Common use of OBLIGACIONES DE FONADE Clause in Contracts

OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las siguientes: 1) Cancelar a EL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma de pago establecida en la cláusula correspondiente.2) Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato. PARÁGRAFO: Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse la interventoría, FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las siguientes: 1) . Cancelar a EL AL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma de pago establecida en la cláusula correspondiente.2) correspondiente. 2. Exigir a EL AL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) mismo. 3. Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato. 5. Las demás obligaciones que se encuentren en el Estudio Previo y en las Reglas de Participación. PARÁGRAFO: Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse la interventoríasupervisión o interventoría (según corresponda), FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las contenidas en el numeral 8.3.2 del Capítulo Octavo de las Reglas de Participación y las siguientes: 1) Cancelar a EL . Entregar al CONTRATISTA el anticipo estipulado y pagarle el valor del contrato en la forma de pago establecida y bajo las condiciones previstas. 2. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en la cláusula correspondiente.2) Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del CONTRATISTA de obra. PARÁGRAFO: Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse la interventoría, FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las siguientes: 1) Cancelar a EL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma de pago establecida en la cláusula correspondiente.2correspondiente. 2) Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) Las mismo. 3)Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato. PARÁGRAFO: Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse la interventoría, FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las siguientes: 1) Cancelar . Entregar a EL CONTRATISTA el anticipo estipulado y pagarle el valor del contrato en la forma de pago establecida y bajo las condiciones previstas. 2. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en la cláusula correspondiente.2) Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza desarrollo del contrato, sin perjuicio de la autonomía propia del CONTRATISTA de obra. PARÁGRAFO: Si Si, por circunstancias imputables al a EL CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato contrato, y como consecuencia de ello debe adicionarse la interventoría, FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las siguientes: 1) Cancelar . Pagar a EL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma y bajo las condiciones previstas. 2. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el desarrollo del contrato, sin perjuicio de pago establecida en la cláusula correspondiente.2) Exigir a autonomía propia de EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contratoobra. PARÁGRAFO: Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA a EL CONTRATISTA, o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y y, como consecuencia de ello ello, debe adicionarse la interventoría, FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en . En caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento descuento, se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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OBLIGACIONES DE FONADE. Son obligaciones de FONADE las siguientes: 1) . Cancelar a EL AL CONTRATISTA el valor del contrato en la forma de pago establecida en la cláusula correspondiente.2) correspondiente. 2. Exigir a EL AL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contractual y velar por el cumplimiento del mismo.3) mismo. 3. Suministrar la información necesaria que el CONTRATISTA requiera para la ejecución del Contrato. 4. Las demás obligaciones que surjan de acuerdo con la naturaleza del contrato. PARÁGRAFO: Si por circunstancias imputables al CONTRATISTA o cuyo riesgo de concreción fue asumido por este, resulta necesaria la prórroga del plazo para la ejecución del contrato y como consecuencia de ello debe adicionarse la interventoríasupervisión o interventoría (según corresponda), FONADE descontará dicho valor de las sumas que EL CONTRATISTA le adeude, en caso tal de que no sea posible efectuar dicho descuento, FONADE podrá reclamarlo judicialmente. De tal descuento se deberá dejar constancia en el documento de prórroga. Lo anterior, sin perjuicio de la exigibilidad o efectividad de la cláusula penal de apremio y/o cláusula penal pecuniaria y de las acciones que pueda iniciar FONADE para obtener la indemnización de los perjuicios adicionales que tales circunstancias le generen.

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