Common use of METODOLOGÍA Clause in Contracts

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO de la muestra establecida para las zonas homogéneas físicas, con avaluadores adscritos a la Lonja de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigente, quienes tienen una amplia experiencia en la materia y conocimiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ local. Se usaron los métodos valuatorios contenidos en la Resolución 620 de 2008, la cual es la que da las directrices metodológicas de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo para P2 se determinó en la fecha de aprobación del plan parcial o en la de su resolución o decreto modificatorio. En cuando los métodos valuatorios, y metodologías para el cálculo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:

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Sources: Professional Services

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO La metodología de ejecución de las Obras Civiles Principales y Eléctricas la definirá el propio Contratista y será función del diseño que elabore y del equipamiento con el que cuente. Sin embargo, es de esperar que la construcción de la muestra establecida para Terminal se realice de una manera tradicional, por lo que podría ser ejecutada siguiendo las zonas homogéneas físicassiguientes pautas: 1. Es intención de DPWORLD POSORJA S.A. que la empresa que ejecute las obras de dragado del canal de acceso y del circulo de giro, sea la encargada de realizar el dragado del pie ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y de los taludes bajo el mismo como una primera tarea y se procurará que la misma esté finalizada antes de que el Contratista Principal comience con avaluadores adscritos a la Lonja de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigente, quienes tienen una amplia experiencia en ejecución del muelle. 2. Las obras del Contratista Principal comenzarán por la materia y conocimiento construcción ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, por ser este el camino crítico de la obra, comenzando posiblemente con la construcción de una berma de avance desde tierra, con el objeto de poder ejecutar los primeros pilotes desde un terreno firme. 3. Una vez construidos los primeros pilotes, el Contratista podrá trabajar desde el agua sobre un ▇▇▇▇▇localo mediante la ayuda de alguna estructura auxiliar diseñada para tal fin pudiendo utilizar como apoyo los primeros pilotes construidos. 4. Se usaron Mientras se avanza con la tarea de pilotaje, el Contratista podrá empezar con las tareas de retiro de manglares y de relleno de las áreas que deberán ser ganadas al mar. Para el relleno está previsto la utilización de material obtenido ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ en los métodos valuatorios contenidos cerros localizados en el predio de implantación del proyecto. Tabla 7-8 Volumen de Manglar a retirar y de Rellenos Etapas Área de manglares a retirar (m2) Volumen de Material de Relleno (m3) ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (m3) Dragado (m3) Fase 1 94,602 718.855 1.869.365 Total 2.588.220 Fuente: DPWORLD POSORJA S.A., 2016. 5. Finalizada la Resolución 620 tarea de 2008relleno de las áreas ganadas al mar, se podrá comenzar en forma inmediata con el tratamiento de los suelos, de acuerdo al diseño final. 6. Una vez realizado el relleno de las áreas de la Terminal ganadas al mar, se podrá empezar a ejecutar la protección costera. De ser necesario se utilizará roca que deberá ser transportada desde el área ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ de materiales de construcción hasta el sitio de la obra, que podría ser transportada al sitio por medio de camiones o barcazas. La siguiente lista de canteras podría proveer roca para la construcción de la protección costera, la cual no es la limitativa y el Contratista que da ejecute las directrices metodológicas obras podrá proponer otras canteras como posibles proveedoras ▇▇ ▇▇▇▇ siempre y cuando dispongan de los avalúos enmarcados en ley 388 respectivos permisos ambientales. • Cantera El Vergel • Cantera Huayco • Cantera Uruzca • Cantera Canver • Cantera ▇▇▇▇▇ S.A. Fuente: DPWORLD POSORJA S.A., 2016. 7. En la medida que se avanza con la línea de 1997 pilotes, se podrá ir construyendo los cabezales, vigas y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado , previendo un hormigonado por tramos. 8. Con los rellenos ejecutados, se comienza con investigación directa ▇▇▇ ▇las instalaciones de los servicios de la Terminal, incluyendo, tuberías y cámaras del sistema contra incendio, agua potable, desagües pluviales, electricidad y comunicaciones. 9. Posteriormente se comenzará a construir los pavimentos, pudiendo ser rígidos de hormigón simple o armado en algunas áreas o flexibles constituidos por bloques de hormigón simple instalados sobre una base y una sub base de material granular. 10. Completados los pavimentos, se instalarán las ▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de iluminación perimetral e interior y las plataformas de inspección de contenedores refrigerados, que seguramente se fabricarán en talles externos al sitio. 11. Finalmente se llevará a cabo la señalización vertical mediante la instalación de carteles y la horizontal de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residualterminal, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial aplicando pintura reflectante en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo para P2 se determinó en la fecha de aprobación del plan parcial o en la de su resolución o decreto modificatorio. En cuando los métodos valuatorios, y metodologías para el cálculo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:pavimentos.

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Sources: Project Description

METODOLOGÍA. El Municipio de Medellín, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las ofertas con base en los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros, adjudicará la Contratación al oferente cuya propuesta se ajuste al Pliego de Condiciones y haya obtenido el mayor puntaje. En caso de empate en el puntaje total se aplicará lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en su artículo 4.2.5, se determinarán los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes: 2.29.1 Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO preferirá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de calidad, si persiste el empate. 2.29.2 La propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio precio. 2.29.3 En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la muestra establecida para las zonas homogéneas físicas, con avaluadores adscritos oferta de bienes o servicios nacionales frente a la Lonja oferta de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigente, quienes tienen una amplia experiencia en la materia bienes o servicios extranjeros. 2.29.4 Si se presenta empate o éste persiste y conocimiento ▇▇▇ entre los empatados se encuentren ▇▇▇▇▇▇▇ local. Se usaron ▇, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales. 2.29.5 Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los métodos valuatorios empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá. 2.29.6 Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Resolución 620 Ley 361 de 20081997, debidamente certificadas por la cual es oficina de trabajo de la respectiva zona, que da hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación. 2.29.7 En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las directrices metodológicas de los avalúos enmarcados circunstancias establecidas en ley 388 la Ley 361 de 1997 y reglamentados referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás. 2.29.8 Si el empate se mantiene, se hará el sorteo por el decreto 1420 método aleatorio de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo para P2 se determinó en la fecha de aprobación del plan parcial o en la de su resolución o decreto modificatorio. En cuando los métodos valuatorios, y metodologías para el cálculo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:balotas.

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Sources: Pliego De Condiciones

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO de la muestra establecida para las zonas homogéneas físicasPara el desarrollo del presente informe, con avaluadores adscritos se hizo indispensable solicitar a la Lonja Secretaría General, a la Oficina de propiedad Raíz Contratación y a la Secretaría de Barranquilla con RNA vigenteSalud Municipal, quienes tienen una amplia experiencia en la materia y conocimiento ▇relación de los contratos2 suscritos por el Municipio ▇▇ ▇▇▇▇▇ durante el año 2012, dando un 6 total de 1.029 contratos celebrados por estos tres ordenadores de gasto, de los cuales se seleccionó una muestra de veintiún (21) contratos suscritos por el Municipio ▇▇ local. Se usaron los métodos valuatorios contenidos en la Resolución 620 de 2008, la cual es la que da las directrices metodológicas de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona vigencia 2012, equivalentes al 2%; así mismo, se solicitó a los mismos tres ordenadores de expansióngasto, sobre esta cantidad la relación de contratos suscritos por estos durante el primer semestre del año 2013, arrojando un total de 598 contratos, de los cuales se hicieron labores seleccionó una muestra ▇▇ ▇▇▇▇ (10) contratos suscritos por Municipio ▇▇ ▇▇▇▇▇ durante el primer semestre del año 2013, equivalentes al 1.6%, los cuales se requirieron para su revisión y análisis, además se llevó a cabo práctica de depuración entrevistas a los funcionarios intervinientes en el proceso precontractual conforme a la AUDITORIA INTERNA A LA CONTRATACIÓN ESTATAL DE LA ALCALDÍA ▇▇ ▇▇▇▇▇ EN LA VIGENCIA 2012 Y PRIMER SEMESTRE 2013, LA EVALUACION Y SEGUIMIENTO AL PLAN DE MEJORAMIENTO PRODUCTO DE LA AUDITORIA PRACTICADA A LA CONTRATACION DEL MUNICIPIO ▇▇ ▇▇▇▇▇ EN LA VIGENCIA 2012,como informe final compilatorio de cinco informes parciales mensuales, y se eligieron los datos más representativoscuyas observaciones evidenciadas fueron plasmadas en el cuerpo del presente informe. Es preciso, con información más completa y precisa. La fecha aclarar que la calificación de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes avance al plan de mejoramiento producto de la aprobación auditoría practicada por la Oficina de plan parcial y la fecha Control Interno, determinado por cada uno de avalúo para P2 se determinó los hallazgos evaluados, son el resultado de promediar los porcentajes de cumplimiento evidenciados en la fecha inspección de aprobación del plan parcial o soportes documentales, presentados por los responsables de la mitigación de los mismos. El criterio aplicado en la evaluación y seguimiento correspondiente a los siguientes estándares de su resolución o decreto modificatorio. En cuando los métodos valuatorios, medición del estado y metodologías para el cálculo nivel de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguienteriesgo: MEDICIÓN DEL ESTADO Y NIVEL DEL RIESGO:

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Sources: Informe De Auditoría Interna

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO Para el desarrollo del presente informe de evaluación y seguimiento al Informe de Actuación Especial de Fiscalización – AEF – Contrato de Obra Pública Nº 040 del 06 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2014 y al plan de mejoramiento resultado de la muestra establecida visita fiscal vigencia 2014 efectuada por la Contraloría General de la Republica, la cual se utilizó la siguiente metodología: Se requirió al Asesor Jurídico del Sistema Integrado de Transporte de Valledupar “SIVA SAS”, para que nos brindara información completa y expedita de las zonas homogéneas físicasacciones, con avaluadores adscritos actuaciones y de todas las actividades concernientes a verificar acción eficiente y eficaz por parte de la empresas, en aras de evitar cualquier posible afectación al patrimonio de la entidad, para que esta sea allegada a la Lonja Oficina de propiedad Raíz Control Interno en el cumplimiento de Barranquilla con RNA vigentelas acciones en el Contrato de Obra Pública Nº 040 del 06 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2014. La metodología aplicada para la evaluación, quienes tienen una amplia experiencia seguimiento y verificación de cumplimiento de las acciones adelantada por la entidad, se realizó mediante entrevista a los responsables y verificación de las acciones previstas para subsanar presuntos hallazgos de responsabilidad fiscal que a la fecha la Contraloría General de la Republica le viene imputando al Sistema Integrado de Transporte de Valledupar “SIVA SAS”., el cual se ha venido reduciendo del presunto detrimento global inicial tal como lo describe la actuación especial adelantada por la Contraloría General de la Republica, sobre lo contenido en el informe técnico del Proceso de Responsabilidad Fiscal N° 21-05- 1177, a cargo de (2) dos funcionarios comisionados, los señores el Ingeniero ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ en calidad de Profesional Universitario y el ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇, CANALES ▇▇▇▇▇▇ en su calidad de Sustanciador que da respuesta al contenido del Informe técnico, donde sin prever los avances y culminación de la obra que ya se encuentra en un (100%), puesta a disposición de la comunidad, determinando un presunto daño patrimonial causado en la materia ejecución del Contrato de Obra Pública N° 040 de 2014 suscrito entre el Consorcio Sistema Integrado de Transporte y conocimiento el SIVA SAS, por valor de la suma de SEISCIENTOS VEINTE MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL CIENTO CATORCE PESOS ($620.320.114), describiendo como falencias constructivas presentadas en el Canal de la Calle 44, algunas losas del pavimento rígido de la Avenida ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ localy a los costos relacionados con la elaboración de la propuesta, visita y seriedad de la oferta descrita en el informe técnico de fecha 03 de septiembre de 2019. Se usaron los métodos valuatorios contenidos Para evaluar cuantitativamente, el avance, se tiene en cuenta la efectividad de las acciones adelantadas por parte del Sistema Integrado de Transporte de Valledupar “SIVA SAS”, de acuerdo a las evidencias y soportes verificados por parte de la Oficina de Control Interno de la entidad. Que allegada a esta Oficina de Control Interno se tiene información por parte del Área Jurídica del Sistema Integrado de Transporte de Valledupar “SIVA SAS”. Sobre la trazabilidad de las acciones de la Interventoría, así como la supervisión de SIVA S.A.S con relación al frente de obra del canal de la calle 44. CE-INTSIVA-130 9/02/2015 CONSORCIO INTERSIVA CONSORCIO SISTEMAS ESTRATEGICOS DE TRANSPORTE A solo un mes de haberse iniciado la construcción del Canal de la Calle 44, el interventor advierte las condiciones en la Resolución 620 que se avanza con la obra frente a las repercusiones que las lluvias pueden tener sobre la construcción, así mismo solicita plan de 2008, contingencia del contratista frente a las posibles lluvias en aras de garantizar la cual es la que da las directrices metodológicas estabilidad durante el proceso de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo para P2 se determinó en la fecha de aprobación del plan parcial o en la de su resolución o decreto modificatorio. En cuando los métodos valuatorios, y metodologías para el cálculo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:construcción.

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Sources: Contrato De Obra Pública

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO de la muestra establecida para las zonas homogéneas físicas, con avaluadores adscritos Las Partes acuerdan que el servicio consignado en el presente Contrato se sujetará a la Lonja siguiente metodología: 1. El Cliente, en términos del presente Contrato, mediante la entrega de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigenteuna Solicitud por escrito, quienes tienen una amplia experiencia en la materia y conocimiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ local. Se usaron los métodos valuatorios contenidos en la Resolución 620 de 2008solicitará las Tarjetas Solución que vaya a requerir al Banco, la cual es la que da las directrices metodológicas deberá ser entregada con por lo menos 4 semanas de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado anticipación con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados respecto a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo entrega deseada por el Cliente y deberá ser firmada por el representante legal del Cliente. Asimismo, en dicha Solicitud deberá indicarse a la persona o personas autorizadas por el Cliente para P2 recibir las Tarjetas Solución en calidad de usuario(s) (en adelante, Usuarios para fines del presente Contrato Relacionado) entregando al Banco la información de cada Usuario indicada en el Apéndice A. La documentación de cada Usuario de Tarjeta Solución, será integrada y conservada como parte del expediente del Cliente y resguardada por el mismo (una copia legible de la identificación oficial vigente y del comprobante de domicilio de cada Usuario de Tarjeta Solución, por ambos lados, con una antigüedad no mayor a tres meses de expedidos). Relacionado con esto, el Cliente se determinó obliga a suscribir el Apéndice D. El Cliente acepta y se obliga a causar que su funcionario o empleado responsable de recabar los documentos a que se refiere el párrafo anterior (i) realice personalmente la copia del documento original, o (ii) revise que las copias entregadas por el Usuario sean una copia fiel de su original. En caso de que la identificación presente tachaduras o enmendaduras, se solicitará una identificación distinta al Usuario. 2. El Banco procesará la Solicitud del Cliente respecto a las Tarjetas Solución y procederá a emitir las mismas. Una vez emitidas las ensobretará y generará los NIPs correspondientes a cada Tarjeta Solución, cumpliendo con las medidas de seguridad que para tales efectos el Banco tiene implementadas. El NIP se encuentra en diferente sobre al que contiene la Tarjeta Solución, y no puede ser visto hasta en tanto no se abra el sobre correspondiente, por lo que una vez que los sobres que contienen las Tarjetas Solución sean entregados al Cliente, éste se hace responsable por el uso que se haga tanto de las Tarjetas Solución como del NIP que le corresponda a cada uno. Si el Cliente detecta cualquier violación a un sobre que contenga ya sea el NIP o una Tarjeta Solución, deberá reportarlo inmediatamente al Banco y hacer la devolución del sobre respectivo al Banco, de lo contrario, el Cliente será el único responsable por cualquier irregularidad o acto derivado de la violación del sobre correspondiente. 3. Las Tarjetas Solución se emitirán inactivas con valor $0.00 M.N. 4. El Banco entregará las Tarjetas Solución al Cliente, a través de la persona o personas que para tal efecto éste designe, mediante notificación escrita. La entrega de las Tarjetas Solución podrá hacerse mediante empresas de mensajería especializada. 5. Una vez que las Tarjetas Solución se encuentren en posesión del Cliente, éste será responsable de distribuir las mismas a nivel nacional, de acuerdo con sus propias necesidades, por lo que el Banco no tendrá responsabilidad alguna con respecto a la entrega de las Tarjetas Solución a los Usuarios de las mismas. 6. El Cliente realizará las transferencias de dinero desde su Cuenta Principal hacia las Tarjetas Solución por medio de sus NCR´s correspondientes mediante el servicio de Banca Electrónica que tenga contratado, de conformidad con las características operativas de dicho servicio y con base en los horarios establecidos para la operación en el contrato correspondiente, por lo que el Banco no estará obligado a ejecutar las instrucciones de transferencia de fondos a las Tarjetas Solución proporcionadas por el Cliente fuera de los horarios en el contrato correspondiente. Las transferencias de fondos antes mencionadas las podrá hacer el Cliente libremente con base en sus propias necesidades, siempre que se cumpla con los límites de cantidades establecidos en el presente Contrato. Al hacer la primera transferencia de fondos a una Tarjeta Solución, la misma quedará lista para ser usada y disponer del dinero depositado en la fecha misma, de aprobación del plan parcial o conformidad con las condiciones contenidas en este instrumento. 7. El Cliente procederá a hacer entrega de las Tarjetas Solución a aquellos Usuarios sobre los cuales el Cliente previamente haya proporcionado al Banco la información y resguardado la documentación correspondiente en términos de su resolución o decreto modificatoriola presente Cláusula. En cuando Para efectos de lo anterior, el Cliente al momento de hacer entrega de la Tarjeta Solución a los métodos valuatoriosUsuarios, y metodologías para el cálculo deberá de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice realizar lo siguiente:: (i) hacer entrega del sobre cerrado que contiene la Tarjeta Solución así como su NIP; verificando que al momento de recibirla, el Usuario abra dicho sobre y firme la Tarjeta Solución; (ii) informar los términos y condiciones aplicables a las Tarjetas Solución de conformidad con lo estipulado en el presente Contrato;

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Sources: Contrato Marco De Prestación De Servicios De Banca Electrónica

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO de la muestra establecida para las zonas homogéneas físicas, con avaluadores adscritos Las Partes acuerdan que el servicio consignado en el presente Contrato se sujetará a la Lonja siguiente metodología: 1. EL “Cliente”, en términos del presente Contrato, mediante la entrega de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigenteuna Solicitud por escrito, quienes tienen una amplia experiencia en la materia y conocimiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ local. Se usaron los métodos valuatorios contenidos en la Resolución 620 de 2008solicitará las Tarjetas Solución que vaya a requerir a HSBC, la cual es la que da las directrices metodológicas Solicitud antes mencionada, deberá ser entregada con por lo menos 3 semanas de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado anticipación con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados respecto a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo entrega deseada por el “Cliente” y deberá ser firmada por el representante legal del “Cliente”. Asimismo, en dicha Solicitud, se deberá de indicar a la persona o personas autorizadas por el “Cliente” para P2 recibir las Tarjetas Solución. 2. HSBC procesará la Solicitud del “Cliente” respecto a las Tarjetas Solución y procederá a emitir las mismas. Una vez emitidas las ensobretará y generará los números de identificación personal (“NIP”) correspondientes a cada Tarjeta Solución, cumpliendo con las medidas de seguridad que para tales efectos HSBC tiene implementadas. El NIP se determinó encuentra en diferente sobre al que contiene la Tarjeta Solución, y no puede ser visto hasta en tanto no se abra el sobre correspondiente, por lo que una vez que los sobres que contienen las Tarjetas Solución sean entregados al “Cliente”, éste se hace responsable por el uso que se haga tanto de las Tarjetas de Solución como del NIP que le corresponda a cada uno. Si el “Cliente” detecta cualquier violación a un sobre que contenga ya sea el NIP o una Tarjeta Solución, deberá reportarlo inmediatamente a HSBC y hacer la devolución del sobre respectivo a HSBC, de lo contrario, el “Cliente” será el único responsable por cualquier irregularidad o acto derivado de la violación del sobre correspondiente. 3. Las Tarjetas Solución se emitirán inactivas con valor $0.00 M.N. por parte de HSBC. 4. HSBC hará entrega de las Tarjetas Solución inactivas con valor $0.00 M.N. a la persona o personas que para tal efecto designe el “Cliente” mediante notificación escrita. La entrega de las Tarjetas Solución podrá hacerse mediante empresas de mensajería especializada. 5. Una vez que las Tarjetas Solución se encuentren en posesión del “Cliente”, éste será responsable de distribuir las mismas a nivel nacional, de acuerdo con sus propias necesidades, por lo que HSBC no tendrá responsabilidad alguna con respecto a la entrega de las Tarjetas Solución a los usuarios de los mismos. 6. El “Cliente” realizará las transferencias de dinero desde su CUENTA PRINCIPAL hacia las Tarjetas Solución a través de sus NCR´s correspondientes mediante el servicio de Banca Electrónica que tenga contratado, de conformidad con las características operativas de dicho servicio y en base a los horarios establecidos para la operación en el Contrato correspondiente, por lo que HSBC no estará obligado a ejecutar las instrucciones de transferencia de fondos a las Tarjetas Solución proporcionadas por el “Cliente” fuera de los horarios en el contrato correspondiente. Las transferencias de fondos antes mencionadas las podrá hacer el “Cliente” libremente en base a sus propias necesidades, siempre que se cumpla con los límites de cantidades establecidos en el presente Contrato. Al hacer la primera transferencia de fondos a una Tarjeta Solución, la misma quedará lista para ser usada y disponer del dinero depositado en la misma, de conformidad con las condiciones contenidas en este instrumento. 7. El “Cliente” procederá a hacer entrega de las Tarjetas Solución al personal que el “CLIENTE” considere pertinente. Para efectos de lo anterior, el “Cliente” al momento de hacer entrega de la Tarjeta Solución a cualquier persona, deberá de realizar lo siguiente: (i) hacer entrega del sobre cerrado en el que se contiene la propio Tarjeta Solución así como su NIP; verificando que al momento de recibirla, el usuario abra dicho sobre y firme la Tarjeta Solución. (ii) informar los términos y condiciones aplicables a las Tarjetas Solución de conformidad con lo estipulado en el presente Contrato; (iii) obtener acuse de recibo por parte de la persona correspondiente, indicando que ésta recibió la documentación señalada en el inciso (i) y la manifestación del usuario que indique que los términos y condiciones aplicables a las Tarjetas Solución le fueron explicados; (iv) obtener copia de la identificación oficial vigente del usuario de la Tarjeta Solución, por ambos lados y comprobante de domicilio (excepto cuando sea IFE) con una antigüedad no mayor a tres meses de expedido; y (v) Enviar por correo electrónico a HSBC un layout, que deberá contener todos los datos solicitados en el Anexo “A” del presente Contrato, mediante el cual el “Cliente” solicitará a HSBC la activación de las Tarjetas Solución que éste, haya entregado a los usuarios. Cabe destacar que el layout mencionado en el numeral (v) anterior, deberá ser enviado por EL “CLIENTE” a HSBC para que éste lleve a cabo la activación de la Tarjeta Solución en un periodo no mayor a 48 horas hábiles. El layout podrá contener cuantos archivos sean necesarios, es decir, no es necesario enviar un layout por cada Tarjeta Solución que se entregue y active. 8. Los portadores o usuarios de las Tarjetas Solución podrán disponer del dinero que se encuentre depositado en los mismos, de conformidad con los lineamientos establecidos en la Cláusula Sexta denominada Uso de la Tarjeta del presente Contrato. 9. El “Cliente” podrá realizar consultas, abonos, cargos y movimientos realizados desde su CUENTA PRINCIPAL hacia las Tarjetas Solución y establecer internamente parámetros para el manejo de los mismos. De la misma forma, el “Cliente” podrá realizar consultas de saldos y movimientos de cada una de las Tarjetas Solución a través sus NCRs correspondientes a través del sistema de Banca Electrónica. Las consultas antes mencionadas podrán hacerse hasta por un periodo máximo de 60 días naturales anteriores a la fecha de aprobación la consulta. Para llevar a cabo cualquiera de las actividades antes mencionadas, será necesario que el “Cliente” tenga relacionados los NCRs de cada Tarjeta Solución al servicio de Banca Electrónica. Para llevar a cabo dicha relación de cuentas deberá contactar a su Ejecutivo de Cuenta. 10. El “Cliente” deberá proporcionar una copia legible de la identificación oficial vigente y del plan parcial o en la comprobante de su resolución o decreto modificatoriodomicilio por cada usuario de Tarjeta Solución, con una antigüedad no mayor a tres meses de expedido. En cuando los métodos valuatoriosLa documentación de cada usuario de Tarjeta Solución, y metodologías para el cálculo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:será integrada como parte del expediente del Cliente resguardado por HSBC.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios Bancarios

METODOLOGÍA. Se realizaron los avalúos comerciales DEL TERRENO de la muestra establecida para las zonas homogéneas físicas, con avaluadores adscritos Las Partes acuerdan que el servicio consignado en el presente Contrato se sujetará a la Lonja siguiente metodología: 1. EL “Cliente”, en términos del presente Contrato, mediante la entrega de propiedad Raíz de Barranquilla con RNA vigenteuna Solicitud por escrito, quienes tienen una amplia experiencia en la materia y conocimiento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ local. Se usaron los métodos valuatorios contenidos en la Resolución 620 de 2008solicitará las Tarjetas Solución que vaya a requerir a HSBC, la cual es la que da las directrices metodológicas Solicitud antes mencionada, deberá ser entregada con por lo menos 3 semanas de los avalúos enmarcados en ley 388 de 1997 y reglamentados por el decreto 1420 de 1998. Para el cálculo del avalúo antes de norma o P1, el método empleado fue comparación ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ confrontado anticipación con investigación directa ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ inmobiliario con expertos inmobiliarios de la zona. Para el cálculo del avalúo P2 el método empleado fue el método (técnica) residual, tomando los índices de aprovechamiento de las licencias aprobadas sobre los planes parciales y de los decretos aprobatorios de plan parcial en los casos en los que no hubieran licencias aprobadas. Se consultaron las bases de datos de avalúos de algunos afiliados respecto a la lonja de propiedad raíz de Barranquilla, los periódicos de la época de la fecha del avalúo, se consultaron folios de matrícula inmobiliaria correspondientes a predios de más de 5 hectáreas en la zona de expansión para encontrar datos de transacciones sobre dichos folios en el marco temporal del avalúo. Se consultaron las bases de datos históricas de algunas inmobiliarias cuya labor se especializa en la zona de expansión para reunir datos de ofertas en el marco temporal definido. Sobre estos datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ se realizaron filtros por fecha, localización, área .etc. para definir las muestras comparables a aplicar a cada punto muestra. Se reunieron 43 datos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en la zona de expansión, sobre esta cantidad se hicieron labores de depuración y se eligieron los datos más representativos, con información más completa y precisa. La fecha de avalúo para P1 se determinó hasta un año antes de la aprobación de plan parcial y la fecha de avalúo entrega deseada por el “Cliente” y deberá ser firmada por el representante legal del “Cliente”. Asimismo, en dicha Solicitud, se deberá de indicar a la persona o personas autorizadas por el “Cliente” para P2 recibir las Tarjetas Solución. 2. HSBC procesará la Solicitud del “Cliente” respecto a las Tarjetas Solución y procederá a emitir las mismas. Una vez emitidas las ensobretará y generará los números de identificación personal (“NIP”) correspondientes a cada Tarjeta Solución, cumpliendo con las medidas de seguridad que para tales efectos HSBC tiene implementadas. El NIP se determinó encuentra en diferente sobre al que contiene la Tarjeta Solución, y no puede ser visto hasta en tanto no se abra el sobre correspondiente, por lo que una vez que los sobres que contienen las Tarjetas Solución sean entregados al “Cliente”, éste se hace responsable por el uso que se haga tanto de las Tarjetas de Solución como del NIP que le corresponda a cada uno. Si el “Cliente” detecta cualquier violación a un sobre que contenga ya sea el NIP o una Tarjeta Solución, deberá reportarlo inmediatamente a HSBC y hacer la devolución del sobre respectivo a HSBC, de lo contrario, el “Cliente” será el único responsable por cualquier irregularidad o acto derivado de la violación del sobre correspondiente. 3. Las Tarjetas Solución se emitirán inactivas con valor $0.00 M.N. por parte de HSBC. 4. HSBC hará entrega de las Tarjetas Solución inactivas con valor $0.00 M.N. a la persona o personas que para tal efecto designe el “Cliente” mediante notificación escrita. La entrega de las Tarjetas Solución podrá hacerse mediante empresas de mensajería especializada. 5. Una vez que las Tarjetas Solución se encuentren en posesión del “Cliente”, éste será responsable de distribuir las mismas a nivel nacional, de acuerdo con sus propias necesidades, por lo que HSBC no tendrá responsabilidad alguna con respecto a la entrega de las Tarjetas Solución a los usuarios de los mismos. 6. El “Cliente” realizará las transferencias de dinero desde su CUENTA PRINCIPAL hacia las Tarjetas Solución a través de sus NCR´s correspondientes mediante el servicio de Banca Electrónica que tenga contratado, de conformidad con las características operativas de dicho servicio y en base a los horarios establecidos para la operación en el Contrato correspondiente, por lo que HSBC no estará obligado a ejecutar las instrucciones de transferencia de fondos a las Tarjetas Solución proporcionadas por el “Cliente” fuera de los horarios en el contrato correspondiente. Las transferencias de fondos antes mencionadas las podrá hacer el “Cliente” libremente en base a sus propias necesidades, siempre que se cumpla con los límites de cantidades establecidos en el presente Contrato. Al hacer la primera transferencia de fondos a una Tarjeta Solución, la misma quedará lista para ser usada y disponer del dinero depositado en la misma, de conformidad con las condiciones contenidas en este instrumento. 7. El “Cliente” procederá a hacer entrega de las Tarjetas Solución al personal que el “CLIENTE” considere pertinente. Para efectos de lo anterior, el “Cliente” al momento de hacer entrega de la Tarjeta Solución a cualquier persona, deberá de realizar lo siguiente: (i) hacer entrega del sobre cerrado en el que se contiene la propio Tarjeta Solución así como su NIP; verificando que al momento de recibirla, el usuario abra dicho sobre y firme la Tarjeta Solución. (ii) informar los términos y condiciones aplicables a las Tarjetas Solución de conformidad con lo estipulado en el presente Contrato; (iii) obtener acuse de recibo por parte de la persona correspondiente, indicando que ésta recibió la documentación señalada en el inciso (i) y la manifestación del usuario que indique que los términos y condiciones aplicables a las Tarjetas Solución le fueron explicados; (iv) obtener copia de la identificación oficial vigente del usuario de la Tarjeta Solución, por ambos lados y comprobante de domicilio (excepto cuando sea IFE) con una antigüedad no mayor a tres meses de expedido; y (v) Enviar por correo electrónico a HSBC un layout, que deberá contener todos los datos solicitados en el Anexo “A” del presente Contrato, mediante el cual el “Cliente” solicitará a HSBC la activación de las Tarjetas Solución que éste, haya entregado a los usuarios. Cabe destacar que el layout mencionado en el numeral (v) anterior, deberá ser enviado por EL “CLIENTE” a HSBC para que éste lleve a cabo la activación de la Tarjeta Solución en un periodo no mayor a 48 horas hábiles. El layout podrá contener cuantos archivos sean necesarios, es decir, no es necesario enviar un layout por cada Tarjeta Solución que se entregue y active. 8. Los portadores o usuarios de las Tarjetas Solución podrán disponer del dinero que se encuentre depositado en los mismos, de conformidad con los lineamientos establecidos en la Cláusula Sexta denominada Uso de la Tarjeta del presente Contrato. 9. El “Cliente” podrá realizar consultas, abonos, cargos y movimientos realizados desde su CUENTA PRINCIPAL hacia las Tarjetas Solución y establecer internamente parámetros para el manejo de los mismos. De la misma forma, el “Cliente” podrá realizar consultas de saldos y movimientos de cada una de las Tarjetas Solución a través sus NCRs correspondientes a través del sistema de Banca Electrónica. Las consultas antes mencionadas podrán hacerse hasta por un periodo máximo de 60 días naturales anteriores a la fecha de la consulta. Para llevar a cabo cualquiera de las actividades antes mencionadas, será necesario que el “Cliente” tenga relacionados los NCRs de cada Tarjeta Solución al servicio de Banca Electrónica. Para llevar a cabo dicha relación de cuentas deberá contactar a su Ejecutivo de Cuenta. 10. El “Cliente” deberá integrar un expediente por cada usuario de una Tarjeta Solución, el cual contenga por lo menos la copia de la identificación oficial vigente del usuario y comprobante de domicilio (excepto cuando sea IFE) con una antigüedad no mayor a tres meses de expedido, así como del acuse de recibo mencionado en el numeral 7 inciso (iii) anterior. Dichos expedientes deberán de estar a disposición de HSBC por parte del “Cliente” en cualquier momento, y el “Cliente” se obliga a entregar los mismos a HSBC en un plazo que no excederá de 3 (tres) días hábiles a partir de que el “Cliente” haya recibido notificación por escrito por parte de HSBC solicitando algún expediente. Si el “Cliente” no entrega a HSBC cualquier expediente solicitado en términos de lo anterior, HSBC podrá elegir entre cualquiera de las opciones siguientes: (i) Dar por terminado el presente Contrato sin responsabilidad alguna a su cargo; o (ii) Cancelar la Tarjeta Solución correspondiente, así como su respectivo NCR. En caso de que la Tarjeta Solución y su NCR correspondiente sean cancelados por las causas estipuladas en el presente párrafo, el “Cliente” autoriza al Banco a reembolsar a la Cuenta Principal las cantidades depositadas en la Tarjeta Solución que no hayan sido dispuestas por el usuario de la misma en la fecha en que surta efectos la cancelación de aprobación la Tarjeta Solución. La obligación de resguardo de los expedientes respectivos por parte del plan parcial o en “Cliente” será de 10 (diez) años contados a partir de la conclusión de su resolución o decreto modificatoriola relación jurídica de éste con HSBC derivada del presente Contrato. En cuando los métodos valuatorios, Así mismo con la firma del presente Contrato el Cliente faculta y metodologías para autoriza al Banco a realizar visitas periódicas a efecto de verificar el cálculo resguardo de plusvalías, la resolución 620 de 2008 dice lo siguiente:dichos expedientes.

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Sources: Banking Services Agreement