Common use of OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.

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Samples: Contrato Sg 581, Contrato Sg 626, www.saltogrande.org

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos EL CONTRATISTA se obliga a realizar la labor en la ejecución del Contratoforma acordada, deberá disponer empleando la mayor diligencia y cuidado, con observancia de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios normas legales e institucionales que sobre la materia contratada se encuentren vigentes. Especialmente se obliga:1) Informar de los titulares avances, hallazgos y resultados obtenidos en los estudios realizados y acogerse a lo planteado en el proyecto de prospección arqueológica aprobado por el ICANH y a las recomendaciones emanadas en las sesiones semanales del comité técnico, en consenso y coordinación con la dirección y equipo interdisciplinario. 2) Coordinar el equipo técnico y auxiliar en las labores de campo y gabinete relacionadas con la exploración, registro e inventario arqueológico de las patentesevidencias de patrimonio industrial y ferroviario, modelosen el área de influencia xxx xxxxxxxx férreo entre las Estaciones Xxxxxx y Cisneros. 3) Adelantar ante el del Instituto Colombiano de Antropología e Historia-ICANH, marcas las gestiones para obtener la autorización de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago prospección arqueológica de los derechos conjuntos ferroviarios. 4) Entrega del informe final de la prospección arqueológica donde se integren los resultados obtenidos con las evidencias emanadas del estudio histórico. 5) Entrevistas e indemnizaciones información de campo, levantamientos topográficos y estudios de titularidad de los predios comprometidos. 6) Obtener concepto favorable del informe final de la prospección arqueológica por tales conceptosparte del ICANH. 7) Suministrar la información de georeferenciacion (puntos de GPS de la prospección) para la construcción de las bases de datos en los sistemas de información geográfica (Arc Gis). 8) Realizar personalmente la labor encomendada, en consecuencia, no podrá ceder este contrato sin autorización de LA UNIVERSIDAD. 9) Mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones a que tenga acceso con ocasión del proyecto para el cual se le contrata. 10) Pagar los aportes al sistema de seguridad social en salud y pensiones que corresponda. PRODUCTOS A ENTREGAR: 1) Una prospección Arqueológica del conjunto industrial ferroviario en el trayecto objeto de estudio, que contemple un inventario del patrimonio cultural mueble, inmueble y arqueológico industrial de los conjuntos ferroviarios prospectados, con fichas de registro patrimonial basadas en los protocolos establecidas por el Ministerio de Cultura y avaladas por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), donde se describen las características físicas del bien patrimonial, la titularidad legal, y demás contenidos de identificación arqueológica. SÉPTIMA.TERMINACIÓN. El CONTRATISTA será responsable presente contrato termina: 1) Por la expiración del plazo pactado. 2) Por determinación unilateral de toda reclamación relativa cualquiera de las partes, avisando a la propiedad intelectualotra con treinta días de anticipación, industrial sin que haya lugar a indemnización de perjuicios. 3) Por dejarse de prestar el servicio sin justa causa por parte de EL CONTRATISTA. 4) Por incumplimiento de la obligación de afiliación y comercialcotización al régimen de seguridad social por parte de EL CONTRATISTA; para el efecto, de tal modo se considera incumplimiento que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen da lugar a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir terminación del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo contrato que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el EL CONTRATISTA no hubiere procedido presente, a la sustitución solicitud de los elementos correspondientesLA UNIVERSIDAD, la C.T.M. sin necesidad las constancias que acrediten el cumplimiento de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTAtales obligaciones. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosOCTAVA.

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Samples: Contrato Por Prestacion De Servicios Codigo, Contrato Por Prestacion De Servicios Codigo

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectualpropiedadintelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.

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Samples: www.saltogrande.org, www.saltogrande.org

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos utilizados en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEL CONTRATISTA se obligará a: Realizar los servicios con herramientas, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El equipos y maquinaria en perfectas condiciones de operación, que deberán cumplir lo estipulado por los reglamentos internos de seguridad y medio ambiente de CERRO VERDE, debiéndose acreditar la tenencia o titularidad de los mismos. Contar con personal especializado, calificado para la ejecución de los servicios contratados, sin antecedentes penales. Presentar ante el Administrador del Contrato un informe sobre la ejecución de los servicios contratados, las veces que sea solicitado por CERRO VERDE Realizar los servicios en la forma y plazo convenido, abonando a sus trabajadores las remuneraciones y demás beneficios sociales que les correspondan. Pagar puntualmente los tributos y otros a los que por Ley esté obligado, así como mantener vigentes sus licencias y autorizaciones. Asumir responsabilidad solidaria por falta grave de sus trabajadores en perjuicio de los reglamentos de seguridad y medio ambiente. EL CONTRATISTA no puede, sin el previo consentimiento escrito de CERRO VERDE, contratar a ninguna persona o entidad como sub -contratista, para realizar toda o una parte de los servicios contratados. En caso los servicios a prestarse se realicen en las instalaciones de CERRO VERDE, EL CONTRATISTA deberá: Entregar a CERRO VERDE un Examen Médico de cada trabajador, incluyendo placas radiográficas de tórax y resultados de análisis de sangre y orina, que acredite su aptitud para desarrollar los trabajos contratados, documento que será fiel reflejo de los resultados de los exámenes practicados. Presentar oportunamente la relación de su personal para la expedición de los pases de ingreso a las instalaciones del Asiento Minero. Asumir el costo de viáticos, traslados internos y externos, alimentación, atención médica e implementos de seguridad de su personal. Nombrar un supervisor quien se encargará de coordinar con el personal de EL CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la correcta ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta servicios contratados. Contar con recursos económicos propios que garanticen el pago de obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores desplazados a las instalaciones de CERRO VERDE. Proporcionar a CERRO VERDE, a simple requerimiento de éste, copia de las boletas de pago y liquidaciones respectivas, que acredite el cumplimiento de obligaciones laborales y seguridad social de sus trabajadores desplazados a las instalaciones de CERRO VERDE. En caso los derechos e indemnizaciones por servicios comprendan excavaciones o movimiento de tierras, en las que se detecten indicios de restos arqueológicos, EL CONTRATISTA deberá detener y paralizar la ejecución de los trabajos inmediatamente, informando al administrador del contrato y al supervisor de medio ambiente de CERRO VERDE. SEGUROS En caso EL CONTRATISTA utilice vehículos para la prestación del servicio /obra contratada, tanto para el traslado interno como externo de su personal, tales conceptos. El vehículos deberán contar con Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito SOAT En caso los servicios contratados deban ejecutarse en las instalaciones de CERRO VERDE, EL CONTRATISTA será responsable deberá presentar antes del inicio del servicio /obra, copia del último recibo de toda reclamación relativa a pago del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (cobertura prestaciones de salud y económicas) de los trabajadores que prestarán servicios en la propiedad intelectual, industrial y comercialUnidad de Producción Cerro Verde, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra acuerdo a lo dispuesto por la C.T.M. con fundamento en la infracción Ley 26790 y D.S. Nro. 003-98-SA. Así mismo estos recibos deberán presentarse mensualmente al Área de las obligaciones prescritas en Abastecimiento. CERRO VERDE asumirá el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia costo de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada contratación de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después una póliza de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de responsabilidad civil que cubrirá los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan pudiese ocasionar EL CONTRATISTA a terceros, como consecuencia de conformidad con los servicios contratados a ser ejecutados en las instalaciones de CERRO VERDE. En caso EL CONTRATISTA sea responsable de algún incidente de seguridad incurrido en la prestación de los servicios contratados, y que hayan producido daños y perjuicios en agravio de CERRO VERDE (sus propiedades o trabajadores), personal de EL CONTRATISTA, subcontratistas, ó terceros EL CONTRATISTA deberá reembolsar a CERRO VERDE la prima y el correspondiente Pliego deducible de Condiciones Particulares. Lo dispuesto la póliza de responsabilidad civil, que fueron contratados por CERRO VERDE, de acuerdo a lo señalado en esta Condición es independiente el párrafo anterior .En ese sentido, CERRO VERDE quedará facultada a descontar dichos montos, de las reservas facturas que se encuentren pendientes de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares pago a favor de la C.T.M. EL CONTRATISTA. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por seguros antes mencionados no cubran íntegramente los daños y perjuicios ocasionadoscausados, EL CONTRATISTA se obliga a asumir por su cuenta y riesgo todos los gastos que irroguen la reparación del daño producido.

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALFirmar el contrato de seguro, INDUSTRIAL Y COMERCIAL en el que se determinarán los derechos y obligaciones de las partes. Desarrollar el contrato, con estricta sujeción a las prescripciones del presente Pliego y del de Prescripciones Técnicas, al contrato que se suscriba por las partes y a las instrucciones específicas dictadas por el Ayuntamiento, así como a la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. Establecer y mantener los medios suficientes para garantizar la correcta ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. El CONTRATISTAAyuntamiento queda totalmente ajeno a las relaciones contractuales, incluidas las laborales, que el adjudicatario mantenga para utilizar materialescumplir el objeto del contrato. Asumir todas las obligaciones, procedimientossociales, programas informáticos laborales y equipos fiscales derivadas de su actividad. Designar un representante ante la Administración con poder y capacidad bastante para obligarse en nombre de la Entidad Aseguradora. Observar, respecto de los extremos relativos al objeto del contrato y a los datos conocidos con ocasión del mismo, el más estricto secreto profesional. El contratista garantizará el cumplimiento de este deber xx xxxxxxx profesional por parte de su personal. Prestar al Ayuntamiento de Eibar, sin derecho a contraprestación o indemnización económica suplementaria, los servicios profesionales que se estimen necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato, tales como asistencia a reuniones de trabajo o informativas. Abonar las indemnizaciones reconocidas o establecidas en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial, siempre y cuando las mismas se ajusten a lo establecido en la póliza así como la Ley de Contrato de Seguro. Responder de los daños y perjuicios que se causen a terceros en la ejecución del Contratocontrato. Informar al Ayuntamiento de Eibar sobre la siniestralidad experimentada durante la vigencia de la póliza, deberá disponer sobre las provisiones constituidas por la Aseguradora para hacer frente al pago de las cesionesindemnizaciones derivadas de las reclamaciones presentadas, licenciasasí como sobre las cantidades efectivamente abonadas por tal concepto. Dicha información se remitirá trimestralmente. En su caso, permisoscomunicar al Ayuntamiento de Eibar la fusión o escisión de la Compañía Aseguradora. A tal fin, autorizaciones y derechos necesarios la Compañía adjudicataria enviará al Ayuntamiento una copia de la correspondiente Orden de la Dirección General de Seguros autorizando la realización de este tipo de operaciones. Designar, a su xxxxx, un Corredor de Seguros, que estará obligado a la prestación de los titulares servicios de las patentes, modelos, marcas de fábrica asesoramiento y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial asistencia al tomador y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial al asegurado o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.beneficiario

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De Los Seguros De: Todo Riesgo Daños Materiales, Responsabilidad Civil Y Patrimonial Y Seguro De Vehículos Automóviles Del Ayuntamiento De Eibar Por Procedimiento Abierto

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSerán obligaciones del contratista las siguientes: - La ejecución del contrato con arreglo al contenido determinado en el mismo, INDUSTRIAL Y COMERCIAL así como en este Pliego, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en su oferta. - El CONTRATISTAcumplimiento del plazo de entrega ofertado. - El cumplimiento del plazo de garantía ofertado. - La obtención, a su cargo, de cuantas licencias y permisos fuesen necesarios para utilizar materialesel ejercicio de su actividad. - El cumplimiento por todo el mobiliario e instalaciones propuestos de la normativa vigente en aquellas materias que resulten afectadas; especialmente respecto a las instalaciones la normativa vigente sobre instalaciones eléctricas e instalaciones de gas y redes de agua y saneamiento. - La retirada y gestión de los productos del mobiliario actualmente existente a desinstalar de conformidad a lo previsto en el presente pliego y en los pliegos técnicos. - La obediencia de las instrucciones dadas por el responsable del contrato y por el personal técnico de XXXXXXX y la ejecución de las tareas objeto del contrato de manera coordinada con aquél, procedimientosdebiéndole mantener informado de manera continua. - La satisfacción de cualesquiera gastos que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato incluidos los fiscales, programas informáticos tasas y equipos gravámenes según las disposiciones vigentes. - La constitución de la garantía definitiva, con arreglo a la Cláusula 9ª del presente Xxxxxx. - El cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral y de Seguridad Social en relación con el personal que emplee en la ejecución prestación del Contratosuministro contratado. - El cumplimiento del deber de confidencialidad, deberá disponer con arreglo a la Cláusula 19ª del presente Xxxxxx. - El cumplimiento del suministro en el supuesto de huelga. Si no se garantizase dicho suministro, POLYMAT estaría facultada para promover los contratos precisos para cubrir el mismo, deduciéndose de su facturación el importe de los referidos contratos. Durante el período de huelga, se abonará únicamente el precio correspondiente a los suministros efectivamente realizados. - La sustitución del personal, cualquiera que sea la labor que realice y el tiempo de duración de la misma, en el supuesto de que no cumpliera su función con la debida diligencia y eficiencia, no estuviese capacitado, fuese poco cuidadoso en el desempeño de los suministros o cometiese actos perniciosos para la buena marcha del contrato. Ello en el plazo máximo de veinticuatro horas desde el requerimiento que efectúe POLYMAT a tal fin. Las sustituciones de personal no implicarán responsabilidad alguna para POLYMAT respecto de las cesionesrelaciones del contratista con el personal afectado. - El remplazo del personal para cubrir las ausencias de trabajo ocasionadas por bajas por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias, permisosaccidentes, autorizaciones y derechos necesarios etc., garantizando la prestación efectiva de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptossuministros contratados. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. Ello en el plazo que prudencialmente se le fije y máximo de forma que veinticuatro horas. Las obligaciones previstas en la presente Cláusula tendrán el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientesartículo 223.f) del TRLCSP, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará siendo por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia tanto el incumplimiento de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan misma causa de conformidad con el correspondiente Pliego resolución del contrato, a voluntad de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosPOLYMAT.

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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas Que Habrá De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Negociado Con Publicidad, Para La Contratación Del Suministro De Mobiliario De Laboratorio E Instalaciones Necesarias

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer Sin perjuicio de las cesionesdemás obligaciones que se desprendan xxx xxxxxx de condiciones de la licitación pública que precedió la celebración del presente contrato y de las demás cláusulas que lo conforman, licenciasEL CONTRATISTA contrae en virtud del mismo las siguientes obligaciones: 1. Acreditar, permisosde conformidad con lo establecido en el artículo 50 xx xxx 789 de 2002 y la ley 828 de 2003, autorizaciones y derechos necesarios el cumplimiento del pago mensual de los titulares aportes de las patentes, modelos, marcas de fábrica sus empleados y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones trabajadores independientes, a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por tales conceptosel representante legal o revisor fiscal, sin perjuicio de la facultad del INTERVENTOR y/o de la DNDA de exigir los comprobantes correspondientes. El CONTRATISTA será responsable 2. Suministrar toda la información y documentos requeridos en el pliego de toda reclamación relativa condiciones como obligaciones posteriores a la propiedad intelectualaceptación de la oferta y cumplir con lo que en ellos se consigne. 3. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, industrial y comercialejecutando la obra contratada, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. acuerdo con fundamento en la infracción los planos, especificaciones de las obligaciones prescritas construcción y cantidades de obra previstas en el párrafo precedentepliego de condiciones y de acuerdo con los precios estipulados. 4. Realizar todas las pruebas requeridas a todas las redes de instalaciones y corregirlas, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen si es del caso, hasta la entrega a satisfacción a la C.T.M. por tal motivoInterventoría. Si como consecuencia 5. Ejecutar el objeto del contrato derivado de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. este proceso en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede aseguradoestablecido. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de 6. Suministrar todos los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse insumos en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que fechas indicadas en el propio cuerpo cronograma de suministros, para el cumplimiento del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido plazo de ejecución estipulado. PRE-PLIEGO – LICITACIÓN PÚBLICA Adquisición de bienes y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate servicios en la modalidad de desarrollo Selección a medida través de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.Licitación Pública OBRA CIVIL Adecuación Sede

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Samples: Contrato De Obra

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos EL CONTRATISTA se obliga a realizar la labor en la ejecución del Contratoforma acordada, deberá disponer empleando la mayor diligencia y cuidado, con observancia de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios normas legales e institucionales que sobre la materia contratada se encuentren vigentes. Especialmente se obliga: 1) Informar de los titulares avances, hallazgos y resultados obtenidos en los estudios realizados y acoger las recomendaciones emanadas en las sesiones semanales del comité técnico, en consenso y coordinación con la dirección y equipo interdisciplinario. 2) Orientar teórica y metodológicamente la propuesta de Fortalecimiento de Vigías y el Plan de Formación de Públicos. 3) Articular las propuestas temáticas, conceptuales, metodológicas y de trabajo con los vigías y comunidades asociados al tema de turismo, medio ambiente. 4) Realizar personalmente la labor encomendada, en consecuencia, no podrá ceder este contrato sin autorización de LA UNIVERSIDAD. 5) Mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones a que tenga acceso con ocasión del proyecto para el cual se le contrata. 6) A pagar los aportes al sistema de seguridad social en salud y pensiones que corresponda. PRODUCTOS A ENTREGAR: FORTALECIMIENTO DE VIGÍAS DEL PATRIMONIO: 1) Diagnóstico sobre fortalezas y debilidades de los vigías del patrimonio y Diseño metodológico del instrumento para el fortalecimiento de los vigías 2) Cuatro encuentros de capacitación a vigías del patrimonio. 3) Cartilla o guía de talleres que puedan ser replicadas con diferentes grupos sociales y usuarios de distintas edades. 4) Un encuentro de acompañamiento a la multiplicación por parte de los vigías del patrimonio. 5) Documento de sistematización de experiencias y un informe ejecutivo (final) 6) FORMACIÓN DE PÚBLICOS: Un documento con el Plan de Formación de Públicos. 7) Cuatro encuentros con la comunidad para trabajar los temas asociados a la formación de públicos. 8) Un encuentro de socialización con la comunidad como estrategias de socialización y divulgación de los resultados del inventario de arqueología industrial y ferroviaria y del museo ferroviario. SÉPTIMA.TERMINACIÓN. El presente contrato termina: 1) Por la expiración del plazo pactado. 2) Por determinación unilateral de cualquiera de las patentespartes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa avisando a la propiedad intelectualotra con treinta días de anticipación, industrial sin que haya lugar a indemnización de perjuicios. 3) Por dejarse de prestar el servicio sin justa causa por parte de EL CONTRATISTA. 4) Por incumplimiento de la obligación de afiliación y comercialcotización al régimen de seguridad social por parte de EL CONTRATISTA; para el efecto, de tal modo se considera incumplimiento que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen da lugar a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir terminación del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo contrato que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el EL CONTRATISTA no hubiere procedido presente, a la sustitución solicitud de los elementos correspondientesLA UNIVERSIDAD, la C.T.M. sin necesidad las constancias que acrediten el cumplimiento de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTAtales obligaciones. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosOCTAVA.

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Samples: Contrato Por Prestacion De Servicios Codigo

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl Contratista, INDUSTRIAL Y COMERCIAL en desarrollo de la cláusula primera del presente contrato se obliga para con El CONTRATISTAContratante, a prestar los siguientes servicios: PARAGRAFO PRIMERO: servicios exequiales: A). Trámites legales y notariales, traslado del cuerpo, tratamiento y conservación del cuerpo, cofre fúnebre, sala de velación con su equipo, carteles, arreglo floral, misa de exequias o rito ecuménico, carroza con cinta impresa, buseta para utilizar materialesacompañantes. B). SERVICIO DE INHUMACIÓN: Lote en alquiler en parque cementerio ó bóveda en asignación cementerio distrital, procedimientosimpuestos municipales, programas informáticos apertura y equipos cierre del lote ò bóveda, oficio religioso, placa memorial, exhumación, urna para los restos, osario. C) SERVICIO DE CREMACIÓN: cremación, oficio religioso, urna para las cenizas y cenizario. PARÁGRAFO SEGUNDO.- Si al momento de la utilización del plan, el usuario desea modificar cualquiera de los servicios garantizados o tomar un servicio adicional no ofrecido en este contrato, podrá solicitar dicho cambio ò servicio adicional pagando el excedente que implique la ejecución modificación, sin responsabilidad alguna por parte de El Contratista. La prestación de los servicios contratados no afectará seguros, auxilios, etc. a los que El Contratante o las personas designadas por éste tenga derecho por otro concepto. La no utilización de alguno o algunos de los servicios contratados no dará lugar a compensación alguna, perdiéndose el derecho. PARÁGRAFO TERCERO.-En el caso de existir posibles eventualidades que no permitan la prestación del Contratoservicio en las condiciones aquí señaladas, deberá disponer como por ejemplo fuerza mayor, caso fortuito, problemas de orden público, lugares donde no existan funerarias o lugares de difícil acceso, ocupación total de las cesionessalas de velación, licenciasentre otras, permisos, autorizaciones se reconocerá una suma de $500.000 en cheques sodexo previa autorización del Contratista para ello y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica presentando la documentación legal que compruebe el fallecimiento. a) EL COMPRADOR y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa sus familiares podrán hacer uso del servicio a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia partir de la citada reclamación fecha de inicio de la C.T.M. quedara privada de su propiedadvigencia del contrato, utilización si el fallecimiento es por muerte accidental homicidio o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún suicidio. Para muerte natural a los 90 días después de la Recepción Definitiva del material inscripción. Muerte por enfermedades graves como cáncer o servicio, la sustitución total y sida enfermedades terminales a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor 180 días después de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de éstainscripción. Los posibles tributos derivados afiliados y los beneficiarios deben gozar de buena salud al momento de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTAafiliación. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.QUINTA.-

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Exequiales a Clientes Virtuales

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEL CONTRATISTA de acuerdo con lo estipulado por la normatividad interna de la Universidad xx Xxxxxx, INDUSTRIAL Y COMERCIAL manuales, normas y leyes aplicables al ejercicio de la contratación, deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 1. Ejecutar, Controlar y verificar la construcción del proyecto objeto del contrato velando por los intereses de la Universidad xx Xxxxxx, atendiendo criterios de menor costo, menor tiempo y mayor calidad. Para el manejo técnico, administrativo y de control presupuestal del contrato de obra aplicará la planeación, organización, procedimientos y metodología referentes al manejo, trámite y cumplimiento de las actividades durante la ejecución y liquidación del contrato de obra y cierre del contrato, de acuerdo con lo requerido por la Universidad xx Xxxxxx. El CONTRATISTACONTRATISTA constatará su legalización, conocerá y accederá a los documentos inherentes a su realización y constituirá las garantías que correspondan. 2. Cumplir a cabalidad con el objeto DEL CONTRATO DE OBRA, observando en todo momento, el régimen de contratación; acatando la Constitución, la Ley y demás normas pertinentes. 3. Responder por el pago de los tributos que se causen o llegaren a causarse por la celebración, ejecución y cierre del contrato de obra. 4. Verificar que sean adoptados las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas, industriales y de seguridad y salud en el trabajo, necesarias para no poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, y garantizar que así lo hagan, igualmente, sus subcontratistas y proveedores. 5. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, que se encuentra al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar, cuando corresponda. 6. Tomar todas las medidas de seguridad, para garantizar la estabilidad de las obras o edificaciones existente, redes en general, y garantizar el normal funcionamiento de las mismas. 7. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios de la Universidad o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo. 8. Cumplir con la disponibilidad de recursos de personal, materiales y equipos, de acuerdo con las mínimas requeridas en las reglas de participación, y el contrato suscrito, especificaciones del contrato y la propuesta presentada. 9. Modificar de ser necesario, los procedimientos o equipos de construcción y la disposición de medidas que considere necesarias por razones de seguridad, riesgo de perjuicios o para garantizar la buena calidad, uniformidad y correcta ejecución de las obras. 10. Impedir que permanezcan al lado de las demoliciones, materiales sobrantes de las mismas o de las labores de limpieza. Por lo tanto, el transporte de estos deberá cumplirse en forma inmediata. Dichos materiales deberán ser transportados a las zonas de desechos propuestas por el contratista y aprobados por el INTERVENTOR y/o SUPERVISOR y autorizados por la autoridad ambiental pertinente. 11. Suscribir una bitácora diariamente (libro de obra), en donde se llevará una memoria de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos. Entre otras circunstancias, se deberá registrar la visita de funcionarios que tengan relación con la ejecución del proyecto. Esta memoria deberá firmarse por el director o el residente de obra y por el interventor y/o supervisor y debe encontrarse debidamente foliada. 12. Estar dispuesto con la periodicidad que establezca la Universidad a reuniones del comité de obra a las cuales deberá asistir el director de obra y el residente de obra, para analizar el estado de los trabajos. El comité de obra es una reunión operativa para controlar el avance de la obra, de la cual se levantará el acta correspondiente, que deberá suscribirse por quienes en ella intervinieron. 13. Firmar el acta de inicio del contrato de obra. 14. Realizar la implantación del proyecto. 15. Elaborar las memorias de cantidades de obra para el soporte de actas de pago o de avance de obra. 16. Elaborar, Xxxxxxx y tramitar los planos récord del contrato y/o las memorias técnicas, para el soporte de actas de pago y liquidación del contrato, documentos que deberán ser entregados en físico y en medio digital en formatos adecuados según sea el caso. 17. Ejercer vigilancia permanente, mediante la inspección de los trabajos en progreso, para asegurar que se cumpla con los requerimientos de las normas, especificaciones técnicas y procedimientos establecidos. 18. Advertirá por escrito y oportunamente a la Universidad sobre asuntos que requieran atención o cambios, mediante notas de campo, con eventuales medidas correctivas o anotaciones en el libro de obra (bitácora). 19. Ejercer control sobre las obras, con el fin de garantizar que se ejecuten en los sitios, cantidades, materiales y con los procedimientos establecidos. 20. Tomar el registro fotográfico de los sitios o lugares donde se desarrollarán las obras antes y después de ejecutadas, al igual que un registro fotográfico del proceso de la ejecución de la obra. 21. Evaluar los registros e informes diarios producidos por su residente de obra (de requerirse) en los diferentes frentes de trabajo. Se efectuarán los análisis de los aspectos que requieran atención por parte del contratista y se darán las instrucciones pertinentes. 22. Mantener los frentes de trabajo conforme con lo solicitados en las reglas de participación y en el contrato respectivo suscrito. 23. Velar por el cuidado, la custodia y disposición de los materiales o infraestructura física suministrados por la Universidad y velar por el cumplimiento de la normatividad y las especificaciones técnicas. 24. Ejecutar las obras de acuerdo con los planos y especificaciones técnicas suministrados por la Universidad y utilizar los materiales o procedimientos adecuados. 25. Efectuar el control de calidad de los materiales y procesos constructivos utilizados en la obra mediante ensayos de campo y de laboratorio debidamente acreditados y certificados con registros de calibración según las normas vigentes, de acuerdo con las especificaciones técnicas. Para el efecto, se deberá suministrar oportunamente las pruebas de laboratorio que sean necesarias para garantizar el cumplimiento de los diseños y especificaciones técnicas acordadas. Los costos de las muestras y ensayos de laboratorio serán por cuenta del contratista de obra. A la cuenta mensual correspondiente se deberá adjuntar copia de los resultados de los ensayos de laboratorio llevados a cabo. 26. Los ensayos deberán ser hechos a los siguientes materiales: Concreto (cilindros y núcleos), procedimientospintura, programas informáticos ladrillos, bloques, y equipos todos aquellos que la interventoría o la supervisión estime convenientes. 27. Pactar con la Universidad los precios de las actividades o ítems no previstos para la adecuada ejecución de la obra. 28. Conocer y aplicar todas las normas vigentes además de las reguladas por la NSR-10 y sus adendas que rigen las obras. En caso de no encontrarse estipuladas en el contrato respectivo, deberá informar oportunamente a LA UNIVERSIDAD XX XXXXXX para solicitar la debida modificación al mismo. 29. Verificar que la ejecución de obra se ajuste, en especial, a lo establecido en los siguientes documentos y disposiciones: o Planos y especificaciones técnicas. o Legislación ambiental municipal y nacional. o Legislación de seguridad industrial y salud y seguridad en el trabajo. o Legislación de tránsito vehicular y peatonal. o Normas de sismo resistencia. o Normatividad vigente a nivel nacional para la movilización de maquinaria y equipo pesado, impuesta en este tipo de obras por la entidad competente. 30. Garantizar el cumplimiento del pago de salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones y demás obligaciones laborales a cargo del contratista de obra, así como de las obligaciones parafiscales del personal vinculado en la ejecución del Contratocontrato para la construcción de la obra. 31. Cumplir con los documentos que antecedió la celebración del contrato de obra, las hojas de vida, con sus soportes, del personal que intervendrá en la ejecución de dicho contrato, así como la de aquel que reemplace al existente. La interventoría y/o supervisión podrá rechazar las hojas de vida puestas a su consideración, entre otras circunstancias, cuanto el personal que pretenda vincular o contratar el contratista haya participado en la elaboración de los estudios, diseños y proyectos que tengan relación directa con el objeto del contrato de obra. 32. El contratista de obra deberá disponer proveer una dirección competente y emplear personal técnico y/o profesional, según corresponda, en cada frente de trabajo de conformidad con lo establecido en las reglas de participación. 33. Llevar un registro diario de las cesionesactividades ejecutadas, licencias, permisos, autorizaciones del personal y derechos necesarios de los titulares equipos empleados en cada frente de trabajo y otros aspectos relevantes de la ejecución del contrato de obra. 34. llevar un registro diario del clima con el aval de interventoría y/o supervisión. 35. Verificar y asegurar que el personal del contratista de obra, para su protección, mantenga durante el tiempo de trabajo una dotación adecuada a la labor desempeñada, así como los elementos de seguridad industrial y sanitaria necesarios para la ejecución de las patentes, modelos, marcas actividades. 36. Elaborar y verificar el desarrollo del programa de fábrica panorama de riesgos laborales presentado para la ejecución del contrato de obra. 37. El contratista de obra deberá establecer y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta controlar las medidas necesarias para el pago manejo de los derechos e indemnizaciones campamentos, materiales y del mantenimiento de la sanidad y el orden en ellos y en todos sus trabajos. Con tal fin, podrá emplear vigilantes o inspectores, según corresponda. Los costos deberán estar incluidos en el valor de los costos indirectos del contrato y La Universidad Xx Xxxxxx, en ningún caso reconocerá suma alguna adicional. 38. Formular, ejecutar y monitorear el plan de manejo ambiental y velar por tales conceptoslas buenas condiciones de aseo y seguridad de cada una de las obras. El CONTRATISTA será responsable 39. Informar inmediatamente se tenga conocimiento y por escrito al interventor y/o supervisor de toda reclamación relativa la ocurrencia de situaciones constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten o puedan afectar la adecuada ejecución del contrato y recomendar la actuación que debe proceder. 40. Consultar a la propiedad intelectualUNIVERSIDAD XX XXXXXX las inquietudes de orden legal que se presenten en relación con la ejecución del contrato. 41. Suscribir el acta de inicio de ejecución del contrato de obra, industrial así como las actas de suspensión, reiniciación, terminación del contrato, recibo final y comercial, liquidación. Para efectos del acta de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento liquidación el contratista deberá participar en la infracción determinación de las obligaciones prescritas cantidades finales de obra ejecutada, en la verificación de corrección de defectos, en la adecuación final de las zonas de las obras y actualizar la constitución de las garantías que correspondan. 42. Asistir con su equipo profesional técnico, administrativo y contable y de seguridad en el párrafo precedentetrabajo cuando la Universidad así lo requiera, asumirá a las reuniones que se celebren en el sitio de ejecución de las actividades o en las instalaciones de La Universidad xx Xxxxxx o en los sitios indicados por la Universidad relacionadas con los trabajos objeto de la obra y suscribirlas actas correspondientes. En todo caso los gastos de defensa judicial viaje y de transporte serán cubiertos por el contratista en su totalidad. 43. Participar en la elaboración de las actas parciales de obra, con base en la verificación directa en el sitio de la obra y la confrontación de las pre-actas suscritas. Dichas actas deberán ser presentadas con el respectivo soporte de memorias de cálculo de cantidades de obra en formato dwg y pdf, al igual que la memoria de cálculo matemático donde se aprecie la coherencia con los planos presentados. Estas actas deberán ser avaladas por la interventoría y/o extrajudicial supervisión. 44. Presentar los informes requeridos por la Universidad. 45. Poner a disposición y suministrar toda la información solicitada al comité de veeduría ciudadana y a todos los entes interesados en conocer el desarrollo normal de la obra con base en el principio de transparencia de la administración pública. 46. Contar con todos los protocolos de bioseguridad, como lo especifiquen las resoluciones emitidas por el Ministerio de Salud y Protección social y/o los decretos de las entidades de orden Departamental o Municipal. 47. Cumplir el protocolo de bioseguridad, obligación que se ocasionen hace extensiva a sus trabajadores y proveedores. 48. Capacitar, implementar, adoptar y garantizar todas las medidas de bioseguridad contenidas en el documento aprobado como protocolo de bioseguridad. 49. El Contratista a través de la persona encargada de implementar el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SGSST) debe dotar todos los elementos de protección al personal (EPP) a su cargo para garantizar la bioseguridad en la obra. 50. El Contratista debe conocer y cumplir con el protocolo de bioseguridad adoptado por la Universidad xx Xxxxxx 51. Asumir el valor, por concepto de protocolo de bioseguridad, su implementación, la adquisición y suministro de elementos de bioseguridad para sus trabajadores, siendo responsable de lo que se derive, excluyendo a la C.T.M. por Universidad de tal motivoobligación. Si como consecuencia 52. El contratista deberá mantener el personal mínimo requerido y el porcentaje de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si dedicación durante toda la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoscontrato.

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Samples: Contrato De Obra

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl contratista será el único responsable por la ejecución del contrato y por los recursos utilizados para este fin (humanos, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAequipo, para utilizar maquinaria y materiales). En el mismo sentido, será responsable por toda pérdida, gasto y reclamo por pérdidas o daños y perjuicios sufridos por los bienes materiales, procedimientos, programas informáticos lesiones y equipos muerte que se produzcan como consecuencia de sus propios actos u omisiones en la ejecución del Contratocontrato que se suscribiere. Si el contratista cometiere imprecisiones o errores en la realización de trabajos objeto de esta contratación, deberá disponer corregir, rectificar, complementar o reponer los trabajos que resultaran defectuosos, asumiendo todos los costos en que deba incurrir. El contratista deberá cumplir con lo establecido en la Directriz No. 29 de fecha 10 de julio de 2001, publicada en el Diario Oficial La Gaceta del día 10 xx xxxxxx de 2001, sobre el deber ineludible de las cesionesempresas contratantes con el Estado de cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios teniéndose su inobservancia como causal de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosincumplimiento del contrato respectivo. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas contratista deberá contar en el párrafo precedente, asumirá los gastos momento de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad ejecución contractual con el correspondiente Pliego de Condiciones Particularespersonal técnico necesario en número y calidad, que garantice el correcto y oportuno cumplimiento del objeto contractual. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”que el contratista haya ofrecido personal profesional extranjero deberá presentarse la certificación sobre la inscripción y estar al día con las obligaciones del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos xx Xxxxx Rica (CFIA), en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles una vez firme el CONTRATISTA declarará expresamente acto de adjudicación. Se podrá admitir la sustitución de personal con calidades iguales o superiores a los ofrecidos. El contratista deberá gestionar la adquisición de un cuaderno de Bitácora ante el Colegio Federado de Ingenieros y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales Arquitectos xx Xxxxx Rica (CFIA). El costo de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán este cuaderno correrá por cuenta del CONTRATISTAcontratista. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante El uso de la ejecución bitácora se hará de acuerdo con las disposiciones del servicio contratado se produjera cualquier tipo reglamento que el CFIA exige a los responsables de averías, interferencias o perturbaciones las obras de ingeniería en construcción y deberá ser entregada a la Unidad de Supervisión en la fecha estipulado como orden de inicio; por lo que sin la entrega de ésta el proyecto no dará inicio con las consecuencias sancionatorias de inicio tardío de la obra. El contratista será el responsable de que su personal técnico y profesional esté presente en el normal funcionamiento proyecto, de todo tipo conformidad con las siguientes reglas: Ingeniero residente: deberá ser ingeniero civil o profesión equivalente, con grado académico mínimo de serviciolicenciatura, aparatos e instalacionescon la experiencia mínima de 3 (tres) años después de su incorporación al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos xx Xxxxx Rica (CFIA), especialmente si son específicamente en la construcción, reconstrucción, mejoramiento, rehabilitación y/o mantenimiento de seguridadobras viales. Superintendente o capataz de obra deberá ser técnico en construcción o equivalente con una experiencia mínima de 3 (tres) años o en su defecto capataz de obra (empírico) con una experiencia mínima de 5 (cinco) años, imputables específicamente en la construcción, reconstrucción, mejoramiento, rehabilitación y/o mantenimiento de obras viales. Deberá tener el apoyo de un laboratorio de autocontrol, que deberá contar con al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por menos un ensayo acreditado de los daños y perjuicios ocasionadosrequeridos en las especificaciones especiales ante el Ente Costarricense de Acreditación (ECA).

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL1. Entregar los equipos médicos objeto del contrato, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas. 2. Los equipos deberán realizar el ingreso por el área xx xxxxxxx previa revisión del técnico asignado a dicha área. 3. Realizar la instalación de los equipos después del ingreso al área xx xxxxxxx 4. Realizar inducción y acompañamiento al personal del servicio que va a realizar el manejo de los equipos. 5. Garantizar la calidad de los equipos biomédicos. 6. Entregar los manifiestos de importación para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos los equipos que así lo requieran al momento de la recepción en el área xx xxxxxxx 7. Entregar garantía de los equipos biomédicos mínima de un (01) año y garantizar el cambio de los equipos en caso xx xxxxx. 8. Entregar los manuales de usuarios y del servicio que deberán ser en idioma español. 9. Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos por el tiempo de la garantía de los mismos. 10. Entregar el manifiesto de Importación, al igual que el registro Invima. 11. Cumplir con los ofrecimientos propuestos en su oferta, la cual formara parte integral del contrato. 12. Entregar los documentos de los equipos médicos debidamente legalizados según normatividad vigente 13. Ejecutar el objeto del contrato derivado de este proceso, en el plazo establecido. 14. Xxxxxxx con oportunidad las solicitudes que realice el CONTRATANTE, mediante un funcionario calificado, quien además deberá disponer de los medios que garanticen la oportuna y fácil comunicación de los requerimientos solicitados por la empresa. 15. Asignar una persona con experiencia para coordinar, la dirección, ejecución seguimiento y evaluación del objeto contractual, en forma autónoma. 16. Responder en forma oportuna por el pago de salarios, prestaciones, indemnizaciones compensaciones o su similar, a favor del personal que excepcionalmente ocupe en razón a la ejecución del Contratopresente contrato, deberá disponer pues es entendido que entre estos y la ESE- Hospital San Xxxx xx Xxxx xx Xxxxxxxx, no existe ni existirá ningún vínculo de carácter laboral. 17. Pagar los impuestos que se deriven de este Contrato en la cuantía prevista por la ley y con los requerimientos de orden tributario que según las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones normas le corresponde cumplir al contratista para el ejercicio de la actividad contratada. 18. Cumplir las demás especificaciones y derechos necesarios obligaciones establecidas en el presente término de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta Condiciones. 19. Brindar el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa apoyo necesario a la propiedad intelectualEMPRESA, industrial para que el objeto del contrato se cumpla y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia este sea de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir mejor calidad. 20. Acatar las observaciones que durante el desarrollo del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente contrato se le fije impartan, y de forma manera general obrará con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y en trabamientos que pudieran presentarse. 21. Cumplir con los aportes obligatorios relacionados con el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución sistema integral de los elementos correspondientesseguridad social, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con lo establecido en el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor artículo 50 de la C.T.M. En ley 789 de 2002, en concordancia con el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados artículo 1º de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTAley 828 de 2003. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante 22. Cumplir con los aportes a riesgos profesionales conforme lo establecido en la ejecución del servicio contratado ley 1562 de 2012 y normatividad vigente. 23. Suscribir las actas que se produjera cualquier tipo generen en desarrollo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosrelación contractual.

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAde conformidad con el artículo 212.2 del TRLCSP. La entidad adjudicataria garantizará que ostentan la propiedad intelectual de los contenidos de las acciones a impartir, para utilizar materialeshaciéndose responsable de las indemnizaciones que procedan respecto de los autores y de la indemnización mínima equivalente al 100% del valor de las actividades contratadas con el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx en concepto de daño a su imagen. Asimismo, procedimientos, programas informáticos y equipos la adjudicación conlleva la autorización de que el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx pueda usar con plenitud de derecho los contenidos de los cursos en cualquier actividad ejecutada por la misma. Sin perjuicio de las obligaciones contenidas en la ejecución normativa que resulta de aplicación, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en este documento, existen las siguientes: Prestar el servicio con la continuidad y la regularidad exigibles, en la forma que determinen los Pliegos reguladores y la oferta del Contratoadjudicatario y en concordancia con las instrucciones que dicten los servicios municipales del Ayuntamiento, deberá disponer y de las cesionesacuerdo con la legislación vigente. Son de cuenta del adjudicatario, licenciaslos gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta así como el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosimpuestos y arbitrios de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse. El CONTRATISTA será La empresa no podrá utilizar el nombre del Ayuntamiento en sus relaciones con terceras personas a efectos de facturación de proveedores, o cualquier otra que puedan tener con personas a su servicio, siendo la única responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas que contraiga con ocasión de suministros o servicios de cualquier clase. Todos los documentos generados en el párrafo precedente, asumirá los gastos marco de defensa judicial o extrajudicial este servicio de formación que se ocasionen realicen, serán propiedad del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx para su utilización en el ámbito del Proyecto de Regeneración Socioeconómica de la Zona Sur xx Xxxxx. La entidad adjudicataria podrá hacer uso de los mismos, ya sea como referencia o como base de futuros trabajos siempre que cuente para ello con la autorización del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. Los requisitos exigidos para presentarse a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia licitación habrán de mantenerse durante toda la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedadvida del contrato, utilización o uso, podrá reservándose el Ayuntamiento el derecho a exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicioen cualquier momento, la sustitución total y a xxxxx presentación de éste algunos de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosdocumentos.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Regulador De La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del "Servicio De Formación a Técnicos De Intervención Social Y a Asociaciones

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALa) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los Equipos Biomédicos del sanatorio de Contratación E.S.E. c) Elaborar el plan de Mantenimiento Hospitalario del Sanatorio de Contratación E.S.E. para la vigencia 2017. d) Elaborar y actualizar el inventario de los Equipos Biomédicos de manera digital y de fácil acceso. e) Elaborar la base de datos de los equipos Biomédicos existentes en la Entidad clasificándolos por el riesgo, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El marca, modelo, serial y demás datos necesarios. f) Actualizar las hojas de vida de los Equipos Biomédicos de manera física y digital. g) Elaborar y presentar el cronograma y plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los Equipos Biomédicos de manera física y digital. h) Apoyar en la inscripción ante el INVIMA para el programa de Tecno- vigilancia del Sanatorio de Contratación E.S.E. I) Apoyar en la Implementación del programa institucional de Tecno- vigilancia y creación del manual de tecno- vigilancia. j) Elaborar el protocolo de adquisición y disposición final de los equipos biomédicos. k) Apoyar en la realización de los protocolos, procedimientos para dar de baja equipos que ya cumplieron su vida útil. l) Prestar apoyo en la elaboración del protocolo de limpieza y desinfección de los Equipos Biomédicos. m) Brindar apoyo y asesoría para la formulación de la compra de sustancias químicas para el proceso de limpieza y desinfección de los equipos Biomédicos y así mismo brindar capacitación al personal asistencial y Trabajadores Oficiales para el buen manejo de dichas sustancias químicas. n) Realizar capacitación Bimensual al personal asistencial (médicos, auxiliares de enfermería, bacteriólogo, fisioterapeuta, odontóloga, auxiliar de odontología, y auxiliares de fisioterapia), que manipula los equipos biomédicos de la institución y retroalimentación, cuando fuere necesario al personal nuevo asistencial en el manejo de los equipos biomédicos y aquellos que cambian de área en la manipulación de equipos biomédicos presentando informe de actividades de capacitación y planillas de asistencia. o) Asistir o estar dispuesto mediante comunicación electrónica, telefónica en eventos que se requieran de forma extraordinaria en ocasión de un mantenimiento correctivo o de brindar las instrucciones para el buen funcionamiento de un equipo prioritario en los servicios de la entidad. p) Ejecución del Plan anual de mantenimiento preventivo del equipo biomédico por parte del CONTRATISTA, para utilizar materialescon dos visitas mensuales, procedimientoses decir, programas informáticos asistir dos (2) días cada quince (15) días al Sanatorio de Contratación E.S.E. q) Entrega de informes y equipos en reportes mensuales de acciones preventivas y de avance del Plan de Mantenimiento y los lineamientos establecidos por el Sistema de Gestión de la ejecución Calidad y por el INVIMA del Contrato, deberá disponer Sanatorio de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones Contratación E.S.E. r) Entrega de Informes trimestrales y derechos necesarios anual al INVIMA relacionado con el uso de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta la tecnología Biomédica. s) Estar al día con el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no ellos hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoslugar.

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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios Profesionales

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos a) Cumplir con el objeto y equipos en la ejecución especificaciones técnicas del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. contrato en el plazo que prudencialmente se le fije convenido. b) Realizar y registrar en el Software Institucional, las consultas especializadas de forma que el Medicina Interna. c) Presentar planillas de firmas o huellas como constancia de la prestación del servicio contratado quede aseguradomédico especializado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido d) Prescripción de fórmulas médicas acorde a la sustitución patología del paciente. e) Registrar en la historia clínica anamnesis, diagnóstico, laboratorios, plan de tratamiento y Recomendaciones de Auto-Cuidado y cambios de estilo de vida a los elementos correspondientespacientes que asisten a la consulta por Medicina Interna. f) Realizar la Orden y lectura de Exámenes de Laboratorio. g) Estar al día en los pagos de seguridad social Integral (Salud, la C.T.M. sin necesidad Pensión, Riesgos Laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. h) Tratar con calidad, calidez y oportunidad en las consultas médicas a los clientes externos e internos del Sanatorio de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia Contratación E.S.E. i) Entregar el informe de las penalizaciones e indemnizaciones por daños actividades ejecutadas. j) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA-IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y perjuicios que procedan se pagarán con recursos del Presupuesto General de Gastos Vigencia 2019, Rubro A.05.01.02.009.03.01 servicios de salud humana, de conformidad con el correspondiente Pliego Certificado de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.19-00378 de las reservas fecha 3 de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor julio de 2019 expedido por el Encargado de Presupuesto de la C.T.M. En Entidad. CLAUSULA OCTAVA–SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Prestación de Servicios Profesionales, será efectuada por el caso Coordinador del Programa Xxxxxx del Sanatorio de productos “software”Contratación E.S.E, el quien tendrá la atribución de exigir al CONTRATISTA declarará expresamente la ejecución idónea y bajo su responsabilidad oportuna del objeto contratado, verificando que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que cumpla con las especificaciones descritas en el propio cuerpo objeto del contrato mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se especifique otra cosaAdopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacionalademás de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.CLAUSULA NOVENA -

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Samples: Contrato De Prestacion De Servicios Profesionales

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos EL CONTRATISTA se obliga a realizar la labor en la ejecución del Contratoforma acordada, deberá disponer empleando la mayor diligencia y cuidado, con observancia de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios normas legales e institucionales que sobre la materia contratada se encuentren vigentes. Especialmente se obliga: 1) Informar de los titulares avances, hallazgos y resultados obtenidos en los estudios realizados y acoger las recomendaciones emanadas en las sesiones semanales del comité técnico, en consenso y coordinación con la dirección y equipo interdisciplinario. 2) Contribuir al trabajo en equipo asociado al diseño de las patentesguías y cartillas de formación de vigías de patrimonio y apoyo a los encuentros y talleres de capacitación en los temas legales asociados al patrimonio cultural, modelosterritorio y medio-ambiente. 3) Realizar personalmente la labor encomendada, marcas en consecuencia, no podrá ceder este contrato sin autorización de fábrica LA UNIVERSIDAD. 4) Mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones a que tenga acceso con ocasión del proyecto para el cual se le contrata. 5) Pagar los aportes al sistema de seguridad social en salud y “copyright” correspondientespensiones que corresponda. PRODUCTOS A ENTREGAR: 1) Soporte de documentación legal de titulación de predios e inmuebles asociados históricamente al ferrocarril de Antioquia (línea, corriendo equipamientos e infraestructura técnica) y al inventario industrial y ferroviario del trayecto objeto de estudio y su exclusiva cuenta el pago área de influencia. 2) Documento de apoyo a las tareas de formación de públicos y capítulo en la guía didáctica de fortalecimiento de vigías del patrimonio en los derechos e indemnizaciones por tales conceptosaspectos legales del ámbito cultural, territorial y ambiental asociados a la conservación del patrimonio industrial y ferroviario. 3) Registro de asistencia y participación activa en los talleres seis de formación de públicos y fortalecimiento de vigías del patrimonio. SÉPTIMA.TERMINACIÓN. El CONTRATISTA será responsable presente contrato termina: 1) Por la expiración del plazo pactado. 2) Por determinación unilateral de toda reclamación relativa cualquiera de las partes, avisando a la propiedad intelectualotra con treinta días de anticipación, industrial sin que haya lugar a indemnización de perjuicios. 3) Por dejarse de prestar el servicio sin justa causa por parte de EL CONTRATISTA. 4) Por incumplimiento de la obligación de afiliación y comercialcotización al régimen de seguridad social por parte de EL CONTRATISTA; para el efecto, de tal modo se considera incumplimiento que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen da lugar a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir terminación del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo contrato que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el EL CONTRATISTA no hubiere procedido presente, a la sustitución solicitud de los elementos correspondientesLA UNIVERSIDAD, la C.T.M. sin necesidad las constancias que acrediten el cumplimiento de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTAtales obligaciones. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosOCTAVA.

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Samples: Contrato Por Prestacion De Servicios Codigo

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALCumplir con todas y cada una de las Especificaciones técnicas establecidas en el presente pliego de condiciones, INDUSTRIAL Y COMERCIAL el cual hace parte integral del presente contrato, en la forma y requerimientos establecidos. El CONTRATISTAcontratista deberá entregar en funcionamiento las camas en el lugar indicado por el contratante en la sede del Hospital Local de Piedecuesta Son por cuenta del contratista los costos de trasporte e instalación de los muebles en la sede del contratante. correctivo; por dos años incluido el suministro de repuestos por defectos de fabricación o daños no imputables al mal uso, SIN COSTO ALGUNO PARA EL HOSPITAL. contractual e imputado a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. El contratista deberá mantener indemne al Hospital de cualquier reclamación de terceros que tenga como causa la actuación del contratista - Dar cumplimiento a las normas vigentes en relación con los aportes a pensión y salud; - Atender oportunamente los requerimientos que realice la supervisión; - Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal contratado para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contratocontrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta por causa o con ocasión del desarrollo del mismo; - Responder por el pago de los derechos e indemnizaciones impuestos tasas y/o contribuciones que se causen con ocasión de la celebración, ejecución y liquidación del contrato; - Prestar el servicio y/o entregar los bienes, cumpliendo con las especificaciones solicitadas, ofrecidas y contratadas. - Cambiar el bien o los bienes que llegaren a presentar imperfectos previa solicitud por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable escrito del supervisor del contrato, por otro completamente nuevo y de toda reclamación relativa a la propiedad intelectualiguales o superiores características, industrial y comercialdentro de los términos ofertados, de tal modo que o si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento es el caso prestar el servicio en la infracción de las obligaciones prescritas en forma pactada. - Las demás requeridas para el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir cabal cumplimiento del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosobjeto contractual.

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Samples: Pliego De Condiciones Definitivos

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos a) Cumplir con el objeto y equipos en la ejecución especificaciones técnicas del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. contrato en el plazo estipulado. b) Prestar el servicio de acuerdo a los términos establecidos por las correspondientes normas y reglamentos expedidos por el Ministerio de Minas y Energía y/o por la Autoridad competente, en el municipio de Contratación – Santander. c) El combustible que prudencialmente se le fije suministre debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por el Gobierno Nacional y descritas en el presente estudio previo. d) Garantizar el suministro de combustible tipo gasolina corriente, ACPM, aceites, grasas y lubricantes para las ambulancias de propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E las veinticuatro (24) horas del día, incluidos fines de semana y días festivos, en el municipio de Contratación – Santander. e) Garantizar la prestación del servicio de suministro normal del combustible en casos xx xxxxxx de energía y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido prelación a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa otros clientes en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos escasez de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que combustible en el propio cuerpo mercado, en el municipio de Contratación – Santander. f) Garantizar el suministro de los aceites, grasas y lubricantes en óptimas condiciones y de acuerdo a las referencias solicitadas, en el municipio de Contratación – Santander. g. Reportar en caso de cualquier novedad o anomalía de manera inmediata la situación al funcionario encargado de la Supervisión del contrato. h) Xxxxxx las directrices que durante el desarrollo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.le imparta la

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Samples: www.sanatoriocontratacion.gov.co

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSegún la cláusula tercera xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAson las siguientes: 1.- Prestar el Servicio siguiendo las directrices marcadas por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. 2.- Facilitar las labores de inspección y seguimiento que el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx podrá llevar a cabo en cualquier momento. 3.- Contar en su estructura organizativa con un departamento específico de Servicios. 4.- Proporcionar los medios materiales y humanos suficientes para atender el servicio objeto del contrato, asumiendo todos los costes derivados de la relación laboral de dicho personal que, en ningún caso, se considerará personal del Ayuntamiento xx Xxxxxx. 5.- Acreditar la solvencia profesional de todos sus trabajadores/as. 6.- Disponer de una sede social en el municipio xx Xxxxxx donde los/las coordinadores/as ejercerán su actividad con los recursos materiales y técnicos necesarios entre los que se incluirán, como mínimo, los siguientes sistemas de comunicación: teléfono, fax, correo electrónico. 7.- El/la responsable del Servicio por parte de la Empresa Adjudicataria deberá disponer de un teléfono móvil de contacto y estar disponible cuando sea requerido por los/as responsables municipales. 8.- Comunicar por escrito al Ayuntamiento xx Xxxxxx la identidad y titulación de todo el personal contratado por la Empresa para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contratopresente contrato. 9.- Los/as coordinadores/as de la empresa realizarán las visitas domiciliarias necesarias para garantizar un correcto seguimiento y control del funcionamiento del servicio. Dichas visitas se llevarán a cabo al comienzo de la prestación del servicio y en aquellos casos de especial necesidad de seguimiento motivado por la situación del/la usuario/a. 10.- Garantizar la contratación de personal convenientemente formado y reciclar o preparar técnicamente a sus trabajadores/as en materias propias del servicio que deben prestar, deberá disponer según lo establecido en la normativa que esté vigente en cada momento. 11.- Velar por el mantenimiento de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones una relación de respeto al/la usuario/a. 12.- Remitir a los Servicios Sociales municipales una Memoria Anual del desarrollo del servicio y derechos necesarios cuanta documentación le sea requerida por sus técnicos/as. 13.- Prohibir a sus trabajadores/as el recibo de cualquier gratificación o contraprestación económica por parte de los titulares usuarios/as. 14.- Impedir que sus trabajadores/as accedan y/o permanezcan en el domicilio del usuario/a cuando éste/a no se encuentre presente, salvo excepciones justificadas presentando la autorización pertinente por parte del beneficiario/a. 15.- Adoptar las medidas necesarias para favorecer la permanencia de sus trabajadores/as en la empresa con el fin de garantizar la continuidad de cada trabajador/a en el servicio asignado inicialmente evitando así la rotación o cambios frecuentes de personal en el mismo. 16.- La empresa no encomendará la prestación de un determinado servicio a un/a trabajador/a que tenga relación de parentesco con el usuario/a. 17.- Admitir la incorporación de alumnos/as en prácticas de formación, o alumnos/as – trabajadores/as de Programas que alternen Empleo y Formación siempre y cuando el/la usuario/a preste su consentimiento, no pudiendo en ningún momento estos/as alumnos/as o alumnos/as – trabajadores/as sustituir al personal en las patentes, modelos, marcas de fábrica funciones y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptostareas que son objeto del contrato. El CONTRATISTA 18.- La empresa adjudicataria será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá todos los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan por accidentes de conformidad toda naturaleza sean causados a terceros por los actos de su personal, o como consecuencia del desarrollo de los trabajos a que se refiere el presente contrato. A tal efecto, la empresa adjudicataria deberá tener concertada, al comenzar la prestación de los servicios, una póliza de seguros de responsabilidad civil, con el correspondiente Pliego una Compañía de Condiciones ParticularesSeguros legalmente constituida, en cuantía, al menos, de 600.000 euros; Una vez concertada la póliza, se notificará la misma por escrito al Ayuntamiento facilitando los datos de la Compañía Aseguradora y de la cobertura. Lo dispuesto 19.- La Empresa deberá contar con la Certificación UNE 158301:2007, "Servicios para la promoción de la autonomía personal. Gestión del Servicio de Ayuda a Domicilio” o, en esta Condición es independiente su defecto, con la Norma ISO 9.001/2008. 20.- La empresa destinará a la adquisición de ayudas técnicas para los/as usuarios/as tres mil euros (3.000,00 euros) por cada año de vigencia del contrato. La distribución de este dinero se realizará en función de las reservas necesidades detectadas por el Ayuntamiento xx Xxxxxx y se utilizarán para la adquisición del siguiente material: Alzas bidet Alzas bidet Cinturón de seguridad arnés Coderas antiescaras Asiento giratorio Dispositivos cambios posturales Asiento para bañera Elevador bañera Asiento para ducha Elevador inodoro Asiento para inodoro o bidet Grúa Barandillas abatibles cama Incorporador Taloneras antiescaras Mesa regulable en altura Butaca geriátrica Sábana pijama Dicho material será propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En Empresa Adjudicataria y podrá recuperarlo al finalizar el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoscontrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria De

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALCon una anticipación de 2 días hábiles al inicio del contrato, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos el adjudicatario deberá presentar en la ejecución del Contrato, deberá disponer Unidad de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones Seguimiento y derechos necesarios Ajuste la nómina de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de empleados afectados. Los empleados afectados al servicio deberán ser los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento indicados en la infracción de las obligaciones prescritas comunicación a Seguimiento y Ajuste, y los mismos no podrán ser cambiados sin previa notificación a dicha Unidad. Lo establecido en el párrafo precedenteanterior, asumirá los gastos es aplicable también para el caso de defensa judicial un alta. Ningún empleado, que no esté comprendido en dicha nómina, podrá realizar tareas para el servicio contratado. De surgir bajas o extrajudicial que se ocasionen incorporaciones de personal, siempre comprendida para el presente contrato, deberá comunicarse en forma inmediata a la C.T.M. por tal motivoUnidad S. y Ajuste, indicando las razones y la fecha del evento. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”bajas se nos deberá proporcionar la liquidación xx xxxxxx firmada por el empleado y planilla del BPS en la cual figure dicho evento. Los pagos se efectuarán una vez verificada por parte xx XXXXX la correcta liquidación de haberes y pagos de aportes previstos, u otros actuales o futuros establecidos por el CONTRATISTA declarará expresamente marco legal vigente, para lo cual el Adjudicatario deberá presentar en la Unidad S. y bajo su responsabilidad Ajuste todos los comprobantes de pago correspondientes, en las condiciones y forma que posee se solicite. La documentación probatoria, relacionada con la liquidación de sueldos, deberá presentarse hasta el día 20 del mes siguiente de prestado el servicio. Si la firma adjudicataria no da cumplimiento a este requerimiento, X.X.Xxx. no se hará responsable de la conformidad y pago del servicio correspondiente, dentro del pago contractualmente convenido. La información deberá comprender además, por empleado, la cantidad de horas que realice en X.X.Xxx.. La Administración tendrá el derecho de ejercer todos los derechos actos de propiedad control tendientes a comprobar el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad por parte de la adjudicataria, quien será la única responsable en el cumplimiento de las obligaciones correspondientes o los derechos legales a las leyes sociales del personal provisto así como de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de todas las que la C.T.M. así ley y reglamentación vigente o futura pone a cargo de los patronos. De encontrar X.X.Xxx. incumplimientos de cualquier índole podrá retener pagos hasta tanto el mismo no sea solucionado, siendo de cuenta del adjudicatario todo perjuicio que el mismo pudiera ocasionar. Sin perjuicio de lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente anterior, la comprobación del incumplimiento de las normas laborales y de seguridad social será causa de rescisión del contrato y dará lugar a indemnización a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. Administración por los daños y perjuicios ocasionadosque esta ocasione.

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Generales

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos CM/167/2018 Página 12 Además de las previstas en la ejecución cláusula segunda de este pliego y lo previsto en el Pliego de cláusulas administrativas particulares, serán obligaciones del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios contratista:  Tramitar ante los organismos correspondientes la autorización para la celebración de los titulares festejos y espectáculos taurinos programados.  Prestar el servicio durante el plazo de las patentesvigencia, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo siendo de su exclusiva cuenta los gastos que origine su funcionamiento.  Será por cuenta del contratista el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable honorarios de toda reclamación relativa a la propiedad intelectuallos toreros, industrial rejoneadores y comercialcuadrillas, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción así como de las obligaciones prescritas en el párrafo precedentecon la Seguridad Social.  Será por cuenta del contratista la tramitación y obtención de los contratos de compraventa de los toros, asumirá su visado correspondiente y cuantos permisos y documentación sea necesaria para la realización de todos los gastos festejos taurinos populares de defensa judicial cuantos Organismos Oficiales y particulares fueran necesarios.  Será por cuenta del adjudicatario la contratación de los porteros de control de acceso a la Plaza de Toros.  Indemnizar los daños y/o extrajudicial perjuicios que se ocasionen causen a la C.T.M. por tal motivo. Si terceros como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir las operaciones que requiera el desarrollo del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate responderá ante terceros de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de éstalos daños que puedan producirse como consecuencia del funcionamiento del servicio concedido. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán  Será por cuenta del CONTRATISTAadjudicatario la contratación de los seguros de Responsabilidad Civil, de daños y de Suspensión del Festejo. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado  Dar cuenta al Ayuntamiento de las incidencias que se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones produzcan en el normal funcionamiento servicio.  Al cumplimiento de todo tipo lo establecido en la Ley 10/1991, de servicio4 xx xxxxx, aparatos e instalacionessobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, especialmente si son Reglamento de seguridad, imputables Espectáculos Taurinos de la Comunidad de Madrid y demás normativa de desarrollo. Cód. Validación: 3JAJ5GN6C9PDRTAHS6R45QJ33 | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 19  A contribuir al CONTRATISTA, éste indemnizará desarrollo de los espectáculos con arreglo a los horarios establecidos y en particular a que los animales estén en los respectivos toriles a la C.T.M. por mayor brevedad, siendo responsabilidad del adjudicatario la recogida de los daños y perjuicios ocasionadosanimales que se queden en el recorrido hasta la finalización de cada espectáculo.

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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALa) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo estipulado. b) Prestar el servicio de acuerdo a los términos establecidos por las correspondientes normas y reglamentos expedidos por el Ministerio de Minas y Energía y/o por la Autoridad competente, INDUSTRIAL Y COMERCIAL en el municipio xx Xxxxxxx – Santander. c) El CONTRATISTAcombustible que se suministre debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por el Gobierno Nacional y descritas en el presente estudio previo. d) Garantizar el suministro de combustible tipo gasolina corriente, ACPM, aceites, grasas y lubricantes para utilizar materialeslas ambulancias de propiedad del Sanatorio de Contratación E.S.E las veinticuatro (24) horas del día, procedimientosincluidos fines de semana y días festivos, programas informáticos en el municipio xx Xxxxxxx – Santander. e) Garantizar la prestación del servicio de suministro normal del combustible en casos xx xxxxxx de energía y equipos de prelación a otros clientes en la ejecución del Contratocaso de escasez de combustible en el mercado, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios en el municipio xx Xxxxxxx – Santander. f) Garantizar el suministro de los titulares repuestos, aceites, grasas y lubricantes en óptimas condiciones y de acuerdo a las patentesreferencias solicitadas, modelos, marcas en el municipio de fábrica Contratación y “copyright” correspondientes, corriendo Socorro – Santander. g) Reportar en caso de su exclusiva cuenta cualquier novedad o anomalía de manera inmediata la situación al funcionario encargado de la Supervisión del contrato. h) Acatar las directrices que durante el desarrollo del contrato le imparta la E.S.E a través de la Supervisión o de la Gerencia. i) No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho debiendo informar inmediatamente la E.S.E contratante a través de la supervisión y a las demás autoridades competentes para que se adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. j) Estar al día con el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosla seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. El CONTRATISTA será responsable k) Asumir de toda reclamación relativa a manera total y exclusiva, la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia responsabilidad derivada de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada calidad e idoneidad de su propiedadlos suministros y actividades objeto del contrato, utilización o usoasí como de los actos u omisiones. En consecuencia, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después se compromete a mantener libre al Sanatorio de Contratación E.S.E de cualquier responsabilidad por éste aspecto y a salir siempre en defensa de la Recepción Definitiva entidad contratante frente a reclamaciones judiciales o extrajudiciales, acciones de tutela, acciones de cumplimiento que le instaure personas afectadas en razón del material o servicio, la sustitución total desarrollo del objeto contractual y a xxxxx reconocerle al Sanatorio de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.Contratación

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Samples: Contrato No. 028 2019

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALPor el contrato el adjudicatario se obliga a: ⮚ Realizar el servicio en las condiciones estipuladas. ⮚ Presentar en la Dirección General de Comercio y Consumo, INDUSTRIAL Y COMERCIAL un documento contractual del patrocinio con los requisitos establecidos en la cláusula 4 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. ⮚ Pagar los gastos de constitución y devolución de garantías y demás que hubiera ocasionado la licitación. ⮚ El CONTRATISTAcontratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para utilizar materialessu ejecución. ⮚ Cumplir todas las disposiciones vigentes en materia laboral, procedimientosde Seguridad Social y de seguridad y salud laboral, programas informáticos así como cualquier otra obligación de carácter general o especial que venga establecida por el ordenamiento jurídico, sin que en caso de incumplimiento se derive responsabilidad alguna para la Consejería Economía y equipos Hacienda. ⮚ Cumplir la obligación de que al menos el 30% sobre el total de los trabajadores que ejecuten el contrato gocen de estabilidad laboral. o Para el cómputo del número de trabajadores con contrato indefinido, se tendrán en cuenta exclusivamente las jornadas laborales completas, de manera que si son contratados trabajadores a jornada parcial, se sumarán las horas de estos para calcular el número de trabajadores equivalentes a jornada completa. o Para acreditar la realización de esta condición de ejecución se entregará al órgano de contratación, en el plazo de un mes desde la fecha de la firma del contrato, los documentos TC2 y los contratos u otro documento que acredite la contratación indefinida. Cuando fuera preciso, se aportarán otros documentos (DNI, etc…) que identifiquen a las personas contratadas indefinidamente. ⮚ El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal y a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del Contratocontrato. ⮚ El contratista tiene la obligación de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, deberá disponer no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tengan conocimiento con ocasión del mismo. ⮚ Acreditar ante la Dirección General de Comercio y Consumo, con una antelación de siete días al inicio de la pasarela, la suscripción de una póliza de seguro por un importe mínimo de 150.000 euros de responsabilidad civil que cubra los riesgos de todo tipo derivados de la organización y desarrollo de la Pasarela, ajustado al lugar de celebración de los desfiles, cuya cobertura acoja, en todo caso, los daños que pueden sufrir las personas que participen en los trabajos de montaje y desarrollo de la pasarela, así como de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones que asistan a la misma y derechos necesarios de los titulares bienes que se utilicen para ello. ⮚ Nombrar un coordinador que actúe de las patentes, modelos, marcas interlocutor ante la Dirección General de fábrica Comercio y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago Consumo. ⮚ Satisfacer los gastos derivados de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia anuncios de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada licitación en los boletines oficiales que correspondan, por un importe máximo de su propiedad1.000 €, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después sin perjuicio de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y liquidación que efectivamente resulte. ⮚ Facturar electrónicamente a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor través de la C.T.M. Plataforma de Facturación Electrónica las contraprestaciones objeto del contrato. o En el caso de productos “software”que el adjudicatario hubiese optado por la subcontratación de prestaciones con una o varias empresas de inserción, el CONTRATISTA declarará expresamente deberá aportar las facturas justificativas de las prestaciones subcontratadas. ⮚ Proporcionar toda la información que le sea requerida en relación con este contrato. ⮚ Cumplir, en general, las prescripciones y bajo su responsabilidad normas que posee los derechos sean de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitaraaplicación al contrato suscrito. Cuando se transmitan contractualmente Se exceptúa a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados empresa de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo obligación de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento presentar programa de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.trabajo

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Samples: serviciossociales.jcyl.es

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALa) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los Equipos Biomédicos del sanatorio de Contratación E.S.E. c) Elaborar el plan de Mantenimiento Hospitalario del Sanatorio de Contratación E.S.E. para la vigencia 2017. d) Elaborar y actualizar el inventario de los Equipos Biomédicos de manera digital y de fácil acceso. e) Elaborar la base de datos de los equipos Biomédicos existentes en la Entidad clasificándolos por el riesgo, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El marca, modelo, serial y demás datos necesarios. f) Actualizar las hojas de vida de los Equipos Biomédicos de manera física y digital. g) Elaborar y presentar el cronograma y plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los Equipos Biomédicos de manera física y digital. h) Apoyar en la inscripción ante el INVIMA para el programa de Tecno- vigilancia del Sanatorio de Contratación E.S.E. I) Apoyar en la Implementación del programa institucional de Tecno- vigilancia y creación del manual de tecno- vigilancia. j) Elaborar el protocolo de adquisición y disposición final de los equipos biomédicos. k) Apoyar en la realización de los protocolos, procedimientos para dar de baja equipos que ya cumplieron su vida útil. l) Prestar apoyo en la elaboración del protocolo de limpieza y desinfección de los Equipos Biomédicos. m) Xxxxxxx apoyo y asesoría para la formulación de la compra de sustancias químicas para el proceso de limpieza y desinfección de los equipos Biomédicos y así mismo brindar capacitación al personal asistencial y Trabajadores Oficiales para el buen manejo de dichas sustancias químicas. n) Realizar capacitación Bimensual al personal asistencial (médicos, auxiliares de enfermería, bacteriólogo, fisioterapeuta, odontóloga, auxiliar de odontología, y auxiliares de fisioterapia), que manipula los equipos biomédicos de la institución y retroalimentación, cuando fuere necesario al personal nuevo asistencial en el manejo de los equipos biomédicos y aquellos que cambian de área en la manipulación de equipos biomédicos presentando informe de actividades de capacitación y planillas de asistencia. o) Asistir o estar dispuesto mediante comunicación electrónica, telefónica en eventos que se requieran de forma extraordinaria en ocasión de un mantenimiento correctivo o de brindar las instrucciones para el buen funcionamiento de un equipo prioritario en los servicios de la entidad. p) Ejecución del Plan anual de mantenimiento preventivo del equipo biomédico por parte del CONTRATISTA, para utilizar materialescon dos visitas mensuales, procedimientoses decir, programas informáticos asistir dos (2) días cada quince (15) días al Sanatorio de Contratación E.S.E. q) Entrega de informes y equipos en reportes mensuales de acciones preventivas y de avance del Plan de Mantenimiento y los lineamientos establecidos por el Sistema de Gestión de la ejecución Calidad y por el INVIMA del Contrato, deberá disponer Sanatorio de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones Contratación E.S.E. r) Entrega de Informes trimestrales y derechos necesarios anual al INVIMA relacionado con el uso de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta la tecnología Biomédica. s) Estar al día con el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa la seguridad social (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no ellos hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoslugar.

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Samples: Contrato No. 028 2017

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALPara el licitador que resulte adjudicatario del presente procedimiento se derivarán las siguientes obligaciones:  El contratista está obligado a ejecutar el contrato con sujeción estricta a las prescripciones técnicas y a las presentes cláusulas administrativas. Asimismo deberá atender las instrucciones marcadas por el Director del contrato.  El Contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia LABORAL y SEGURIDAD SOCIAL y seguridad y salud en el trabajo.  El Contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAasí como de las consecuencias y efectos que se deduzcan para S.F.M., o para utilizar materialesterceros, procedimientosde las omisiones, programas informáticos y equipos errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas producidas en la ejecución del Contrato, deberá disponer contrato.  El contratista se obliga a efectuar los trabajos de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones la presente contratación por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento medio del equipo humano reseñado en la infracción documentación técnica presentada a S.F.M. para tomar parte en la licitación, salvo los supuestos de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos subcontratación puestos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia manifiesto antes de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan adjudicación de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo lo dispuesto en esta Condición es independiente el presente Xxxxxx en cuanto a tal extremo.  El Contratista está obligado a cumplir el contrato dentro de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de los horarios y con el personal acordado para la C.T.M. realización del mismo. En el caso de productos “software”incumplimiento de esta obligación, S.F.M. podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades (las previstas en el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivasTRLCSP, salvo que en el propio cuerpo PPTP se establezcan unas específicas que tendrán carácter preferente), según el grado de incumplimiento.  La ejecución del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista.  El Contratista está obligado a ser respetuoso con carácter indefinido el Medio Ambiente y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados cumplirá y hará cumplir todas las leyes y normativas vigentes tanto de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si Comunidad Europea, como Nacionales; Autonómicas o Locales dictadas en tal materia, así como aquellas que pudiesen dictarse durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo objeto de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadospresente licitación.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Negociado Sin Publicidad, Del Expediente De Suministro E Instalación Correspondientes a La Ejecución Del Proyecto De Mejora De Las Señales Indicadoras De Los Pasos a Nivel De La Red De SFM

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl contratista xxxxxx iniciar la prestación del servicio en el plazo que disponga el Ayuntamiento de Bakio. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, INDUSTRIAL Y COMERCIAL de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo. El CONTRATISTAcontratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para utilizar materialesla Administración o para terceros de las omisiones, procedimientoserrores, programas informáticos y equipos métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del Contratocontrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas forma establecida en el párrafo precedente, asumirá art.198 de xx Xxx de Contratos del Sector Público. Será de cuenta del adjudicatario indemnizar los gastos de defensa judicial o extrajudicial xxxxx que se ocasionen originen a la C.T.M. por tal motivo. Si terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la citada reclamación la C.T.M. quedara privada ejecución de su propiedadlos trabajos, utilización o usoasí como los producidos por el incumplimiento de sus obligaciones. A tal fin, podrá exigir aportará copia de una póliza de seguro y justificante del CONTRATISTA, aún después pago de la Recepción Definitiva misma, que cubra los riesgos inherentes al contrato, y en especial la responsabilidad civil (general, patronal y cruzada) en que pueda incurrir por los xxxxx causados a terceras personas y derivados de actos del material o serviciopersonal del adjudicatario, de sus empleados y dependientes, permanentes u ocasionales, de la sustitución total maquinaria y equipo, así como a xxxxx de éste consecuencia de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si trabajos realizados durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo objeto de averíasadjudicación. El contratista ejecutará los trabajos personalmente, interferencias no pudiendo ceder, en todo o perturbaciones en parte, el contrato a otra persona sin la autorización expresa y previa de la Administración, y con sujeción a las condiciones establecidas en el normal funcionamiento art. 210 de todo tipo xx Xxx de servicioContratos del Sector Público. Corresponde al contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, aparatos tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización de la prestación, así como el abono de todos los tributos (tasas, contribuciones e instalacionesimpuestos) estatales y locales, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a que xxxxx xxxxx la licitación y el contrato. El contratista facilitará a la C.T.M. Administración, sin ningún coste adicional, cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por los daños ésta para el correcto desarrollo y perjuicios ocasionadoscumplimiento del contrato, como asistencia a reuniones explicativas, paneles informativos, etc.

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Samples: www.bakio.eus

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALAdemás de las obligaciones esenciales de la naturaleza contractual y las dispuestas en los códigos de comercio y civil, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAasí como las normas que los modifiquen, reemplacen o sustituyan tales normas y de las obligaciones específicas derivadas de la oferta y aquellas contenidas en los demás documentos contractuales, EL CONTRATISTA se obliga para utilizar materialescon EL CONTRANTANTE específicamente a: 1. Cumplir con las actividades señaladas para el desarrollo del objeto contractual. 2. Cumplir con las especificaciones técnicas establecidas para el cumplimiento del objeto contractual. 3. Cumplir las instrucciones acordadas con PUERTA DE ORO EMPRESA DE DESARROLLO CARIBE S.A.S, procedimientosy atender sus requerimientos, programas informáticos efectuados a través de los supervisores del contrato. 4. Cumplir con todas las obligaciones de carácter tributario que la Ley exija en desarrollo del objeto del presente contrato. 5. Apoyar a PUERTA DE ORO EMPRESA DE DESARROLLO CARIBE S.A.S en las actividades contempladas por el contratista en su propuesta. 6. Realizar los mejores esfuerzos con el apoyo a PUERTA DE ORO EMPRESA DE DESARROLLO CARIBE S.A.S en el logro del posicionamiento e implementación efectiva de las metas y equipos políticas establecidas para el desarrollo de los juegos. 7. Realizar y entregar al supervisor del contrato un registro de las actividades realizadas en la ejecución del Contratocontrato. 8. Mantener en forma permanente altos niveles de eficiencia técnica y profesional para atender sus obligaciones. 9. Garantizar la prestación del servicio contratado incorporando bajo su propia responsabilidad los equipos tecnológicos y de apoyo que requiera para el desarrollo del objeto Contractual. 10. Responder integralmente por los perjuicios que cause a terceros con ocasión de un Incumplimiento al presente contrato. 11. Las demás inherentes y que contribuyan al desarrollo del objeto del contrato sin que genere más valor adicional, como lo disponga el supervisor del contrato. 12. Dar cumplimiento a las políticas de NO DISCRIMINACION, PROHIBICION DE TRABAJO INFANTIL, PROTECCION CONTRA LA EXPLOTACION SEXUAL DE NIÑOS Y ADOLESCENTES Obligaciones específicas: 13. Garantizar el cumplimiento del objeto, alcances, terminos y condiciones descritos en el presente contrato, en el anexo técnico, y lo establecido en su propuesta. 14. Con el objeto de verificar las características técnicas mínimas exigidas, el proponente deberá disponer anexar la ficha técnica, que describa los equipos a utilizar en la prestación de las cesionesservicios. 15. Habilitar los servicios convenidos en los sitios y tiempos establecidos con sus respectivas pruebas. 16. Atender los requerimientos, licenciasinstrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato imparta EL CONTRATANTE, permisosa través del supervisor del mismo, autorizaciones para una correcta ejecución y derechos necesarios cumplimiento de sus obligaciones. 17. Presentar informes de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago servicios. 18. Atender los inconvenientes en la prestación de los derechos servicios. 19. Cumplir con las normas de seguridad impartidas por escrito y remitidas por EL CONTRATISTA. 20. Suministrar en forma oportuna a EL CONTRATISTA la información que le permita preparar y adecuar sus sitios para la entrega e indemnizaciones por tales conceptosinstalación de los equipos del servicio. El CONTRATISTA será responsable 21. Mantener la operación del servicio en los niveles establecidos. 22. Reportar de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, manera inmediata al supervisor del contrato de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del EL CONTRATISTA, aún después la ocurrencia de la Recepción Definitiva del material cualquier novedad o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si anomalía durante la ejecución del contrato. 23. Salvaguardar la información confidencial que obtenga o conozca en el desarrollo de sus actividades, salvo requerimiento expreso de la autoridad competente 24. El contratista se obliga a entregar todas las soluciones a día 05 de julio de 2018, exceptuando el servicio contratado de Datacenter el cual debe ser entregado quince (15) días calendario después de la suscripción del contrato. 25. Atender las indicaciones y solicitudes del Comité organizador de los juegos y de MSL TECHNOLOGY, S.L “ATOS”, previa autorización del comité. 26. Todo costo asociado a la prestación del servicio al momento de la suscripción del contrato se produjera cualquier encontrará a cargo del contratista. 27. El contratista se obliga a reponer en el término máximo de dos (02) horas todos aquellos elementos que presenten algún tipo de averías, interferencias defecto o perturbaciones falla en el normal funcionamiento de todo tipo de serviciofuncionamiento, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables conforme al CONTRATISTA, éste indemnizará a requerimiento que al respecto realice el supervisor. 28. Las demás derivadas del objeto contractual y las contempladas en la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosoferta del contratista o cualquier otro documento del proceso.

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Samples: www.contratacionpuertadeoro.com

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSon obligaciones de EL CONTRATISTA: a). Cancelar el valor del contrato en las condiciones expuestas en la cláusula quinta del presente acto jurídico; b). Utilizar el espacio exclusivamente para la explotación económica de la frutería, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAque implica la venta de comestibles y bebidas; c). No vender o distribuir bebidas alcohólicas, cigarrillos o sustancias sicoactivas; d). No utilizar el espacio para actividades comerciales o personales diferentes a las aquí establecidas; e). Tendrá a su cargo las reparaciones útiles y necesarias locativas que el bien requiera; f) Las demás reparaciones requerirán la autorización expresa y escrita del Consejo Directivo de la Institución Educativa, previa evaluación del estado del bien; g) Velar por la conservación del bien objeto del presente acto jurídico; h). Restituir el bien objeto del presente acto jurídico al momento de finalizar el plazo estipulado; i). Prestar el servicio de cafetería de manera eficiente, con una amable atención, cordial y respetuosa a toda la comunidad, bajo óptimas condiciones de higiene y salubridad; j). Observar de manera diligente el régimen de precios máximos establecidos en los productos que se ofrecen en la frutería; k) Informar al Rector(a) de la Institución Educativa de forma inmediata, cualquier anormalidad o suceso que se presente con los miembros de la comunidad educativa; l). Velar por el buen comportamiento de los empleados a su cargo, para utilizar materialesel buen funcionamiento de la frutería; m). Entregar en óptimas condiciones el bien unas vez finalizado el plazo del contrato; n) Coordinar con EL CONTRATANTE el horario para el ingreso de proveedores y el personal a su cargo que se autorizará ingresar a la Institución para el cumplimiento del objeto contractual; ñ) Permitir y participar de las auditorías que realizará el Consejo Directivo de la Institución Educativa, procedimientosla primera preventiva que será a los tres (3) meses luego de iniciado el presente contrato, programas informáticos y equipos en la segunda de carácter reglamentario, que se adelantará a los seis meses de ejecución del Contratocontrato; o). Cumplir con las recomendaciones, deberá disponer acciones y determinación del Consejo Directivo formuladas realizadas en las auditorías que adelantará; p). Cumplir con las normas de higiene y salubridad, junto con las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios obligaciones legales en cuanto a la manipulación de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosalimentos.

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Samples: Invitación Pública

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEn general, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El son derechos del CONTRATISTA: 1.) Ejecutar el objeto contractual de conformidad con la oferta presentada y con los documentos que hacen parte integral del contrato resultante del presente estudio previo, en concordancia con la normatividad y calidad vigentes. 2.) Entregar las hojas de vida del grupo mínimo de trabajo, que cumplan con la experiencia mínima exigida el día de suscripción del contrato y en caso de que se de un cambio durante la ejecución del contrato, deberá previo a la incorporación del personal entregar hoja de vida para utilizar materialesaprobación del supervisor. 3.) Mantener mínimo el porcentaje dedicación del grupo mínimo de trabajo establecido en la administración soportes del estudio previo. 4.) Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, procedimientos, programas informáticos evitando dilataciones y equipos trabas en la ejecución del Contratocontrato. 5.) Cumplir cabalmente con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales (Cajas de compensación Familiar, Sena e ICBF), por cuanto el cumplimiento de esta obligación es requisito indispensable para la realización de cualquier pago. 6.) Constituir en debida forma y aportar al grupo contractual y seguimiento de la Policía Metropolitana de Bogotá, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, la Garantía Única y cancelar los pagos a que hubiese lugar. 7.) El contratista deberá disponer entregar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la suscripción del acta de inicio a.) En forma física y en magnético los análisis de precios unitarios, acordes con los valores unitarios pactados en el contrato y las especificaciones técnicas del Anexo No 1.; A.P.U que deben contener (los materiales mínimos de los A.P.U. soportes del proceso contractual, herramientas, equipos y mano de obra), Los A.P.U. deben incluir los desperdicios de materiales, los cuales no serán tenidos en consideración dentro de las cesionescantidades del presupuesto general. b) La estructura de costos de la Administración (A). c.)Entregar el plan de Manejo Ambiental de acuerdo a la normatividad vigente. 8.) Guardar la confidencialidad de toda la información que le sea entregada y que se encuentre bajo su custodia o que por cualquier otra circunstancia deba conocer o manipular y responderá civil, licencias, permisos, autorizaciones penal y derechos necesarios de disciplinariamente por los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo perjuicios de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo divulgación y/o utilización indebida que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por un tercero se cause a la administración o a terceros. 9.) No acceder a peticiones o amenazas, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados quienes actuando por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor fuera de la C.T.M. En el caso de productos “software”ley pretendan obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos deberá informar de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente tal evento a la C.T.M. Policía Metropolitana de Bogotá y a las autoridades competentes para que se adopte las medidas necesarias. 10.) Responder las novedades que se presenten en un tiempo máximo de 24 horas, para casos especiales se deberán responder en los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo tiempos con lo que en se coordine con el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacionalsupervisor. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados11.) Mantener

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Samples: community.secop.gov.co

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSin perjuicio de otras obligaciones pactadas en el presente documento, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAEL CONTRATISTA se obliga a: a) Ejecutar el objeto del presente contrato dando estricto cumplimiento a todo lo ofrecido en LA PROPUESTA y a las especificaciones técnicas de LA INVITACIÓN. b) Asignar personal técnico calificado e idóneo, con la suficiente experiencia para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos la prestación de los servicios contratados. c) Contratar bajo su cuenta y equipos riesgo lo requerido para el cumplimiento del objeto contratado. d) Realizar y coordinar todas y cada una de las actividades necesarias para el cumplimiento del presente contrato teniendo en cuenta los lineamientos que establezca LA CÁMARA. e) Atender cualquier requerimiento hecho por LA CÁMARA sobre la prestación de los servicios objeto de este contrato y asesorarla sobre el particular. f) Ejecutar el objeto del presente contrato en los lugares y horarios que LA CÁMARA ha dispuesto para ello. g) Cumplir dentro de los términos legales con todas las obligaciones de carácter laboral respecto de los empleados que utilice para la ejecución del Contratopresente contrato, especialmente pero no exclusivamente las que se refieren a salarios, prestaciones sociales y afiliación a Entidades Promotoras de Salud y Administradoras de Riesgos Laborales. h) Durante la prestación del servicio, el personal asignado por el contratista deberá portar permanentemente en lugar visible el carné de identificación, debidamente diligenciado y con foto reciente. Así mismo, todo el personal, deberá disponer mantener durante el turno que le corresponda los siguientes documentos: i) Cédula de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios Ciudadanía. ii) Carné vigente de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa la EPS a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de encuentre afiliado o en su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en defecto documento que acredite el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa derecho para ser atendido en caso de que la C.T.M. así lo solicitarapresentarse alguna situación médica. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados iii) Carné de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo Administradora de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosRiesgos Laborales (A.R.L.).

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Samples: www.ccb.org.co

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALAdemás de las obligaciones inherentes al presente contrato, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAel contratista se compromete a: 1. Cumplir con las condiciones establecidas en la ley y los estudios previos y el pliego de condiciones definitivo. 2. Cumplir con las características técnicas, plazos de entrega y demás condiciones establecidas en los estudios previos, pliego de condiciones definitivo, pliego y contrato derivado del presente proceso de contratación. 3. Suscribir las modificaciones acordadas entre las partes, para utilizar materialesefectos de garantizar la ejecución y el cumplimiento idóneo y oportuno del objeto contratado, procedimientosdentro de los cinco (5) días siguientes al requerimiento por parte del M.D.N. - EJÉRCITO NACIONAL- (CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE REGIONAL USAQUEN 4. No suministrar ninguna clase de información o detalle a terceros y mantener como documentación clasificada todos los aspectos relacionados con el contrato. 5. Mantener la debida reserva respecto de los asuntos técnicos e instalaciones de las Fuerzas Militares de la República de Colombia, programas informáticos y equipos conocidos por el CONTRATISTA durante el desarrollo del contrato o con posterioridad al mismo. 6. Cancelar todos los derechos e impuestos que se derivan con ocasión del contrato, establecidos o que se establezcan en el país, de acuerdo con las leyes colombianas. 7. Cumplir con sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e Instituto Colombiano de Bienestar Familiar), lo cual deberá acreditar debidamente para iniciar la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones contrato y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta para hacer efectivo el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptospago. El CONTRATISTA incumplimiento de estas obligaciones, será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectualcausal para que el M.D.N – EJÉRCITO NACIONAL – CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE REGIONAL USAQUEN le imponga multas sucesivas hasta tanto éste dé cumplimiento, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia previa verificación de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados xxxx mediante liquidación efectuada por la reclamaciónrespectiva entidad administradora, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con lo establecido en el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor artículo 50 de la C.T.M. En Ley 789 de 2002 y el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo parágrafo 2º del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados artículo 1º de la transmisión serán por cuenta Ley 828 de 2003, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. 9. Las demás que sean propias del CONTRATISTAobjeto del proceso en mención. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si PARÁGRAFO PRIMERO El contratista se obliga para con la Administración a prestar el servicio de acuerdo al anexo técnico, con las características técnicas a las que se hace referencia. Así mismo se le obliga al cumplimiento durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo contractual de averías, interferencias o perturbaciones lo certificado en el normal funcionamiento de todo tipo de servicioacápite CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADICIONALES * EL CONTRATISTA DEBERÁ PRESENTAR DENTRO DE LOS 15 DÍAS SIGUIENTES A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO PROPORCIONAR EN MEDIO MAGNÉTICO Y FÍSICO A LA CENTRAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE REGIONAL USAQUEN UNA LISTA DE LOS BIENES ADJUDICADOS, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.CON LA INFORMACIÓN TÉCNICA NECESARIA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS DE ABASTECIMIENTO INCLUIDOS EN EL OBJETO DEL CONTRATO DE ACUERDO A PLANTILLA QUE IRÁ ADJUNTA AL PRESENTE CONTRATO *Las demás

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEn desarrollo de lo pactado en la cláusula precedente, INDUSTRIAL Y COMERCIAL el contratista manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del trabajo por desarrollar, las obligaciones señaladas en invitación pública, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad y además de las obligaciones y derechos contemplados en los artículos 4º y 5º de la ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y los convenidos en el presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga especialmente con la ESE Barrancabermeja a: 1. Se compromete a entregar los elementos anteriormente descritos previa solicitud del supervisor del contrato de acuerdo a la necesidad requerida, en las instalaciones xxx xxxxxxx de la ESE Barrancabermeja ubicada en la Xxx. 00 Xx. 00 xxxxxxx, xxxxxxx de salud de salud con y sin cama de la ESEB; 2. Presentar los soportes requeridos para el pago como: a) Copi a del contrato suscrito con la ESE BARRANCABERMEJA, Certificado de Disponibilidad Presupuestal, Registro Presupuestal y Paz y Salvo vigente a la presentación de la factura por Aportes Parafiscales y Seguridad Social. b) Factura original y copia donde se observe la firma de quien entrega, además especificar las cantidades, Tipo de producto, Presentación, Valor unitario y valor total, valor IVA Discriminado. 3. El CONTRATISTAcontratista se compromete a garantizar artículos de calidad. 4. No continuar con el suministro de útiles y elementos de papelería, una vez agotado los recursos disponibles para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contratocontrato. 5. Facilitar y prestar toda la colaboración en las labores de supervisión, deberá disponer de las cesionesevaluación, licencias, permisos, autorizaciones control y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo auditoria que la E.S.E BARRANCABERMEJA realice a través de su exclusiva cuenta supervisor; además atender sus recomendaciones. 6. Cumplir con todo lo estipulado en el pago presente contrato. 7. Cumplir con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral mensualmente (Salud. Pensión, Riesgos Profesionales y aportes parafiscales). Parágrafo Primero: De comprobarse alteración alguna en los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El productos el CONTRATISTA será se hará responsable de toda reclamación relativa y se compromete a cambiarlos en un periodo no mayor a 8 días hábiles posterior a la propiedad intelectual, industrial notificación escrita y comercial, enviada al CONTRATISTA donde se reporte de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en manera clara el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia motivo de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada devolución por parte de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después EL CONTRATANTE. La anterior causa no será causal de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx incumplimiento por parte de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del EL CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.CLAUSULA TERCERA:

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Samples: Contrato De Suministro N

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL 1.- En relación con la prestación de los servicios objeto del contrato: El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos contratista estará obligado a desarrollar su trabajo en la ejecución forma y con los medios, como mínimo, que hubiere consignado en la Memoria que acompaña a su propuesta y con la observancia de las Condiciones de establecidas en los Pliegos. No obstante, deberá tenerse en cuenta lo consignado anteriormente respecto al alcance y valor de la Memoria, pues en definitiva habrá de lograr y cumplir el Contratista a su xxxxx, aún cuando para ello deba utilizarse mayores medios personales o materiales que los previstos en la Memoria. El Ayuntamiento podrá ejercer una fiscalización permanente del Contrato, pudiendo exigir al Contratista en cualquier momento el cumplimiento de las obligaciones laborales y fiscales con el personal a su cargo, para evitar posibles responsabilidades económicas, subsidiarias del Ayuntamiento. El personal de que disponga el contratista para la realización de los trabajos se encontrará asegurado, en seguros sociales y mutualidades laborales. Estos extremos podrán ser comprobados por los Servicios Municipales competentes, siempre que lo solicite el Ayuntamiento. La empresa adjudicataria designará la persona que será el representante responsable de los servicios frente al Ayuntamiento y en todo caso deberá disponer de un encargado o jefe del servicio localizable durante todos los días que dure la prestación mediante un teléfono móvil que deberá facilitarse al Servicio Municipal responsable. El adjudicatario está obligado a aceptar, en caso de fuerza mayor o en cualquier situación de emergencia pública, la dirección del Ayuntamiento para la realización de las cesionestareas distintas a las contratadas u otras tareas en las que el personal o el material fuese necesario para restablecer la normalidad, licenciasmientras durase el estado de emergencia, permisosfuerza mayor o calamidad pública. En el supuesto de huelga laboral o interrupción del Servicio por cualquier causa, autorizaciones el Contratista se obliga a comunicar al Ayuntamiento, de forma inmediata, la recepción del aviso previo de huelga o la interrupción del Servicio. Asimismo, el Contratista deberá informar al Ayuntamiento sobre su capacidad de asegurar la prestación de un servicio mínimo, en la forma y derechos necesarios condiciones que esta considere en cada caso suficiente o si el Ayuntamiento lo considerase oportuno, a cumplir unos servicios mínimos marcados por la propia administración. Si El Contratista no pudiera asegurar la prestación del servicio mínimo, o el servicio propuesto por esta no fuera considerado suficiente por el Ayuntamiento, esta administración queda expresamente facultada por el Contratista para contratar el Servicio a terceros durante el periodo de huelga o para adoptar cualesquiera otras medidas alternativas que el Ayuntamiento considere conveniente, siendo el coste dicha contratación a cargo de el Contratista. El Ayuntamiento queda expresamente facultado por el Contratista para proceder al descuento directo del coste de las medidas adoptadas de la facturación presentada por el Contratista. Serán asimismo a cargo del Contratista las posibles responsabilidades del Ayuntamiento que deriven de los titulares trabajos que, por causa de las patenteshuelga laboral, modelossean contratados a terceros. El contratista queda obligado en el caso de producirse alguna anomalía que impida la normal prestación del servicio a informar de la misma a técnicos municipales de forma efectiva y conveniente, marcas utilizando los cauces y medios necesarios e informando de fábrica y “copyright” correspondientesla duración prevista de la interrupción del servicio. El contratista deberá responder de toda indemnización civil de daños por accidentes que ocasionen los operarios, corriendo vehículos e instrumentos de su exclusiva cuenta el pago trabajo empleados en los servicios, sin perjuicio de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosque asistan al Contratista frente a los autores de los hechos o las compañías aseguradoras de los riesgos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción contratista deberá descontar de las obligaciones prescritas en certificaciones, la parte proporcional del importe de la contrata por los servicios prestados parcialmente. El contratista deberá presentar al inicio del contrato una copia de las pólizas de responsabilidad civil que abarque el párrafo precedenteplazo de duración del contrato. Será responsable civil y administrativamente ante el Ayuntamiento por las faltas que cometiesen sus empleados, asumirá y quedará obligado al resarcimiento de los gastos de defensa judicial o extrajudicial daños que se ocasionen causen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia terceros con motivo de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste defectuosa prestación de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí servicios o por tercerosdolo o culpa, la sustitución ya sean objeto de los materialesbienes, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos personas e instalaciones, especialmente si son pertenezcan éstos a particulares o municipales, sin perjuicio de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoslas sanciones contractuales que puedan ser impuestas.

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Samples: www.torrelavega.es

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en Adscribir a la ejecución del Contratocontrato los medios materiales y personales necesarios para ello - A cumplir íntegramente la normativa vigente en materia de espectáculos taurinos y, en especial, el Decreto 14/1999, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Castilla y León y demás normativa complementaria o concordante en la materia. Y demás normativa vigente. - Los gastos de explotación del servicio correrán íntegramente de cuenta del contratista, así como los tributos, suministros de servicios u otros necesarios para la celebración de los eventos. - El contratista deberá disponer obtener cuantos permisos y autorizaciones sean necesarias para la celebración de los espectáculos con especial atención a lo regulado en materia de Festejos Taurinos. - El cuidado, mantenimiento y vigilancia de las cesionesinstalaciones será responsabilidad y estará a cargo del contratista, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios que garantizará su perfecto estado de funcionamiento en el momento de celebración de los titulares eventos. - El ganado es a todos los efectos legales propiedad del contratista, que se responsabiliza del mismo: - El contratista deberá contar en la plaza o sus inmediaciones con los medios sanitarios que regula la legislación vigente en la materia de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago acuerdo con la categoría de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial festejos y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia aforo de la citada reclamación plaza. Así mismo deberá contar con seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente. - Dado que el contratista tiene en exclusiva la C.T.M. quedara privada venta de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después bebidas y comidas dentro de la Recepción Definitiva del material o servicioplaza, a reali - zar la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor limpieza diaria de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosmisma.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Con Tratación

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSon obligaciones de EL CONTRATISTA a). Cancelar el valor del contrato en las condiciones expuestas en la cláusula quinta del presente acto jurídico; b). Utilizar el espacio exclusivamente para la explotación económica de la papelería, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAque implica la venta de comestibles y bebidas; c). No vender o distribuir bebidas alcohólicas, cigarrillos o sustancias sicoactivas; d). No utilizar el espacio para actividades comerciales o personales diferentes a las aquí establecidas; e). Tendrá a su cargo las reparaciones útiles y necesarias locativas que el bien requiera; f) Las demás reparaciones requerirán la autorización expresa y escrita del Consejo Directivo de la Institución Educativa, previa evaluación del estado del bien; g) Velar por la conservación del bien objeto del presente acto jurídico; h). Restituir el bien objeto del presente acto jurídico al momento de finalizar el plazo estipulado; i). Prestar el servicio de cafetería de manera eficiente, con una amable atención, cordial y respetuosa a toda la comunidad, bajo óptimas condiciones de higiene y salubridad; j). Observar de manera diligente el régimen de precios máximos establecidos en los productos que se ofrecen en la papelería; k) Informar al Rector(a) de la Institución Educativa de forma inmediata, cualquier anormalidad o suceso que se presente con los miembros de la comunidad educativa; l). Velar por el buen comportamiento de los empleados a su cargo, para utilizar materialesel buen funcionamiento de la papelería; m). Entregar en óptimas condiciones el bien unas vez finalizado el plazo del contrato; n) Coordinar con EL CONTRATANTE el horario para el ingreso de proveedores y el personal a su cargo que se autorizará ingresar a la Institución para el cumplimiento del objeto contractual; ñ) Permitir y participar de las auditorías que realizará el Consejo Directivo de la Institución Educativa, procedimientosla primera preventiva que será a los tres (3) meses luego de iniciado el presente contrato, programas informáticos y equipos en la segunda de carácter reglamentario, que se adelantará a los seis meses de ejecución del Contratocontrato; o). Cumplir con las recomendaciones, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones acciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir determinación del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse Consejo Directivo formuladas realizadas en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad auditorías que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosadelantará.

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Samples: Invitación Pública

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL1. Entregar los bienes objeto del contrato de acuerdo a las especificaciones descritas en contrato, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAen las cantidades requeridas y en lugar que indique el supervisor en la ciudad de Bogotá. 2. Reemplazar los bienes que presenten defectos en su funcionalidad, fabricación, componentes, en un máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la notificación por parte del ICFES. 3. Garantizar la calidad de los bienes ofrecidos por un periodo de doce (12) meses contados a partir de la entrega de los mismos.4. Entregar bienes originales, nuevos, NO remanufacturados según las especificaciones técnicas contenidas en el Anexo Técnico.5. Ejecutar las acciones que se requieran para utilizar materialesel buen desarrollo y cumplimiento del objeto contractual pactado. 6. Elaborar los informes de ejecución del contrato de acuerdo con los requerimientos de información del ICFES. 7. No acceder a peticiones o amenazas, procedimientosde quienes actuando por fuera de la ley pretendan obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales situaciones, programas informáticos el contratista deberá informar de tal evento al ICFES para que se adopten las medidas necesarias.8. Presentar oportunamente las facturas para los pagos e informes que le sean requeridos. 9. Pagar oportunamente los impuestos, tasas, contribuciones y equipos en demás gastos que le correspondan por ocasión de la ejecución del Contratocontrato. 10 Conservar y devolver en debida y oportuna forma los documentos que le sean entregados. 11. Cumplir con el Código de Ética y Valores adoptado por el ICFES mediante resolución 000141 del 21 de febrero de 2013. 12. Constituir una garantía a favor del ICFES emitida por un banco, deberá disponer compañía de seguros o sociedad fiduciaria legalmente establecidos en Colombia. 13. Cumplir con diligencia las demás obligaciones que emerjan para la oportuna y adecuada materialización del objeto contractual, siempre en observancia de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir necesidades del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.

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Samples: www.icfes.gov.co:443

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos7. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si Mantener vigente durante la ejecución del servicio contratado se produjera contrato, la renovación del Seguro Obligatorio SOAT; de que trata el Decreto 2544 de 1.987; 8. Informar sobre los actos o conductas irregulares o ilícitas de los cuales tenga conocimiento, que sean realizados por cualquier tipo persona relacionada con los proyectos y las actividades a cargo de averíasla entidad. 9. Guardar la debida reserva y confidencialidad sobre la información y el contenido de los documentos que deba conocer con ocasión del contrato de prestación de servicios. 10. Hacer entrega al supervisor del informe de gestión sobre las actividades realizadas durante el periodo de ejecución, interferencias o perturbaciones con los soportes correspondientes, incluyendo el seguimiento y evaluación de los contratos sometidos a su supervisión, si a ello hubiere lugar. 11. Mantener al día sus pagos al sistema general de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales los cuales deberán ser liquidados de acuerdo a Decreto 1703 de 2002 ley 797 de 2003, Decreto 510 de 2003, ley 1562 del 2012 y presentadas las constancias antes de cada pago ante el supervisor. 12. Garantizar las óptimas condiciones Mecánicas del vehículo en el normal funcionamiento desarrollo del contrato. 13. De conformidad con lo señalado en el artículo 27 del Decreto 174 de todo tipo 2001 el contratista deberá pintar en la parte posterior de serviciola carrocería del vehículo franjas alternas xx xxxx (10) centímetros de ancho en colores amarillo y negro, aparatos e instalacionescon inclinación de 45 grados y una altura mínima de 60 centímetros. 14. Igualmente, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará en atención a la C.T.M. por los daños normatividad señalada, en la parte superior trasera y perjuicios ocasionadosdelantera de la carrocería en caracteres destacados, de altura mínima de 10 centímetros, deberán llevar la leyenda “TRANSPORTE ESCOLAR”. 15. Contar con equipo de primeros auxilios y de carretera como lo establece la Ley. 16. No exceder el límite de velocidad establecido y respetar las normas de tránsito 3.3.2.

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL 20.1.- El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de contrato se ejercitará con estricta sujeción a las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas estipulaciones contenidas en el párrafo precedentepresente pliego de cláusulas administrativas particulares, asumirá los gastos observando fielmente lo establecido en el pliego de defensa judicial o extrajudicial prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en las dependencias que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total el Ayuntamiento xx Xxxxx sean indicadas y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo señalado en la cláusula 8 del presente pliego, o en el que prudencialmente se le fije hubiere ofertado el contratista en su proposición si fuera menor. El vehículo a suministrar deberá entregarse en condiciones de circulación (Visado de ITV) y matriculación siendo ésta última a cargo del adjudicatario que la tramitará con el nombre designado por el Ayuntamiento. Así también, el vehículo deberá entregarse perfectamente serigrafiado en su cabina con el logo corporativo del Ayuntamiento xx Xxxxx. El órgano adjudicador podrá efectuar por sí mismo, u ordenar al contratista, x xxxxx de éste, la realización de análisis, ensayos y pruebas de los materiales empleados y de forma los bienes a suministrar, a fin de comprobar que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido se adecuan a la sustitución calidad e idoneidad ofertadas por el adjudicatario. (art. 271 LCSP). El contratista estará obligado a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los elementos correspondientesbienes a suministrar, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que establecido en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosapliego de prescripciones técnicas, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de considerándose su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones costo incluido en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosprecio del contrato).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regula El Contrato Administrativo De Suministro Mediante Arrendamiento Financiero

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos 1. Prestar el servicio por su cuenta y equipos riesgo. 2. Entregar en alquiler los elementos requeridos por la ejecución del Contrato, deberá disponer Institución Universitaria en buenas condiciones y de acuerdo a las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas especificaciones determinas en el párrafo precedenteestudio previo. 3. Cambiar, asumirá arreglar o corregir a su xxxxx los gastos bienes defectuosos o faltantes, que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas por el Tecnológico de defensa judicial o extrajudicial Antioquia, lo que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivodeberá hacer de forma inmediata cuando sean entregados los computadores. Si como consecuencia 4. Dar cumplimiento con lo ordenado en el artículo 282 de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada Ley 100 de 1993, en todo caso el contratista no contrae vínculo laboral alguno con el Tecnológico de Antioquia. 5. Llevar los equipos a las instalaciones del Tecnológico de Antioquia — I.U. para su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después respectiva marcación y control y posteriormente trasladarlos a las instalaciones de la Recepción Definitiva Secretaría de Hacienda de la Gobernación de Antioquia donde debe recibirlos el coordinador del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx Contrato Interadministrativo 4600006366 de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello2017, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particularesrespectivo formato para ello. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta6. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán elementos deben ser situados por cuenta del CONTRATISTAcontratista durante los días, fechas y horarios establecidos. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si 7. Atender las observaciones o requerimientos que formule el Tecnológico de Antioquia, por conducto del supervisor del contrato o el coordinador del Contrato Interadministrativo 4600006366 de 2017. 8. Atender en el menor tiempo, las solicitudes eventuales e imprevistas que se presenten durante la ejecución del servicio contratado contrato. 9. Disponer del personal y demás elementos necesarios para garantizar el suministro puntual de los elementos objeto de contratación. 10. Facturar el arrendamiento de los equipos, de acuerdo con los equipos efectivamente entregados y por los días utilizados por el Tecnológico de Antioquia — I.U., previo visto bueno del supervisor del contrato. 11. Los equipos suministrados deben estar debidamente asegurados contra Hurto calificado, asonada. motín, huelga, actos malintencionados de terceros, terrorismo, todo riesgo, daños materiales, terremoto, temblor y erupción volcánica y deben tener máximo 2 años de uso. 12. Los equipos serán entregados en la medida en que se produjera vayan necesitando y la factura se hará por los días que realmente sean utilizados durante el mes, previo visto bueno del supervisor del contrato interadministrativo o el coordinador del Contrato Interadministrativo 4600006366 de 2017. 13. El Tecnológico de Antioquía — I.U. podrá en cualquier tipo de averíasmomento devolver los equipos que no necesite para continuar prestando el servicio, interferencias o perturbaciones caso en el normal cual el contratista solo facturará los equipos por los días efectivamente utilizados. POR PARTE DEL TECNOLÓGICO DE ANTIOQUIA: 1) Pagar cumplidamente el valor del contrato, de conformidad a lo estipulado en la cláusula tercera del mismo; 2) Velar estrictamente por el cumplimiento del objeto contratado 20/04/2017 20/04/2017 21/07/2017 3 MESES El plazo para la ejecución del objeto contractual será tres(3) meses, contados a partir de la suscripción del acta de inicio y sin que exceda el 21 de Julio de 2017.. $32.400.000 El Tecnológico de Antioquia cancelará al contratista en pagos parciales, de acuerdo a la cantidad de equipos entregados en arriendo, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la presentación de la respectiva facturación del servicio, ante la Dirección Administrativa y Financiera, para lo cual se requiere del visto bueno del supervisor del contrato. $32.400.000 XXXXXXX XXXXX XXXXXX 80 xxxxx://xxx.xxx xxxxxx.xxx.xx/xx nsultas/detalleP xxxxxx.xx?num Constancia=17- 00-0000000 RCPS-080- 2017 PRESTACIÓ N DE SERVICIOS PROFESION ALES CONTRA TACIÓN DIRECTA 652 xx xxxxx 18de 2017 629 xx xxxxx 18de 2017 900,997,668-2 SYNCRONI K S.A.S El contratista de manera independiente, es decir, sin que exista subordinación de índole laboral, se obliga a prestar sus servicios para el rediseño de las diferentes áreas (distribución, logística, manufactura, ingeniería y control financiero) en la configuración del estándar en los diferentes módulos SAP existentes en la Secretaría de Hacienda y Fabrica de Licores de Antioquia, en el marco del contrato interadministrativo Nro. 4600006366 de 2017, celebrado entre la Secretaría de Hacienda Gobernación de Antioquia y el Tecnológico de Antioquia I.U a) Pagar cumplidamente el valor del contrato, de conformidad a lo estipulado en la cláusula tercera del mismo; b) Xxxxx estrictamente por el cumplimiento del objeto contratado. 2) POR PARTE DE EL CONTRATISTA: El contratista deberá cumplir con las obligaciones generales necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, en especial las que se describen a continuación: 1) Prestar el servicio por su cuenta y riesgo. 2) Aplicar toda la capacidad intelectual, técnica, y administrativa, indispensables para la correcta y eficiente prestación del servicio contratado. 3) Garantizar que durante el término de este contrato estará disponible para ejecutar el mismo, 4) Dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 282 de la Ley 100 de 1993. En todo caso el contratista no contrae vínculo laboral alguno con el Tecnológico de Antioquia. 5) Contar con los profesionales idóneos para la correcta y adecuada ejecución del objeto contractual. 6) Revisión y rediseño de configuraciones y/o funcionalidades para ajustar las normas del negocio. 7) Capacitación permanente que garantice sostenibilidad del ciclo. 8) Mantener el estándar. 9) Instalación permanente de nuevas funcionalidades liberadas por SAP. 10) Leer al menos dos (2) veces al día (mañana y tarde), el correo electrónico institucional o personal y dar las respuestas si a ellos hubiere lugar. 11) Dar buen uso a las herramientas informáticas y tecnológicas asignadas para el cumplimiento del objeto contractual, además de cumplir con las directrices y políticas que establezca el Departamento de Antioquia relacionadas con la operación y/o funcionamiento de todo tipo las herramientas informáticas y tecnológicas. 12) Presentar por escrito al Gerente del proyecto, informe mensual de serviciolas actividades realizadas en el proyecto. 13) Llevar el archivo documental (físico y/o digital) de gestión en debido orden y acorde con los procedimientos establecidos para el efecto, aparatos e instalacionesasí como hacer entrega del mismo mediante acta, especialmente si son al terminar la relación contractual. 14) Las demás actividades asignadas por el Gerente del proyecto y que se relacionen con el objeto del contrato. 15) Velar por el buen manejo y cuidado de seguridadlos bienes que el Tecnológico de Antioquia pongan a su disposición para la ejecución del contrato, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. responder por los daños que se causen en estos bienes por su culpa y perjuicios ocasionadoshacer entrega de los mismos al supervisor del contrato, una vez termine la ejecución del objeto contratado. 12/05/2017 12/05/2017 22/10/2017 176 DÍAS El plazo de ejecución del contrato será de 176 días contados a partir de la suscripción del acta de inicio, sin que exceda el 22 de octubre de 2017. $563.539.620 El Tecnológico de Antioquía — I.U. pagará al contratista el valor del contrato en seis cuotas mensuales y proporcionales por fracción de mes, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la presentación de la factura por parte del contratista y recibo a satisfacción del objeto contractual, previa presentación de informe de actividades, respaldo de pago de seguridad social y visto bueno de la supervisión. $231.979.803 $795.519.423 XXXXXXX XXXXX XXXXXX 00 xxxxx://xxx.xxx xxxxxx.xxx.xx/xx nsultas/detalleP xxxxxx.xx?num Constancia=17- 00-0000000 RCPS-081- 2017 PRESTACIÓ N DE SERVICIOS CONTRA TACIÓN DIRECTA UNICO PROPON ENTE 589 xx xxxxx 31de 2017 567 de marzo31 de 2017 900.315.974 - 6 INTERLINK LANGUAGE SCHOOL S.A.S Adquisición de licencias del examen de clasificación Track Test para el Tecnológico de Antioquia — I.U., así como capacitación y soporte para el administrador de la plataforma en la cual conocerá las Características principales del producto, acorde con las especificaciones técnicas descritas en el presente estudio. POR PARTE DEL CONTRATISTA. El contratista deberá cumplir con las obligaciones generales necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, en especial las que se describen a continuación: 1) Prestar el servicio por su cuenta y riesgo. 2) Aplicar toda la capacidad intelectual, técnica, y administrativa indispensables, para la correcta y eficiente prestación del servicio contratado. 3) Garantizar que durante el término de este contrato estará disponible para ejecutar el mismo. 4) Dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 282 de la Ley 100 de 1993. En todo caso el contratista no contrae vínculo laboral alguno con el Tecnológico de Antioquia. 5) Hacer entrega de las licencias de la prueba de clasificación dentro de los tiempos acordados. 6) Garantizar que durante el término de este contrato se dará el soporte necesario para el funcionamiento eficiente del sistema que administra los resultados. 7) Realizar una capacitación para que el administrador de la prueba conozca tanto los beneficios como también resolver cualquier inconveniente que ocurra durante la presentación de la prueba de clasificación. 8). Entregar un manual de soporte del producto a la persona a cargo de administrar las pruebas. 9) Velar por el buen manejo y cuidado de los bienes que el Tecnológico de Antioquia pongan a su disposición para la ejecución del contrato, responder por los daños que se causen en estos bienes por su culpa y hacer entrega de los mismos al supervisor del contrato, una vez termine la ejecución del objeto contratado. POR PARTE DEL TECNOLOGICO DE ANTIOQUIA. EL TECNOLÓGICO está obligado a: a). Pagar al contratista el valor del presente contrato en los términos establecidos en la Cláusula Tercera del presente contrato. b). Xxxxx estrictamente por el cumplimiento del objeto contratado. c). Entregar al contratista la necesidad requerida, de acuerdo con las características descritas en las especificaciones técnicas. 28/04/2017 28/04/2017 06/05/2017 8 DÍAS El plazo para la ejecución del objeto contractual será de ocho (8) días calendario, contados a partir de la firma del acta de inicio, sin embargo, la suscripción será de un año $60.000.000 El Tecnológico de Antioquia cancelará al contratista el valor total del contrato dentro de los 10 días calendarios siguientes al inicio de la suscripción y puesta en funcionamiento a través de la página Web xxx.xxxx.xxx.xx previa aprobación del SUPERVISOR designado por la Institución Universitaria, quien deberá dar su visto bueno para que el contratista presente la respectiva factura ante la Dirección Administrativa y Financiera de la Entidad, momento a partir del cual comenzará a contabilizarse el término para la realización del pago. $60.000.000 XXXX XXXXXXXX 82 xxxxx://xxx.xxx xxxxxx.xxx.xx/xx nsultas/detalleP xxxxxx.xx?num Constancia=17- 9-427668 RCPS-082- 2017 SUMINISTRO SELECCI ÓN ABREVIA DA - SUBASTA 312 de xxxxxxx00 de 2017 665 xx xxxxx 26de 2017 98.594.520-3 ARTES GRÁFICAS PUBLICITAR IAS RAPICOPIA S LITOGRAFI A EL CONTRATISTA prestará a EL TECNOLÓGICO, el servicio de litografía de impresos corporativos como de estampación tampográfica y material corporativo P.O.P, de acuerdo con las especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones, ficha técnica y propuesta del adjudicatario.

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl Contratista, INDUSTRIAL Y COMERCIAL en desarrollo de la cláusula primera del presente contrato se obliga para con El CONTRATISTAContratante, a prestar los siguientes servicios: otorgar tarifas preferenciales en todo el ramo de la salud en cuanto a solicitud de citas con médicos especialistas, solicitud del servicio de médico en casa, solicitud de enfermeras a domicilio, solicitud de exámenes de alta y baja complejidad y en todo lo referente al ramo de la salud con tarifas preferenciales, estos servicios se prestaran en las diferentes ciudades donde la tarjeta DE BENEFICIOS cuente con sedes y Amparo Total tenga vigente convenios. PARAGRAFO PRIMERO: servicios exequiales: A). Trámites legales y notariales, traslado del cuerpo, tratamiento y conservación del cuerpo, cofre fúnebre, sala de velación con su equipo, carteles, arreglo floral, misa de exequias o rito ecuménico, carroza con cinta impresa, buseta para utilizar materialesacompañantes. B). SERVICIO DE INHUMACIÓN: Lote en alquiler en parque cementerio ó bóveda en asignación cementerio distrital, procedimientosimpuestos municipales, programas informáticos apertura y equipos en cierre del lote ò bóveda, oficio religioso, placa memorial, exhumación, urna para los restos, osario. C) SERVICIO DE CREMACIÓN: cremación, oficio religioso, urna para las cenizas y cenizario. PARÁGRAFO SEGUNDO.- Si al momento de la ejecución utilización del Contratoplan, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios el usuario desea modificar cualquiera de los titulares servicios garantizados o tomar un servicio adicional no ofrecido en este contrato, podrá solicitar dicho cambio ò servicio adicional pagando el excedente que implique la modificación, sin responsabilidad alguna por parte de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago El Contratista. La prestación de los derechos e indemnizaciones servicios contratados no afectará seguros, auxilios, etc. a los que El Contratante o las personas designadas por tales conceptoséste tenga derecho por otro concepto. El CONTRATISTA será responsable La no utilización de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial alguno o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste algunos de los materialesservicios contratados no dará lugar a compensación alguna, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en perdiéndose el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede aseguradoderecho. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En PARÁGRAFO TERCERO.-En el caso de productos “software”existir posibles eventualidades que no permitan la prestación del servicio en las condiciones aquí señaladas, el CONTRATISTA declarará expresamente como por ejemplo fuerza mayor, caso fortuito, problemas de orden público, lugares donde no existan funerarias o lugares de difícil acceso, ocupación total de las salas de velación, entre otras, se reconocerá una suma de $500.000 en cheques sodexo previa autorización del Contratista para ello y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará presentando la documentación justificativa en caso de legal que la C.T.M. así lo solicitaracompruebe el fallecimiento. Cuando se transmitan contractualmente a) EL COMPRADOR y sus familiares podrán hacer uso del servicio a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados partir de la transmisión serán fecha de inicio de la vigencia del contrato, si el fallecimiento es por cuenta muerte accidental homicidio o suicidio. Para muerte natural a los 90 días después. Muerte por enfermedades graves como cáncer o sida enfermedades terminales a los 180 días después del CONTRATISTApago de la suscrpcion. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante El afiliado y los beneficiarios deben gozar de buena salud al momento de la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.afiliación. QUINTA.-

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios Exequiales a Clientes Virtuales Tarjeta De Beneficios

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl contratista deberá cumplir con las obligaciones generales necesarias para el cumplimiento del objeto contractual, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAen especial las que se describen a continuación: A. Prestar el servicio por su cuenta y riesgo. X. Xxxxxxxx en alquiler los elementos requeridos por la Institución Universitaria en buenas condiciones y de acuerdo a las especificaciones determinas en el estudio previo. C. Cambiar, arreglar o corregir a su xxxxx los bienes defectuosos o faltantes, que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas por el Tecnológico de Antioquia, lo que deberá hacer de forma inmediata cuando sean entregados los computadores. X. Xxx cumplimiento con lo ordenado en el artículo 282 de la Ley 100 de 1993, en todo caso el contratista no contrae vínculo laboral alguno con el Tecnológico de Antioquia. E. Llevar los equipos a las instalaciones del Tecnológico de Antioquía para utilizar su respectiva marcación y control y posteriormente trasladarlos a las instalaciones que la institución designe en el respectivo formato para ello. F. Atender las observaciones o requerimientos que formule el Tecnológico de Antioquia. por conducto del supervisor del contrato. G. Presentar las garantías de los equipos arrendados, asegurados contra hurto calificado, asonada, motín, huelga, actos malintencionados de terceros, terrorismo, todo riesgo, daños materiales, procedimientosterremoto, programas informáticos temblor y equipos en la ejecución del Contratoerupción volcánica, deberá disponer con una vigencia máximo 2 años de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosuso. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas X. Xxxxxxx en el párrafo precedentemenor tiempo, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial las solicitudes eventuales e imprevistas que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si presenten durante la ejecución del servicio contratado contrato. I. Disponer del personal y demás elementos necesarios para garantizar la entrega puntual de los elementos objeto de contratación. J. Facturar el arrendamiento de los equipos, de acuerdo con los efectivamente entregados y por los días utilizados por el Tecnológico de Antioquía — I.U., previo visto bueno del supervisor del contrato. K. Adjuntar en cada factura de cobro, una relación de los servicios atendidos, previo visto bueno del supervisor del contrato. L. Los equipos serán entregados en la medida en que se produjera cualquier tipo vayan necesitando y la factura se hará por los días que realmente sean utilizados durante el mes. previo visto bueno del supervisor del contrato. POR PARTE DEL TECNOLÓGICO DE ANTIOQUIA: a) Pagar cumplidamente el valor del contrato, de averíasconformidad a lo estipulado en la cláusula tercera del mismo; b) Velar estrictamente por el cumplimiento del objeto contratado. 06/07/2017 06/07/2017 22/12/2017 El plazo para la ejecución del objeto contractual será de seis meses, interferencias o perturbaciones contados a partir de la suscripción del acta de inicio, sin que exceda el 22 de diciembre de 2017. $25.061.400 El Tecnológico de Antioquia cancelará al contratista en pagos parciales, de acuerdo a la cantidad de equipos entregados en arriendo, dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la presentación de la respectiva facturación del servicio, ante la Dirección Administrativa y Financiera, para lo cual se requiere del visto bueno del supervisor del contrato. $25.061.400 El valor total del contrato se estima en la suma de veinticinco millones sesenta y un mil cuatrocientos pesos m.l. ($ 25.061.400) IVA incluido. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX 00 xxxxx://xxx.xxx xxxxxx.xxx.xx/xx nsultas/detalleP xxxxxx.xx?num Constancia=17- 9-430699 RCPS-097- 2017 SUMINISTRO SELECCIÓN ABREVIA DA MEDIANT E SUBASTA INVERSA PRESEN CIAL 732 de 02 demayo de 2017 866 de 20 dejunio de 2017 811,000,242-8 C&S TECNOLOG IA S.A. CONTRATISTA suministrara a EL TECNOLÓGICO la suscripción anual del software Education Creative Cloud for teams con todos sus componentes y asesoría en la instalación y manejo del mismo. a. Cumplir con el objeto del contrato en la forma y dentro del plazo establecido en el normal funcionamiento contrato, de todo tipo conformidad con las especificaciones técnicas señaladas. b. Entregar al Tecnológico de servicioAntioquía — I.U., aparatos e instalacionesla suscripción anual al software con el cumplimiento de las especificaciones mínimas y calidad exigida en los estudios previos y fichas técnicas. En caso de no cumplir estas condiciones a satisfacción del Tecnológico de Antioquia — I.U., especialmente si son de seguridadel contratista se obliga a remplazarlos sin costo alguno, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará cuya falla o defecto sea imputable a la C.T.M. mala calidad, en el plazo indicado por la institución. c. Atender las recomendaciones que realice la institución por intermedio del supervisor del contrato. d. Facturar la utilización Education Creative Cloud una vez sea entregada la suscripción anual, de acuerdo con la normatividad vigente. e. Capacitar al personal que disponga el área de sistemas de la institución para la operación del software. f. Aplicar toda la capacidad intelectual, técnica y administrativa indispensables para la correcta y eficiente prestación del servicio. g. Garantizar que durante el término del contrato estará disponible para el cumplimiento del objeto contratado. h. Tramitar y entregar al Tecnológico de Antioquia — I.U. la licencia de software el cual se especifica en los daños bienes a suministrar. i. Adjuntar a la factura de cobro, una relación de los servicios atendidos, previo visto bueno del supervisor del contrato y perjuicios ocasionados.acreditar el paz y salvo de pago de aportes parafiscales y la seguridad social, de acuerdo con la normativa vigente. POR EL TECNOLÓGICO está obligado a: a). Pagar al contratista el valor del presente contrato en los términos establecidos en la Cláusula Tercera del presente contrato. b). Xxxxx estrictamente por el cumplimiento del objeto contratado. c). Entregar al contratista la necesidad requerida, de acuerdo con las características descritas en las especificaciones técnicas. 27/06/2017 27/06/2017 27/08/2017 1 AÑO plazo para laejecución del contrato será de dos (2) meses. contados a partir de la suscripción del acta de inicio, sin embargo, la vigencia de la suscripción será por un año. $62.096.400 pagará el valor del contrato dentro de los diez(10) días calendario siguiente a la entrega y recibo a satisfacción del total de los elementos por parte del supervisor del contrato, se cuente con las certificaciones de garantías por parte del fabricante y se haya entregado la facturación respectiva en la Dirección Administrativa y Financiera de la Entidad. $62.096.400 El valor del presente contrato asciende a la suma de Sesenta y Dos Millones Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Pesos MI ($62.096.400,00). Parágrafo 1: El contrato se ejecutará a los precios unitarios ofertados en la propuesta final dentro de la subasta inversa presencial No. 12 XX 0000 XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX 98 xxxxx://xxx.xxx xxxxxx.xxx.xx/xx nsultas/detalleP xxxxxx.xx?num Constancia=17- 00-0000000 RCPS-098- 2017 COMPRAVEN TA CONTRA TACIÓN DIRECTA UNICO PROPON ENTE 863 de 07 dejunio de 2017 835 de 07 dejunio de 2017 860,032,724-1 Mc XXXX XXXX El contratista entregará al Tecnológico de Antioquia -Institución Universitaria a título de compraventa, textos bibliográficos físicos y suscripción por libros electrónicos mediante la plataforma E-Books 7-24, acorde con las especificaciones técnicas descritas en el estudio previo y propuesta del proponente, las cuales hacen parte integral del contrato. a) Entregar los libros físicos en la sede central del Tecnológico de Antioquia, Institución Universitaria ubicada en la Xxxxx 00X X° 00X-000 xx Xxxxxxxx y acorde con las directrices emitidas por el supervisor del contrato y con las especificaciones y calidades propuestas del Contratista. En caso de no cumplir estas condiciones de satisfacción del Tecnológico de Antioquia Institución Universitaria, el contratista se obliga a reemplazarlos sin costo alguno, con relación a los elementos cuya falta o defecto sea imputable a la mala calidad, en el plazo indicado por la institución. b) Cubrir la entrega del link de acceso al portal de acceso a libros electrónicos de la editorial McGraw-Xxxx a través del sitio Web del Tecnológico de Antioquía xxx.xxxx.xxx.xx además de la garantía de capacitación, soporte permanente y entrega de las estadísticas mensuales de consulta y acceso al portal y acorde con las directrices emitidas por el Supervisor y con las especificaciones y calidades descritas en estudio previo y propuesta del Contratista. c) Los costos de movilización de los elementos al sitio de entrega, serán a cargo del contratista. d) Xxxxxxx las recomendaciones que realice la Institución Universitaria, por intermedio del supervisor del contrato. e) Designar un empleado, quien se encargará de solucionar cualquier inconveniente o inquietud que se presente durante la vigencia del contrato. f) Estar dispuesto y disponible para los requerimientos que efectúe el Tecnológico. g) Adjuntar a la factura de cobro, una relación de los bienes entregados a la entidad previo visto bueno del supervisor del contrato y acreditar el paz y salvo de pago de aportes parafiscales y la seguridad social, de acuerdo con la normativa vigente. EL TECNOLÓGICO está obligado a: a). Pagar al contratista el valor del presente contrato en los términos establecidos en la Cláusula Tercera del presente contrato. b). Xxxxx estrictamente por el cumplimiento del objeto contratado. c). Entregar al contratista la necesidad requerida, de acuerdo con las características descritas en las especificaciones técnicas. SEXTA:

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSon obligaciones de EL CONTRATISTA: a). Cancelar el valor del contrato en las condiciones expuestas en la cláusula quinta del presente acto jurídico; b). Utilizar el espacio exclusivamente para la explotación económica de la tienda escolar, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAque implica la venta de comestibles y bebidas; c). No vender o distribuir bebidas alcohólicas, cigarrillos o sustancias psicoactivas; d). No utilizar el espacio para actividades comerciales o personales diferentes a las aquí establecidas; e). Tendrá a su cargo las reparaciones útiles y necesarias locativas que el bien requiera; f). Las demás reparaciones que requieran la autorización expresa y escrita del Consejo Directivo de la Institución Educativa, previa evaluación del estado del bien; g). Velar por la conservación del bien objeto del presente acto jurídico; h). Restituir el bien objeto del presente acto jurídico al momento de finalizar el plazo estipulado; i). Prestar el servicio de cafetería de manera eficiente, con una amable atención, cordial y respetuosa a toda la comunidad, bajo óptimas condiciones de higiene y Contratación del Servicio xx Xxxxxx Escolar - Invitación Pública No. 01 salubridad; j). observar de manera diligente el régimen de precios máximos establecidos en los productos que se ofrecen en la cafetería escolar; k). informar al Rector (a) de la Institución Educativa de forma inmediata, cualquier anormalidad o suceso que se presente con los miembros de la comunidad educativa; l). Velar por el buen comportamiento de los empleados a su cargo, para utilizar materialesel buen funcionamiento de la cafetería escolar; m). Entregar en óptimas condiciones el bien una vez finalizado el plazo del contrato; n). Coordinar con EL CONTRATANTE el horario para el ingreso de proveedores y el personal a su cargo que se autorizará ingresar a la Institución para el cumplimiento del objeto contractual; ñ). Permitir y participar de las auditorias que realizará el Concejo Directivo de la Institución Educativa, procedimientosla primera preventiva que será a los tres (3) meses luego de iniciado el presente contrato y la segunda de carácter reglamentario, programas informáticos que se adelantará a los seis (6) meses de ejecución del contrato; o). Cumplir con las recomendaciones, acciones y equipos determinación del Consejo Directivo formuladas realizadas en las auditorías que adelantará; p). Cumplir con las normas de higiene y salubridad, junto con las obligaciones legales en cuanto a la manipulación de alimentos; el contratista deberá garantizar que el personal a cargo encargado de prestar el servicio utilice guantes, gorro y delantal; q). suministrar los alimentos relacionados en la ejecución del Contrato, deberá disponer lista de productos definida por la Institución Educativa y cumplir con las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios formalidades requeridas para la venta de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo productos nuevos que si no se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento encuentren en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosrespectiva lista.

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Samples: Invitación Pública N° 001 De 2019 “Tipo:

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALAdemás de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, INDUSTRIAL Y COMERCIAL son obligaciones específicas del contratista las siguientes: .- Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas. .- Cuidar el buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, sin perjuicio de los poderes de policía atribuidos a la administración. .- Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. .- Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestión de servicios públicos. .- Obtener la adecuada compensación económica para mantener el equilibrio económico de la concesión, en el supuesto de modificaciones del servicio impuestas por la Corporación que aumenten los costos o disminuyan la retribución; y en los casos en que por causas ajenas a las partes contratantes se alterasen las bases económicas de la concesión contempladas en el momento de su otorgamiento. .- Obligaciones laborales y sociales. El CONTRATISTAcontratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos de seguridad social y equipos en de prevención de riesgos laborales. .- El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del Contratocontrato los medios personales o materiales suficientes para ello, deberá disponer esta obligación se considera esencial. (Artículo 64.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). .- El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los supuestos de subcontratación. .- Gastos exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación, adjudicación y formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. En caso de que lo exija alguna de las cesionesAdministraciones que financia la obra, licenciasel contratista instalará a su xxxxx carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. .- Las autorizaciones, permisos, autorizaciones licencia y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averíastributo, interferencias tasa o perturbaciones impuesto derivado de la prestación del servicio. .- Con carácter previo al inicio de la prestación del servicio contratado, el adjudicatario deberá presentar, en el normal funcionamiento la Secretaría del Ayuntamiento la siguiente documentación, en copia compulsada: .-Póliza de todo tipo Seguro correspondiente de servicioResponsabilidad Civil que cubra los posibles daños corporales, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños materiales y perjuicios ocasionadosa consecuencia de ellos, involuntariamente ocasionados al Ayuntamiento y a terceros por hechos que tengan relación directa y deriven del riesgo del servicio contratado. .- Póliza de Seguro que cubra el robo e incendio en las instalaciones del Punto Limpio.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación a Traves De Contrato De Servicio Público en La Modalidad De Concesión Administrativa De Los Trabajos De Gestión Del Punto Limpio De Medina De Rioseco

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción Además de las obligaciones prescritas contenidas en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015 y las normas que las modifiquen, reemplacen o sustituyan, las obligaciones específicas derivadas de la propuesta y aquellas contenidas en los estudios previos de la contratación, el contratista se obliga para con EL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO a: A) OBLIGACIONES GENERALES 1. Dar trámite oportuno a los asuntos que le sean asignados en el párrafo precedentedesarrollo de sus obligaciones contractuales.2. Prestar los servicios contratados de manera eficaz, asumirá oportuna, así como atender los gastos requerimientos que le sean asignados por el Supervisor del Contrato. 3. Cumplir con el objeto y las obligaciones contractuales conservando un comportamiento de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia cordialidad, buen trato con las autoridades y entidades sujetas de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después atención de la Recepción Definitiva Secretaria del material o servicio, Interior. 4. Guardar debida reserva y confidencialidad sobre la sustitución total información y a xxxxx de éste el contenido de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros documentos que deba conocer con ocasión al contrato de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y prestación de forma que el servicio contratado quede aseguradoservicios. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución 5. Hacer entrega al supervisor del contrato de los elementos informes de gestión sobre las actividades realizadas durante el periodo de ejecución, con los soportes correspondientes, la C.T.M. sin necesidad . 6. Mantener al día sus pagos al Sistema de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución Seguridad Social. 7. Realizar seguimiento y control de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTAasuntos y actividades que le sean asignados. Todo ello, con independencia de 8. Asistir puntualmente a las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan reuniones de conformidad con las citaciones que se realicen previamente. 9. Asumir los gastos y riesgos que implican el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y desarrollo del contrato bajo su responsabilidad propia responsabilidad. 10. Pagar los impuestos nacionales y locales a que posee los derechos haya lugar. 11. Demás actividades encomendadas por la Secretaría de propiedad correspondientes manera oportuna y eficiente o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en por el propio cuerpo supervisor del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoscontrato.

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Samples: Contrato No. 202001859

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos EL CONTRATISTA se obliga a realizar la labor en la ejecución del Contratoforma acordada, deberá disponer empleando la mayor diligencia y cuidado, con observancia de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios normas legales e institucionales que sobre la materia contratada se encuentren vigentes. Especialmente se obliga: 1) Informar de los titulares avances, hallazgos y resultados obtenidos en los estudios realizados y acoger las recomendaciones emanadas en las sesiones semanales del comité técnico, en consenso y coordinación con la dirección y equipo interdisciplinario. 2) Construcción de cartografías de los conjuntos ferroviarios en base a la información del equipo interdisciplinario. 3) Realizar personalmente la labor encomendada, en consecuencia, no podrá ceder este contrato sin autorización de LA UNIVERSIDAD. 4) Mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones a que tenga acceso con ocasión del proyecto para el cual se le contrata. 5) Oagar los aportes al sistema de seguridad social en salud y pensiones que corresponda. PRODUCTOS A ENTREGAR: 1) Carpeta de mapas y cartografías temáticas (inventario patrimonial) en formato digital. 2) Carpeta digital con la geodatabase de los mapas. SÉPTIMA.TERMINACIÓN. El presente contrato termina: 1) Por la expiración del plazo pactado. 2) Por determinación unilateral de cualquiera de las patentespartes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa avisando a la propiedad intelectualotra con treinta días de anticipación, industrial sin que haya lugar a indemnización de perjuicios. 3) Por dejarse de prestar el servicio sin justa causa por parte de EL CONTRATISTA. 4) Por incumplimiento de la obligación de afiliación y comercialcotización al régimen de seguridad social por parte de EL CONTRATISTA; para el efecto, de tal modo se considera incumplimiento que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen da lugar a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir terminación del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo contrato que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el EL CONTRATISTA no hubiere procedido presente, a la sustitución solicitud de los elementos correspondientesLA UNIVERSIDAD, la C.T.M. sin necesidad las constancias que acrediten el cumplimiento de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTAtales obligaciones. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosOCTAVA.

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Samples: Contrato Por Prestacion De Servicios Codigo

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL Todas las relacionadas en los pliegos de condiciones y la propuesta presentada por el CONTRATÍSTA. Presentar dentro de los cinco días siguientes al inicio del contrato un plan operativo que será de obligatorio cumplimiento. Deberá dar cumplimiento a las órdenes e instrucciones de la interventoría dentro de los tres días siguientes a su recibo. El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos ochenta (80%) por ciento de la mano de obra no calificada que requiera el proyecto deberá ser de la comuna o área de influencia. Xxxxxxx remitirse a lo estipulado en la ejecución del ContratoGUÍA DE MANEJO SOCIO AMBIENTAL PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, deberá disponer adoptada por el Municipio de Medellín, mediante decreto 673 de 2006. Comprende, en general, las siguientes actividades: Realizar el control ambiental de las cesionesobras, licenciasy verificar el cumplimiento de todas las normas, permisoscondicionantes, autorizaciones diseños, actividades y derechos necesarios procesos recomendados en la normatividad ambiental. Obtener los permisos ambientales para uso y aprovechamiento de los titulares recursos naturales, previo a la iniciación de las patentesobras, modelosy velar por el cumplimiento de las medidas impuestas por la autoridad ambiental competente. Presentar informes quincenales sobre las medidas de prevención, marcas corrección, mitigación y compensación implantadas. Resolver, con asesoría de fábrica la Interventoría, las consultas e inquietudes de las comunidades con respecto al manejo ambiental del proyecto. Efectuar el seguimiento y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago monitoreo de los derechos e indemnizaciones por tales conceptostrabajos para vigilar que la ejecución de las obras se enmarque dentro de los requerimientos ambientales, y que sus resultados correspondan a los esperados, y llegado el caso tomar los correctivos necesarios. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa Diseñar las medidas tendientes a la propiedad intelectualcontrolar, industrial compensar y comercialmitigar los efectos ambientales, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento y verificar su ejecución durante todo momento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivoobra. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de De conformidad con el correspondiente Pliego decreto 2211 de Condiciones Particulares. Lo dispuesto octubre 12 de 2006, El contratista deberá allegar sendos originales de los estudios e informaciones, en esta Condición es independiente medios magnético e impreso, para la bibliotecas del Concejo de las reservas Medellín y el Departamento Administrativo de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitaraPlaneación. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos el contrato sea de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosasobretasa ambiental, se entenderán transmitidos con carácter indefinido deberá exigir copia impresa y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante en medio magnética para la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.entidad cofinanciadora

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Samples: Contrato Número

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALAdemás de las obligaciones que se deriven xxx Xxxxxx de Condiciones que asimismo regirá el presente contrato y de la normativa de aplicación, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAconstituyen deberes específicos del adjudicatario los siguientes: - Mantener el local abierto al público el año completo ( con la salvedad del período vacacional), y durante el horario que se señale en su proposición, debidamente atendido y en condiciones de limpieza y en permanente aptitud para utilizar materialesel uso al que va a ser destinado, procedimientosrealizando las reparaciones que fueran necesarias (tanto internas como externas) y respondiendo, programas informáticos incluso, de los deterioros de todo tipo producidos por los usuarios. Cualquier circunstancia que llegare a provocar la imposibilidad de apertura del local en los horarios señalados deberá ser oportunamente comunicada al Ayuntamiento. - Mantener en buen estado la porción de dominio público ocupado, así como perfectamente limpia un área de cinco metros en torno a la superficie ocupada. Dicha obligación la tendrá en el supuesto de que el adjudicatario quedase autorizado para la ocupación de espacios libres colindantes al edificio de servicios. - Mantener con las debidas garantías de higiene y equipos limpieza los aseos de la instalación y a disposición del público y usuarios del Parque en el horario de funcionamiento de la actividad que se desarrolla. - Abonar, por su cuenta, los gastos derivados del arrendamiento del local tales como agua, electricidad, teléfono, tasas e impuestos, etc. - Cuidar que los productos a la venta no podrán ser expuestos en contenedores sin protección individual que los aísle, desde el momento de su confección, del ambiente. - No ceder a terceros el contrato de arrendamiento. Sin embargo la Corporación, atendidas las circunstancias que concurran, podrá autorizarlo discrecionalmente siempre que se cumplan los requisitos señalados en el artículo 226 2º del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público . - Obtener la previa autorización de la Administración para introducir mejoras en la ejecución del Contratoactividad sin perjuicio de que tales mejoras sean impuestas por la Administración, deberá disponer mediante adecuada indemnización, si procede. - Permitir cuantas visitas e inspecciones disponga el Ayuntamiento para comprobar el cumplimiento de las cesionesobligaciones, licenciasrealizando las reparaciones y mejoras que sean exigidas por el Ayuntamiento como consecuencia de ellas. - Respetar las instrucciones emanadas del Ayuntamiento en cuanto al funcionamiento de la actividad desarrollada, permisoshorarios de apertura y cierre. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la resolución del contrato, autorizaciones y derechos necesarios sin derecho a indemnización. - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia del desarrollo de la actividad, así como los titulares producidos por el incumplimiento de sus obligaciones. A tal fin deberá contratar una póliza de responsabilidad civil, por un importe mínimo de 150.000,00 Euros. - Contratar una póliza de seguro de todo riesgo por el tiempo de duración del contrato, de la que será beneficiario el Ayuntamiento, que garantice, en caso de destrucción total o parcial de la instalación, el valor de reposición o reconstrucción a los precios vigentes en el momento del siniestro. En cuanto a las patentescitadas pólizas, modelosque deberán estar en vigor durante toda la duración prevista del contrato, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el adjudicatario asumirá el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa las primas y estará obligado a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento depositar en la infracción las oficinas municipales copia de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total mismas y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente recibos satisfechos. - Facilitar al Ayuntamiento cuantos datos se le fije y requieran de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientestipo estadístico, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí laboral o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosfiscal.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas Para La Adjudicación Del Contrato De “Arrendamiento De Local Municipal Sito en El Parque De La Florida De Portugalete Con Destino a Actividad De Bar Cafeteria

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALSon obligaciones del contratista: 1. Ejecutar el contrato en las condiciones previstas en el presente pliego de cláusulas particulares y el pliego de prescripciones técnicas. 2. Asignar al contrato de cada lote un gestor de cuenta local consistente en un interlocutor del comercializador eléctrico como responsable de la cuenta que, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAademás del contacto telefónico personal y mediante correo electrónico, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos pueda mantener reuniones con presencia física en la ejecución del Contrato, deberá disponer propia Fábrica u XX.XX. con los responsables de las cesionesmismas para las cuestiones propias del contrato y su desarrollo. Salvo casos urgentes, licenciaslas reuniones físicas se convocarán con un mínimo de 48 horas de antelación. 3. Disponer de una oficina virtual accesible a través de internet desde la cual sea posible obtener información completa sobre cada punto de suministro contratado: Número, permisostarifa, autorizaciones contrato, facturación histórica detallada y derechos necesarios desglosada, estado de pagos, etc., debiendo facilitar a CETARSA el enlace, y en su caso, las claves de acceso a la página web. 4. Exigir al distribuidor del suministro el cumplimiento de los titulares niveles de las patentescalidad individual definidos en los artículos 100 a 104 del R.D.1955/2000, modeloso cualquier otra legislación vigente que los sustituya o complemente. 5. Reclamar al distribuidor los descuentos regulados en el art. 105 de dicho Real Decreto tomando siempre como índices los más favorables para cada Fábrica, marcas en el caso de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago incumplimiento de los derechos e indemnizaciones valores de calidad fijados en el art. 104 del referido R.D. 6. Xxxxxxse a lo reglamentado en el RD 1110/2007 de 24 xx xxxxxx, por tales conceptosel que se aprueba el Reglamento Unificado de puntos de Medida o cualquier otra legislación vigente que lo sustituya o complemente. 7. El CONTRATISTA será responsable Comercializador exigirá al Distribuidor un riguroso autocontrol sobre la calidad del suministro e informará a CETARSA de toda reclamación relativa incumplimientos en la calidad del servicio en los aspectos de continuidad del suministro y calidad del producto. 8. El Comercializador, a petición de CETARSA, realizará las gestiones y las reclamaciones administrativas oportunas ante el Distribuidor. 9. Disponer del personal con la propiedad intelectualcapacidad técnica precisa para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato. Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario y éste, industrial por tanto, tendrá todos los derechos y comercialdeberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedentedisposiciones sobre seguridad por parte del personal designado por él, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su implicarán responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosalguna para CETARSA.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAcontratista deberá realizar el objeto del contrato con la continuidad convenida así como cuidar del buen orden del mismo. El contratista quedará obligado a aportar, para utilizar materialesla realización del trabajo, procedimientosel equipo o medios auxiliares que sean precisos para la buena ejecución de aquél en los plazos convenidos en el contrato, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta así como a contratar el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptospersonal necesario para atender a sus obligaciones. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa contratista deberá, asimismo, hallarse debidamente reconocido o adscribirse a la propiedad intelectualECOEMBALAJES ESPAÑA, industrial y comercialS. A., de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego anexo V del Convenio Marco entre la Comunidad Autónoma de Condiciones ParticularesPaís Xxxxx y el Sistema Integrado promovido por Ecoembalajes España, SA, suscrito entre esta última y el Gobierno Xxxxx con fecha de 17 xx xxxxx de 2009. Lo dispuesto El incumplimiento del citado convenio puede ser causa de resolución del contrato en esta Condición es independiente virtud de las reservas este pliego se suscriba. Todos aquellos datos que pudiera conocer la empresa adjudicataria en relación con la presente contratación se entienden confidenciales, debiendo guardar la identidad y el secreto de propiedad industrial o intelectual los mismos. La utilización por la empresa adjudicataria de datos de carácter personal que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En pueda resultar precisa para el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo cumplimiento del contrato se especifique otra cosaefectuará con observancia de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal. El contratista deberá presentar anualmente certificación acreditativa de hallarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados así como último recibo de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo póliza de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento seguro de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosresponsabilidad civil.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Y Prescripciones Técnicas

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALLas obras se ejecutarán con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de condiciones particulares y al proyecto que sirve de base al contrato y conforme a las instrucciones que, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAen interpretación técnica de éste, diere al contratista el director facultativo de las obras. Cuando dichas instrucciones fueren de carácter verbal deberán ser ratificadas por escrito en el más breve plazo posible, para utilizar materialesque xxxx vinculantes para las partes. Correrán a cargo del contratista, procedimientoshasta un máximo del 0,5% del Presupuesto de Adjudicación de la obra, programas informáticos los siguientes gastos:  Los derivados de la fabricación y equipos colocación del cartel de obra con el diseño previamente suministrado por el Consorcio.  Los derivados de la redacción y entrega del denominado Libro final de obra, documento al que se incorporará suministradores, materiales empleados, dosificaciones, firmas comerciales utilizadas y cuantos datos permitan realizar una correcta gestión y mantenimiento de la obra acabada. A este documento se acompañarán planos de estado final de obra en formato papel y dwg en los que se incluyan, además de los detalles constructivos de forjados, estructura, carpintería, etc., todos los recorridos reales de las canalizaciones interiores de comunicación, electricidad, fontanería y saneamiento.  Los derivados de la impresión de 1.000 ejemplares de tríptico con información en tres idiomas de información de la obra, conteniendo información gráfica y escrita de las características fundamentales de la obra, según diseño facilitado por el Consorcio.  Los derivados de la fabricación, instalación y mantenimiento en buenas condiciones xxx xxxxxxx perimetral de la obra que impida el acceso a la zona de trabajo de los transeúntes. El contratista deberá observar asimismo las instrucciones que, en su caso, le diere el Técnico designado por el órgano de contratación, en el ámbito de sus atribuciones. PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DENOMINADA “RESTAURACIÓN DE LA CASA TOLOSA”- FASE I DE CONSOLIDACIÓN. 46 Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía, el contratista es responsable de los defectos que en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivoconstrucción puedan advertirse. Si como consecuencia a juicio del facultativo director designado por El Consorcio hubiera alguna parte de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada obra ejecutada deficientemente, el contratista deberá rehacerla sin derecho a indemnización de su propiedadningún género, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún aunque se hubiere apreciado después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede aseguradorecepción. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA la dirección estima que las unidades de obras defectuosas o que no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de cumplen estrictamente las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo condiciones del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a tercerosson, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averíasembargo, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicioadmisibles, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.puede proponer

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria Para La Contratación De La Ejecución De La Obra Denominada “Restauración De La Casa

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALCorresponde a LA CONTRATISTA en virtud de la presente contratación, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAy a fin de cumplir cabalmente el objeto del mismo, prestar los servicios profesionales para realizar acompañamiento en el componente jurídico en el trámite de las diferentes etapas de los procesos contractuales, judiciales, administrativos y disciplinarios que adelante EMPUARG S.A. E.S.P., debiendo ejecutar la siguientes Actividades: 1) Garantizar que los procesos de contratación que se desarrollan en la E.S.P., se lleven a cabo acorde a lo establecido en el Acuerdo 005 del 23 de Septiembre de 2008 Manual de Contratación de Las Empresas Públicas de La Argentina “EMPUARG S.A. E.S.P.” 2). Orientar las modalidades de contratación de acuerdo a los requerimientos de la empresa y su Manual de Contratación. 3) Elaborar las minutas de los contratos y órdenes de servicio que suscriba EMPUARG S.A. E.S.P. 4) Elaborar las minutas de Otrosí o contratos adicionales que se requieran. 5) Elaborar y/o revisar los estudios previos y Actas de justificación de los contratos que se requieran suscribir para suplir las necesidades que surjan en la empresa. 6) Realizar la evaluación jurídica de las propuestas presentadas por los diferentes oferentes en los procesos de selección que se adelanten en la empresa. 7) Proyectar y visar las actas de terminación y liquidación de los contratos suscritos por la empresa. 8) Revisar y aprobar las diferentes pólizas exigidas en cada proceso de contratación que sean presentadas por los contratistas, para utilizar materialesdeterminar su perfecto otorgamiento. 9) Asesorar a la Gerencia, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer las actividades propias de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios supervisiones de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica contratos en su componente jurídico. 10) Revisar todos los documentos y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo actos administrativos que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia emanen de la citada reclamación empresa. 11) Asumir la C.T.M. quedara privada representación judicial de su propiedad, utilización EMPUARG S.A. E.S.P. ante los diferentes despachos judiciales cuando la empresa sea parte activa o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma pasiva. 12) Garantizar que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo de asesoría jurídica se preste conforme a los estándares éticos y de calidad que el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor ejercicio de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo profesión del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.derecho exige,

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALa) Ejecutar el objeto del contrato de acuerdo con el plazo estipulado. b) Entregar las frutas y verduras solicitadas, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTAque cumplan con las características definidas en el presente estudio previo, de conformidad con la propuesta técnica presentada. c) Garantizar la oportunidad y entrega completa de las frutas y verduras de acuerdo a la solicitud por escrita de los supervisores. d) Garantizar que las frutas y verduras sean entregados en excelente calidad y conservación y óptimos para utilizar materialesel consumo humano. e) Realizar los cambios inmediatos de aquellas frutas y verduras que se consideren no aptas para el consumo humano. f) Hacer entrega de las frutas y verduras según lo estipulado en el Sanatorio de Contratación E.S.E, procedimientos, programas informáticos y equipos ubicado en la ejecución del Contrato, deberá disponer Xxxxx 0 Xx. 0-00 xxx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxx y de acuerdo al estudio de Oportunidad y conveniencia. g) Presentar la factura con el despacho de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones frutas y derechos necesarios verduras de acuerdo a los titulares pedidos parciales hechos por el Sanatorio de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta Contratación E.S.E. h) Acreditar el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosaportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial I) Las demás que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivorequieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.CLAUSULA SEPTIMA -

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Samples: Contrato No. 022 2018 Clase De Contrato De Suministro

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, 1. Realizar las actividades precontractuales para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en lograr la celebración de los contratos necesarios para la ejecución del Contrato, deberá disponer Plan de intervenciones colectivas tanto departamental como municipal. 2. Coordinar las actividades y desarrollo de los anexos técnicos contenidos en los Planes de Intervenciones Colectivas municipal y departamental. 3. Garantizar la oportunidad en la elaboración y entrega del informe de ejecución del PIC ante los entes territoriales. 4. Asistir a la capacitación programada por la secretaria departamental de salud para la presentación de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones diferentes estrategias y derechos necesarios formatos establecidos que se vayan a implementar para el PIC 2019. 5. Apoyar a la ESE en la gestión para la realización del contrato del PIC. 6. Asistir de manera obligatoria a las diferentes reuniones citadas por el ente departamental y municipal dentro de los titulares temas relacionados con el objeto del presente contrato. 7. Elaboración de formatos para el seguimiento y ejecución de las patentesdiferentes actividades a desarrollar y su socialización con Calidad del Hospital Xxx X y el Plan Local, modelos, marcas para su aprobación. 8. Socialización del PIC con los líderes de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo la comunidad para su ejecución. 9. Apoyo en consulta de su exclusiva cuenta RCV 10. Realización de sesiones educativas para los talleres lúdicos. 11. Realización de la temática a tratar en los programas radiales. 12. Realizar Talleres Lucidos con los grupos de las Instituciones. 13. Efectuar el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosaportes al Sistema General de Seguridad Social Integral a que haya lugar durante el término de ejecución del contrato. El CONTRATISTA será responsable 14. Realizar los aportes al Sistema General de toda reclamación relativa Seguridad Social (Salud, Pensión y Riesgos Laborales). 15. Realizar la supervisión de los contratos que sean requeridos como apoyo a la propiedad intelectualejecución de los PIC. 16. Ejecutar con gestión de resultado, industrial todas las actividades que sean inherentes y comercialnecesarias para el cumplimiento de los PIC municipal y departamental, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento conformidad a los lineamientos establecidos en la infracción Resolución 518 de las obligaciones prescritas en 2015. 17. Entregar una vez finalizado el párrafo precedentecontrato, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total insumos y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados materiales suministrados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en entidad para el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede aseguradocumplimiento del objeto contractual. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosCLÁUSULA SEXTA.

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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, CONTRATISTA se compromete a: 1. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato. 2. Organizar los elementos necesarios para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer realización de las cesionesgrabaciones de acuerdo con los requerimientos del proyecto. 3. Coordinar / operar el equipo (técnico, licenciashumano), permisosde acuerdo con las características de cada grabación / filmación. 4. Seguir las indicaciones dadas por el director y/o productor en cada grabación / filmación. 5. Responder por la calidad de cada una de las grabaciones en lo referente a ______________. 6. Garantizar el buen uso del equipo y los recursos a su cargo. 7. Atender los llamados de grabación de acuerdo con los planes y cronogramas de trabajo. 8. Informar a la oficina de Producción sobre cualquier anomalía en el desarrollo de las responsabilidades a su cargo. 9. Asistir a las reuniones técnicas y/o de producción convocadas por la oficina de Producción. 10. Entregar a la Producción los archivos en papel, autorizaciones magnéticos y derechos audiovisuales que se deriven de su trabajo. 11. Velar por la coherencia conceptual y artística del proyecto. 12. Todas las demás que le sean asignadas para el cumplimiento del objeto del contrato. (Para obligaciones específicas por cargo vea el “Formato de obligaciones contractuales para audiovisual”) OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: 1.Cancelar la suma pactada al contratista una vez cumplidas las condiciones de la cláusula. 2. Suministrar al contratista todos los materiales técnicos y de producción, necesarios para el cumplimiento de su labor. 3. Cancelar el costo de uso de los titulares equipos durante la realización de las patenteslabores del CONTRATISTA. 4. Entregar una copia del producto terminado al CONTRATISTA en formato (VHS, modelosDVD, marcas Betacam, Dvcam, Mini DV,Disco externo, etc), cuando el proyecto se haya terminado. 8. GASTOS DE VIAJE: En caso de fábrica y “copyright” correspondientesque el CONTRATISTA requiera para su trabajo desplazarse a otro lugar, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectualProducción reconocerá con cargo al proyecto, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que viaje, transporte y manutención. Los montos se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia establecerán de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadossiguiente manera: ___________________ 9.

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Samples: Contrato Prestación De Servicios

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUALEl contratista se obliga: ⮚ Entregar previo a la suscripción del contratolas Póliza de Responsabilidad Civil por $100,000,00 (CIEN MIL CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA), INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTApóliza de Seguros de Vida y Accidentes por $50.000,00 (CINCUENTA MIL CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA) y Póliza de Gastos Médicos por $20.000,00 (VEINTE MIL CON 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA). ⮚ Asumir la responsabilidad de pérdidas de bienes de propiedad de la Universidad de Las Artes, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer caso de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios haber comprobado negligencia por parte de los titulares agentes que prestan el servicio de las patentes, modelos, marcas de fábrica seguridad y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptosvigilancia. Así como la coparticipación en dicha pérdida. El CONTRATISTA será responsable Administrador de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa contrato en caso de que la C.T.M. así contratista incumpla la reposición por lapérdida comprobada por negligencia hará uso de lo solicitaraque estipula la Póliza de Responsabilidad Civil. Cuando Por ningún motivo el administrador de contrato aceptará que de comprobarse que la pérdida haya sido por negligencia de los agentes se transmitan contractualmente le descuente o se multe a los agentes que no tuvieron que ver con dicha negligencia. Finalmente, a los agentes involucradosen la negligencia se le multará con el valor del deducible objeto de cobertura de la póliza de responsabilidad civil. ⮚ Presentar a la C.T.M. Universidad un levantamiento de riesgos, vulnerabilidades y puntos críticos al inicio del contrato o servicio. ⮚ Suscribir el Acta xx Xxxxxxxx de los derechos bienes que se encuentran en áreas donde los agentes mantengan llaves para las distintas actividades. Dicha acta debe estar firmada por el representante de propiedad intelectualla Compañía. Sin que esto motive a la no consideraciónen la responsabilidad de los bienes donde no se manejen llaves, especialmente ya que el Servicio de Seguridad y Vigilancia es en todo elespacio de los referidos a programas Edificios de ordenador, incluida su cada Campus objeto del servicio. ⮚ Entregar toda la documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo necesaria para que la entidad contratante proceda con el pago descrito en el propio cuerpo del contrato numeral 12: ⮚ Por ningún motivo se especifique otra cosaaceptará que se le descuente de los valores de haberes respecto de los uniformes, materiales, equipos,solicitados en los equipos mínimos a los agentes de seguridad. Salvo el caso que se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacionalextravíen o por negligencia. Asimismo, cuando En caso de que el contratista incurra en dicha inobservancia se trate de desarrollo le procederá a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados una multa por parte de la transmisión serán Universidad de Las Artes,a través del administrador de contrato y tendrá un mínimo 5 días del reintegro de dichos valores a los agentes. De no proceder a cumplir dicha disposición el administrador de contrato procederá a realizar las multas respectivas a la contratista. Cabe indicar que al finalizar el contrato los agentes devolverán todas las prendas entregadas al personal de seguridad y vigilancia. ✓ Suscribir las Actas de Entrega. Recepción Parcial mensual del servicio recibido. Previa presentación del Informe Favorabledel Administrador del Contrato. ✓ Procesar el pago oportuno. Una vez que haya recibido toda la documentación pertinente, requisito indispensable. ✓ Verificar que los horarios de trabajo, coincidan con la planificación y registro de asistencia y bitácoras. ✓ Verificar que los valores por cuenta haberes coincidan con la carga laboral permitida por el Código de Trabajo y que los pagospor concepto de sobretiempo sean los justos de acuerdo a los horarios registrados. ✓ Verificar que se mantengan el correcto uso de los uniformes y accesorios, solicitados en los pliegos. ✓ Verificar el uso correcto y oportuno de credenciales que lo acrediten como funcionario del CONTRATISTAcontratista. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante ✓ Verificar que se apliquen correctamente el uso de los protocolos de seguridad y Vigilancia. ✓ Los servicios del contratista, así como sus sistemas de control estarán sujetos al control y supervisión por parte de la Universidad de Las Artes en forma sorpresiva. ✓ Dar solución a las peticiones y problemas que se presentaren en la ejecución del servicio contratado contrato, en un término de 10 días contadosa partir de la petición escrita formulada por el contratista. Para el caso de servicios, de ser necesario, previo el trámite legaly administrativo respectivo, celebrar los contratos complementarios en un plazo 15 días contados a partir de la decisión de la máxima autoridad. Suscribir las actas de entrega recepción de los trabajos recibidos, siempre que se produjera cualquier tipo de averíashaya cumplido con lo previsto en ley para la entrega recepción; y, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de serviciogeneral, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadoscumplir con las obligaciones derivadas del contrato.

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Samples: Contrato No. Ua C Adm 2022 001

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a) G a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen r a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total y n t i z a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma r que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo desarrollo del objeto contractual se realice en forma permanente y no se interrumpa bajo ninguna circunstancia excepto en los casos de fuerza mayor, el CONTRATISTA no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan cual deberá prestarse de conformidad con lo estipulado en el correspondiente Pliego presente contrato y su propuesta. b) Prestar los servicios contratados en los términos taxativos del contrato, por lo tanto, en el evento de Condiciones Particulares. Lo dispuesto algún incumplimiento en esta Condición es independiente la prestación del servicio, los valores correspondientes podrán serán descontados por el contratante, previa verificación del incumplimiento, de las reservas sumas que estén pendientes por pagar, para lo cual se autoriza expresamente desde ahora al CONTRATANTE. c) Realizar asistencia personalizada en la entidad como mínimo de propiedad industrial dos (02) días cada quince (15) días calendario y/o intelectual que puedan establecerse cuando lo requiera la Gerencia. d) Dar a conocer las observaciones oportunamente encontradas en las Condiciones Particulares auditorias que se realicen a favor las dependencias que audita y a la Gerencia para tomar las medidas correspondientes y plan de mejoramiento de inmediato. e) Acompañamiento y a s i s t e n c i a en r e u n i o n e s de J u n t a Directiva cuando sean requeridas por la Gerencia. f) Acatar las directrices que durante el desarrollo del contrato le imparta el Sanatorio de Contratación E.S.E a través de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes Supervisión o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán Gerencia. g) Asumir de manera total y exclusiva, la responsabilidad derivada de la calidad e idoneidad de las actividades objeto del contrato, así como de los actos u omisiones. En consecuencia se compromete a mantener libre al Sanatorio de Contratación E.S.E, de cualquier responsabilidad por cuenta éste aspecto y a salir siempre en defensa de la entidad contratante frente a reclamaciones judiciales o extrajudiciales, acciones de tutela, acciones de cumplimiento que le instaure personas afectadas en razón del CONTRATISTAdesarrollo del objeto contractual y a reconocerle al Sanatorio de Contratación E.S.E. Contratante, cualquier suma que ésta entidad deba pagar por tal concepto. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionados.h)

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Samples: www.sanatoriocontratacion.gov.co

OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. PROPIEDAD INTELECTUAL, INDUSTRIAL Y COMERCIAL 20.1.- El CONTRATISTA, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de contrato se ejercitará con estricta sujeción a las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El CONTRATISTA será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas estipulaciones contenidas en el párrafo precedentepresente pliego de cláusulas administrativas particulares, asumirá los gastos observando fielmente lo establecido en el pliego de defensa judicial o extrajudicial prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación. Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en las dependencias que se ocasionen a la C.T.M. por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación la C.T.M. quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del CONTRATISTA, aún después de la Recepción Definitiva del material o servicio, la sustitución total el Ayuntamiento xx Xxxxxxx sean indicadas y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. en el plazo señalado en la cláusula 8 del presente pliego, o en el que prudencialmente se le fije hubiere ofertado el contratista en su proposición si fuera menor. El vehículo a suministrar deberá entregarse en condiciones de circulación (Visado de ITV) y matriculación siendo ésta última a cargo del adjudicatario que la tramitará con el nombre designado por el Ayuntamiento. Así también, el vehículo deberá entregarse perfectamente serigrafiado en su cabina con el logo corporativo del Ayuntamiento xx Xxxxxxx. La Administración podrá inspeccionar las diferentes fases de elaboración de los bienes a suministrar. Asimismo, el órgano adjudicador podrá efectuar por sí mismo, u ordenar al contratista, x xxxxx de éste, la realización de análisis, ensayos y pruebas de los materiales empleados y de forma los bienes a suministrar, a fin de comprobar que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el CONTRATISTA no hubiere procedido se adecuan a la sustitución calidad e idoneidad ofertadas por el adjudicatario. (art. 271 LCSP). El contratista estará obligado a realizar todas las operaciones que resulten necesarias para la instalación, puesta en funcionamiento o puesta en marcha de los elementos correspondientesbienes a suministrar, la C.T.M. sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del CONTRATISTA. Todo ello, con independencia de las penalizaciones e indemnizaciones por daños y perjuicios que procedan de conformidad con el correspondiente Pliego de Condiciones Particulares. Lo dispuesto en esta Condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse en las Condiciones Particulares a favor de la C.T.M. En el caso de productos “software”, el CONTRATISTA declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, documentación técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que establecido en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosapliego de prescripciones técnicas, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el CONTRATISTA garantiza ante la C.T.M. la exclusividad de considerándose su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión serán por cuenta del CONTRATISTA. NO PERTURBACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO Si durante la ejecución del servicio contratado se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones costo incluido en el normal funcionamiento de todo tipo de servicio, aparatos e instalaciones, especialmente si son de seguridad, imputables al CONTRATISTA, éste indemnizará a la C.T.M. por los daños y perjuicios ocasionadosprecio del contrato).

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regula El Contrato Administrativo De Suministro Mediante Arrendamiento Financiero