Common use of Obligaciones de Seguridad Social Clause in Contracts

Obligaciones de Seguridad Social. A efectos de lo previsto en el artículo 60. d) del TRLCSP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando, en su caso, concurran las siguientes circunstancias: A los efectos de la expedición de las certificaciones reguladas en el artículo 14 del RGLCAP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas. Las certificaciones tendrán validez, a efectos de participar en los procedimientos de licitación, durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición. No obstante, si la certificación hubiese caducado antes de la adjudicación del contrato, el empresario propuesto como adjudicatario deberá presentar una certificación actualizada a requerimiento del órgano de contratación (art. 22 del RGLCAP) Cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos relativos a obligaciones tributarias o de Seguridad Social, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable (art. 13.2 RGLCAP) En el mismo documento a que se refiere el anterior número 5, o en documento distinto, el licitador deberá igualmente realizar una declaración responsable sobre los siguientes extremos: Cuando el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberá aportar además cualesquiera de estos documentos: - Los que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. - Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida disposición adicional 4º del TRLCSP. Para justificar su capacidad, deberán aportar la inscripción en los Registros o las certificaciones exigidas en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RCAP. Igualmente deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia. El informe de la Misión Diplomática regulado en los artículos 55.1 del TRLCSP y 10 del RCAP. Cuando el contrato vaya a ejecutarse en España, una declaración de someterse a los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera corresponder al licitador [artículo 130.1e) del TRLCSP]. Además de los documentos comunes indicados, los empresarios navieros españoles deberán presentar los documentos siguientes:

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Obligaciones de Seguridad Social. A efectos de lo previsto Las circunstancias expresadas en el artículo 60art. d) 14 del TRLCSPReglamento General de LCAP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en acreditarán mediante certificación expedida por el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuandoórgano competente, en su caso, concurran las siguientes circunstancias: A los efectos la cual deberá hacerse constar el carácter positivo o negativo de la expedición de las certificaciones reguladas en el artículo 14 del RGLCAP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas. Las certificaciones tendrán validez, a efectos de participar en los procedimientos de licitación, durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expediciónmisma. No obstante, si la certificación hubiese caducado antes de la adjudicación del contrato, el empresario propuesto como adjudicatario deberá presentar una certificación actualizada a requerimiento del órgano de contratación (art. 22 del RGLCAP) Cuando cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos relativos a obligaciones tributarias o que se refieren los citados arts. 13 y 14 del Reglamento General de Seguridad SocialLCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable (artresponsable. 13.2 RGLCAP) En Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el mismo documento a requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que se refiere el anterior número 5, o en documento distinto, el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La adjudicación deberá igualmente realizar una declaración responsable sobre los siguientes extremos: Cuando ser motivada de conformidad con lo dispuesto en el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª artículo 151.4 del TRLCSP, y se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá aportar además cualesquiera contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado, interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP recurso suficientemente fundado contra la decisión de estos documentos: - Los que acrediten quela adjudicación, al tiempo de presentar su proposición, tiene conteniendo todos los extremos expresados en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. - Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida disposición adicional 4º citado artículo 151.4 del TRLCSP. Para justificar La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su capacidadrecepción por el destinatario. En particular podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubieran designado al presentar sus proposiciones. El plazo para considerar rechazada la notificación, deberán aportar la inscripción en con los Registros o las certificaciones exigidas en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RCAP. Igualmente deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada efectos previstos en el artículo 58.2 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, será xx xxxx días. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP oTRLCSP. En todo caso, en caso la notificación y en el perfil de no necesitarla para ejecutar contratante se indicará el contratoplazo en que debe procederse a su formalización conforme al artículo 156.3 del TRLCSP. No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en las presentes Bases. No obstante, deberán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia. El informe lo anterior, el órgano de contratación, de oficio o a propuesta de la Misión Diplomática regulado Mesa de contratación, podrá, en los artículos 55.1 cualquier momento antes de la adjudicación, y por razones motivadas de interés público, renunciar a la celebración del TRLCSP y 10 del RCAP. Cuando el contrato vaya a ejecutarse en España, una declaración de someterse a los juzgados y tribunales españoles, con renuncia al fuero extranjero que pudiera corresponder al licitador [artículo 130.1e) del TRLCSP]. Además de los documentos comunes indicados, los empresarios navieros españoles deberán presentar los documentos siguientes:contrato.

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Obligaciones de Seguridad Social. A efectos de lo previsto Las circunstancias expresadas en el artículo 60art. d) 14 del TRLCSPReglamento General de LCAP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en acreditarán mediante certificación expedida por el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuandoórgano competente, en su caso, concurran las siguientes circunstancias: A los efectos la cual deberá hacerse constar el carácter positivo o negativo de la expedición de las certificaciones reguladas en el artículo 14 del RGLCAP, se considerará que las empresas se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión con ocasión de la impugnación de tales deudas. Las certificaciones tendrán validez, a efectos de participar en los procedimientos de licitación, durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expediciónmisma. No obstante, si la certificación hubiese caducado antes de la adjudicación del contrato, el empresario propuesto como adjudicatario deberá presentar una certificación actualizada a requerimiento del órgano de contratación (art. 22 del RGLCAP) Cuando cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos relativos a obligaciones tributarias o que se refieren los citados arts. 13 y 14 del Reglamento General de Seguridad SocialLCAP, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable (artresponsable. 13.2 RGLCAP) En Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. De no cumplimentarse adecuadamente el mismo documento a requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que se refiere el anterior número 5, o en documento distinto, el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. La adjudicación deberá igualmente realizar una declaración responsable sobre los siguientes extremos: Cuando ser motivada de conformidad con lo dispuesto en el licitador pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª artículo 151.4 del TRLCSP, y se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante. La notificación deberá aportar además cualesquiera contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado, interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP recurso suficientemente fundado contra la decisión de estos documentos: - Los que acrediten quela adjudicación, al tiempo de presentar su proposición, tiene conteniendo todos los extremos expresados en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100. - Los que acrediten que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación regulado en la referida disposición adicional 4º citado artículo 151.4 del TRLCSP. Para justificar La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su capacidadrecepción por el destinatario. En particular podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubieran designado al presentar sus proposiciones. El plazo para considerar rechazada la notificación, deberán aportar la inscripción en con los Registros o las certificaciones exigidas en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RCAP. Igualmente deberán acreditar que cuentan con la autorización especial regulada efectos previstos en el artículo 58.2 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco días. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del TRLCSP oTRLCSP. En todo caso, en caso la notificación y en el perfil de no necesitarla para ejecutar contratante se indicará el contrato, deberán presentar una declaración responsable plazo en la que se haga constar dicha circunstancia. El informe de la Misión Diplomática regulado en los artículos 55.1 del TRLCSP y 10 del RCAP. Cuando el contrato vaya debe procederse a ejecutarse en España, una declaración de someterse a los juzgados y tribunales españoles, con renuncia su formalización conforme al fuero extranjero que pudiera corresponder al licitador [artículo 130.1e) 156.3 del TRLCSP]. Además No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los documentos comunes indicados, los empresarios navieros españoles deberán presentar los documentos siguientes:criterios que figuren en las presentes Bases.

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