OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria. b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias. c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente. d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria. e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos. f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos. g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función. h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Reglamento De Condiciones Técnicas De Operación, Reglamento De Condiciones Técnicas De Operación
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones La Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI se compromete a ayudar a las personas en situación de los prestadores exclusión social a propuesta del Ayuntamiento de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. l'Alfàs del Pi de la siguiente forma: Colaborar con el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en aquello que se le requiera, dentro de la legalidad vigente. Reparto de alimentos, ropa, juguetes y operadores portuarios
a. Atender cualquier otro tipo de utensilios o enseres que recojan. Acompañamiento de personas a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad recursos públicos o privados, asumiendo el coste del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por acompañamiento. Apoyo a los usuarios en tareas concretas. b) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. c) Someter el control financiero de la subvención concedida a la Intervención del puerto Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. d) Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. La Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI se compromete a costo destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del solicitante y previa disponibilidad de los recursos Pi para promover la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento participación de sus funciones socios en la vida del municipio. MECANISMO DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Se designará funcionario del Área de Bienestar Social o Sanidad, que realizará seguimiento y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento control de las obligaciones actividades al amparo del presente convenio, y responsabilidades que se deriven podrá resolver los problemas de interpretación respecto del mismo. Para ello la Asociación presentará memorias semestrales de las actividades que realizan, realice así como facturas justificativas del gasto. OBJETO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GRUP D'ESPLAI ESPORTIU DE PETANCA DEL HOGAR DEL PENSIONISTA L'ALFÀS (NÚM. 84), Y EL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA AÑO 2019 Constituye el objeto del convenio regular la colaboración entre el Grup d'Esplai Esportiu de los servicios que se presten Petanca del Hogar del Pensionista l'Alfàs, y el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, para el fomento de la actividad deportiva de Petanca en el puerto municipio de acuerdo a la normatividad vigentel’Alfàs del Pi. PARTES FIRMANTES: GRUP D'ESPLAI ESPORTIU DE PETANCA DEL HOGAR DEL PENSIONISTA L'ALFÀS / AYUNTAMIENTO DE L´ALFÀS DEL PI.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Convenio De Colaboración
OBLIGACIONES. 2.5.1 8.1. Del Contratista: Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir Generales: Guardar y mantener vigentes la debida reserva frente a temas y asuntos tratados y conocidos con ocasión de la ejecución del presente contrato. Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del CONTRATISTA con EL INSTITUTO. Obrar con lealtad y buena fe en las garantías distintas etapas contractuales, evitando dilaciones y entrabamientos que aseguren el cumplimiento de las obligaciones puedan presentarse y responsabilidades que en general se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo obliga a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad cumplir con lo establecido en la prestación Leyes 80 de los servicios 1993, 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios. Diligenciar el formato único de hoja de vida de que tratan las veinticuatro (24) horas del díaLeyes 190 de 1995 y 443 de 1998, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como Resolución 580 del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇19 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 1999. Responder por sus actuaciones y omisiones derivados de la celebración del presente contrato, y de la ejecución del mismo, de conformidad con lo establecido en la Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios. Cumplir con los pagos de los aportes a salud, pensiones y riesgos laborales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 789/2002, Ley 1122/2007 (aporte integral), Ley 1562 de 2012, el Decreto 0723 del 15 ▇▇ portuario ▇▇▇▇▇ de 2013 y sus áreas demás normatividad vigente. Mantener actualizado su domicilio durante la vigencia del contrato. Acatar las instrucciones que le imparta el supervisor en virtud de almacenamiento sin perjuicio la ejecución del presente contrato. Mantener la confidencialidad de la información suministrada por EL INSTITUTO, la cual solo podrá ser utilizada para la correcta ejecución del servicio contratado. Presentar oportunamente al supervisor, los informes de actividades y demás que se soliciten sobre cualquier aspecto de la prestación del servicio. Suscribir las actuaciones actas relacionadas con la ejecución del contrato. Dar buen uso y actividades custodia a los bienes y elementos que las autoridades deban llevar a cabo EL INSTITUTO le entregue para el desarrollo del objeto contractual, los cuales al vencimiento del contrato deberá reintegrar al almacén. Responder por los documentos físicos o magnéticos que le sean entregados o que elabore en desarrollo de su función.
h. Velar por del contrato, certificando que todos los servicios prestados reposen en la instalación portuaria estén sujetos dependencia correspondiente. Dar cumplimiento a las regulaciones contenidas políticas de seguridad de los activos de información y el uso adecuado del internet y del correo electrónico que fije la entidad en el presente acto administrativo cualquier sentido. Mantener libre al INSTITUTO de cualquier daño o perjuicio originado de reclamaciones provenientes de terceros y sean pagados por los usuarios que se deriven de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteejecución de sus obligaciones o de sus subcontratistas o dependientes.
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Sources: Contratación Directa
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones Dentro de la autonomía de los prestadores directores regionales, es sustancial identificar si se requiere un abogado con fines netamente de defensa judicial (abogado externo), o como multipropósito o como general, para asignar las obligaciones específicas. Las obligaciones específicas recomendadas para la ejecución de la actividad de defensa judicial son:
i. Acompañar, orientar y representar judicial y/o administrativamente al SENA, en los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. diferentes procesos judiciales o extrajudiciales, en los cuales sea parte la entidad como demandante o demandado, particularmente ante la Jurisdicción ordinaria y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud Contenciosa Administrativa, de servicio portuario adicional relacionada acuerdo con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra asignación que realice la contaminación realizada por los usuarios del puerto supervisión y/o director/a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuariaregional.
b. Aportar a las autoridades competentes la información ii. Adelantar todos aquellos trámites extraprocesales necesarios, iniciales, accesorios o complementarios como reuniones y mesas de trabajo que les sea requerida sean pertinentes en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten procesos en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad los cuales actúe en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre representación ▇▇▇ ▇▇▇▇.
iii. Asistir a todas las diligencias prejudiciales y judiciales de los casos asignados y a su cargo, que se celebren durante el plazo de ejecución del contrato.
iv. Atender de manera oportuna todos los requerimientos hechos por las autoridades judiciales, Ministerio Público, y entes de control, de los casos asignados y a su cargo, durante el plazo de ejecución del contrato.
v. Acompañar en forma diligente los procesos judiciales asignados a su cargo. Para el efecto puede designar el personal idóneo que cumpla las labores de seguimiento, sin perjuicio de su responsabilidad directa.
vi. Apoyar de forma completa, oportuna e idónea de los riesgos, implicaciones y contingencias de los procesos judiciales asignados y a su cargo, y adelantar su estrategia de defensa en coordinación con los lineamientos ▇▇▇ portuario ▇▇▇▇ al respecto.
vii. Prestar de manera permanente el acompañamiento y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio la asesoría que requiera la entidad respecto de las actuaciones situaciones generadas frente al objeto contractual, esto es, la defensa
viii. Dar apoyo en la actualización el sistema EKOGUI y actividades el archivo físico o digital ▇▇▇ ▇▇▇▇, con las piezas procesales que hagan parte del expediente judicial para revisar las autoridades deban condiciones del proceso.
ix. El contratista se compromete a custodiar y devolver los documentos entregados por el SENA, como soporte para llevar a cabo la defensa judicial, en desarrollo caso de su funciónrequerirse.
h. Velar x. Apoyar a la Regional en los asuntos en que se requiera para la correcta ejecución del contrato.
xi. Efectuar el seguimiento jurídico de los procesos en los que asume la representación de la entidad, como impulsar el procedimiento que corresponda en cada uno.
xii. Presentar de manera oportuna los informes que le sean requeridos por que todos la supervisión y/o Director/a Regional y/o Grupo de Procesos Judiciales y Conciliaciones de la Dirección General, con respecto actuaciones judiciales, línea de defensa judicial ejercida y demás actividades con relación a los servicios prestados procesos a su cargo.
xiii. Prestar apoyo en la instalación portuaria estén sujetos sustanciación de casos presentados al Comité Nacional de Defensa Judicial y Conciliaciones ▇▇▇ ▇▇▇▇, los cuales deberá entregar conforme a las regulaciones contenidas indicaciones de modo y tiempo que suministre la dirección o supervisión.
xiv. Gestionar los casos y procesos prejudiciales y judiciales a su cargo, desde el rol abogado a través de la plataforma eKogui que le sean asignados, incluyendo la revisión de fichas, registrando y actualizando de forma oportuna la información de la actividad litigiosa, las solicitudes de conciliación extrajudicial, los procesos judiciales, los trámites arbitrales, expediente digital, casos ante el comité de defensa judicial, aplicando metodologías de valoración del riesgo y generar reportes para la toma de decisiones soportadas en la evidencia de los procesos asignados y a su cargo.
xv. Asistir a capacitaciones sobre el uso y alcance del eKogui, convocadas por la ANDJE o Administrador de Entidad, cumpliendo a cabalidad los protocolos, instructivos o lineamientos para asegurar la completitud, la veracidad y la oportunidad de los datos.
xvi. Salvaguardar la confidencialidad de la información contenida en eKogui y procesos a su cargo, adoptándolas medidas efectivas para la protección de datos personales de acuerdo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.
xvii. Presentar un informe final al cierre de la vigencia fiscal, que especifique todas las actividades ejecutadas durante la etapa judicial, así como la estrategia de defensa dentro del proceso.
xviii. Atender consultas, y en los casos requeridos por la dirección o supervisión,
xix. Atender los requerimientos judiciales de acciones constitucionales que le sean asignadas (acción de tutela, cumplimiento, popular, de grupo, habeas corpus, habeas data), tendientes a efectuar la representación judicial de la entidad, y darle acompañamiento a las regionales que lo requieran sobre esta materia.
xx. Conformar y entregar digitalizado o electrónicamente a la Supervisión, el expediente de los procesos asignados, según las directrices del Sistema de Gestión documental de la entidad.
xxi. Acompañar y orientar a la regional en las diferentes reuniones que se susciten con otras áreas.
i. Apoyar la revisión de forma y fondo de los actos administrativos, respuestas a derechos de petición, solicitudes de consultas y documentos en general de la regional, que le sean asignados, realizando las recomendaciones y ajustes a que haya lugar.
ii. Presentar informes o dar respuesta a los requerimientos en los términos, condiciones y plazos que le sean requeridos por la supervisión, relacionados con las obligaciones señaladas en su objeto contractual.
iii. Apoyar e identificar líneas jurisprudenciales de acuerdo con las causas de litigiosidad de la entidad registrada en el presente acto administrativo aplicativo eKogui.
iv. Salvaguardar la confidencialidad de la información contenida en eKogui y adoptar las medidas efectivas para la protección de datos personales de acuerdo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013.
v. Atender consultas, y en los casos requeridos por la dirección o supervisión, conceptuar en los asuntos que le sean pagados requeridos.
vi. Apoyar los trámites jurídicos de defensa y representación judicial y administrativa que le sean encomendados y complementarios, emanados del objeto contractual.
vii. Apoyar en el reparto, asignación y traslado de los requerimientos, solicitudes y/o notificaciones, que llegan al buzón electrónico, del correo de notificaciones judiciales, cuando la supervisión lo requiera, por causales de necesidad del servicio.
viii. Apoyar el impulso de los procesos administrativos en sus diferentes etapas, dentro de los términos legales.
ix. Asistir a las reuniones presenciales y/o virtuales convocadas.
x. Presentar los informes requeridos por los usuarios entes de acuerdo a control y otras áreas de la estructura tarifaria vigenteDirección General.
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Sources: Lineamientos Para La Contratación
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 5.1.- El Adjudicatario, se compromete a: Mantener en constante y correcto estado de funcionamiento las instalaciones objeto de este contrato, no sólo los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida existentes en el cumplimiento momento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren producirse la adjudicación, sino también los que, durante el cumplimiento transcurso del contrato, vayan siendo objeto de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas recepción definitiva por parte del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizadosAyuntamiento, sin perjuicio que tenga derecho a formular reclamaciones de lo previsto en la ley para ningún tipo sobre el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso estado de las instalaciones portuariasrecibidas, así como incluyéndose en el canon mensual. Poner en conocimiento del control responsable del contrato inmediatamente después de producirse, cualquier incidencia que impida el normal funcionamiento de los accesos edificios públicos. Colaborar con los Servicios técnicos del Ayuntamiento de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ Ciudad ▇▇▇▇▇▇▇ portuario en la redacción de nuevos proyectos. Dejar las instalaciones correspondientes objeto del presente pliego en perfecto estado de conservación y sus áreas funcionamiento al finalizar el mismo. Designar a una persona, coordinador de almacenamiento sin perjuicio mantenimiento, que se responsabilice de la correcta ejecución de los trabajos y a la que en primera instancia se pueda dirigir el representante del Ayuntamiento de Ciudad ▇▇▇▇▇▇▇. Realizar todo lo indicado en la cláusula de asistencia comprendida del presente pliego de prescripciones técnicas. La mano de obra a emplear por el Adjudicatario será siempre de la más alta calificación requerida para cada trabajo, con experiencia y formación específica en instalaciones, calefacción y control, así como seleccionar y manejar herramienta, equipos de medida y material de repuesto. Que su personal respete, en general, las normas de régimen interior vigentes en el recinto donde se encuentren las instalaciones. Llevar un control de la vida de funcionamiento de cada equipo, informando al Ayuntamiento de Ciudad ▇▇▇▇▇▇▇ de la conveniencia de su sustitución cuando ésta sea necesaria. Disponer de los equipos necesarios para la ejecución de los trabajos, como herramientas manuales, aparatos de medida, equipos de soldadura, etc. Mantener los equipos de medida con un certificado de calibración actualizado emitido por un laboratorio acreditado.
5.2.- El Ayuntamiento de Ciudad ▇▇▇▇▇▇▇ se compromete a: Designar un representante para realizar el seguimiento del mantenimiento de las actuaciones instalaciones y actividades que hacer de interlocutor con el Adjudicatario, para establecer la programación de los trabajos y atender las autoridades deban sugerencias del Adjudicatario. Permitir al Adjudicatario la puesta en marcha y parada de equipos, con previo aviso al representante a fin de llevar a cabo las revisiones concertadas en desarrollo este contrato. Operar los equipos de su función.
h. Velar por que todos acuerdo con las instrucciones del fabricante y notificar al Adjudicatario, con toda rapidez, cualquier cambio en las Prescripciones de funcionamiento de las mismas. No modificar o reparar los servicios prestados en la instalación portuaria estén equipos sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados este Contrato por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigentepersonal ajeno al Adjudicatario, sin previo aviso.
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Sources: Service Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 5.1. Por motivos de los prestadores interés público y previo aviso con una antelación mínima de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. un mes, el adjudicatario cederá sus instalaciones para organizar y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud realizar cuantos eventos y celebraciones sean dispuestos por el Servicio Municipal de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇Deportes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Los eventos y celebraciones a los que se refiere este párrafo son campeonatos y/o competiciones a nivel provincial, autonómico, nacional e internacional.
5.2. Antes del comienzo de cada año se facilitará al Excmo. Ayuntamiento ▇▇ portuario ▇▇▇▇▇▇▇▇ un calendario en el que se indiquen los días de apertura, de cierre o días con disminución del horario habitual establecido.
5.3. El adjudicatario será directamente responsable ante los usuarios y en general, ante terceras personas, de los daños y perjuicios causados como consecuencia o con motivo del funcionamiento normal o anormal de los servicios objeto del contrato.
5.4. Asimismo el contratista será responsable por las faltas que cometan sus áreas trabajadores y empleados y quedará obligado al resarcimiento de almacenamiento los daños que causen a terceros con motivo de la defectuosa prestación de los servicios, ya sean en los bienes, las personas e instalaciones particulares, sin perjuicio de las actuaciones y actividades sanciones que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su funciónpuedan imponérsele.
h. Velar 5.5. Antes de la formalización del oportuno contrato, el contratista deberá presentar el documento acreditativo de pago de las primas correspondientes.
5.6. Asimismo, el contratista vendrá obligado a suscribir póliza de seguro por que todos los servicios prestados en riesgo de destrucción de las instalaciones. El beneficiario de la instalación portuaria estén sujetos póliza será el Ayuntamiento, como propietario de las instalaciones, si bien deberá destinar el importe a la reconstrucción de las instalaciones destruidas.
5.7. El contratista ejecutará todas las obras e instalaciones objeto de la concesión a su ▇▇▇▇▇ y asumirá la financiación de la totalidad de las mismas.
5.8. El concesionario está obligado a ejecutar las obras y a organizar el servicio con estricta sujeción a las regulaciones estipulaciones contenidas en el presente acto administrativo Pliego y al Anteproyecto que sirven de base al contrato y conforme a las instrucciones que en interpretación de éste diere al contratista el Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇.
5.9. Todos los estudios, anteproyectos, proyectos y demás documentación necesaria para la ejecución de las obras a que se refiere este Pliego serán de cuenta del adjudicatario.
5.10. El concesionario deberá explotar directamente las instalaciones objeto de contratación, destinándolas exclusivamente a los fines pactados, quedando expresamente prohibida la cesión, traspaso, subarrendamiento total o parcial, sin expresa autorización del Ayuntamiento.
5.11. Tampoco podrá realizar obras o reformas sin consentimiento expreso y por escrito de esta Corporación. Cuando la autorización sea concedida, la reforma será realizada por el contratista y a su ▇▇▇▇▇, sin derecho a percibir indemnizaciones algunas por estos conceptos al finalizar la vigencia del contrato.
5.12. Comunicar a los servicios municipales del Ayuntamiento las hojas de reclamaciones y/o sugerencias que los usuarios hicieran llegar al concesionario en un plazo de 48 horas desde que éste las recibiera.
5.13. Deberá prestar el servicio con continuidad y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que se establecen y mediante el abono de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas.
5.14. Admitir el uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos establecidos reglamentariamente.
5.15. Permitir al personal técnico municipal o del Servicio Municipal de Deportes, el acceso a las instalaciones para vigilar, controlar e inspeccionar el estado de conservación de las mismas.
5.16. No enajenar bienes afectos a la explotación que hubieren de revertir a la Corporación , ni gravarlos, salvo autorización expresa de la misma.
5.17. Obtener los permisos, licencias y autorizaciones reglamentarias que establezca la legislación vigente, en orden a la explotación de las instalaciones y gestión del servicio.
5.18. Serán de cargo del contratista todos los impuestos, derechos, tasas y tributos que gravan las actividades y medios materiales sobre los que recae la prestación de los servicios objeto del contrato.
5.19. Disponer de un Reglamento de Régimen Interno que contenga las normas de obligado cumplimiento y derechos y deberes para con los usuarios. Este Reglamento, una vez aprobado por el Ayuntamiento, deberá ser expuesto en lugar visible a la entrada del establecimiento, así como en su interior.
5.20. El contratista deberá mantener las instalaciones en las adecuadas condiciones de higiene y salubridad conforme a la legislación sectorial vigente.
5.21. Vigilar y conservar a su ▇▇▇▇▇ las instalaciones y material incorporado a las mismas e informar al Ayuntamiento sobre las reparaciones y reposiciones para mantenerlos en condiciones idóneas.
5.22. El adjudicatario estará obligado a facilitar a la Corporación cuantos datos y documentos le sean pagados solicitados por ésta sobre la forma de explotación de las
5.23. Será de cuenta del contratista todos los gastos en concepto de suministro de energía eléctrica, agua, teléfono, así como cualquier otro necesario para el ejercicio de la explotación.
5.24. Será responsabilidad del contratista el mantenimiento y establecimiento del orden público, en el interior de las instalaciones, disponiendo los medios que estime necesarios, de acuerdo con la legislación vigente.
5.25. El personal de los servicios deberá comportarse con la absoluta corrección con el público, autoridades municipales y sus agentes y mostrar, cuando fuera requerido para ello, el distintivo o documento que acredite su identidad.
5.26. El contratista deberá aportar, en el plazo de un mes desde la formalización del contrato, documento debidamente legalizado por el que se designe el empleado o representante con quien deben llevarse a cabo las correspondientes relaciones entre el Ayuntamiento y el adjudicatario.
5.27. Asimismo, en caso de ser una sociedad el adjudicatario, presentará en la Alcaldía testimonio notarial de cualquiera de sus actos por los usuarios de acuerdo que se modifiquen los fines sociales en cuanto, directamente e indirectamente, puedan afectar a la estructura tarifaria vigenteprestación del servicio objeto de este contrato, dentro de los quince días siguientes de haberse producido el evento.
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Sources: Contract for Public Works Concession
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con Para la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven prestación de las actividades o servicios a que realizanhace referencia la cláusula anterior, así como de los servicios que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, se presten en el puerto de acuerdo compromete a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad utilizar todos sus conocimientos técnicos, pericia y regularidad en la prestación de los servicios mayor diligencia, obligándose además a: Realizar con eficacia y oportunidad las veinticuatro (24) horas actividades profesionales derivadas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad Facilitador de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso enseñanza de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas Y ESCOLTA, estipuladas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios procedimiento del departamento de Extensión Educativa del “EL INSTITUTO” si existen? Elaborar de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteidentificación del servicio, el plan de trabajo del club en cuestión. Elaborar la gestión del curso y programa de la prestación de servicios, con la finalidad de definir las sesiones del club de ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Y ESCOLTA, el que entregará a la Coordinación de Clubes del Departamento de Extensión Educativa de “EL INSTITUTO” con 2 días naturales de anticipación al inicio del curso. Asesorar a los participantes del ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Y ESCOLTA, para resolver dudas durante y al término del curso. Capturar en el sistema cedulas de acreditación, según corresponda; firmadas a los diez días hábiles siguientes antes del cierre de semestre según calendario escolar, de haber concluido la evaluación correspondiente del club de ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Y ESCOLTA. Asegurarse que el 100% de los alumnos realice la evaluación del instructor en el periodo que corresponda. Tener participación activa en las actividades extraescolares organizadas por el departamento de Extensión Educativa y “EL INSTITUTO”. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoque el departamento de Extensión Educativa. Utilizar de manera adecuada los equipos y materiales a su cargo durante la prestación de sus servicios, mismos que serán asignados por el departamento de Extensión Educativa y que devolverán al final del semestre en condiciones iguales a las recibidas o con el desgaste natural por su uso. Presentar al departamento de Extensión Educativa de “EL INSTITUTO”, los informes de la prestación de servicios que realice durante la vigencia del presente contrato, así como, proporcionar cualquier dato o documento relativo a sus servicios profesionales.
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OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 1. El Ayuntamiento de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender Almendralejo se compromete a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida cumplir lo dispuesto en el cumplimiento Decreto 39/2012, de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇16 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se regula el procedimiento de admisión del alumna- do de primer ciclo de educación infantil en Centros de educación infantil dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.
2. Entre las obligaciones del Ayuntamiento se encuentra la de mantener en perfecto estado las instalaciones y equipamiento de la escuela infantil donde ha de llevarse a cabo el programa, efectuando las reparaciones que sean necesarias. Asimismo deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto 91/2008, de 9 ▇▇ portuario ▇▇▇▇, por el que se establecen los requi- sitos de los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Correrá también por cuenta del Ayuntamiento, la totalidad de los gastos que se deri- ven tanto del mantenimiento del centro como de la gestión y sus áreas desarrollo del convenio. Asimismo, se obliga a hacer frente a cuantas obligaciones fiscales o de almacenamiento sin perjuicio cualquier otra índole económica se deriven directa o indirectamente de la gestión y desarrollo del convenio.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 ▇▇ ▇▇▇▇ de Educación, la inspección educativa se realizará sobre todos los elementos y aspectos del sistema educativo, a fin de asegurar el cumplimento de las leyes, la garantía de los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de ense- ñanza y aprendizaje, la mejora del sistema educativo y la calidad y equidad de la ense- ñanza, debiendo el Ayuntamiento gestor facilitar las actuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el mismo.
5. En cumplimiento del artículo 7.4 de la Ley 7/1985, de 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇, reguladora de las Bases del Régimen Local para el ejercicio de las competencias que implica el presente convenio, el Ayuntamiento debe contar con los necesarios y vinculantes informes previos exigidos por la norma. En relación con el informe de inexistencia de duplicidades, la Consejería de Educación y Empleo comprobará de oficio su existencia.
6. Igualmente, entre las obligaciones del Ayuntamiento están:
a) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda de acuerdo con las direc- trices y siguiendo los criterios que la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Educación y Empleo, establezca, asumiendo todas las responsabilidades que pudie- ran derivarse de la ejecución de la misma.
b) Colaborar con la Consejería de Educación y Empleo en cuantas actuaciones se estimen procedentes en orden a la comprobación de la adecuada ejecución del convenio, la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto de ayuda, así como la realización de cualquier otra actuación que proceda de tales actividades.
c) Atender con carácter prioritario las autoridades deban llevar a cabo plazas que les sean solicitadas por la Consejería de Educación y Empleo en desarrollo del Decreto 130/2010, de su función11 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se regulan ayudas a las familias residentes en Extremadura, como medida de conciliación de la vida familiar y laboral y fomento de la natalidad, de acuerdo con el régimen esta- blecido en el apartado 1 de la disposición transitoria única del Decreto 86/2012 de 18 ▇▇ ▇▇▇▇.
h. Velar por d) La elaboración de un reglamento que todos los servicios prestados en regule el funcionamiento del centro.
e) La presentación del plan anual del centro y de la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigentememoria final del curso.
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Sources: Convenio De Colaboración
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad Son obligaciones del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizadosMITSA, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
a) Asumir la tramitación y gestión ante el Cabildo de Tenerife de las ayudas a los beneficiarios, en los términos expresados en este convenio, sin contraprestación alguna.
b) Comprobar que los operadores que se acojan a estas bonificaciones cumplan los requisitos para ser beneficiarios, así como que cumplan con la finalidad de la subvención otorgada. A tal efecto, deberán facilitar a los beneficiaros de la subvención el modelo normalizado de declaración responsable previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuariasestipulación tercera, así como asegurar y comprobar la vigencia de tales declaraciones.
c) Entregar a los beneficiarios los fondos recibidos, mediante la bonificación total de las tarifas que hayan de abonar los usuarios del control matadero por los servicios prestados por éste.
d) Comunicar al Servicio Administrativo de los accesos de personasAgricultura, vehículos Ganadería y bienes en el área terrestre Pesca ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio Tenerife cualquier variación que se produzca en los datos inicialmente indicados para adherirse al convenio, garantizando la confidencialidad de los datos suministrados.
e) Encontrarse al corriente en el pago de las actuaciones obligaciones con la Hacienda pública del Estado, con la Seguridad Social, y actividades que las autoridades deban llevar a cabo con el Cabildo de Tenerife. Si en desarrollo algún momento se pierde alguna de su funciónestas condiciones el Matadero Insular de Tenerife dejará de ser entidad colaborada de este Cabildo Insular.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Subsidy Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo Previas a la normatividad vigente.formalización del contrato Posteriores a la formalización del contrato
d. Garantizar la continuidad y regularidad 1.- Abono del canon, en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio cuantía pactada y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre forma descrita en la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como cláusula cuarta del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ presente ▇▇▇▇▇▇▇ portuario .
2.- Prestar el Servicio durante el plazo de duración de la concesión con la continuidad convenida y sus áreas con respeto a las determinaciones de almacenamiento sin perjuicio horario y servicios descritas en la base octava.
3.- Admitir el goce del Servicio a toda persona que lo solicite, respetando el principio de no discriminación.
4.- Destinar el local y los bienes inventariados únicamente a la explotación del servicio objeto de la concesión.
5.- Cuidar del buen orden del Servicio, adoptando las medidas necesarias para la conservación de las actuaciones construcciones e instalaciones adscritas al mismo, así como el mantenimiento y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo perfecto estado de su funciónfuncionamiento, limpieza e higiene, realizando para ello las reparaciones necesarias.
h. Velar 6.- Notificar en el plazo de 3 días naturales todos aquellos hechos que determinen la necesidad de realizar reparaciones extraordinarias, las cuales serán a cargo del Ayuntamiento.
7.- Asumir los gastos de suministro de agua, teléfono, gas y energía eléctrica correspondiente al local objeto de la concesión, los cuales serán abonados por el concesionario mediante la aportación de un número de cuenta corriente solvente con carácter previo a la formalización del contrato los cuales facturará el ayuntamiento.
8.- El suministro y reposición de todo el material, ya sea consumible o no consumible, no incorporado en el inventario de bienes imprescindible para la puesta en marcha y continuación del servicio de bar objeto de la concesión.
9.- Indemnizar a terceros de los daños que todos les ocasionare el funcionamiento del servicio, salvo si se hubiesen producido por causas imputables al ayuntamiento; igualmente, indemnizar al Ayuntamiento de los servicios prestados daños causados en bienes de propiedad municipal como consecuencia del funcionamiento del servicio. Para ello deberá suscribir póliza de comercio de importe mínimo de 300.000 euros que asegure la responsabilidad civil derivada de la explotación y la responsabilidad civil frente al propietario.
10.- Cumplir la normativa vigente en materia de horarios, seguridad e higiene en el trabajo, Sanidad, laboral y de Seguridad Social, disponiendo de cuentas autorizaciones se precisen de los organismos competentes, quedando la Administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento.
11.- Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas, debiendo estar al corriente de cuantos impuestos locales o estatales generados por la explotación del servicio.
12.- A la resolución del contrato, entrega de las instalaciones y los bienes incluidos en el inventario objeto de la concesión en el buen estado de uso y conservación en que se encontraban al inicio del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigentebase décima.
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Sources: Concession Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones EL LOCADOR
4.1. EL LOCADOR realizará las labores de asesoría y patrocinio en procesos judiciales en materia Penal, debiendo para ello encargarse entre otras cosas, de lo siguiente:
4.1.1.- Estudio, elaboración y presentación de Denuncias de los prestadores procesos judiciales hasta la culminación de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. mismos, debiendo informar a la oficina y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud la gerencia Mancomunada de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad LA CAJA, del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad estado judicial de los recursos la terminal portuariaprocesos y coordinar con dicho órgano las alternativas de solución y/o conciliación se amerita el caso, de advertirse dicha posibilidad.
b. Aportar 4.1.2.- EL LOCADOR deberá presentar a LA CAJA en forma mensual o cuando se lo solicite, pero cuando menos una vez por mes un informe detallado de las autoridades competentes la información que les sea requerida acciones realizadas en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, mes así como del control estado de los accesos juicios a su cargo, Dicho informe deberá contener por lo menos la siguiente información: nombre del demandado principal, tipo de personasjuicio, vehículos numero de expediente, fecha de presentación de la demanda, fecha de la ultima resolución judicial. Presentar informes técnicos legales por escrito cuando la CMAC-HUANCAYO S.A. lo solicite. Absolver las consultas que el Directorio, la Gerencia y bienes el Área Administrativa de la CMAC-HUANCAYO S.A. lo solicite. El número de consultas a absolver es indeterminado y por tanto, la Entidad podrá formular una cantidad indeterminada de consultas. Asesorar al Directorio, a la Gerencia Mancomunada y Asesoria Legal Interna de la CMAC-HUANCAYO S.A. en acciones que requieran de su participación ante las autoridades Administrativas, Policiales, Judiciales y otros. Asesorar y patrocinar todos los procesos judiciales en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario ámbito Penal que existe en la CMAC-HUANCAYO S.A., incluyendo de aquellos trabajadores y sus áreas ex trabajadores de almacenamiento sin perjuicio LA CAJA que tengan denuncias y/o procesos penales, que se generen como producto de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados labores en la instalación portuaria estén sujetos institución, los mismos que no serán contrarios a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo los intereses de la caja y sean pagados deberán ser encargados por la institución. Elaboración y presentación de Denuncias y prosecución de procesos judiciales hasta la culminación de los usuarios de acuerdo mismos, debiendo informar a la estructura tarifaria vigenteGerencia del estado judicial de los procesos.
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Sources: Locación De Servicios
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 1) POR PARTE DEL TECNOLÓGICO: a) Pagar cumplidamente el valor pactado como contraprestación por los servicios contratados; b) Colocar al servicio de EL CONTRATISTA los recursos técnicos y de información que solicite. 2) POR PARTE DE EL CONTRATISTA: El Contratista deberá cumplir con las obligaciones generales necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, en especial las que se describen a continuación: a) Transportar (Cajas o Unidades Documentales) desde las instalaciones del Archivo Central del Tecnológico de Antioquia I.U. o donde se encuentren estas en el momento del contrato, hasta las instalaciones del nuevo centro de custodia y viceversa. Al finalizar el contrato, el contratista deberá entregar las cajas en el lugar donde el Tecnológico de Antioquia I.U. lo solicite. El transporte y entrega, se hará por cuenta y riesgo del contratista, quien además deberá realizar este traslado en el estricto orden en el que se han almacenado las Unidades Documentales, así mismo, se deberá velar por el buen trato de los prestadores mismos evitando posibles daños y/o pérdidas. b) Garantizar que los documentos entregados en custodia se encuentren inventariados, resguardados y almacenados con todas las medidas de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. seguridad (física, industrial, de temperatura y operadores portuarios
a. Atender humedad), tendientes a toda solicitud de su efectiva conservación y protección, con las especificaciones del servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida establecidas en el cumplimiento de sus funciones estudio previo y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en especial lo determinado en el puerto Acuerdo 008 del 31 de acuerdo a octubre de 2014 del Archivo General de la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad Nación y regularidad en la prestación el Decreto 1515 de los servicios las veinticuatro (242013 expedido por el Ministerio de Cultura. c) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para Prestar el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre consulta, de acuerdo con los requerimientos de la demanda institución y que se hagan por intermedio del Archivo Central, debiendo garantizar la entrega oportuna de los servicios mismos en la capacidad sede central del Tecnológico de Antioquia I.U. y recogerla al momento de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación notificación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar devolución; dicho transporte será por la seguridad, calidad cuenta y eficiencia en el manejo riesgo del contratista. d) Entregar al Supervisor del Contrato una copia de seguridad de la carga y el uso codificación, tanto de las instalaciones portuarias, así cajas como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones unidades documentales cada vez que se haga actualización del inventario (máximo 15 días calendario) y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo todo caso, al finalizar el contrato deberá entregar la base de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios datos creada del Inventario del Archivo del Tecnológico de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.Antioquia
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Sources: Contrato De Depósito
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de 1) POR PARTE DE LA EMPRESA.- En virtud del presente contrato la EMPRESA deberá: a) Facilitar al APRENDIZ los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. medios para que tanto en las fases Lectiva y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puertoPráctica, salvamentoreciba Formación Profesional Integral, rescate metódica y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad completa en la prestación ocupación u oficio materia del presente contrato. b) Diligenciar y reportar al respectivo Centro de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre Formación Profesional Integral ▇▇▇ ▇▇▇▇ (o por la Institución Educativa donde el aprendiz adelanta sus estudios) las evaluaciones y certificaciones del APRENDIZ en su fase práctica del aprendizaje. C) Reconocer mensualmente al APRENDIZ, por concepto de apoyo económico para el aprendizaje, durante la etapa lectiva, en el SENA el equivalente al 50% de 1 s.m.l.v. y durante la etapa práctica de su formación el equivalente al 75% de 1 s.m.l.v. y/o al 100% cuando la tasa de desempleo promedio del año inmediatamente anterior sea de un solo digito, para la vigencia 2016 este apoyo será del 100%. (Artículo 30 de la Ley 789 de 2002 y Decreto 451 de 2008) PARAGRAFO.- Este apoyo de sostenimiento no constituye salario en forma alguna, ni podrá ser regulado a través de convenios o contratos colectivos o fallos arbítrales que recaigan sobre estos últimos. d) Afiliar al APRENDIZ, durante la etapa práctica de su formación, a la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL manejada por la empresa para su planta de personal), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30 de la Ley 789 de 2002. E) ▇▇▇▇▇▇▇ portuario al APRENDIZ y sus áreas efectuar, durante las fases lectiva y práctica de almacenamiento sin perjuicio la formación, el pago mensual del aporte al régimen de las actuaciones Seguridad Social correspondiente al APRENDIZ en (Nombre de la EPS), conforme al régimen de trabajadores independientes, tal y actividades que las autoridades deban llevar como lo establece el Artículo 30 de la Ley 789 de 2002. Los pagos a cabo la seguridad social (A.R.L. y E.P.S.) están a cargo en su totalidad por el empleador f) Dar al aprendiz la dotación de seguridad industrial, cuando el desarrollo de la etapa práctica así lo requiera, para la protección contra accidentes y enfermedades profesionales. 2) POR PARTE DEL APRENDIZ.- Por su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados parte se compromete en la instalación portuaria estén sujetos virtud del presente contrato a: a) Concurrir puntualmente a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.clases durante los
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Sources: Contrato De Aprendizaje
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento Además de las que surjan de la naturaleza del contrato, el contratista cumplirá con las obligaciones y responsabilidades que se deriven desprendan del Anexo Nº 1 (Anexo Técnico) de las actividades que realizan, así como este pliego de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad condiciones y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas especificaciones técnicas establecidas en el presupuesto oficial, las cuales entre otras son:
1. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato de servicio conformidad con la propuesta presentada y las los pliegos de condiciones, los cuales forman parte integral del contrato, teniendo en cuenta para tal efecto los parámetros y condiciones ambientales y de seguridad operacional portuariadefinidos por la ESPUCOELLO E.S.P a través del supervisor e interventor del contrato.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio 2. Realizar las obras de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre “▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, DEPARTAMENTO DEL TOLIMA – FASE I”, según presupuesto anexo.
3. Ejecutar la obra de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en las condiciones para contratar y presentadas en la propuesta, las cuales hacen parte integral del contrato, cuyas cantidades y precios se relacionan en la misma.
4. Dirigir personalmente y bajo su entera responsabilidad la ejecución de la obra.
5. Suministrar por su cuenta y riesgo, todos los materiales, equipos, personal y herramientas que sean necesarios para el cabal desarrollo del objeto del contrato. Los materiales y objetos que se utilicen deben ser conforme a la propuesta presentada.
6. Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus áreas subcontratistas y proveedores. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – TOLIMA ESPUCOELLO E.S.P. NIT 809.006.200–9 PAGINA: Página 86 de almacenamiento 123 PLIEGO DE CONDICIONES FECHA: 2018
7. Ejecutar la obra con calidad, cantidad y en el tiempo contractualmente establecido, disponiendo de todos los equipos, maquinaria, personal y herramientas, materiales y demás elementos necesarios para la correcta ejecución de las obras.
8. Suministrar por su cuenta y riesgo los servicios públicos provisionales para la ejecución de la obra, así como las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio.
9. El Contratista hará el cerramiento o aislamiento del área a intervenir, previendo siempre que personas externas no tenga ingreso al sitio de los trabajos de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Condiciones y que se cumpla con la señalización correspondiente, para prevenir cualquier tipo de riesgo.
10. Suministrar y mantener durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal profesional ofrecido en la propuesta técnica y económica. Si EL CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestos, deberá hacerlo con otro de un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación del CONTRATANTE previo visto bueno del interventor y supervisor.
11. Consultar oportunamente y por escrito a la Secretaría de Infraestructura y hábitat, cualquier cambio o corrección a los aspectos técnicos de la obra. Los cambios o correcciones a la obra objeto del contrato a celebrar, únicamente podrán ejecutarse después de haber sido aprobadas por el INTERVENTOR Y SUPERVISOR designado para la obra. En caso contrario serán por cuenta y riesgo del contratista.
12. Hacer la limpieza de escombros, retiro de materiales, sobrantes, formaletas, o materiales similares que le pertenezcan o que se haya usado bajo su dirección, a más tardar el último día de ejecución de la obra, en caso que no cumpla con esta obligación, ESPUCOELLO realizará los trabajos y cargará su costo al contratista, desmontando su valor de la cuenta final.
13. Revisar e inspeccionar todo proceso constructivo y estado general de la obra y ordenará la remoción de cualquier parte o elemento de construcción que no cumpla con lo EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – TOLIMA ESPUCOELLO E.S.P. NIT 809.006.200–9 PAGINA: Página 87 de 123 PLIEGO DE CONDICIONES FECHA: 2018 estipulado en las cantidades de obra o especificaciones consignadas en las condiciones para contratar.
14. Llevar registro fotográfico del inicio, desarrollo y entrega de las obras, y entregarlo para la suscripción de actas parciales y acta final, donde se pueda constatar la realización de las actividades propuestas. (Las fotos deberán tener fecha en la que se tomaron y en formato JPG) ▇▇▇▇▇ informe se entregará en medio físico y magnético en CD ROM.
15. Cumplir dentro de la obra todas las normas de seguridad que garantice la prevención de cualquier imprevisto.
16. Colocar avisos y señales de seguridad en los frentes de trabajo a fin de evitar accidentes que causen daños a las personas o a las cosas.
17. Utilizar personal idóneo y experimentado en la ejecución de la obra.
18. Todo el personal que participe en las actividades que refiera la ejecución de las mismas en altura, deberá estar certificado para la realización de trabajo en alturas vigente en el momento de la realización de la actividad.
19. Instalar una valla informativa según especificaciones del supervisor e interventor, en la que se señale en sus dos caras: objeto del contrato, plazo de ejecución y valor del mismo.
20. Firmar el acta de iniciación, de común acuerdo con el interventor y supervisor una vez legalizado y perfeccionado el contrato.
21. Guardar la suficiente reserva profesional sobre la información que se obtenga en desarrollo de las actividades realizadas.
22. El Contratista se obliga al cumplimiento de las normas ambientales vigentes, al desarrollo de buenas prácticas de ingeniería para la ejecución de obras que respeten el entorno natural y social del área de influencia, en el cual se desarrollan; para el efecto dará estricto cumplimiento al PAGA (Programa de Adaptación de las Guías Ambientales), El PAGA debe corresponder al objeto y alcance de la obra y una vez aprobado, es el soporte contractual para el seguimiento y control ambiental por parte de la Interventoría. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – TOLIMA ESPUCOELLO E.S.P. NIT 809.006.200–9 PAGINA: Página 88 de 123 PLIEGO DE CONDICIONES FECHA: 2018
23. Constituir las pólizas pactadas en el contrato.
24. Responder por la calidad de la obra, sin perjuicio de la respectiva garantía.
25. Presentar informe técnico al supervisor e interventor del contrato, sobre el cumplimiento de las actuaciones obligaciones, para la realización del respectivo pago.
26. Las demás que resulten de la ejecución del contrato.
27. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, para el personal de la oficina que presta el apoyo a la ejecución de la obra, como de todo el personal vinculado directamente a la ejecución de la obra, este último cuando corresponda.
28. El CONTRATISTA debe presentar, además de los informes que le solicite expresamente el interventor y/o supervisor, los siguientes informes: a) Informes de avance mensual: Debe contener debidamente aprobados por la interventoría el avance de cada una de las actividades programadas con cantidades de obra ejecutadas, registros fotográficos b) Informe Final: Resumen de actividades y desarrollo de la obra, incluyendo toda la documentación técnica, a saber. Mantener la información técnica del proyecto en absoluta reserva de conformidad con el acuerdo de confidencialidad suscrito entre las partes.
29. Toda actividad ejecutada que resulte, según el análisis de calidad, defectuosa o que no cumpla las normas de calidad requeridas para el proyecto, ya sea por causas de los insumos o de la mano de obra, deberán ser demolidos y remplazados por el CONTRATISTA bajo su costo, en el término indicado por el interventor y Supervisor o la Entidad Contratante.
30. Se deberá llevar una memoria diaria o bitácora de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, registrarse la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, y demás acontecimientos, debe permitir la comprensión general de la obra y desarrollo de las actividades de acuerdo con el EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ – TOLIMA ESPUCOELLO E.S.P. NIT 809.006.200–9 PAGINA: Página 89 de 123 PLIEGO DE CONDICIONES FECHA: 2018 cronograma de ejecución e inversión aprobado. ▇▇▇▇ firmarse por el director de obra, interventor y Supervisor y adicionalmente debe estar foliada. Tienen acceso adicional a esta bitácora, los representantes de la Entidad Contratante.
31. El CONTRATISTA será el responsable de adelantar todas las gestiones necesarias ante las autoridades deban llevar a cabo respectivas, para la obtención de otros permisos y/o licencias necesarias en desarrollo la ejecución de su funciónobra como: cruce de vías, cierre temporal de vías, excavaciones, o cualquier otra intervención del espacio público.
h. Velar por 32. Reintegrar a ESPUCOELLO E.S.P. los excedentes y los saldos que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos no llegaran a las regulaciones contenidas en ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.
▇▇. El contratista se obliga a suscribir el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios acta de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteliquidación del contrato.
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Sources: Licitación Pública
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones Durante la ejecución del contrato, el CONTRATISTA se obliga con el ICFES a:
1. Cumplir con el objeto del Contrato, en los términos pactados de conformidad con la propuesta presentada.
2. Elaborar y presentar al supervisor, dentro de los prestadores tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, el cronograma de actividades que garantice y defina el cumplimiento del objeto contractual
3. Presentar dentro de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad tres (3) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del puertocontrato, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad las muestras de los recursos la terminal portuariaelementos de aseo e insumos de cafetería que se van a usar en desarrollo del contrato. Estos elementos deben ser avalados por el supervisor del contrato.
b. Aportar a 4. Entregar en las autoridades competentes la información que les sea requerida instalaciones del ICFES, los bienes objeto de este contrato de acuerdo con las especificaciones técnicas contenidas en el cumplimiento anexo técnico, el pliego de sus funciones condiciones y competenciasla propuesta del contratista.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para 5. Prestar el servicio de practicaje manteniendo aseo, en las condiciones de calidad y oportunidad requeridas.
6. Asumir de común acuerdo con el equilibrio entre instituto, los planes y programas presentados en el programa o subproceso de gestión ambiental.
7. Suministrar el servicio de cafetería, mediante la demanda preparación de café, agua aromática y otras bebidas calientes, con los insumos y elementos, de acuerdo con lo solicitado en el anexo técnico, el pliego de condiciones y la propuesta del contratista.
8. Entregar los elementos de cafetería contratados, según las condiciones y periodicidad establecidos.
9. Allegar los registros sanitarios de los servicios elementos de aseo fabricados.
10. Garantizar y proveer a su costo, la capacidad disponibilidad permanente de la infraestructura portuaria personal definido en el anexo técnico, el pliego de condiciones y la eficiencia propuesta del contratista.
11. De presentarse durante la entrega y revisión, algún defecto en los elementos entregados o especificaciones diferentes, el uso contratista hará el cambio de los recursosmismos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten 12. Prestar los equipos y cumplan el Reglamento menaje mínimo para prestar los servicios de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanosaseo y cafetería.
g. 13. Entregar a cada operario los elementos de dotación y protección personal, como tapabocas, guantes y demás elementos que por ley y seguridad industrial le corresponden.
14. Dictar cursos de capacitación al personal, que presta el servicio de aseo y cafetería.
15. Contar con el personal capacitado en manejo de residuos sólidos, manipulación y almacenamiento de alimentos, en concordancia con los protocolos de gestión ambiental.
16. Propender para que las relaciones interpersonales entre el personal a su cargo y los funcionarios del ICFES se lleven a cabo dentro del mayor, respeto, cordialidad y solidaridad en todo lo que compete al ejercicio de sus funciones.
17. Velar por la seguridad, calidad el cuidado y eficiencia en el buen manejo de la carga los bienes y elementos de propiedad del instituto.
18. Supervisar y administrar en forma personal las funciones de aseo y cafetería prestadas por el uso personal responsable del servicio, dentro de las instalaciones portuariasdel instituto y mediante la asignación de un supervisor que cumpla con el perfil necesario para coordinar y organizar la ejecución del objeto del contrato y con las funciones establecidas en el pliego de condiciones.
19. Conocer el aspecto técnico y operativo del servicio.
20. Presentar y diseñar planes de mejoramiento del servicio, así como de acuerdo con las necesidades del control ICFES.
21. Verificar que el personal asignado a su cargo se encuentre realizando sus obligaciones en forma oportuna, eficiente y de acuerdo con los horarios y periodicidad establecida.
22. Verificar y corregir la presentación personal de los accesos operarios encargados de personasla prestación del servicio.
23. Informar al supervisor del contrato acerca de cualquier irregularidad o anomalía que se presente dentro de la ejecución del contrato.
24. Garantizar que el personal que preste el servicio se encuentre completamente uniformado, vehículos carnetizado y bienes en con buena presentación personal; el área terrestre uniforme deberá portar distintivos de la empresa de aseo y cafetería.
25. Garantizar el pago oportuno de los salarios, primas y demás erogaciones a favor de los empleados.
26. En el evento de que el contratista haya ofrecido una remuneración mensual a los operarios por encima ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario mínimo mensual vigente, debe presentar un informe mensual en el que coste el cumplimiento del ofrecimiento realizado, soportado por la copia del recibo de pago a los operarios.
27. Presentar al ICFES informes mensuales acerca del cumplimiento de sus obligaciones, con estadísticas de consumo de los elementos e insumos contratados.
28. Cumplir con las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales (Cajas de compensación familiar, SENA e ICBF).
29. Obrar con buena voluntad, lealtad y buena fe durante el desarrollo del contrato, evitando dilaciones y demoras injustificadas en el cumplimiento de sus áreas compromisos.
30. Constituir y aportar en debida forma las pólizas de almacenamiento garantía exigidas.
31. Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas y comerciales presentadas en la propuesta.
32. Atender las solicitudes de cambio de personal, traslados y modificaciones del horario de prestación de servicios de aseo y cafetería, en uno o más sitios y/o puestos, cuando el ICFES así lo requiera, previo aviso al contratista con anticipación de tres (3) días calendario, sin perjuicio que por ello el contratista pueda exigir indemnización alguna.
33. Incrementar el número de las actuaciones operarios, cuando ello fuera necesario.
34. No exceder la jornada laboral establecida por el régimen laboral colombiano y actividades garantizar que las autoridades deban llevar el total de horas semanales no exceda el máximo legal permitido, de tal forma que los operarios disfruten del descanso al que tienen derecho.
35. Presentar factura por la compra, detallando los bienes a cabo suministrar para la ejecución desarrollo del objeto contractual de acuerdo con los valores de la oferta, en precios fijos e inmodificables durante la ejecución del contrato.
36. Presentar los documentos necesarios para la legalización y perfeccionamiento del contrato.
37. Guardar total reserva de la información que conozca en desarrollo de su funciónsus actividades.
h. Velar 38. Atender las observaciones, solicitudes y sugerencias que formule el supervisor del contrato y realizar los ajustes a que haya lugar.
39. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que causen al ICFES por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a el incumplimiento del contrato.
40. Suscribir oportunamente el acta de liquidación del contrato y las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo modificaciones si las hubiere.
41. Cumplir con las demás obligaciones inherentes a la estructura tarifaria vigentenaturaleza del contrato.
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Sources: Outsourcing Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones El adjudicatario de la parcela vendrá obligado:
11.1 Pagar el precio integro fijado para la compraventa de la parcela en los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuariaplazos fijados para ello.
b. Aportar 11.2 A destinar la/s parcela/s a la construcción y desarrollo de una actividad industrial/ terciario de acuerdo con lo previsto para la misma en los documentos de planeamiento y en el proyecto de implantación que obligatoriamente acompañará el licitador a su oferta, cuyo contenido se detalla en la Documentación del Sobre 3), de conformidad con los usos/actividades contenidos en la oferta y con las condiciones que figuren en la resolución de adjudicación del concurso; haciendo constar dichos extremos en la escritura de adjudicación y en la inscripción de la misma en el Registro de la Propiedad.
11.3 A cumplir las ordenanzas y normas urbanísticas contenidas en el planeamiento urbanístico municipal.
11.4 A solicitar la licencia de obras, y a finalizar las obras del proyecto de implantación contenido en la oferta adjudicataria en el plazo máximo de CUATRO años a contar desde la recepción por parte del Consorcio del las obras de urbanización de empresa constructora.
11.5 La parcela adjudicada y su respectiva promoción, en su caso, en curso, no podrá ser transmitida globalmente más que a otras entidades que tengan el carácter y la condición que se describe en la Cláusula 4ª del presente Pliego, y que obtengan además la previa autorización expresa del Consorcio Urbanístico. Se podrá autorizar dicha transmisión cuando el adquirente se subrogue en la plenitud de las relaciones, derechos y obligaciones del adjudicatario, y cumpla a juicio de Consorcio Urbanístico, con las condiciones de adjudicación. Si se actuara sin la previa autorización expresa del Consorcio Urbanístico, el o los infractores no podrán oponer acciones o excepciones posesorias, a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar renuncian por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como aceptación del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ presente ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Pliego De Condiciones
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones Son obligaciones de los prestadores municipios elegibles y del Gobierno del Distrito Federal para las demarcaciones territoriales elegibles:
A. Proporcionar a la Secretaría toda la información requerida para la correcta aplicación del SUBSEMUN y demás acciones pertinentes;
B. Proporcionar el informe de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. avance físico y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con financiero que permita realizar el seguimiento y supervisión sobre la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad aplicación de los recursos en la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento ejecución de las obligaciones acciones acordadas, en los plazos y responsabilidades términos que se deriven establezca la Secretaría;
C. Resguardar en términos de las actividades la legislación aplicable la documentación que realizan, así como ampare la comprobación de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.recursos fiscales recibidos;
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas que los recursos que en su caso aportarán como coparticipación se destinarán a renivelar los tabuladores salariales de almacenamiento sin perjuicio los miembros de las actuaciones corporaciones policiales o personal destacamentado;
▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇se con la Secretaría para que al personal de las corporaciones policiales de los municipios y actividades del Gobierno del Distrito Federal se le aplique las evaluaciones integrales y exámenes específicos que determine el Centro Nacional de Evaluación y Control de Confianza de la Secretaría;
F. Homologar el manual de procedimientos del municipio al Manual Básico de Actuación Policial, y capacitar al personal policial para el manejo del mismo;
G. Adoptar el Informe Policial Homologado, y capacitar al personal policial para el manejo del mismo;
▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇se para implementar el modelo nacional homologado de reglamento de policía;
I. Interconectarse a Plataforma México;
J. Integrar el área de análisis, consulta y captura de la información, en el marco del SUIC;
K. Cargar el “Kardex” del personal policial a la base de datos de la Secretaría;
L. Participar, en términos de sus atribuciones, en operativos conjuntos con las autoridades deban llevar de seguridad pública estatal y federal; y
M. Realizar las acciones convenidas a cabo en desarrollo partir del diagnóstico de su funciónnecesidades del municipio o de la demarcación territorial del Distrito Federal.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación LA SAL DE LA TIERRA DE ALICANTE con dos mil euros (2.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 231 48016 del presupuesto vi- gente, que será destinada a la financiación de los prestadores gastos que genere la realización del programa de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender actuación descrito en la clausula cuarta. La Asociación LA SAL DE LA TIERRA DE ALICANTE, se compromete a: a) Acoger a toda solicitud personas en situación de servicio portuario adicional relacionada marginación social a propuesta del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi. b) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. c) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra subvención concedida. d) Hacer constar en la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven publicidad de las actividades que realizan(programas, así como carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folle- tos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de los servicios l'Alfàs del Pi. La Asociación LA SAL DE LA TIERRA se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se presten le con- cede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el puerto Ayuntamiento de acuerdo l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. La Asociación LA SAL DE LA TIERRA se compromete a dar cumplimiento a los objetivos de la Agenda 2030, con el fin de ayudar al logro de la misma. Los objetivos a tener en cuenta son los siguientes: • Objetivo 1: Fin de la pobreza. Poner fin a la normatividad vigente.
d. Garantizar pobreza en todas sus formas y en todo el mundo. • Objetivo 2: Hambre cero. Poner fin al hambre, lograr la continuidad seguridad alimentaria y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad mejora de la infraestructura portuaria nutrición, pro- mover la agricultura sostenible.Objetivo 3: Salud y la eficiencia en bienestar. Garantizar una vida sana y promover el uso bienestar de los recursos.
f. Velar porque todos a todas las compañías que realizan actividades portuarias adopten edades. • Objetivo 4: Educación de calidad. Garantizar una educación inclusiva y cumplan el Reglamento equitativa de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en promover opor- tunidades de aprendizaje permanente para todos. • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el manejo de la carga crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el uso trabajo decente para tod@s. • Objetivo 10: Reducción de las instalaciones portuarias, así como del control de desigualdades. Reducir la desigualdad en los accesos de personas, vehículos países y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su funciónentre ellos.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Collaboration Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 1) POR PARTE DE LA EMPRESA.- En virtud del presente contrato la EMPRESA deberá: a) Facilitar al APRENDIZ los medios para que tanto en las fases lectiva o práctica, reciba Formación Profesional Integral, metódica y completa en la ocupación u oficio materia del presente Contrato. b) Solicitar cualquier documentación del alumno en práctica directamente al departamento de los prestadores educación de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. la Institución. c) Diligenciar y operadores portuarios
a. Atender reportar al –INSTITUTO DE FORMACION L TÉCNICO CAJAMAG- las evaluaciones y certificaciones del APRENDIZ en su fase práctica del aprendizaje. d) Pagar mensualmente al APRENDIZ, por concepto de apoyo económico para el aprendizaje, durante la etapa lectiva el equivalente al 50% de un (1) S.M.L.V. actualizado cada año y durante la etapa práctica de su formación será el equivalente al 75100% de un (1) S.M.L.V. actualizado para cada año, y con actividades de máximo 40 48 horas semanales en la empresa. PARÁGRAFO.- Este apoyo de sostenimiento no constituye salario en forma alguna, ni podrá ser regulado a toda solicitud través de servicio portuario adicional relacionada convenios o contratos colectivos o fallos arbítrales que recaigan sobre estos últimos. e) Afiliar al APRENDIZ, durante la etapa práctica de su formación, a la Administradora de Riesgos s Laborales (NOMBRE ▇.▇.▇▇.), de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30 de la Ley 789 de 2002. f) Afiliar al APRENDIZ y efectuar, durante las fases lectiva y práctica de la formación, el pago mensual del aporte al régimen de Seguridad Social correspondiente al APRENDIZ en (NOMBRE EPS), conforme al régimen de trabajadores independientes, tal y como lo establece el Artículo 30 de la Ley 789 de 2002. Los pagos a la seguridad social (A.R.P. y E.P.S.) están a cargo en su totalidad por el empleador g) Dar al APRENDIZ la dotación de seguridad industrial, cuando el desarrollo de la etapa práctica así lo requiera, para la protección contra accidentes y enfermedades profesionales. 2). POR PARTE DEL APRENDIZ - El APRENDIZ, por su parte, se compromete en virtud del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar presente contrato a: a) Concurrir puntualmente a las autoridades competentes clases durante los períodos de enseñanza para así recibir la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades Formación Profesional Integral a que se deriven de refiere el presente Contrato, someterse a los reglamentos y normas establecidas por el INSTITUTO DE FORMACION TÉCNICO CAJAMAG y poner toda diligencia y aplicación para lograr el mayor rendimiento en su formación. b) Concurrir puntualmente al lugar asignado por la Empresa para desarrollar su formación en la fase práctica, durante el periodo establecido para el mismo, en las actividades que realizanse le encomiende y que guarde relación con la especialidad de su Formación, así como de los servicios cumpliendo con las indicaciones que se presten en le señale la EMPRESA. En todo caso la intensidad horaria que debe cumplir el puerto de acuerdo a APRENDIZ durante la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad etapa práctica en la prestación EMPRESA, no podrá exceder de los servicios las veinticuatro (24) 40 horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuariasemanales.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Contrato De Aprendizaje
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 1. Registrar y actualizar en las instalaciones de EL FIDUCIARIO por lo menos una vez al año la(s) dirección(es), el número del teléfono, fax, apartado aéreo o central de comunicaciones a la cual se les deba dirigir la correspondencia, rendición de cuentas, reconvenciones e informaciones.
2. Responder por el saneamiento por evicción y vicios redhibitorios de los prestadores bienes que constituyen el patrimonio autónomo conforme a la ley, frente a la fiduciaria y a LOS FIDEICOMITENTES ADHERENTES de EL PROYECTO, así como de todo daño y perjuicio que pueda ocasionar la construcción a desarrollarse en los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. predios vecinos a la misma, lo cual implica sustituir económica y operadores portuariosjurídicamente al fideicomiso en dicho sentido.
a. Atender 3. Entregar toda la documentación requerida por EL FIDUCIARIO para el cumplimiento del objeto del presente contrato y procurar la mejor atención a toda solicitud las solicitudes que le presente EL FIDUCIARIO durante el desarrollo del mismo.
4. Informar a EL FIDUCIARIO la ocurrencia de servicio portuario adicional relacionada aquellos eventos que comprometan su solvencia y liquidez patrimonial así como la imposibilidad de seguir desarrollando sus negocios en forma normal tales como la iniciación de procesos ejecutivos en su contra, la ocurrencia de cualquier embargo, y secuestro de que sean objeto sus bienes.
5. Suscribir solidariamente con el fideicomiso los documentos que sean suscritos por EL FIDUCIARIO como vocero del fideicomiso.
6. Obtener de EL FIDUCIARIO autorización previa y escrita en el evento en que pretenda por sí o por interpuesta persona, hacer uso de avisos publicitarios relacionados con la seguridad comercialización de proyecto sobre el inmueble del puertofideicomiso, salvamento, rescate y lucha contra cuando de algún modo se mencione a la contaminación realizada Sociedad Fiduciaria Colpatria S.A. Lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Circular Básica Jurídica expedida por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad la Superintendencia Financiera de los recursos la terminal portuariaColombia.
b. Aportar 7. Pagar a las autoridades competentes EL FIDEICOMISO la información remuneración pactada, en caso que les sea requerida no existan recursos disponibles en el fideicomiso
8. Obrar de buena fe en el cumplimiento de sus funciones y competenciasobligaciones.
c. Adquirir y mantener vigentes 9. Legalizar los desembolsos efectuados por el fiduciario en una relación discriminada que corresponde al avance de obra. 10.Todas las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley demás necesarias para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursosdesarrollo del objeto del presente contrato.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Fiducia Inmobiliaria
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones Ofertar actividadess socio-culturales. - Utilizar el local para destinarlo a bar - cafetería. - Prestar los servicios objeto de contrato de forma ininterrumpida y dentro del horario permitido independientemente de los prestadores problemas laborales propios o de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud proveedores, transportes, climatología, etc. Ello sin perjuicio de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puertoque el contratista disponga de un periodo de quince días naturales al año, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento que podrá cerrarse el local con motivo de sus funciones disfrute de vacaciones, siempre que tal circunstancia se comunique por escrito al Ayuntamiento de Zierbena y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías así se lo autorice esta Administración. Igualmente, el local podrá permanecer cerrado un día a la semana, en concepto de descanso previa comunicación del día fijado al Ayuntamiento de Zierbena. - Abonar el canon anual fraccionado en doce mensualidades, pagaderos del día 1 al 5 de cada mes. - Abonar los daños que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten pueda ocasionar en el puerto local (estructura, acabados en paredes, cristales, puertas, etc.) e instalaciones con motivo de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios, asumiendo la plena responsabilidad de negligencias o infracciones a él imputables, indemnizando al Ayuntamiento de Zierbena cualquier daño o gasto derivados de las mismas. - Cumplir todas las disposiciones vigentes en materia tributaria, fiscal, laboral, de seguridad social, de seguridad y salud laboral, así como cualesquiera otras que puedan resultar aplicables por razón de la materia. El contratista podrá constatar a las personas que necesite para el funcionamiento del local. Este personal contratado mantendrá la relación laboral con el contratista sin que de ello se deduzca relación laboral de ningún tipo con el Ayuntamiento. - Mantener en buen estado las instalaciones, mobiliario, enseres, etc. de las dependencias en las que se presta el contrato, debiendo reponer cualquier elemento de los mismos que se deteriore o inutilice por el uso o explotación del servicio. El material a reponer deberá ser de la misma calidad, diseño, etc. que inutilizado, o, si ello no fuera posible, el más similar que se ofrezca en el mercado. - Indemnizar a los terceros los daños que les ocasione el funcionamiento de los servicios las veinticuatro (24) horas del díaobjeto de contrato, salvo si se hubieran producido por actos realizados en cumplimiento de una orden impuesta por el Ayuntamiento con carácter ineludible. - Obtener todos los días permisos, autorizaciones, seguros, etc. Que fueren necesarios para un a correcta prestación de los servicios objeto de contrato. - Mantener en perfecto uso las instalaciones de agua, luz y acondicionamiento térmico. - Solicitar autorización del año Ayuntamiento para realizar toda clase de acuerdo a obras en el local en el que se prestan los servicios, las cuales serán de cuenta del contratista en todo caso y quedarán en propiedad del Ayuntamiento, sin que pueda reclamar cantidad alguna por dicho concepto. - Atender las demandas que procedan del Ayuntamiento de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia Zierbena, en el acceso cuanto a los servicios portuarios autorizadosque constituyen el objeto del contrato. - Prestar los servicios con el personal cualificado necesarios para una correcta ejecución del contrato, el cual dependerá, única y exclusivamente, del contratista, sin perjuicio que tenga vinculación alguna con el Ayuntamiento de lo previsto Zierbena. - Mantener el local e instalaciones en perfecto estado de limpieza e higiene, realizando las labores correspondientes en horario que no cause molestias a los usuarios del servicio. - Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del adjudicatario y abonados junto con la ley renta o directamente a las empresas suministradoras. No obstante, el Ayuntamiento realizará las instalaciones y acometidas adecuadas con los respectivos contadores individualizados. - Abonar toda clase de impuestos, tasas y precios, de cualquier Administración Pública, que fueren necesarios para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de prestar los servicios la capacidad del contrato, debiendo tener dado de la infraestructura portuaria y la eficiencia alta el establecimiento en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías idénticas condiciones que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre cualquier ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario . - Abonar los gastos derivados de los anuncios oficiales de licitación y sus áreas formalización del contrato. - Obtener autorización del Ayuntamiento para la instalación de almacenamiento sin perjuicio veladores en el exterior del local, haciendo uso de la misma de acuerdo con las actuaciones condiciones en las que se otorgue aquélla. - Formalizar una póliza de seguros específica para el sector de hostelería en la que se incluyan las coberturas de responsabilidad civil a terceros y actividades que las autoridades deban llevar usuarios, póliza cuya copia compulsada deberá presentar en le Ayuntamiento de Zierbena con carácter previo a cabo la formalización del contrato. - Abandonar y dejar libres, a disposición del Ayuntamiento de Zierbena una vez finalizado el contrato, o dentro del plazo de 15 días naturales a contar del siguiente a la resolución contractual, el local, instalaciones, mobiliario y menaje puestos a disposición del contratista al inicio del contrato, en desarrollo buen estado de su función.
h. Velar por que todos conservación y funcionamiento y con el desgaste razonable debido a un correcto uso. A tal efecto, se realizará el inventario completo y contradictorio referido al día de la iniciación de la prestación del servicio. - Prestar los servicios prestados objeto del contrato al Ayuntamiento de Zierbana, siempre que éste se lo requiera y en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios cuantos actos se organicen. Ello de acuerdo a la estructura tarifaria vigentecon las condiciones en las que se preste el contrato que se formalice y siempre de acuerdo con los precios que rigen para el público en general.
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Sources: Contrato Administrativo Especial
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones EL COMODATARIO asume las siguientes obligaciones, bajo pena de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuariosrescisión culpable:
a. Atender a Poner toda solicitud diligencia en la conservación del inmueble objeto de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate este contrato y lucha contra la contaminación realizada es responsable de todo detrimento que el mismo sufra por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuariasu culpa.
b. Aportar a Queda expresamente prohibido el cambio de destino, la agregación de otras personas físicas ó jurídicas en calidad de comodatarios, y las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento transferencias totales o parciales, bajo pena de sus funciones y competencias.rescisión inmediata por culpa del COMODATARIO.-
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento Para la realización de las obligaciones y responsabilidades que se deriven todo tipo de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas jurisdicción del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ Parque Nacional ▇▇▇▇▇▇▇ portuario , EL COMODATARIO se compromete a tramitar las autorizaciones y sus áreas permisos necesarios a tal efecto, desligando a LA COMODANTE de almacenamiento sin perjuicio responsabilidad en dichas tramitaciones.
d. El COMODATARIO se compromete a ceder el uso, tanto del predio como de las actuaciones instalaciones, a la Escuela Municipal de Actividades Náuticas como también a otros clubes sociales, deportivos, entidades públicas o privadas; que realicen actividades náuticas, a través de la firma de convenios de reciprocidad. Tanto el consenso y firma de dichos convenios de reciprocidad como también las actividades a desarrollar dentro del lote deberán ser acordadas con el COMODATANTE, a través de la dependencia municipal que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su funcióneste disponga.
h. Velar por que todos e. Presentar ante la Municipalidad los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en planos del proyecto completo dentro de un plazo de (60) días corridos de definido el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteproyecto ejecutivo.
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Sources: Contrato De Comodato
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad Se entenderán por obligaciones del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información adjudicatario aquellas que les sea requerida expresamente se señalan en el cumplimiento de sus funciones presente ▇▇▇▇▇▇ y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías aquellas que aseguren el cumplimiento puedan deducirse de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de disposiciones del mismo:
1. Una vez formalizado el contrato administrativo, efectuar las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad obras e instalaciones previstas en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas cláusula 23 del díapresente Pliego, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre cláusula 5 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas, en el plazo de 2 años. Transcurrido dicho plazo sin haber efectuado las obras e instalaciones previstas, y en las condiciones establecidas en la referida cláusula 22 del presente pliego y cláusula 5 ▇▇▇ portuario ▇▇▇▇▇▇ de Prescripciones Técnicas, podrá entenderse caducado el derecho del adjudicatario.
2. Los adjudicatarios vendrán obligados a cumplir cuantas obligaciones se determinan en el presente Pliego de Condiciones, Ordenanza Fiscal, y demás disposiciones dictadas por el Estado, Junta de Andalucía o Ayuntamiento.
3. Del mismo modo el adjudicatario deberá asegurar las instalaciones y materiales empleados en los servicios, siendo responsable de todos los daños imputables a los mismos, estando obligado a contratar póliza de seguro de responsabilidad civil y seguro de incendio de las instalaciones, cuya póliza deberá presentar en el Ayuntamiento, así como acreditar el pago de las primas. El Ayuntamiento no se hará responsable de los deterioros o robos que se puedan cometer en las instalaciones.
4. Los titulares de las adjudicaciones serán responsables ante el Ayuntamiento por los daños y perjuicios y las faltas que cometan, así como por los de sus áreas dependientes, y quedarán obligados al resarcimiento de almacenamiento todos los daños que se causen por la defectuosa prestación de los servicios en las instalaciones o bienes municipales, sin perjuicio de las actuaciones sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.
5. Con carácter general acatarán y actividades cumplirán cuantas normas y preceptos legales que tanto el R.D. Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, y la Ley 13/2003, 17 diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, les obliguen, así como cumplir con sus obligaciones en materia higiénico-sanitaria.
6. Respetar las autoridades deban llevar normas que imponga el Ayuntamiento en cualquier momento para el ejercicio de la actividad, tales como horarios de apertura y cierre, etc
7. No instalar ningún tipo de publicidad, salvo autorización municipal o de la Administración competente.
8. Mantener en buen estado tanto la porción de dominio público utilizado, como las propias instalaciones, debiendo abonar en otro caso, el importe por los daños y perjuicios que causaran. En caso de que por parte del adjudicatario no se repararan los daños causados, el Ayuntamiento, de forma subsidiaria, lo hará a cabo su ▇▇▇▇▇. En ese supuesto, el importe de reparación podrá detraerse de la fianza definitiva. El adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
9. Mantener el bien objeto de concesión abierto al público y debidamente abastecido y prestar de forma continuada la actividad salvo lo supuesto de fuerza mayor.
10. Mantener limpias las instalaciones objeto de concesión y sus accesos y alrededores.
11. Estar en posesión de cuantos permisos, licencias o autorizaciones que sean necesarios para el desarrollo de la actividad que se realice, y en concreto, en caso de ser de aplicación, se someterá a los distintos controles medioambientales que la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como cumplir con las exigencias que la Ley 13/1999 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, y su funciónnormativa de desarrollo establecen.
h. Velar por que 12. Hacerse cargo de los todos los servicios prestados gastos de energía eléctrica, agua y otros suministros propios del objeto de contrato, contratando directamente con las empresas suministradoras oportunas. El Ayuntamiento no se hará responsable de la falta de pago de los adjudicatarios a sus proveedores.
13. Observar en todo momento el decoro personal y la corrección y respeto debidos al público.
14. Facilitar en todo momento el libre acceso a la instalación al Ayuntamiento, quien podrá inspeccionar la misma a través de sus funcionarios y empleados municipales. El adjudicatario a tal efecto, prestará los auxilios necesarios. Acatará las órdenes de la Autoridad y sus agentes y tendrá a su disposición el documento acreditativo de la adjudicación.
15. Introducir en las obras e instalaciones cuantas medidas correctoras le imponga la Administración Pública competente, con gastos íntegramente a cargo del adjudicatario.
16. Abonar el canon en el plazo previsto.
17. Responder e indemnizar de los daños causados en la instalación portuaria estén sujetos vía pública previa valoración de los servicios municipales y audiencia al interesado.
18. Responder de los daños causados a terceros como consecuencia de la realización de la actividad, para lo que deberá contar con el correspondiente seguro de responsabilidad civil, según lo establecido en el DECRETO de la Junta de Andalucía 109/2005, de 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas
19. A introducir en la explotación cualquier tipo de medida correctora que le impongan las regulaciones contenidas administraciones públicas competentes, con gastos íntegramente a su cargo.
20. Ejercer por sí la explotación de la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin la autorización de la Corporación, que sólo podrá autorizarla en las circunstancias y con los requisitos señalados en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigentepliego.
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Sources: Concesión Administrativa
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones DEL
1. Dirigir, gestionar y explotar el local de hostelería con continuidad y regularidad, sin discriminación alguna, haciendo cumplir lo establecido en el presente Pliego y en la legislación vigente en la materia.
2. Conservar, a su ▇▇▇▇▇, en buen estado las edificaciones, instalaciones y equipamientos afectos al servicio en los prestadores términos previstos en la cláusula novena.
3. No gravar ni enajenar los bienes afectos a la explotación.
4. Promocionar los servicios del Local de hostelería. Deberá dar cuenta en el Ayuntamiento y presentar documentación justificativa al efecto, sobre los medios de difusión, información y promoción de las actuaciones y servicios que se prestan en la explotación del contrato.
5. Cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
6. Realizar la selección, contratación, dirección y perfeccionamiento del personal necesario para la racional explotación de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre e instalaciones. Cód. Validación: 7H3CHMKQF39TD7Y5F9AFXYFTN | Verificación: ▇▇▇ ▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas ▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo 17
7. Mantener en desarrollo de su funciónplena efectividad el seguro multi-riesgo durante toda la vigencia del contrato.
h. Velar por que todos 8. Responder de la calidad de los servicios prestados en el Local de Hostelería del Complejo, en atención a lo establecido en la instalación portuaria estén sujetos legislación vigente.
9. El explotador no podrá subcontratar, en ningún caso, la gestión de referido establecimiento ya que ello constituye el objeto propio del presente contrato. No obstante lo anterior, se podrán subcontratar determinadas prestaciones de carácter accesorio, tales como servicios de limpieza, mantenimiento, vigilancia, etc.
10. Solicitar de los distintos organismos las autorizaciones precisas para su funcionamiento a fin del mantenimiento de las regulaciones contenidas instalaciones con la calificación correspondiente a efectos de la normativa vigente en materia de Turismo.
11. Disponer de hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios.
12. Observar con los usuarios del servicio una conducta de respeto y consideración, y exigir de los mismos el cumplimiento del reglamento de uso.
13. Será de cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, luz y gas que consuma con ocasión de la utilización del local arrendado y aquellos otros derivados de la explotación del negocio.
14. El arrendatario utilizará el local de negocio con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse y se obliga a devolver el local en el mismo estado en que la ha recibido, al terminar el contrato. No podrá realizar obras que modifiquen la estructura, ni subarrendarlo. El arrendatario estará obligado a utilizar el inmueble para destinarlo a la actividad o actividades previstas en el presente acto administrativo Pliego, debiendo solicitar y sean pagados obtener las licencias que correspondan.
15. Serán por cuenta del arrendatario todos los usuarios impuestos, tasas, precios públicos municipales, locales o estatales que vengan a gravar la prestación del servicio. Incluidos los gastos derivados del propio procedimiento de acuerdo licitación
16. El impago de una cuota de arrendamiento supone la pérdida total de los derechos como arrendador, y la extinción inmediata del contrato de arrendamiento. Cód. Validación: 7H3CHMKQF39TD7Y5F9AFXYFTN | Verificación: ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 17 17. Si durante la vigencia del contrato acaeciese la muerte del arrendatario el Ayuntamiento se reserva la posibilidad o no de subrogar el contrato a favor del heredero que continúe el ejercicio de la estructura tarifaria vigenteactividad, por tanto se excluye la aplicación del artículo 33 de la Ley, salvo que motivadamente el Ayuntamiento acuerde dicha subrogación. El arrendatario renuncia al derecho que le confiere el artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
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Sources: Arrendamiento De Local De Hostelería
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuariosDEL CONTRATISTA. para este debido cumplimiento del objeto a controlar EL CONTRATISTA se obliga a :
a. Atender A. cumplir a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada cabalidad con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuariael objeto contractual.
b. Aportar a las autoridades competentes B. Producción por encargo de 129 capítulos hasta por 5 minutos cada uno.
C. Cumplir con todos los requerimientos, señales y parámetros técnicos requeridos para la información que les sea requerida buena ejecución del contrato y la emisión del programa.
D. Cumplir con todos los criterios y características de contenidos establecidos por Telepacífico para la buena ejecución del contrato y la emisión del programa.
E. A solicitud, incluir en el cumplimiento desarrollo del producto audiovisual contratado la inclusión de sus funciones y competenciasnotas, patrocinios, píldoras o cualquier clase de contenido que por razones administrativas o comerciales que defina TELEPACIFICO.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten F. De conformidad con lo establecido en el puerto Artículo 50 de acuerdo a la normatividad vigenteley 789 de 2002, modificado por el artículo 1o de la ley 828 de 2003, EL CONTRATISTA deberá cumplir sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral. Parafiscales (caja de compensación familiar, SENA e ICBF).
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario informes según las necesidades y sus áreas exigencias tanto de almacenamiento sin perjuicio la ANTV, cómo de TELEPACIFICO y en las fechas que la solicite la supervisión del contrato.
H. Abstenerse de incluir en publicidad en el contenido editorial de los capítulos.
I. El nombre que cada programa tenga no podrá modificarse y pertenece a TELEPACIFICO.
J. Abstenerse de incluir en los programas contenidos con tendencias políticas o ideológicas o aquello que promueva o difunda prácticas religiosas, infomerciales o tele ventas.
K. Especificar de forma escrita en el contrato que son recursos del FONTV.
L. Entregar oportunamente el máster de los capítulos con la debida identificación y cortes comerciales acordados.
M. Disponer de los recursos humanos, técnicos y la infraestructura necesarios para garantizar servicios de óptima calidad, de conformidad con las condiciones especificadas por TELEPACIFICO para esta contratación.
N. Conformar un comité editorial, donde tenga asiento un representante de Telepacífico y se acate la línea editorial propuesta por el Canal.
Ñ. Informar de manera oportuna de los imprevistos, cambios o inconvenientes que surjan en desarrollo del presente contrato.
O. Atender la invitación que otros programas de producción propia de TELEPACIFICO realicen a grupo de trabajo.
P. Asistir a las reuniones de evaluación y seguimiento de las actuaciones producciones y actividades cumplir las recomendaciones para su mejoramiento.
Q. Responder y entregar los documentos correspondientes a derechos de autor que se deriven de la producción objeto del presente contrato, en sus diferentes componentes: cabezote, música, cortinillas, entrevistas y testimonios, material adicional que se emplee. Si el programa incluye fuentes testimoniales tendrá que anexarse el respectivo derecho de uso de imagen y testimonios, para efectos de su emisión en un Canal Público Regional como Telepacífico.
R. Abstenerse de ceder el contrato.
S. Presentar a TELEPACIFICO el respectivo informe técnico, Administrativo y financiero, en la forma y con los soportes que determine la supervisión del contrato, dicho informe será de carácter obligatorio para proceder a realizar los pagos pactados en el contrato.
T. En cada emisión deberá incluirse el reconocimiento expreso de que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su funciónmismas fueron financiadas por FONTV y TELEPACIFICO.
h. Velar U. Una vez cumplida la emisión por parte del operador, la ANTV podrá disponer de todo el material audiovisual que todos se produzca.
V. El programa deberá contar con apoyos en redes sociales como Twitter, Factbook etc. Y cada mes, se hará llegar a Telepacífico el registro de seguidores.
W. Por tratarse de programas coleccionables, se tendrá que garantizar atemporalidad, con el propósito de poder repetirlo, a excepción del año de realización, que tendrá que marcarse al finalizar los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigentecréditos del mismo.
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Sources: Contrato De Prestación De Servicios
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones Llevar a cabo correctamente las prestaciones objeto del contrato detalladas en la cláusula ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de prescripciones. - Controlar los desperfectos e informar al Ayuntamiento. - No ceder bajo ningún concepto la contratación a terceros sin el consentimiento expreso de la Corporación Municipal. - Abandonar, al finalizar el contrato, y dejar libres los puestos ocupados que el Ayuntamiento haya puesto a su disposición, en las mismas condiciones que lo hayan recibido, reconociéndose la potestad de la Administración para acordar y ejecutar el lanzamiento. -Informar al Ayuntamiento del precio fijado para cada metro cuadrado de ocupación del paseo. El Ayuntamiento se reserva el derecho de fijar un precio máximo que, en cualquier caso, quedaría reflejado en el contrato. - Hacerse cargo de los prestadores gastos derivados del servicio de vigilancia, - No superar en ningún caso los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud límites del espacio destinado al mercado, la zona del paseo de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida Santa Ponça marcada en el cumplimiento anexo 1 (plano de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ubicación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario ▇). - Colocar las paradas de manera que en cualquier momento sea posible el paso de un vehículo. - Dejar, al inicio del paseo, a la altura de la Oficina de Turismo, espacio para que el Ayuntamiento pueda instalar tres carpas destinadas a diversas ONG. - Utilizar, en todos los puestos, bombillas de bajo consumo. En cualquier caso, la potencia máxima que se destinará al uso de todo el mercado será de 18.000w. - Contratar únicamente artesanos que lo puedan acreditar con el carné de maestro ▇▇▇▇▇▇▇▇. Únicamente en casos excepcionales, valorados previamente por la mesa, se admitirá la participación de artesanos sin carné, siempre que los productos no entren en competencia con las tiendas de Santa Ponça. El artesano se compromete por escrito a vender única y sus áreas exclusivamente los materiales objeto de almacenamiento sin perjuicio la carta. Sin embargo, si el día del montaje la organización municipal observa que se ponen a la venta objetos no presentados ni calificados como "artesanos", podrá ordenar al adjudicatario la retirada de la mesa, aunque el mercado ya haya entrado en funcionamiento. - Cumplir la legislación vigente, tanto el adjudicatario como cada una de las actuaciones paradas, en todo lo que tiene relación directa con el mercado, especialmente en lo que se refiere a artesanía, alimentación y actividades seguridad. −Reservar, de la totalidad de puestos adjudicados, un 60% a artesanos de las Islas Baleares y, dentro de este porcentaje, un 20% a artesanos de Calvià, siempre que haya solicitudes suficientes para cubrir estos mínimos. - Percibir la cuantía establecida para cada una de las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas paradas instaladas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigentemercado.
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Sources: Contract for Services
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones a. Cumplir con la entrega de los prestadores bienes objeto del contrato en el sitio indicado, en las condiciones y plazo establecido en las reglas de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. participación del proceso de selección, el cual hace parte integral del presente contrato, en la forma y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuariarequerimientos establecidos.
b. Aportar Dar cumplimiento a las autoridades competentes la información que les sea requerida normas vigentes en el cumplimiento de sus funciones relación con los aportes a pensión y competenciassalud.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario oportunamente los requerimientos que realice la supervisión.
d. Indemnizar o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
e. Responder por el pago de los impuestos tasas o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y sus áreas liquidación del contrato.
f. Entregar, el bien objeto del contrato, completamente nuevo, no re-manufacturado y probado, en las condiciones, modos y plazos determinados, cumpliendo con las especificaciones solicitadas, ofrecidas y contratadas.
g. Indicar en forma clara y expresa las especificaciones técnicas eléctricas y ambientales que se requieren en el sitio de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades instalación del bien objeto del contrato, que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su funcióngarantice el perfecto funcionamiento del mismo.
h. Velar por que todos los servicios prestados Asumir el trasporte necesario para entregar del bien objeto del contrato, así como el cargue y descargue en el lugar de ubicación de acuerdo al numeral 9. del presente documento.
i. Entregar el equipo objeto del presente contrato en la dependencia destino y al funcionario que sea designado por SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, y por personal técnico que figure en la relación de personas que a su nombre entregarán los bienes, suscribiendo el “acta de recibo a satisfacción”, en los términos y condiciones descritas en las reglas de participación y por él ofertadas; y de acuerdo al cronograma de entregas que FONADE le suministrará.
j. Reemplazar, a sus expensas y a entera satisfacción de FONADE, sin costo alguno para FONADE, todo producto que resulte de mala calidad o con defectos de fabricación o no cumpla con las especificaciones solicitadas.
k. FONADE se reserva el derecho de admitir o recibir los bienes objeto del presente contrato que no cumplan con las especificaciones requeridas por el SENA y las pactadas en la presente orden y en la oferta realizada por el oferente.
l. Entregar los bienes objeto del contrato libres de rayones, daños, manchas, suciedades, desperfectos y /o cualquier otra características que afecte la presentación y/o funcionalidad del bien, aún después de haber sido probado.
m. Entregar la Garantía Mínima Presunta de los bienes objeto requerido (Decreto 3466 de 1982), que en todo caso no será menor a tres (3) años.
n. Suministrar al usuario los manuales de operación, instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas y mantenimiento en el presente acto administrativo idioma de origen y sean pagados por en español, así como en medio magnético.
o. Acreditar la existencia de una línea directa, de su propiedad o del fabricante, para la atención, soporte y garantía de los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteequipos.
p. Las demás requeridas para el cabal cumplimiento del objeto contractual
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Sources: Acquisition Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones La PARTE PRESTATARIA se obliga a:
1.- La contratación de los prestadores siguientes seguros: -Un seguro Todo Riesgo Construcción sobre las obras de construcción por al menos un capital equivalente al Presupuesto de Ejecución Material de la obra. Este contrato habrá de suscribirse al tiempo de otorgarse la presente Escritura. -Un seguro contra riesgo de incendios y daños sobre cada una de las fincas garantes por al menos el capital fijado y señalado en el Certificado de Tasación como “ ”, por un importe de ___ euros ( € ), designando como beneficiario a “TRIODOS BANK, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA”. Este contrato habrá de suscribirse al tiempo de solicitarse el desembolso del TRAMO 3. En caso de acaecer un siniestro cubierto por la póliza de seguro antes mencionada, vigente el presente contrato, “TRIODOS BANK, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA” por su condición de beneficiario cobrará la totalidad de las indemnizaciones que correspondan. En tal caso, “TRIODOS BANK, N. V., SUCURSAL EN ESPAÑA” se compromete a abonar al prestatario la diferencia entre la indemnización percibida y la deuda pendiente por todos los conceptos en el momento de acaecer el siniestro. Dicha liquidación se hará efectiva en el plazo máximo de treinta días desde el cobro de la indemnización. -Un seguro sobre la vida de DON/DOÑA que cubra el fallecimiento y la invalidez absoluta, por un capital asegurado mínimo de euros ( €), cada uno de ellos, designando como beneficiario a TRIODOS BANK, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA. Este contrato habrá de suscribirse al tiempo de otorgarse la presente Escritura. Las pólizas de seguro contratadas, así como los recibos de pago de las primas que periódicamente expida la entidad aseguradora, podrán ser domiciliados en la cuenta asociada al préstamo abierta a nombre del prestatario en la entidad prestamista previamente a la suscripción de la presente Escritura.
2.- Autorizar a TRIODOS BANK, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA para utilizar información no confidencial relacionada con el prestatario en sus publicaciones, en cumplimiento de la política de transparencia total de las iniciativas financiadas por el prestamista.
3.- Realizar en la finca/s hipotecada en la presente Escritura las obras, reparaciones y demás actos necesarios para su conservación y normal explotación y uso, y notificar a la entidad prestamista inmediatamente cualquier hecho que perjudique el estado físico o el derecho del propietario, así como los actos de enajenación. En caso de expropiación forzosa de la finca/s hipotecada, además de la obligación de inmediata notificación, la PARTE PRESTATARIA apodera irrevocablemente a la entidad prestamista para que pueda comparecer en los expedientes que se sigan, instando lo necesario para gestionar y convenir sobre la respectiva expropiación y percibir los precios, indemnizaciones y compensaciones correspondientes que la entidad expropiante deba pagar o llevar a cabo, dándoles la aplicación que se establece en el apartado 1 de esta Cláusula.
4.- La PARTE PRESTATARIA se obliga a mantener operativa hasta el vencimiento de este contrato una cuenta corriente abierta en TRIODOS BANK, N.V., SUCURSAL EN ESPAÑA, cuya única finalidad, en lo relativo a esta financiación, es la de acumular capital para atender las cuotas de solo intereses y/o de las cuotas omnicomprensivas de amortización de capital y pago de intereses.
5.- La PARTE PRESTATARIA se obliga a destinar fondos propios a las eventuales desviaciones o modificaciones que tuvieren lugar en el Proyecto Ejecutivo, y que constituyan un incremento en el precio total de la obra.
6.- Acreditar documentalmente al BANCO la solicitud y no denegación de la Cédula de Habitabilidad comprensiva del cumplimiento de las condiciones habitabilidad de la vivienda, así como la inscripción en el Registro de la Propiedad del Acta Notarial de Obra Nueva y la Certificación Final de Obra, antes del , a contar desde que se levante el Acta de Recepción de la Obra por parte del prestatario; no concurrirá incumplimiento de esta obligación si se acredita que, solicitada la licencia, el retraso en la obtención no se debe a causa imputable al prestatario.
7.- La PARTE PRESTATARIA se compromete a estar al corriente en el pago de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. impuestos, arbitrios, contribuciones, gastos de comunidad y operadores portuarioscualquier otro que afecte o pueda afectar a la finca hipotecada, así como en el pago de la prima del seguro de incendios y daños del inmueble hipotecado, y de todos los demás gastos derivados de la debida conservación y tributos que recaigan directamente sobre el mismo.
a. Atender 8.- La PARTE PRESTATARIA se obliga a toda solicitud cancelar económica y registralmente las cargas que, en su caso, figuren en el Registro de servicio portuario adicional la Propiedad de cada una de las fincas hipotecadas.
9.- La PARTE PRESTATARIA se obliga a satisfacer los costes notariales y registrales que se devenguen como consecuencia de la necesidad de adaptar la realidad registral de la finca hipotecada a la realidad física del inmueble en todo cuanto traiga causa del Proyecto Ejecutivo de construcción de la vivienda.
10.- Salvo orden expresa en contrario por parte del prestatario, las comunicaciones y remisión de información relacionada con la seguridad del puertoeste contrato, salvamentose efectuará por vía electrónica en soportes duraderos que permitan su almacenamiento y recuperación inalterados. Asimismo, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes el mismo motivo, se establece que toda la información que les sea requerida resulte relevante para el prestatario y no tenga carácter personal, se ponga a disposición del mismo a través de vías electrónicas que el acreditado deberá consultar con frecuencia razonable. Se entenderá que es razonable la consulta al menos mensual de aquellos movimientos que tengan carácter periódico. No obstante, el prestatario podrá solicitar que el BANCO emita extractos de cuenta una vez al mes o solicitar que la información se le remita en soporte papel por correo postal, lo cual se sujetará a las comisiones y repercusión de gastos correspondientes según lo especificado en el cumplimiento Libro de sus funciones y competenciasTarifas.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Préstamo Autopromotor
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios1- El Contratista, se compromete a:
a. Atender a toda solicitud Dejar las instalaciones correspondientes objeto del presente pliego en perfecto estado de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate conservación y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuariafuncionamiento al finalizar el mismo.
b. Aportar Designar a las autoridades competentes una persona coordinador de mantenimiento, que se responsabilice de la información correcta ejecución de los trabajos y a la que les sea requerida en primera instancia se pueda dirigir el cumplimiento representante del Excmo. Ayuntamiento de sus funciones y competenciasLos Realejos.
c. Adquirir Realizar todo lo indicado en la cláusula de asistencia comprendida del presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
d. La mano de obra a emplear por el Contratista será siempre de la más alta calificación requerida para cada trabajo, con experiencia y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento formación específica en instalaciones de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizanPCI, así como seleccionar y manejar herramientas, equipos de medida y material de repuesto.
e. Que su personal respete, en general, las normas de régimen interior vigentes en el recinto donde se encuentren las instalaciones, avisando de la visita a las instalaciones con antelación suficiente, salvo urgencias imprevistas.
f. Llevar un control de la vida de funcionamiento de cada equipo, informando al Ayuntamiento de la conveniencia de su sustitución cuando ésta sea necesaria.
g. Disponer de los servicios que equipos necesarios para la ejecución de los trabajos, como herramientas manuales, aparatos de medida, equipos de soldadura, etc.
h. Mantener los equipos de medida con un certificado de calibración actualizado emitido por un laboratorio acreditado.
2- El Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos se presten compromete a:
a. Designar un representante para realizar el seguimiento del mantenimiento de las instalaciones, y hacer de interlocutor con el Contratista, para establecer la programación de los trabajos y atender las sugerencias del mismo.
b. Permitir al Contratista la puesta en el puerto marcha y parada de equipos, con previo aviso al representante a fin de llevar a cabo las revisiones concertadas en este contrato.
c. Operar los equipos de acuerdo a la normatividad vigentecon las instrucciones del fabricante y notificar al Contratista, con toda rapidez cualquier cambio en las condiciones de funcionamiento de las mismas.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación Facilitar razonables medios de acceso a los servicios las veinticuatro (24) horas del díaequipos; espacios libres para el personal de servicio, todos los días del año el necesario para efectuar cualquier tipo de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuariareparación.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso No modificar o reparar los equipos sujetos a los servicios portuarios autorizadoseste Contrato por personal ajeno al Contratista, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursosprevio aviso.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios de acuerdo a la estructura tarifaria vigente.
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Sources: Service Agreement
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones de los prestadores de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento de sus funciones y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en Para la prestación de los servicios a que hace referencia la cláusula anterior, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, se compromete a utilizar todos sus conocimientos técnicos, pericia y mayor diligencia, obligándose además a:
a) Realizar con eficacia y oportunidad las veinticuatro (24) horas actividades profesionales derivadas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre Facilitador de Lenguas Extranjeras, estipuladas en los Lineamientos para la demanda Operación y Administración del Programa Coordinador de Lenguas Extranjeras en los servicios la capacidad Institutos Tecnológicos, Unidades y Centros adscritos al Tecnológico Nacional de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.México:
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo de su función.
h. Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios 1. Elaborar de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteidentificación del servicio, el programa de diseño del curso de lenguas extranjeras.
2. Elaborar la gestión del curso y programa de la prestación de servicios, con la finalidad de definir las sesiones del curso de lenguas extranjeras, el que entregará a la Coordinación de Lenguas Extranjeras de “EL INSTITUTO” con 2 días naturales de anticipación al inicio del curso.
3. Elaborar y aplicar los exámenes de: acreditación, diagnostico, ubicación, formativo, modular y final del curso de lenguas extranjeras.
4. Asesorar a los participantes del curso de lenguas extranjeras, para resolver dudas durante y posteriores al término del curso.
5. Capturar en el sistema acta de calificaciones parciales, modulares y finales, según corresponda; entregarlas impresas y firmadas a los dos días hábiles siguientes, de haber concluido la evaluación correspondiente del curso de lenguas extranjeras.
6. Entregar exámenes validados 2 días antes de su aplicación.
7. Entregar en original al término del módulo y del curso las evidencias generadas durante el curso, como son: listas de asistencia, portafolio de evidencias que contenga: muestras fotográficas de actividades, lecturas, ejercicios y cuadernillo de evaluaciones, y demás que se generen.
8. Asegurarse que el 100% de los alumnos realice la evaluación docente en el periodo que corresponda.
9. Tener participación activa en las actividades extraescolares organizadas por la coordinación de lenguas extranjeras y “EL INSTITUTO”.
10. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias que convoque la Coordinación de Lenguas Extranjeras.
11. Utilizar de manera adecuada los equipos y materiales a su cargo durante la prestación de sus servicios, mismos que serán asignados por la Coordinación de Lenguas Extrajeras y que devolverán al final del semestre en condiciones iguales a las recibidas o con el desgaste natural por su uso.
b) Presentar a la coordinación de Lenguas Extranjeras de “EL INSTITUTO”, los informes de la prestación de servicios que realice durante la vigencia del presente contrato, así como, proporcionar cualquier dato o documento relativo a sus servicios profesionales.
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Sources: Professional Services
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones Serán obligaciones del adjudicatario, además de los prestadores las de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. carácter general previstas en las leyes y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad reglamentos aplicables y las derivadas del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a presente pliego (especialmente las autoridades competentes la información que les sea requerida dispuestas en el cumplimiento de sus funciones apartado técnico), las siguientes:
1. Ejecutar el contrato a riesgo y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario ▇, sin que se pueda solicitar alteración del precio contratado.
2. Prestar la gestión y sus áreas la explotación del servicio con la continuidad que se establece en este pliego de almacenamiento sin perjuicio condiciones y en los términos ofertados, salvo que, conforme al procedimiento establecido, se modificase el contrato.
3. Aportar los recursos que sean precisos para la ejecución del contrato conforme a la propuesta del adjudicatario, y de los que no disponga el Ayuntamiento, y que pasarán a propiedad de éste al finalizar el contrato si así lo ha expresado la empresa en el apartado de material.
4. Gestionar las instalaciones con los instrumentos que el Ayuntamiento disponga para ello previa formación del personal de la empresa.
5. Colaborar en la gestión de la conservación de las actuaciones instalaciones y actividades dotaciones del Espacio Joven informando y haciendo seguimiento sistemáticamente de las eventualidades que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo surjan mientras dure el contrato y manteniendo actualizada la relación de su funciónbienes muebles de centros cívicos.
h. Velar 6. Tener hojas de reclamación a disposición de los/las usuarios/as.
7. Realizar por que todos su cuenta cuantas modificaciones sean precisas, previa autorización municipal, debidas a cambios de la legislación vigente. Igualmente, deberá conseguir autorización municipal para realizar cualquier obra.
8. Admitir al goce de los servicios prestados a toda persona que solicite su entrada y que cumpla las condiciones y requisitos establecidos para la misma en la instalación portuaria estén sujetos normativa municipal.
9. Elaboración y presentación de una memoria anual sobre la gestión y explotación de los servicios.
10. El sometimiento a las regulaciones contenidas inspecciones de los Servicios Municipales competentes.
11. Ejercer por sí la concesión y no cederla o traspasarla a terceros sin la autorización del Ayuntamiento.
12. Indemnizar a terceros de los daños o perjuicios que les ocasionare el funcionamiento del servicio concedido.
13. Ejecutar las ampliaciones, reducciones y/o modificaciones que en el presente acto administrativo servicio concedido acordase el Ayuntamiento.
14. Tener suscrita una póliza de seguro que cubra toda responsabilidad que se pudiera derivar de la ejecución del contrato, cuyo capital asegurado ascienda, al menos, a 300.000 euros.
15. Cumplir las disposiciones vigentes en material laboral, de seguridad social e higiene en el trabajo.
16. Reponer la cuantía de la fianza definitiva si el Ayuntamiento se ha visto obligado a detraer de la misma el importe de una sanción, el coste de una reparación, una indemnización o cualquier otro concepto. El plazo para hacerlo será de quince días naturales contados desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones.
17. Abonar cuantos impuestos, tasas, precios y contribuciones existan o puedan establecerse en un futuro.
18. No esta permitida la venta de bebidas alcohólicas ni de tabaco a menores de edad.
19. Para colocar máquinas expendedoras o recreativas se deberá obtener permiso expreso del Ayuntamiento.
20. Disponer del personal mencionado en la oferta para la ejecución del contrato. El/La adjudicatario/a será el/la empleador/a o empresario/a, por lo que tendrá las obligaciones y los derechos establecidos por la legislación vigente en materia laboral, prestaciones sociales y seguridad e higiene en el trabajo, no surgiendo responsabilidad municipal alguna, aún cuando los despidos o medidas que adopte el/la empresario/a sean pagados como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del contrato. El personal con el que se presten los servicios no adquirirá relación laboral alguna con el Ayuntamiento. El/La adjudicatario/a no podrá contratar a nadie acudiendo a las empresas de trabajo temporal.
21. Entregar anualmente al Ayuntamiento copias de los partes presentados en la Seguridad Social de alta, baja, o alteraciones de datos de todo el personal que realice los trabajos.
22. Cobrar matrículas para actividades o las devengadas por otros actos a los usuarios precios previamente aprobados por el Ayuntamiento.
23. La empresa adjudicataria deberá mantener el secreto profesional y la legislación reguladora del tratamiento automatizado de acuerdo a la estructura tarifaria vigentelos datos de carácter personal (Ley de Protección de Datos).
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Sources: Mixto De Concesión Administrativa
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones 2.1. En el momento de efectuar el pago de anticipo derivado del presente convenio y cuando la Cámara de Comercio de España se lo requiera, la Cámara deberá entregar los prestadores certificados actualizados de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra Tesorería General de la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información Seguridad Social que les sea requerida en acrediten el cumplimiento de sus funciones obligaciones fiscales y competenciascon la Seguridad Social.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren 2.2. La Cámara se compromete a aplicar el cumplimiento anticipo a la ejecución de las obligaciones y responsabilidades actuaciones a las que se deriven refiere la Cláusula primera del presente Convenio y a justificarlas a la Cámara de Comercio de España, de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria aplicable al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado a través de la Decisión de Ejecución del Consejo (2021/0156), y conforme a las instrucciones que en aplicación de dicha normativa se establezcan.
2.3. La Cámara de Comercio de España dispone de un sistema de intercambio electrónico de datos, a través del cual, mediante un informe, se determinarán automáticamente las actuaciones finalizadas realizadas por la Cámara. Dicho informe se emitirá trimestralmente una vez librados los fondos por ▇▇▇.▇▇ y se calculará el importe de las actividades actuaciones finalizadas por parte de la Cámara. La Cámara de España compensará en ese momento el importe anticipado a la Cámara y en el caso de no poder compensar la totalidad del mismo, realizará otra compensación en el momento de emisión del siguiente informe trimestral, y así sucesivamente hasta que realizan, así como se complete la compensación de la totalidad del anticipo.
2.4. A efectos de cumplir con las obligaciones impuestas por ▇▇▇.▇▇ en relación con la justificación de los servicios que se presten en el puerto de acuerdo a gastos incurridos, la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad en la prestación de los servicios las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley para el servicio de practicaje manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇entidad cameral presentará anualmente ▇ ▇▇▇▇▇▇ de España en los plazos y forma que se determine al efecto, una certificación con la justificación de gastos derivados de la ejecución del proyecto total en cada ejercicio económico. Esta certificación se realizará sobre la base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos. Todo el soporte documental de los gastos incurridos, así como el desglose de estos se acompañará a la certificación para su valoración y aprobación por ▇▇▇.▇▇. En el caso de que el resultado de la liquidación salga un saldo a favor de ▇▇▇.▇▇, la entidad cameral reintegrará el importe correspondiente, dentro de los 15 días posteriores a la aprobación de la última cuenta justificativa del ejercicio por parte de ▇▇▇.▇▇.
2.5. La Cámara, mediante la firma del presente documento, autoriza expresamente a la Cámara de España para aplicar a la compensación del importe anticipado en virtud del presente Convenio, los fondos correspondientes a las actuaciones ejecutadas por la Cámara que la Cámara de España reciba de ▇▇▇.▇▇ portuario y sus áreas en concepto de almacenamiento compensación económica. La compensación del referido anticipo operará de forma automática una vez que la Cámara de Comercio de España reciba fondos de ▇▇▇.▇▇, sin perjuicio necesidad de una nueva autorización por parte de la Cámara. El pago de la compensación económica que se utilizará para la compensación de la parte correspondiente de los anticipos recibidos, se realizará en formalización, sin salida física de fondos, aplicándose a la amortización del anticipo recibido. En el supuesto de que el total de los fondos percibidos de ▇▇▇.▇▇ por las acciones prefinanciadas no fueran suficientes para compensar el importe anticipado por la Cámara de España, la Cámara deberá ingresar la diferencia en la Cámara de Comercio de España. La Cámara de Comercio de España remitirá una liquidación indicando el importe de la diferencia a ingresar, cuyo plazo de abono será de 90 días naturales desde su recepción. Transcurrido dicho plazo sin que se haya efectuado el abono correspondiente, la Cámara de España queda autorizada por la Cámara para compensar dicho importe de forma automática contra cualquier cantidad que la Cámara de Comercio de España adeude a la Cámara.
2.6. Todos aquellos saldos, cantidades o fondos trasferidos a, o percibidos por, la Cámara de España, por cuenta o a favor de la Cámara suscribiente, responderán de las actuaciones obligaciones del presente Acuerdo, pudiendo la Cámara de España compensarlos libremente. A este fin, la Cámara suscribiente autoriza expresa e irrevocablemente a la Cámara de España para que aplique cualquier saldo acreedor que, a favor de la Cámara pudiera resultar en cuentas, y actividades depósitos, ya sea en efectivo o de cualquier otra forma, confiriéndole para ello, en virtud del presente Acuerdo, mandato bastante e irrevocable para efectuar cualquier clase de operación precisa a los indicados fines, con arreglo al criterio de imputación de pagos que las autoridades deban llevar a cabo en desarrollo la Cámara de su funciónEspaña estime conveniente. La Cámara podrá, asimismo, anticipar la cancelación del anticipo.
h. Velar 2.7. La Cámara no podrá transferir, total o parcialmente, ni pignorar, ni subrogar o afectar, los derechos y obligaciones derivados del presente Acuerdo sin el consentimiento, por que todos los servicios prestados en escrito, de la instalación portuaria estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo y sean pagados por los usuarios Cámara de acuerdo a la estructura tarifaria vigenteEspaña.
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Sources: Convenio De Colaboración
OBLIGACIONES. 2.5.1 Obligaciones -La Sociedad Puerto Buenavista S.A (SPB S. A), compila el presente Reglamento Técnico Portuario en cumplimiento a los requerimientos del Ministerio de Transporte, con base en la Ley 1º del 10 de enero de 1991 y Resolución 000850 ▇▇ ▇▇▇▇▇ 6 de 2017, de cumplimiento obligatorio para los Operadores Portuarios en las operaciones que ejecuten. -Quienes ejecutan o realizan actividades portuarias o utilizan en concesión o licencia, playas y terrenos de baja mar en actividades portuarias, están en la obligación de permitir en todo momento el libre acceso a sus instalaciones de los prestadores funcionarios de Superintendencia de Puertos y Transporte, Autoridad Ambientales y Dirección General Marítima -DIMAR o quienes hagan sus veces y demás autoridades. Igualmente se encuentran en la obligación de rendir oportunamente los informes habituales que estas entidades requieran y aquellos que les solicite por razones especiales, de conformidad con lo previsto en la legislación aplicable. -La SPB S. A es responsable por la veracidad y exactitud de los servicios - Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos S.A. informes que se presenten con relación a la actividad portuaria. La Superintendencia de Puertos y operadores portuarios
a. Atender a toda solicitud de servicio portuario adicional relacionada con la seguridad del puerto, salvamento, rescate y lucha contra la contaminación realizada por los usuarios del puerto a costo del solicitante y previa disponibilidad de los recursos la terminal portuaria.
b. Aportar a las autoridades competentes la información que les sea requerida en el cumplimiento Transporte y/o entidades ambientales dentro de sus funciones atribuciones podrá aplicar sanciones cuando se encuentren irregularidades en este aspecto, sin perjuicio de otras acciones legales que correspondan según su naturaleza y competencias.
c. Adquirir y mantener vigentes las garantías que aseguren el cumplimiento correspondan a otras entidades. -La SPB S. A, permitirá la prestación del servicio de las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las actividades que realizan, así como de los servicios que se presten en el puerto practicaje de acuerdo a la normatividad vigente.
d. Garantizar la continuidad y regularidad lo expuesto en la prestación Resolución 0850 de los servicios septiembre 6 de 2017 y con las veinticuatro (24) horas del día, todos los días del año de acuerdo a las demandas de servicio y las condiciones ambientales y de seguridad operacional portuaria.
e. Garantizar demás disposiciones establecidas por la autoridad marítima. - La SPB S. A garantiza la libre competencia en el acceso a los servicios portuarios autorizados, sin perjuicio de lo previsto en la ley Ley para el servicio de practicaje practicaje, manteniendo el equilibrio entre la demanda de los servicios servicios, la capacidad de la infraestructura portuaria y la eficiencia en el uso de los recursos.
f. Velar porque las compañías que realizan actividades portuarias adopten y cumplan el Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación de la Sociedad Portuaria Monómeros Colombo Venezolanos.
g. Velar . -Velar por la seguridad, calidad y eficiencia en el manejo de la carga y el uso de las instalaciones portuarias, así como del control de los accesos de personas, vehículos y bienes en el área terrestre ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ portuario y sus áreas de almacenamiento almacenamiento, sin perjuicio de las actuaciones y actividades que las autoridades deban llevar a cabo cabo, en desarrollo de su función.
h. Velar sus funciones. -La SPB S. A coordina con las autoridades competentes para que, en el ejercicio de las funciones y atribuciones legales, tales como regulaciones sanitarias, marítimas, humanas, animales y vegetales, migración, requisitos aduaneros, controles de la Capitanía de Puerto, entre otras, no se produzcan retrasos en las operaciones. -Velar por que todos los servicios prestados en la instalación portuaria SPB S. A estén sujetos a las regulaciones contenidas en el presente acto administrativo reglamento. -La información sobre indicadores portuarios y sean pagados por los usuarios capacidad portuaria, se reportará periódicamente a la Superintendencia de Puertos y Transporte o a la entidad que haga sus veces, de acuerdo con la reglamentación que emita tal entidad. -Adecuar espacios apropiados para el parqueo y la estadía de los vehículos de transporte de carga por vía terrestre y su tripulación, previo al ingreso a la estructura tarifaria vigenteterminal portuaria para el respectivo cargue y descargue, siempre que el modelo operativo implementado por la terminal portuaria lo requiera.
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Sources: Reglamento De Condiciones Técnicas De Operación Portuaria