Obligación de notificación Cláusulas de Ejemplo

Obligación de notificación. Si los Datos del Cliente pasan a ser conocidos por terceros no autorizados de forma ilícita, p.e., por un incumplimiento de la legislación en materia de protección de datos aplicable, el presente Contrato o instrucciones dadas por el Cliente, el Contratista deberá informar de inmediato al Cliente sobre este hecho.
Obligación de notificación. El Cliente tiene la obligación de informar inmediatamente x XxxxxX (y este a su vez a SEFIDE) si sospecha cualquier uso o acceso fraudulento a su Cuenta de Pago o cualquier evento que pueda conducir a tal uso, incluidos pero no quedar limitados a: pérdida, divulgación accidental o apropiación indebida de sus Nombres de usuario para la Cuenta de Pago, el acceso no autorizado a la totalidad o parte del Área de Cliente o un pago no autorizado. Esta notificación deberá enviarse por correo electrónico y confirmarse por escrito a la siguiente dirección: xxxx@xxxxxx.xx o por correo a la siguiente dirección: NETTIT COLABORATIVE PAYMENTS SL Servicio de Quejas Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx 00 00000 Xxxxxx
Obligación de notificación. El Titular tendrá la obligación de informar inmediatamente a Lemonway en caso de sospecha de acceso o uso fraudulento de su Cuenta de pago o de todo acontecimiento susceptible de conducir a tal uso, como por ejemplo y de manera no limitativa: pérdida, divulgación accidental o apropiación indebida de su nombre de usuario y contraseña de la Cuenta de pago o una Operación no autorizada. Dicha notificación deberá realizarse mediante el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxx.xxxxx@xxxxxxxx.xxx y confirmarse mediante correo postal a la siguiente dirección: Sociedad LEMONWAY - Departamento de seguridad financiera - 0 xxx xx Xxxxxxx, XX 00000, 00000 Xxxxx XXXXX 0, Xxxxxxx.
Obligación de notificación. El Cliente tiene la obligación de informar inmediatamente a LEMON WAY si sospecha cualquier uso o acceso fraudulento a su Cuenta de Pago o cualquier evento que pueda conducir a tal uso, incluidos pero no quedar limitados a: pérdida, divulgación accidental o apropiación indebida de sus Nombres de usuario para la Cuenta de Pago, el acceso no autorizado a la totalidad o parte del Área de Cliente o un pago no autorizado. Esta notificación deberá enviarse por correo electrónico a la dirección de correo electrónico siguiente: xxxxxx@xxxxxxxx.xx y confirmarse por escrito a la siguiente dirección:
Obligación de notificación. El Prestador solo tendrá derecho a cambiar o adaptar el Producto y / o Servicio siempre que se proporcione al menos el mismo nivel de Buenas Prácticas de Seguridad que se solicite y acuerde entre las Partes. El Prestador deberá informar a la Empresa antes de cualquier cambio relevante relacionado con el Producto y / o Servicio que pueda afectar negativamente el cumplimiento del Prestador con los Requisitos de Ciberseguridad como se establece en este documento. En tal caso, se aplicarán los derechos de la Empresa establecidos en el Instrumento. El Prestador deberá contar con un proceso efectivo, documentado y revisado periódicamente para informar a la Empresa de inmediato en caso de cualquier circunstancia (p. Ej., Desastre) que afecte materialmente al Producto y / o Servicio, incluidos los modos de comunicación y las interfaces.

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  • DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN Cualquier aviso o notificación entre las partes contratantes será realizada por escrito y será enviado: Al PROVEEDOR: _______________ (Registrar el domicilio que señale el proveedor, especificando zona, calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas). A la ENTIDAD: _____________ (Registrar el domicilio de la entidad, especificando zona, calle y número del inmueble y ciudad donde funcionan sus oficinas).

  • DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Se considerará domicilio del oferente, el domicilio legal que hubiera declarado en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Art. 6 xxx Xxxxxx Único de Cláusulas Generales). Todo cambio de domicilio deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se tendrá que comunicar fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el mismo surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación al Gobierno. El GCABA Ministerio de Educación – Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones constituye domicilio en Xx. Xxxxx Xxxxx 000 0x xxxx xxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se notifican en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay Nº 458 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 77/PG/06 (BOCBA Nº 2430).-

  • AVISOS Y NOTIFICACIONES Todos los avisos y además todas las notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente en relación a este Contrato los hará mediante aviso escrito a través de los Medios de Comunicación.

  • Notificación Notificación Publicación de la adjudicación.

  • DOMICILIO Y NOTIFICACIONES Las partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier comunicación o notificación deberá ser cursada a dichos domicilios por escrito. En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal, deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo de constancia de recepción, y a la mayor brevedad posible. En caso contrario, cualquier comunicación hecha al anterior domicilio se entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax Correo Electrónico

  • CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS, ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en el artículo siguiente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el pliego o en el anuncio pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.

  • ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN 22.1.- El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación presentada por la propuesta adjudicataria.

  • NOTIFICACIONES 8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.