Protección de Estructuras Existentes y del Medio Ambiente Cláusulas de Ejemplo

Protección de Estructuras Existentes y del Medio Ambiente. Toda precaución razonable deberá ser considerada para prevenir daños a estructuras, servicios existentes y al medio ambiente. Estas medidas deberán incluir, pero sin ser limitativas, a métodos y procedimientos de construcción que eviten desmoronamientos excesivos durante la excavación xxx xxxx, monitoreo y control de las vibraciones durante el hincado de las cami sas, perforación xxx xxxx, o voladuras, cuando fueren permitidas.

Related to Protección de Estructuras Existentes y del Medio Ambiente

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • Concreción de las condiciones de solvencia 1. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Los derechos y obligaciones de cada una de LAS PARTES son las que constan en el referido Pliego de Condiciones Específicas que regulan el presente Contrato.

  • Vicios o defectos durante el plazo de garantía Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista que reponga los bienes inadecuados o a exigir su reparación si ésta resultase suficiente. En todo caso durante el plazo de garantía el contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación dada a los bienes objeto del suministro. En el supuesto de que el órgano de contratación estimase durante el plazo de garantía que los bienes entregados no son aptos para el fin pretendido como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos, siempre que estos vicios o defectos fuesen imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de los bienes no serán suficientes para lograr aquel fin, podrá antes de finalizar el plazo de garantía rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, quedando la Administración exenta de la obligación del pago o, si éste se hubiese efectuado, tendrá derecho a la recuperación del precio satisfecho.

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO En caso de siniestro, el Asegurado deberá:

  • Proyecciones de Flujo de Efectivos 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.

  • CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO El contrato implica que el adjudicatario se responsabilizará, por sí mismo y ante EOI, del cumplimiento íntegro y satisfactorio de la totalidad de las prestaciones objeto del mismo. El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal y económica de la oferta presentada y se compromete a tomar todas las medidas necesarias, y a disponer de los medios y recursos técnicos, materiales y humanos necesarios para la óptima ejecución del contrato, quedando a su cargo todos los costes que origina este compromiso. Corresponde exclusivamente al adjudicatario la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en estos pliegos, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de EOI del cumplimiento de dichos requisitos. El adjudicatario procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio (cuando existan razones que justifiquen esta exigencia), informando en todo momento a EOI. El adjudicatario asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. El adjudicatario velará especialmente por los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad son extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto a la actividad delimitada en los pliegos objeto del contrato. El adjudicatario estará obligado a ejecutar el contrato en sus propias dependencias o instalaciones salvo que, excepcionalmente, sea autorizada a prestar sus servicios en las dependencias de EOI. Corresponde también al adjudicatario velar por el cumplimiento de esta obligación. El adjudicatario responde de la obtención en su caso de las autorizaciones, permisos y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran en la ejecución de las prestaciones que integran el servicio contratado de acuerdo con la legislación aplicable. El incumplimiento de los compromisos conceptuados como obligación esencial en el Cuadro Resumen se considerará causa justificada de resolución del contrato a instancia de EOI, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 1124 del Código Civil. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no derivará en responsabilidad alguna para EOI, aun en el supuesto de que se produjesen despidos basados en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. EOI se reserva el derecho de comprobar y exigir al adjudicatario copia de los documentos acreditativos del pago de las cuotas de Seguridad Social e Impuesto de Actividades Económicas. EOI en modo alguno ni bajo ningún título ostentará la condición de empleador respecto de los trabajadores contratados por cuenta propia o ajena por el adjudicatario, que presten directa o indirectamente servicios para dicha empresa. El incumplimiento de los compromisos conceptuados como obligación esencial en el Cuadro Resumen se considerará causa justificada de resolución del contrato a instancia de EOI, siendo de aplicación lo dispuesto por el artículo 1124 del Código Civil.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • CONDICIONES DE LA ADQUISICIÓN GARANTÍA DE CALIDAD (TIEMPO): UN AÑO. PLAZO Y CONDICIONES DE PAGO: EL PAGO TOTAL SE EFECTUARÁ A LOS 30 DÍAS HÁBILES POSTERIORES DE LA ENTREGA TOTAL DE LOS BIENES Y A PLENA SATISFACCIÓN DEL ÁREA SOLICITANTE. LUGAR DE ENTREGA: SERÁ EN LA SECRETARÍA DE TURISMO Y CULTURA, UBICADO EN BOULEVARD XXXXXXXX XXXXXXX NÚMERO 202, COLONIA CUESCO EN PACHUCA, HIDALGO, EN HORARIO DE 08:30 A 15:00 HORAS DE LUNES A VIERNES. NOTA: ASENTAR EN LA FACTURA EL NÚMERO DEL PEDIDO/CONTRATO. PORCENTAJE DE ANTICIPO: % GARANTÍAS: PRESENTAR EN TRES DÍAS HÁBILES GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO POR EL 10% DEL MONTO TOTAL DEL PEDIDO/CONTRATO ANTES DE I.V.A. TIEMPO Y/O CONDICIONES DE ENTREGA: SERÁ DE 10 DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN DEL PEDIDO/CONTRATO. NO SE ACEPTARÁ PRÓRROGA PARA LA ENTREGA. MODALIDAD DE FACTURACIÓN: NO APLICA.