Reconocimiento mutuo. 1. Ninguna disposición del presente capítulo impedirá a cualquiera de las Partes exigir que las personas físicas posean las cualificaciones necesarias y/o la experiencia profesional especificadas en el territorio donde se presta el servicio para el sector de la actividad en cuestión.
Appears in 2 contracts
Samples: Acuerdo De Asociación, www.boe.es
Reconocimiento mutuo. 1. Ninguna disposición del presente capítulo impedirá Impedirá a cualquiera de las Partes una Parte exigir que las personas físicas posean las cualificaciones cualifi caciones necesarias y/o la experiencia profesional especificadas en el territorio donde se presta el servicio para el sector de la actividad en cuestión.
Appears in 1 contract
Samples: www.boe.es
Reconocimiento mutuo. 1. Ninguna disposición del presente capítulo impedirá a cualquiera de las Partes exigir que las personas físicas posean las cualificaciones necesarias y/o y la experiencia profesional especificadas en el territorio donde se presta preste el servicio para el sector de la actividad en cuestión.
Appears in 1 contract
Samples: www.boe.es