PROHIBICIONES. Para garantizar la transparencia de las contrataciones de consultorías con fondos provenientes de la Facilidad FIEF, no podrán participar directa o indirectamente en la ejecución de servicios de consultoría para proyectos financiados por la Facilidad, las siguientes personas: a. Los funcionarios o empleados de las instituciones involucradas: BCIE, IFI, Red, CDED y MIPYME. b. Los cónyuges y familiares de dichos funcionarios o empleados hasta el segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive. c. Los particulares con nexos familiares o de negocio con los representantes del BCIE, la IFI, la Red o el CDED, hasta el tercer grado de consanguinidad o tercero de afinidad, inclusive. d. Consultores que trabajen en el BCIE. La prohibición contenida en los literales b y c anteriores, no tendrá efecto cuando las personas allí nombradas acrediten que se dedican, en forma habitual a desarrollar la actividad empresarial objeto de la contratación respectiva, por lo menos desde tres años antes de la aprobación de la Iniciativa, ocurrido el 12 de diciembre de 2013. No se podrán otorgar contratos a consultores que formen parte de la Base de Datos Central de Exclusión establecida por la Unión Europea y del Listado de Contrapartes Prohibidas del BCIE.
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Sources: Consultoría, Consultoría, Consultoría
PROHIBICIONES. Para garantizar la transparencia de las contrataciones de consultorías con fondos provenientes de la Facilidad FIEF, no podrán participar directa o indirectamente en la ejecución de servicios de consultoría para proyectos financiados por la Facilidad, las siguientes personas:
a. Los funcionarios o empleados de las instituciones involucradas: BCIE, IFIKFW, Red, CDED Unión Europea y MIPYMEBanco Promerica.
b. Los cónyuges y familiares de dichos funcionarios o empleados hasta el segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive.
c. Los particulares con nexos familiares o de negocio con los representantes del BCIE, la IFIKFW, la Red o el CDED, Unión Europea y Banco Promerica hasta el tercer grado de consanguinidad o tercero de afinidad, inclusive.
d. Consultores que trabajen en el BCIE, KFW y Unión Europea. La prohibición contenida en los literales b y c anteriores, anteriores no tendrá efecto cuando las personas allí nombradas acrediten que se dedican, en forma habitual a desarrollar la actividad empresarial objeto de la contratación respectiva, por lo menos desde tres años antes de la aprobación de la Iniciativa, ocurrido el 12 de diciembre de 2013. No se podrán otorgar contratos a consultores que formen parte de la Base de Datos Central de Exclusión establecida por la Unión Europea y del Listado de Contrapartes Prohibidas del BCIE.
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Sources: Consulting Agreement
PROHIBICIONES. Para garantizar la transparencia de las contrataciones de consultorías con fondos provenientes de la Facilidad FIEF, no podrán participar directa o indirectamente en la ejecución de servicios de consultoría para proyectos financiados por la Facilidad, las siguientes personas:
a. Los funcionarios o empleados de las instituciones involucradas: BCIE, IFIKFW, Red, CDED Unión Europea y MIPYMEESEN.
b. Los cónyuges y familiares de dichos funcionarios o empleados hasta el segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad, inclusive.
c. Los particulares con nexos familiares o de negocio con los representantes del BCIE, la IFIKFW, la Red o el CDED, Unión Europea y ESEN hasta el tercer grado de consanguinidad o tercero de afinidad, inclusive.
d. Consultores que trabajen en el BCIE, KFW y Unión Europea. La prohibición contenida en los literales b y c anteriores, no tendrá efecto cuando las personas allí nombradas acrediten que se dedican, en forma habitual a desarrollar la actividad empresarial objeto de la contratación respectiva, por lo menos desde tres años antes de la aprobación de la Iniciativa, ocurrido el 12 de diciembre de 2013. No se podrán otorgar contratos a consultores que formen parte de la Base de Datos Central de Exclusión establecida por la Unión Europea y del Listado de Contrapartes Prohibidas del BCIE.
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Sources: Consulting Agreement