REDUCCIÓN NOMINAL Cláusulas de Ejemplo

REDUCCIÓN NOMINAL. <Fuente original compilada: D. 32/86 Art. 1o.> La reducción simplemente nominal del capital social de una institución financiera inscrita en el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras-FOGAFIN, que puede ordenar la junta directiva de dicho Fondo, deberá mostrar la situación patrimonial real de la entidad respectiva de acuerdo con el informe que presente la Superintendencia Financiera de Colombia.

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  • Faltas muy graves Se considerarán faltas muy graves las siguientes:

  • DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula: Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = 0.70 c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.30 Donde: c1 + c2 = 1.00

  • FALLO El fallo se celebrará el día y hora indicado en la página 3 de esta convocatoria y podrá reducirse o diferirse por una sola vez, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente. En junta pública, se dará a conocer el fallo de la Licitación; se levantará el acta de fallo de Licitación en la que “LA CONVOCANTE” establecerá la información que señala en Articulo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico Dicha acta será firmada por los funcionarios asistentes al acto, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a la misma. Concluido el evento se publicar el acta respectiva a través de COMPRAENT con lo cual los licitantes participantes se tendrán por notificados, de la misma forma a los licitantes, se les enviara por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en COMPRANET. De conformidad con el Articulo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en esta convocatoria por lo que el(los) licitante(s) adjudicado(s) podrá iniciar en forma inmediata la entrega de los bienes y/o servicios objeto del presente procedimiento, lo anterior no modificara la obligación del proveedor de asistir a la firma del pedido y/o contrato. Derivado de lo anterior, y con fundamento en el Artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, la entrega de los bienes o servicios objeto de la presente licitación podrá realizarse a partir del día siguiente de la fecha de notificación del fallo de la presente licitación.

  • Incrementos salariales Las tablas que se incorporan como anexo de este Convenio, son el resultado de los incrementos salariales pactados para los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, estructurados conforme a los siguientes puntos: 2015: 0 % (Por resultar negativo el IPC del año 2014). 2016: 0 % (IPC del año 2015). 2017: 1,6 % (IPC a año vencido del año 2016) desde el 1 de enero de 2017. Todos los conceptos salariales y extrasalariales, comprendidos en el anterior Convenio colectivo estatal del sector de Contact Center, se incrementarán en un porcentaje igual al IPC real a año vencido, actualizándose las tablas desde el 1 de enero de 2017. Las empresas estarán obligadas a actualizar las tablas salariales correspondientes a 2017 y a retribuir los atrasos en la nómina del mes siguiente después de la publicación del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxx. 0000: IPC del año 2017 + 0,5 %. Mínimo garantizado de un 0,6% en referencia al IPC. Todos los conceptos salariales y extrasalariales, se incrementarán sobre las tablas de 2017 en los valores resultantes y, actualizándose desde el 1 de enero de 2018. 2019: IPC del año 2018 + 0,5 %. Mínimo garantizado de un 0,6% en referencia al IPC. Todos los conceptos salariales y extrasalariales, se incrementarán sobre las tablas de 2018 en los valores resultantes y, actualizándose desde el 1 de enero de 2019. Las tablas salariales correspondientes a los años 2018 y 2019 serán elaboradas por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo en los 15 días siguientes a la publicación oficial del IPC real del año anterior.

  • Faltas leves Se considerarán faltas leves las siguientes:

  • Salario base Se entiende por salario base la parte de retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo sin atender a circunstancias personales, de puesto de trabajo, por cantidad o calidad de trabajo, o de vencimiento periódico superior al mes. La cuantía xxx xxxxxxx base será la que se especifique para cada uno de los grupos profesionales en las tablas salariales que figuran en el anexo I.

  • CONTROL DE CAMBIOS VERSIÓN FECHA ÍTEM MODIFICADO DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • Tipo de Cambio Si el pago de la prima se realiza en una moneda diferente a la que fue tomada la póliza, el Asegurado podrá pagar según el tipo de cambio vigente del día de pago, en el Banco o Institución en que lo realice. Cuando el pago no se haga en una Institución Financiera se aplicará el tipo de cambio de referencia para la venta fijado por el Banco Central xx Xxxxx Rica para el día de pago.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria.