MÉDICO ESPECIALISTA Cláusulas de Ejemplo

MÉDICO ESPECIALISTA. Médico de la Red de La Compañía que posee los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para ejercer una especialidad determinada de la ciencia médica, avalada por el colegio de la especialidad, y que presta sus servicios a los Asegurados para algún padecimiento que requiera de dicha especialidad.
MÉDICO ESPECIALISTA. Médico avalado por un organismo colegiado de la ciencia médica en una especialidad, maestría o diplomado, que cuente con cédula profesional o documento con validez oficial de la especialidad.
MÉDICO ESPECIALISTA. Médico que practica alguna o algunas ramas de la Medicina, debidamente autorizado para ejercer dicha especialidad.
MÉDICO ESPECIALISTA. Es un profesional habilitado para practicar la medicina que ha obtenido su título de especialista en una universidad debidamente constituida y que legalmente puede otorgar este título dentro del ámbito de su especialidad el cual ha recibido educación y entrenamiento adicional que lo califica para diagnosticar o prescribir tratamientos para las enfermedades que se especifican dentro de este SEGURO AUTOEXPEDIBLE y el cual se encuentra inscrito en el Colegio de Médicos y Cirujanos xx Xxxxx Rica en su especialidad. No será considerado como Médico Especialista, para los efectos de este SEGURO AUTOEXPEDIBLE: i) EL ASEGURADO; ii)
MÉDICO ESPECIALISTA. Profesionista que tiene el conocimiento médico y está legalmente autorizado y debidamente certificado por el Consejo Mexicano de su especialidad o su equivalente, para ejercer la medicina de su especialidad en la república mexicana o en el país donde ejerce su profesión al alcance de su licencia. Profesionista que tiene el conocimiento médico con especialidad en cirugía general, debidamente certificado por el consejo Mexicano de su especialidad o su equivalente, y legalmente autorizado para realizar cirugías en la república mexicana o en el país donde se realizó la cirugía y a ejercer dentro del alcance de su licencia. Institución legalmente autorizada por la Secretaría de Salud o equivalente en el país donde se realizó la cirugía, de carácter público o privado para el diagnóstico y la atención médica y quirúrgica de personas lesionadas o enfermas, que cuente con sala de intervención quirúrgicas y con médicos y enfermeras titulados, las 24 horas del día. Para fines de esta póliza, el término hospital no incluirá ninguna institución que primordialmente sea un lugar para cuidados ambulatorios, una instalación para ancianos o alcohólicos o drogadictos o para el tratamiento de trastornos psiquiátricos, incluso si la institución está registrada como un hospital o clínica de reposo con las instalaciones adecuadas. Toda alteración de la salud resultado de un acontecimiento imprevisto que ocurrido por una causa externa, súbita, violenta y fortuita, es decir, ajena a la voluntad del asegurado o de un tercero, le ocasiona lesiones o daños corporales al asegurado. Conclusión del estado de salud basado en la naturaleza y evolución de la enfermedad o lesión de un paciente, así como la valoración de sus síntomas y signos con el apoyo de estudios de laboratorio y gabinete, y el expediente clínico.
MÉDICO ESPECIALISTA. Médico con la certificación de haber efectuado los estudios académicos y las prácticas de especialización requeridas por los organismos profesionales, colegios de especialidad y las autoridades competentes avaladas por el Ministerio de Salud de la República de Panamá.
MÉDICO ESPECIALISTA. Persona que ejerce una especialidad médica certificada por el Consejo correspondiente.
MÉDICO ESPECIALISTA. Profesional de la medicina, titulado y legalmente autorizado para el ejercicio de su profesión, certificado por la Secretaría de Educación Pública o autoridad competente del país en el que el tratamiento sea proporcionado, para realizar los procedimientos médicos correspondientes al grado de especialidad con que cuente. El Médico especialista, adicionalmente, deberá contar con la autorización y certificación para ejercer la especialidad de que se trate, mediante el comprobante de posgrado y cédula profesional de especialidad correspondiente, además de estar certificado por el consejo de la especialidad de que se trate. El Médico será elegido libremente por el Asegurado y/o sus familiares para el tratamiento, atención o intervención quirúrgica. Enfermedad que está presente desde el nacimiento del bebé, puede ser hereditaria o secundaria a un defecto en la formación del (“embrión/bebe/producto; o un término mas ad hoc). Éstas enfermedades pueden ser anatómicas o estructurales y aparentes a simple vista o no como en el caso de alguna malformación interna, igualmente puede ser de tipo metabólicas que afecten al funcionamiento de algún órgano sin que se altere su estructura.
MÉDICO ESPECIALISTA. Médico con la certificación de haber efectuado los estudios académicos y las prácticas de especialización requeridas por los organismos profesionales, colegios de especialidad y las autoridades competentes.
MÉDICO ESPECIALISTA. Profesionista que tiene el conocimiento médico y que está legalmente autorizado y debidamente certificado por el Consejo Mexicano de su especialidad o su equivalente, para ejercer la medicina de su especialidad en la República Mexicana.