y Hojalatería, Plomería y Zinguería, Instalaciones Especiales, Pintura y Vidriería, Ebanistería y cualquier otro no especificado 20 % El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación sobre los costos netos, del porcentaje del 10%Obra.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares

Replanteo. La Administración notificará al adjudicatario inmediatamente Antes de elevar a definitiva la firma del contrato, la fecha adjudicación de iniciación del replanteo, la cual no podrá exceder de sesenta días corridos. Las formalidades de dicha operación se ejecutarán de acuerdo a lo especificado en el Pliego General Único en 5.3.27. Si la Administración entiende que deben realizarse trabajos no previstos en el pliego, los mismos deberán estar debidamente autorizados por el Directorio del Centro PyME-ADENEU. Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes o análogas a las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio mediante análisis en el que se incluirán como máximo, los porcentajes de incidencia en concepto de gastos generales y beneficios, que se establecen en el presente Artículo. El precio así obtenido será incrementado con el porcentaje del Impuesto al Valor Agregado si correspondiere, de acuerdo a la obra, tributar y en presencia del licitador a cuyo favor se hubiere producido la adjudicación provisional de la obra, se procederá a efectuar el impuesto replanteo de la misma, levantándose un ACTA DE REPLANTEO, en que se hagan constar las circunstancias observadas. De no mediar impedimento grave para la adjudicación definitiva, y en el plazo máximo de un (1) mes desde la FIRMA DEL CONTRATO, se efectuará la comprobación del replanteo en presencia del Contratista de que, asimismo, se levantará la correspondiente ACTA DE COMPROBACION DEL REPLANTEO. La comprobación del replanteo será efectuada por parte el Técnico Director de la Obra, en presencia del Contratista y de un representante del promotor “Direcció General de Transports, Ports i Costes” por cuya cuenta se realiza la obra. El Contratista deberá suministrar los elementos que se le soliciten para las operaciones de replanteo, entendiéndose que la compensación por estos gastos está incluida en los precios unitarios de las distintas unidades de obra. EL ACTA DE COMPROBACION DEL REPLANTEO será suscrita por el Técnico Director de la Obra, por el Contratista o sus representantes, y por los representantes de las diferentes Administraciones presentes en el acto. El replanteo deberá incluir, como mínimo, los ejes principales de los diferentes elementos que componen la obra así como los puntos fijos o auxiliares necesarios para los sucesivos replanteos de detalle y la referencia fija que sirva de base para establecer las cotas de nivelación que figuren en el Proyecto. De todos estos extremos quedará constancia en planos levantados al efecto. Los datos, cotas y puntos fijados se anotarán en un Anejo al Acta de Comprobación del Replanteo, el cual se unirá al expediente de la obra, entregándose una copia al Contratista. En el caso específico Los puntos de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio el contratista deberá proceder inmediatamente a referencia para sucesivos replanteos se marcarán mediante sólidas estacas o, si hubiera peligro de desaparición o alteración de su posición, con hitos de hormigón. El Contratista se responsabilizará de la ejecución conservación de los trabajos si así ordenara la inspección, autorizado por la norma legal respectiva, dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el Artículo 46-infine- de la Ley de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico. Los análisis de precios se formularan para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales: Movimiento de tierra, Terraplenamientos 7,5 % Demoliciones, Albañilería y Afines, Hormigón Armado, Estructuras xx Xxxxxx y/o Hierro, Contrapisos, Revoques, Solados, Revestimientos, Herrería y Carpintería Metálica, Yesería 17 % Cubiertas y Hojalatería, Plomería y Zinguería, Instalaciones Especiales, Pintura y Vidriería, Ebanistería y cualquier otro no especificado 20 % El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación sobre los costos netos, puntos del porcentaje del 10%replanteo que le hayan sido entregados.

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Samples: benidorm.org

Replanteo. La Administración notificará Aprobado el proyecto por EMVSA, en los términos a los que se refiere el artículo 198.5 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y formalizado el correspondiente contrato, se procederá al adjudicatario inmediatamente replanteo de la obra, en la fecha que se señale, quedando obligado el concesionario, previa notificación, a acudir al mismo y suscribir la correspondiente acta. El replanteo consistirá en comprobar la realidad geométrica de la obra, la disponibilidad de los terrenos precisos para su normal ejecución y cuantos supuestos figuren en el proyecto elaborado y sean básicos para el contrato a celebrar. Cuando el resultado de la comprobación del replanteo demuestre la posesión y disposición real de los terrenos, su idoneidad y viabilidad del proyecto, a juicio del facultativo director de las obras, y sin reserva por parte del concesionario, se dará por aquél la autorización para iniciarlas, haciéndose constar este extremo explícitamente en el acta extendida, de cuya autorización quedará notificado el concesionario por el hecho de suscribirla. El plazo de ejecución de las obras empezará a contarse desde el día siguiente al de la firma del contratoacta de replanteo. Si como consecuencia de la comprobación del replanteo se dedujese la necesidad de introducir modificaciones al proyecto, el director de obra redactará en el plazo de treinta días una propuesta razonada del importe de estas. Si EMVSA decide la modificación del proyecto, se procederá a redactar las modificaciones precisas para hacerlas viables. Se acordará mientras tanto, conforme corresponda, la fecha de iniciación del replanteosuspensión temporal, la cual no podrá exceder de sesenta días corridos. Las formalidades de dicha operación se ejecutarán de acuerdo a lo especificado en el Pliego General Único en 5.3.27. Si la Administración entiende que deben realizarse trabajos no previstos en el pliego, los mismos deberán estar debidamente autorizados por el Directorio del Centro PyME-ADENEU. Cuando no existan trabajos previstos de características semejantes total o análogas a las del nuevo ítem, el volumen será establecido mediante cómputo especial efectuado para el caso y el precio mediante análisis en el que se incluirán como máximo, los porcentajes de incidencia en concepto de gastos generales y beneficios, que se establecen en el presente Artículo. El precio así obtenido será incrementado con el porcentaje del Impuesto al Valor Agregado si correspondiereparcial, de acuerdo a la obra, tributar el impuesto por parte del Contratista. En el caso específico de no llegarse a un acuerdo previo sobre el precio el contratista deberá proceder inmediatamente a la ejecución de los trabajos si así ordenara la inspección, autorizado por la norma legal respectiva, dejando a salvo sus derechos. En este caso será de aplicación el procedimiento autorizado por el Artículo 46-infine- de la Ley de Obras Públicas, llevando cuenta minuciosa de las inversiones realizadas, cuyo detalle, con la aprobación o reparos de la Administración, servirá como elemento ilustrativo para fijar luego el precio en instancia administrativa o judicial. Todas las operaciones necesarias se realizarán de común acuerdo entre la Inspección y el Representante Técnico. Los análisis de precios se formularan para los gastos directos y conforme al uso y la costumbre. Al costo neto así resultante se deberán agregar los siguientes gastos generales: Movimiento de tierra, Terraplenamientos 7,5 % Demoliciones, Albañilería y Afines, Hormigón Armado, Estructuras xx Xxxxxx y/o Hierro, Contrapisos, Revoques, Solados, Revestimientos, Herrería y Carpintería Metálica, Yesería 17 % Cubiertas y Hojalatería, Plomería y Zinguería, Instalaciones Especiales, Pintura y Vidriería, Ebanistería y cualquier otro no especificado 20 % El beneficio será fijado obligatoriamente mediante la aplicación sobre los costos netos, del porcentaje del 10%.

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Samples: Pliego Regulador De Condiciones Administrativas Y Técnicas