PENAS CONVENCIONA LES Y DEDUCCIONES. PENAS CONVENCIONA LES Cláusulas de Ejemplo

PENAS CONVENCIONA LES Y DEDUCCIONES. PENAS CONVENCIONA LES. Con fundamento en el artículo 53 de la LEY, el LICITANTE adjudicado a cepta que, una vez firmado el Contrato correspondiente , deberá cumplir con la prestación del SERVICIO en los tiempos y términos previstos en el ANEXO 1 , y en caso de incumplimiento en la fecha pactada de entrega, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a Diconsa , se le aplicará las penas convencionales que se menciona a continuación : tolerancia hasta las 21:00 hrs.  0.06% (cero punt o cer o seis por cient o) del monto tota l del contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, por cada hora de retraso en la prestación del servicio en los tiempos y términos previstos en el ANEXO 1 : En la entrega de la planta de luz, equipo de sonido, equipo de cómputo, mantas, paquetes de portivos, trofeos, canchas deportivas, salón sede del evento cultural y estacionamiento. Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace n referencia los incisos que anteceden, se aplicará además cualquier otra que la Ley establezca. El cálculo de la pena convencional correspondiente, la realizará la Gerencia de Personal de Diconsa como área administradora del Contrato y la dará a conocer por escrito a la Gerencia de Adquisiciones, para que esta notifique al PROVEEDOR. El pago de la(s) pena(s) convencional (es), deberá efectuarse mediante descuento de la factura correspondiente, o bien, a través de Nota de Crédito a favor de Diconsa , aplicando de manera directa al pago correspondiente de la Factura, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al 10% (diez por cient o ) del monto total del Contrato. Esta pena convencional no descarta que Diconsa en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la RESCISIÓN ADMINISTRATIVA del Contrato respectivo, conside rando la gravedad del incumplimiento de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de Diconsa . En ningún caso, las penas convencionales podrán negociarse en especie. DEDUCCIONES Con fundamento en el artículo 53 Bis de la LEY, en caso de que el PROVEEDOR adjudicado incurraen incumplimiento parcial o deficiente respecto a la Prestación del SERVICIO objeto del presente procedimiento, con base a lo establecido en el ANEXO 1 de la presente Convocatoria y/ o cláusulas y conceptos q ue integran el Contrato, se aplicará una deducción d el 1% (uno por cient o ) del monto total del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado , durante la vigencia del SERVICIO, asi...
PENAS CONVENCIONA LES Y DEDUCCIONES. PENAS CONVENCIONA LES. Con fundamento en el artículo 53 de la LEY, el PROVEEDOR acepta que, a partir de la notificación del Fallo correspondiente, deberá cumplir con la entrega de la Carta Cobertura y la Póliza en los tiempos previstos, y en caso de incumplimiento en la fecha pactada de entrega, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a Diconsa , se le aplicarán las penas convencionales que se mencionan a continuación: En caso de atraso en el cumplimiento de los tiempos establecidos en los estándar es de servicio señalados en el A nexo 1 de la partida única , el PROVEEDORqueda obligado a pagar por concepto xx xxxx convencional, el 0.5% ( Cero punt o cinco por cient o) por cada día natural de atraso sobre el monto del servicio no prestado op ortunamente, de conformidad al A nexo 1 y los estándares de servicio que se desglosan a continuación: 1 COTIZACIÓN DENTRO DE CONTRATOS. 5 2 COTIZACIÓN SI SE REQUIERE REASEGURO. 20 3 EMISIÓN DE PÓLIZAS. 15 4 EMISIÓN DE MOVIMIENTOS (ENDOSOS A, B Y C) EN CUALQUIERA DE SUS PÓLIZAS. 10 5 CARTAS COBERTURA. 3 6 REEXPEDICIÓN DE PÓLIZAS Y ENDOSOS CON ERRORES. 5 7 DUPLICADO DE PÓLIZAS Y RECIBOS CUANDO SE SOLICITE. 5 8 ENTREGA DE NOTAS DE CRÉDITO. 3
PENAS CONVENCIONA LES Y DEDUCCIONES. PENAS CONVENCIONA LES a) Para el caso de Servicios de Flet es de Maíz
PENAS CONVENCIONA LES Y DEDUCCIONES. PENAS CONVENCIONA LES. Con fundamento en el A r t ículo 53 de la Ley, el licitante ganador una vez firmado el contrato correspondiente, deberá cumplir con la prestación del servicios, en las condiciones y el plazo señalado en el mismo y en la presente convocatoria y que, en caso de incumplimiento, a fin de resarcir los daños ocasionados en la operación xxx Xxxxxxx Central a Diconsa, se le aplicarán las penas convencionales que se mencionan a continuación:
PENAS CONVENCIONA LES Y DEDUCCIONES. PENAS CONVENCIONA LES. Con fundamento en el ar t ículo 53 de la LEY, el licitante adjudicado acepta que, una vez notificado el Fallo, deberá cumplir con brindar el ARRENDA MIENTO, en los tiempos y términos señalados en el Contrato, de conformidad con las características y especificaciones técnicas solicitadas en el ANEXO 1 de la presente Convocatoria y a entera satisfacción de Diconsa , y en caso de incumplimiento en la fecha pactada para la entrega de los bines objeto del A RRENDAMIENTO, a fin de resarcir los daños ocasionados en su operación a Diconsa , se le aplicará la pena convencional que se menciona a continuación :

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  • Software (i) Si durante el plazo de noventa (90) días posteriores a la entrega del Software a usted (el "Periodo de garantía"), el Software, según lo haga disponible RIM o cualquier distribuidor autorizado de RIM, no fuera capaz de realizar las funciones descriptas en la Documentación habitual del usuario final para ese elemento del Software ("Especificaciones") al usarse según lo indica RIM en la Documentación aplicable al tipo y versión específica del Software junto con otras partes no alteradas de Su Solución BlackBerry, RIM, a su opción y criterio exclusivo, realizará esfuerzos razonables para corregir o proporcionarle a usted una solución al problema correspondiente (y esa reparación o solución se la puede proporcionar RIM a Usted a criterio razonable de RIM de un modo entre una variedad de modos, inclusive, en el transcurso de un soporte telefónico o por correo electrónico, en un software generalmente disponible para lanzar reparaciones, en el sitio web de RIM o de cualquier otro modo por el cual RIM le informa a Usted) o le proporcionará a Usted un reembolso por los cargos pagados por única vez por el Software correspondiente si Usted deja de usar el Software y el medio en el que le fue proporcionado el Software y devuelve a RIM todo el embalaje relacionado con aquél, de acuerdo con Su mecanismo de devolución de garantía habitual (que puede ser a través de Su Proveedor de servicio de tiempo de conexión, si corresponde, o del punto de venta) dentro del Periodo de garantía junto con la constancia de compra.

  • TERMINACION DEL CONTRATO 11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.

  • Nulidad Serán nulos y sin valor los actos o contratos de cualquier naturaleza que se celebren entre las partes o las reglamentaciones internas que se dicten, que establezcan para su personal el despido por causa de matrimonio.

  • Revisión salarial El incremento de todos los conceptos económicos del presente Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2015 y el 30 xx Xxxxx de 2016 será del 1,75%, tal y como se refleja en las tablas salariales del Anexo I del presente Convenio. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2016 y el 30 xx Xxxxx de 2017 será del 1,5%. El incremento para el periodo comprendido entre el 1 de Julio de 2017 y el 30 xx Xxxxx de 2018 será del 1,25%. En enero de 2018, la Comisión Paritaria, analizada la situación del sector y los acuerdos a que haya llegado las centrales sindicales con la CEOE, negociará el incremento de todos los conceptos económicos para el último año de vigencia del convenio. Se pacta expresamente que todos los Pactos Salariales firmados al amparo del artículo 32 quedarán prorrogados en su vigencia hasta el 30 xx xxxxx de 2018, con la revisión para 2015/16, 2016/17 y 2017/18 que las partes acuerdan para los conceptos económicos. La empresa y la representación de los trabajadores/as deberán firmar un acta para establecer la citada revisión salarial y las tablas salariales, procediendo a su registro, interesando su publicación en el BOP y manteniendo en su integridad las cláusulas vigentes en el pacto anterior.

  • Verificación En los casos de los artículos 108, 109 y 110 el trabajador o quien lo represente tendrá derecho a inspeccionar la documentación que fuere necesaria para verificar las ventas o utilidades en su caso. Estas medidas podrán ser ordenadas a petición de parte, por los órganos judiciales competentes.

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Los Oferentes/Proponentes deberán mantener las Ofertas por el término de sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura. La Entidad Contratante, excepcionalmente podrá solicitar a los Oferentes/Proponentes una prórroga, antes del vencimiento del período de validez de sus Ofertas, con indicación del plazo. Los Oferentes/Proponentes podrán rechazar dicha solicitud, considerándose por tanto que han retirado sus Ofertas, por lo cual la Entidad Contratante procederá a efectuar la devolución de la Garantía de Seriedad de Oferta ya constituida. Aquellos que la consientan no podrán modificar sus Ofertas y deberán ampliar el plazo de la Garantía de Seriedad de Oferta oportunamente constituida. El plazo de vigencia de la oferta, requerido en este numeral, será verificado a través del Formulario de Presentación de Ofertas SNCC.F.034. Las ofertas que no cumplan por lo menos con el plazo aquí establecido serán eliminadas sin más trámite.

  • Características generales El Proponente, deberá prestar los siguientes servicios, sin limitarse a las actividades y suministros descritos a continuación, en las condiciones solicitadas y autorizadas previamente por el FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ, confirmando y legalizando la orden del servicio, con oficio firmado por el Ordenador del gasto o por quien el designe para tal fin. Cada servicio debe cubrir los costos de prestaciones sociales, impuestos, tasas y demás contribuciones decretados por el Gobierno Nacional, Departamental o Municipal y todos los demás gastos inherentes al cumplimento del Contrato. Cada solicitud requerida, tendrá características específicas dependiendo de su naturaleza, número de participantes, ubicación geográfica, entre otras particularidades. La cobertura de los servicios se atenderá a los lugares del territorio nacional en los que se requieran. El proponente deberá garantizar la ejecución del servicio de acuerdo a las características, condiciones y calidad óptima, evitando demoras en los tiempos de respuesta favorable a los requerimientos: Tiempo máximo que tiene el Contratista para responder al requerimiento: hasta máximo 12 horas. En los casos excepcionales que la Entidad requiera del desarrollo de servicios inmediatos, los tiempos serán reducidos de conformidad con el requerimiento enviado. La Entidad contratante podrá adicionar o cancelar el servicio previamente aprobado, con un mínimo de 12 horas, enviando vía email la justificación y solicitud respectiva; por lo que en todo caso no se cobrará por parte del Contratista ningún valor por concepto de dicha cancelación. De igual forma, a la terminación de cada solicitud atendida, el Proponente estará en la obligación de certificar el servicio, diligenciando el FORMATO F-BS-33 (Versión 09)- CERTIFICACION DE EJECUCION DE CONTRATO PARA PROVEEDORES expedida por EL DAPRE. Los servicios que se encuentren en la propuesta económica, se deberán suministrar a los precios establecidos en la misma y a los cuales únicamente se les reconocerá el IVA, sin aplicar EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA porcentaje de intermediación. (Exceptuando los servicios que oscilen por la dinámica xxx xxxxxxx). El Contratista deberá solicitar autorización por escrito, cuando se requiera realizar alguna modificación al servicio aprobado. El contratista deberá disponer de una persona 24/7, que atienda el servicio de comunicación, bien sea telefónico, vía emails, WhatsApp o mensajería instantánea, o cualquier otro medio de comunicación, de tal manera que permita coordinar y ejecutar las actividades a fin de que se lleguen a buen término.

  • Tablas salariales 1. Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector. La suma xxx xxxxxxx base, complemento Convenio, en su caso, y complemento personal, servirá de base para el cálculo de la antigüedad, las gratificaciones extraordinarias reglamentarias y la Paga de Convenio y el Plus No Absentismo o en cualquier otro concepto que tuviese como referencia el salario para actividad normal, sin perjuicio de lo estipulado sobre esta materia en los distintos anexos subsectoriales.

  • DOMICILIO Y JURISDICCIÓN LA ARRENDATARIA señala como su domicilio el que figura en este documento. A dicho domicilio se le harán llegar las comunicaciones o notificaciones judiciales y/o extrajudiciales a que hubiera lugar. En caso de titularidad conjunta, la comunicación realizada a cualquiera de los titulares de la(s) cuenta(s) servirá respecto de todos. La variación del domicilio de LA ARRENDATARIA, así como de cualquier cambio respecto a los datos proporcionados a EL BANCO, deberá ser comunicada a éste mediante comunicación escrita dirigida a la oficina donde mantenga abierta cualquiera de sus cuentas, o a través de Internet, si EL BANCO lo solicita expresamente. Dicho cambio de domicilio solamente puede ser realizado dentro del área urbana de esta misma ciudad. EL BANCO entenderá que el cambio de cualquiera de los datos proporcionados por LA ARRENDATARIA a EL BANCO será de aplicación para todos los productos y/o servicios que haya contratado LA ARRENDATARIA, salvo que éste manifieste expresamente y por escrito lo contrario. EL BANCO señala como su domicilio para efectos de la aplicación de las presentes Condiciones sus oficinas en esta ciudad. Sin perjuicio de ello, y sólo tratándose del departamento de Lima, el domicilio de EL BANCO será el de su sede central ubicada en Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx. En dichos casos, LA ARRENDATARIA deberá hacer entrega de las comunicaciones en la mesa de partes de las oficinas de EL BANCO señaladas en la presente cláusula. Las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces del distrito judicial que corresponda a la oficina de EL BANCO donde se otorgó el arrendamiento financiero materia de este contrato. Tratándose de oficinas ubicadas en el departamento de Lima, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los jueces y tribunales del distrito judicial del Cercado de Lima.

  • Garantías personales Se respetarán a título individual las condiciones de trabajo que fueran superiores a las establecidas en el presente Convenio, consideradas en su conjunto y en cómputo anual.