Common use of OBLIGACIÓN SOLIDARIA Clause in Contracts

OBLIGACIÓN SOLIDARIA. Si se ha requerido al Afiliado proporcionar uno o más Obligado(s) Solidario(s) conforme a lo indicado en la Solicitud de Afiliación, las siguientes disposiciones serán aplicables: Como motivo determinante para que el Adquirente celebre el contrato y en consideración a los servicios y facilidades de cualquier tipo proporcionadas o que se sigan proporcionando en cualquier momento y de tiempo en tiempo por el Adquirente para beneficio del Afiliado, el Obligado(s) Solidario(s) designado(s), con fundamento en los artículos 1987,1988, 1989 y demás aplicables del Código Civil Federal y los correlativos del Código Civil para el Distrito Federal y los artículos similares en los Códigos Civiles de los Estados de la República Mexicana, conjunta y solidariamente, incondicional e irrevocablemente, garantizan el cumplimiento continuo, puntual, total y absoluto por el Afiliado de todos y cada uno de los deberes y obligaciones del Afiliado frente al Adquirente conforme al presente Contrato, conforme este contrato pueda ser modificado por cualquiera de ellos de tiempo en tiempo, con o sin notificación. Ningún acto o hecho, excepto el pago total y cumplimiento de todos los deberes y obligaciones del Afiliado frente a el Adquirente, - que de no ser por esta disposición podría causar la liberación o limitación de la responsabilidad del Obligado(s) Solidario(s), producirá, en cualquier forma, la liberación, limitación o afectación de responsabilidad del Obligado(s) Solidario(s)-, puede interpretarse o considerarse como una liberación o disminución de las obligaciones del o los Obligado(s) Solidario(s). El o los Obligado(s) Solidario(s) renuncia(n) expresamente a cualesquiera y todas las defensas y excepciones del Afiliado respecto a los deberes y obligaciones del Afiliado frente a el Adquirente, salvo la excepción de pago. El(los) Obligado(s) Solidario(s) reconocen que el Adquirente podrá proceder de manera directa contra el o los Obligado(s) Solidario(s) sin necesidad de agotar primero sus respectivos recursos contra el Afiliado o contra cualquier otra persona física o moral responsable o cualquier otra garantía otorgada a favor del Adquirente o Afiliado. El o los Obligado(s) Solidario(s) renuncian expresamente en este acto a: (i) cualquier notificación o aviso sobre la aceptación de esta Garantía Solidaria y de la creación y existencia de los deberes y obligaciones del Afiliado frente al Adquirente (ii) presentación, demanda de pago, notificación de incumplimiento, notificación de falta de pago, y protesto de cualquier instrumento en que se documenten los deberes y obligaciones del Afiliado; y (iii) cualesquiera otras demandas y notificaciones al o a los Obligado(s) Solidario(s) o a cualquier otra persona y cualquier otra acción para determinar la responsabilidad del o los Obligado(s) Solidario(s). Esta Garantía Solidaria no terminará ni será liberada, reducida o eximida por la muerte del o de cualquiera de los Obligado(s) Solidario(s), y será vinculante y obligatoria para sus herederos, albaceas, representantes y sucesores, y podrá ser ejecutada por, o para el beneficio de cualquiera de los causahabientes del Adquirente. El o los Obligado(s) Solidario(s) reconocen y aceptan que inducir a el Adquirente a celebrar este Contrato y a prestar o seguir prestando los servicios y facilidades de cualquier tipo a o para beneficio del Afiliado, es contraprestación suficiente por la Garantía Solidaria y que cada Garantía Solidaria tendrá plena fuerza y vigor, aún y cuando el o los Obligado(s) Solidario(s) no reciban beneficios adicionales de la Garantía Solidaria.

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Sources: Contrato De Afiliación a Comercios, Contrato De Afiliación a Comercios

OBLIGACIÓN SOLIDARIA. Si se ha requerido al Afiliado proporcionar uno En su caso, la(s) persona(s) física(s) que firma(n) y/o más Obligado(semiten su consentimiento como obligado(s) Solidario(ssolidario(s) conforme a lo indicado en la Solicitud se constituyen en Obligado Solidario frente a American Express respecto al pago de Afiliacióntodos los Cargos realizados a la Cuenta de las Tarjetas emitidas en favor de la Empresa y a los Tarjetahabientes, incluyendo aquéllos que correspondan a Cargos por comisiones que se refieren en la Cláusula Décima Primera que le fueren aplicables y de los intereses que en su caso se devenguen (en conjunto, las siguientes disposiciones serán aplicables: Como motivo determinante para que “Obligaciones Asumidas”). American Express podrá exigir el Adquirente celebre el contrato y cumplimiento de las Obligaciones Asumidas a la Empresa y, en consideración su caso, a cada uno de los servicios y facilidades Obligados Solidarios, de cualquier tipo proporcionadas o que se sigan proporcionando en cualquier momento y de tiempo en tiempo conformidad con lo dispuesto por el Adquirente para beneficio del Afiliado, el Obligado(s) Solidario(s) designado(s), con fundamento en los artículos 1987,1988, artículo 1989 y demás aplicables del Código Civil Federal y de sus correlativos de los correlativos del Código Civil para el Distrito Federal y los artículos similares en los Códigos Civiles demás Estados de los Estados de la República Mexicana, conjunta y solidariamente, incondicional e irrevocablemente, garantizan el cumplimiento continuo, puntual, total y absoluto Unidos Mexicanos. Cada Obligado Solidario acuerda que no podrá ceder o por el Afiliado de todos y cada uno de los deberes y cualquier otra forma transmitir las obligaciones a su cargo que deriven del Afiliado frente al Adquirente conforme al presente Contrato, conforme este contrato pueda ser modificado sin el consentimiento previo y por cualquiera escrito de ellos de tiempo en tiempo, American Express. La obligación solidaria permanecerá con o sin notificación. Ningún acto o hecho, excepto el pago total toda fuerza y cumplimiento de todos los deberes y obligaciones del Afiliado frente a el Adquirente, - que de no ser por esta disposición podría causar la liberación o limitación de la responsabilidad del Obligado(s) Solidario(s), producirá, en cualquier forma, la liberación, limitación o afectación de responsabilidad del Obligado(s) Solidario(s)-, puede interpretarse o considerarse como una liberación o disminución de las obligaciones del o los Obligado(s) Solidario(s). El o los Obligado(s) Solidario(s) renuncia(n) expresamente a cualesquiera y todas las defensas y excepciones del Afiliado respecto a los deberes y obligaciones del Afiliado frente a el Adquirente, salvo la excepción de pago. El(los) Obligado(s) Solidario(s) reconocen que el Adquirente podrá proceder de manera directa contra el o los Obligado(s) Solidario(s) sin necesidad de agotar primero sus respectivos recursos contra el Afiliado o contra cualquier otra persona física o moral responsable o cualquier otra garantía otorgada a favor del Adquirente o Afiliado. El o los Obligado(s) Solidario(s) renuncian expresamente en este acto a: (i) cualquier notificación o aviso sobre la aceptación de esta Garantía Solidaria y de la creación y existencia de los deberes y obligaciones del Afiliado frente al Adquirente (ii) presentación, demanda de pago, notificación de incumplimiento, notificación de falta de pago, y protesto de cualquier instrumento en que se documenten los deberes y obligaciones del Afiliado; y (iii) cualesquiera otras demandas y notificaciones al o a los Obligado(s) Solidario(s) o a cualquier otra persona y cualquier otra acción para determinar la responsabilidad del o los Obligado(s) Solidario(s). Esta Garantía Solidaria no terminará ni será liberada, reducida o eximida por la muerte del o de cualquiera de los Obligado(s) Solidario(s), vigor y será vinculante y obligatoria para sus herederoscada Obligado Solidario, albaceasfrente a cualquier causahabiente, representantes y sucesorescesionario o adquirente. American Express, y podrá ser ejecutada poren cumplimiento a las obligaciones a las que está sujeta en términos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, o para el beneficio presentará a estas últimas la información correspondiente a la Cuenta de cualquiera de los causahabientes del Adquirente. El las Tarjetas emitidas a la Empresa y/o los Obligado(s) Solidario(s) reconocen y aceptan Tarjetahabientes, así como del estado que inducir éstas guarden, en los términos que la propia Ley prevé, reportando en su caso a el Adquirente a celebrar este Contrato y a prestar o seguir prestando los servicios y facilidades de cualquier tipo a o para beneficio del Afiliado, es contraprestación suficiente por la Garantía Solidaria y que cada Garantía Solidaria tendrá plena fuerza y vigor, aún y cuando el o los Obligado(s) Solidario(s) no reciban beneficios adicionales de la Garantía SolidariaObligado Solidario en tal carácter.

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Sources: Tarjeta De Crédito