Norma. Las autoridades públicas aceptarán la declaración general fechada y firmada por el capitán, el agente del buque o cualquiera otra persona habilitada y debidamente autorizada por el capitán.
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Sources: Convenio Para Facilitar El Tráfico Marítimo Internacional
Norma. Las autoridades públicas aceptarán la declaración general de provisiones de a bordo fechada y firmada por el capitán, el agente capitán o por un oficial del buque o cualquiera otra persona habilitada y debidamente autorizada autorizado por el capitáncapitán que tenga conocimiento personal de dichas provisiones.
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Sources: Convenio Para Facilitar El Tráfico Marítimo Internacional
Norma. Las autoridades públicas aceptarán que la declaración general esté fechada y firmada por el capitán, el agente del buque o cualquiera cualquier otra persona habilitada y debidamente autorizada por el capitán, o autenticada de una manera aceptable para la autoridad pública competente.
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Sources: Enmiendas Al Convenio Para Facilitar El Tráfico Marítimo Internacional, 1965
Norma. Las autoridades públicas aceptarán la declaración general de cargamento fechada y firmada por el capitán, el agente del buque o cualquiera otra persona habilitada y debidamente autorizada por el capitán.
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Sources: Convenio Para Facilitar El Tráfico Marítimo Internacional